999 resultados para Derecho visigodo-Fuentes


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Con el fin de responder a las necesidades de escritores, profesores, estudiantes y especialistas que utilizan el estilo de documentación del MLA, varias organizaciones profesionales se encuentran en el proceso de establecer convenciones que demuestren ser eficientes y eviten la ambigüedad a la hora de citar referencias de fuentes que provienen de INTERNET.Las guías y modelos que se presentan en este artículo están basadas en la obra de Janice Walker "MLA International Bibliography of Books Languages and Literature Style Citations of Electronic Sources", aprobada por la Alliance for Computers and Writing, revisada y recomendada por Andrew Harnack y Gene Kleppinger en "Beyond the MLA Handbook: Documenting Sources on the INTERNET".

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La presente investigación se desarrolló a partir de dos objetivos centrales: el primero, la construcción del concepto jurídico de “extranjero” en el Derecho indiano; el segundo, la sistematización de lo que denominamos “Derecho de extranjería”, entendido este como el conjunto de normas que definen la categoría jurídica de extranjero, así como los derechos y obligaciones relativos a la movilidad, permanencia y actividades de quienes actualizaban dicha categoría. Toda vez que la calidad de extranjero en el Derecho indiano nació de la contraposición con la calidad de natural, dada por el Derecho castellano, el análisis construido en el presente trabajo incorporó, dentro de su objeto de estudio, a los principales cuerpos legales del Derecho de Castilla, con una remisión analítica hasta las Siete Partidas de Alfonso X, para terminar en la Nueva Recopilación de 1567 –incluyendo las disposiciones agregadas hasta 1614–, apegándonos a la prelación de fuentes establecida por las propias leyes castellanas. El fundamento legal para finalizar la revisión de la norma castellana en la Nueva Recopilación es la disposición de Felipe III, promulgada en 1614, ordenando que el Derecho castellano solo sería válido en Indias cuando se emitiese Real Cédula de cumplimiento que expresamente ordenase su aplicación. En cuanto a los cuerpos legales indianos, la temporalidad coincide con el propio descubrimiento de América hasta la promulgación de la Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias de 1680, toda vez que la legislación emitida con posterioridad a esta fecha requiere de una técnica de investigación distinta, por encontrarse dispersa en las glosas a la propia Recopilación de 1680, en lo que nos ha llegado del Cedulario Americano gracias a los estudios del Dr. Muro Orejón y en las documentales localizables en el Archivo General de Indias y en los diversos archivos americanos y europeos...

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El presente trabajo o ejercicio académico pretende de una forma muy elemental y básica, brindar las herramientas para un mejor entendimiento de la ciencia del derecho internacional privado. Consciente de las carencias que en nuestro medio existen en cuanto al empleo de esta disciplina jurídica, se ha decidido utilizar un lenguaje simple y elemental, pero con la única intención de brindar a los lectores, especialmente a los estudiantes de derecho, un material que sea lo más claro posible para que durante su lectura se pueda de manera natural, adquirir no sólo un mejor conocimiento de esta clase de derecho, sino que se le empiece a profesar el amor que siempre se le ha negado. El texto se encuentra dividido en tres partes; la primera es la general donde se aborda de manera sencilla los conceptos más elementales de esta disciplina; en la segunda parte o especial se desarrollan las materias en la cuales tiene aplicación directa el derecho internacional privado, y por último se agrega un anexo con los normas más importantes tanto nacionales como internacionales, para que el lector pueda confrontar de manera directa los conceptos que en el texto se exponen. Finalmente se agrega un proyecto de ley general desarrollado por el autor, quien en su deseo de tener un cuerpo ordenado y sistemático de las normas de derecho internacional privado que se hallan dispersas en todo el ordenamiento jurídico colombiano, anhela que algún día encuentre los dolientes necesarios, en especial aquellos que hacen parte del cuerpo legislativo, para que dicho proyecto pueda ver la luz al final del túnel y convertirse en una realidad.

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En un primer plano, al extremo derecho se destaca el tronco de un árbol y al fondo unas niñas en un columpio, detrás de ella la fachada de un edificio de color verde y crema. Imagen tomada con luz día.

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Imagen tomada en exterior, en el extremo derecho se destaca un puesto de apuestas donde hay una mujer sentada bajo un parasol de colores variados. Al extremo izquierdo una venta ambulante de pinturas. Plano medio.

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La presente obra constituye un aporte dogmático a la disciplina del derecho internacional, abordando los temas más importantes y usuales del derecho internacional público, teniendo como horizonte interpretativo la paz internacional. Entre los temas que se relacionan con la materia, está el concepto, las generalidades, las fuentes, los medios alternativos de solución de conflictos, la historia y la relación entre el derecho interno y el derecho internacional, que son tratados por los autores de una manera académica y rigurosa.

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El presente ejercicio académico muestra, de una forma clara y sencilla, la estructura y composición del derecho procesal civil internacional, así como sus principales elementos, entre los cuales tenemos tanto el derecho uniforme, como los derechos locales sobre la materia. De igual manera, se pretende en esta ocasión poner a disposición de la comunidad académica, en especial de la jurídica, un material con el cual se puedan identificar aquellos eventos donde se hace necesario recurrir a las normas procesales para dar solución a un litigio que traspase las fronteras de los Estados o que tenga en su estructura elementos internacionales. El libro se compone de tres partes: en la primera se aborda todo lo relativo a la competencia judicial internacional, seguidamente se hace énfasis en el procedimiento civil como tal y, finalmente, se pone a disposición del lector la normativa vigente sobre el tema, así como se hace mención a los proyectos futuros sobre regulación en el campo procedimental regional, como son los Principios ASADIP sobre el Procedimiento Civil Internacional.

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En esta investigación se ha diseñado una propuesta de un Plan Estratégico para la Autosostenibilidad de la Asociación Médicos por el Derecho a la Salud, MDS. El cual parte de un marco teórico de referencia acerca de las generalidades de las Asociaciones y Fundaciones en El Salvador, específicamente de la Asociación en estudio (MDS), así como de la teoría relacionada con el proceso administrativo de la planeación estratégica. Para conocer la situación actual de la Asociación se utilizaron fuentes de datos primarios (entrevistas, encuestas y la observación directa), también se utilizó la fuente de información de datos secundarios (documentos proporcionados por la Asociación y material bibliográfico); con el propósito de elaborar un diagnóstico económico, financiero y administrativo visualizando los recursos que poseen, los factores internos y externos que puedan afectar o beneficiar el funcionamiento eficiente y eficaz de la Asociación. Del proceso anterior se obtuvieron las siguientes conclusiones: La Asociación Médicos por el Derecho a la Salud MDS, actualmente no cuenta con un plan estratégico de autosostenibilidad para hacerle frente a los gastos de operación de la institución; la dependencia económica de la Asociación se compone en un 74% de donaciones restringidas y un 25% por donaciones no restringidas, lo cual indica que las estrategias actuales para la recaudación de fondos no han brindado los resultados esperados; MDS en la actualidad no cuenta con una estrategia para controlar los gastos fijos y variables, lo cual se ve reflejado en los gastos elevados en mantenimiento y reparación de vehículos en los dos últimos años, también mantienen un gasto excesivo en papelería de oficina, esto podría estar justificado a partir del crecimiento cuantitativo de la institución, sin embargo existen estrategias que podrían minimizar estos gastos; los inventarios de materiales y medicamentos son elevados, su rotación es lenta y en la razón rápida han mostrado una disminución sensible con relación a la razón circulante, indicando que los inventarios tienen una incidencia significativa en los activos provocando gastos. Partiendo de las conclusiones se plantean recomendaciones que se deben implementar para lograr un funcionamiento institucional fortalecido. También se presenta una propuesta de un plan estratégico, encaminado a la obtención de recursos los cuales contribuirán a cubrir los gastos administrativos de la institución y darle seguimiento a la ejecución de proyectos en las comunidades. Finalmente se muestra un sistema integrado de manuales el cual está constituido por: Manual de Bienvenida, de Organización, de Puestos, de Procedimientos y Controles Financieros, con el propósito que MDS, cuente con una herramienta técnica administrativa que le permita utilizar los recursos de forma más eficiente y alcanzar los objetivos institucionales.

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Nació en Escazú en el año 1921 y desde muy corta edad se traslado a la ciudad de Heredia, donde ha radicado hasta la fecha. La enseñanza primaria la curso en la escuela Braulio Morales y la secundaria en el Liceo de Heredia, donde obtuvo su bachillerato en Ciencias y Letras. Realizo sus estudios pedagógicos en la Universidad de Costa Rica, graduándose como profesora de enseñanza primaria, pero sus inclinaciones hacia la historia loa llevaron a continuar su formación en la Escuela de Filosofía y Letras de la misma universidad, donde recibió los títulos de licenciada en Historia y Geografía y profesora de enseñanza media en esta especialidad.

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La normativa Tributaria Salvadoreña, a lo largo de la historia ha sufrido una serie de modificaciones, en demanda de las necesidades suscitadas en el ámbito económico y social del país, fue así que se introdujo la Ley del Impuesto sobre la Renta para ayudar a disminuir la crisis económica, mejorando el sistema de recaudación de los tributos de la Administración Tributaria, según la capacidad contributiva del sujeto pasivo. En relación a lo anterior La Universidad de El Salvador desempeña un importante papel para la formación de futuros profesionales de la Contaduría Pública, por ende es indispensable que se disponga de la bibliografía técnica, esencialmente del estudio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta abordada la asignatura de Derecho Tributario I, que les sirva a los estudiantes como guía en la comprensión de la temática ya que no disponen de un material actualizado, así como también proporcionar a los docentes una herramienta que les facilite la exposición de los temas en estudio. A raíz de lo anterior, la metodología de la investigación a utilizar, se orientará a satisfacer la necesidad de la actualización de una guía teórica práctica estructurada en el programa de la cátedra de Derecho Tributario que contendrá la aplicabilidad de la Ley de Impuesto sobre la Renta y la relación con el Código Tributario, como una contribución a la mejora del proceso enseñanza aprendizaje.

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Al enfrentarse con las Declaraciones francesas de los Derechos del hombre y el Ciudadano en Sobre la cuestión judía, Marx parece reencontrase con la insuficiencia de lo político. Estas Declaraciones dicen disolver todo particularismo directamente político realizando de forma plena el Estado político moderno, pero parecen fallar en extender su universalidad frente a otros particulares: la religión y el interés material. Desde esta conclusión, suele pensarse el desarrollo del pensamiento marxiano como transformación a una teoríade lo económico, cuyo corolario sería una crítica de lo político como falsedad. Si bien es innegable que el espacio de lo económico y sus categorías se vuelven crecientemente centrales, se argumentará que la relación entre política/economía no se resuelve en una oposición simple entre verdad/falsedad. En el siguiente escrito nos propondremos trabajar esta hipótesis sobre la relación política-economía en Marx en particular atención a su análisis crítico del derecho moderno. Nos interesa explorar, a partir de una confrontación de las ideas marxianas con las fuentes de las Declaraciones, sus proyectos y borradores, la manera en que el derecho resulta simultáneamente una forma ilusoria de universalidad y una forma efectiva de juridización de ciertas relaciones sociales: el intercambio de los individuos particulares

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Al enfrentarse con las Declaraciones francesas de los Derechos del hombre y el Ciudadano en Sobre la cuestión judía, Marx parece reencontrase con la insuficiencia de lo político. Estas Declaraciones dicen disolver todo particularismo directamente político realizando de forma plena el Estado político moderno, pero parecen fallar en extender su universalidad frente a otros particulares: la religión y el interés material. Desde esta conclusión, suele pensarse el desarrollo del pensamiento marxiano como transformación a una teoríade lo económico, cuyo corolario sería una crítica de lo político como falsedad. Si bien es innegable que el espacio de lo económico y sus categorías se vuelven crecientemente centrales, se argumentará que la relación entre política/economía no se resuelve en una oposición simple entre verdad/falsedad. En el siguiente escrito nos propondremos trabajar esta hipótesis sobre la relación política-economía en Marx en particular atención a su análisis crítico del derecho moderno. Nos interesa explorar, a partir de una confrontación de las ideas marxianas con las fuentes de las Declaraciones, sus proyectos y borradores, la manera en que el derecho resulta simultáneamente una forma ilusoria de universalidad y una forma efectiva de juridización de ciertas relaciones sociales: el intercambio de los individuos particulares

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El derecho internacional, como el derecho administrativo de cada Estado, se encuentra vinculado a la finalidad universal del derecho. No obstante, la influencia de la comunidad internacional en los asuntos jurídicos de los Estados está generando, con el auge de la globalización, mecanismos o instrumentos que de forma no impositiva pero sí persuasiva, vienen delimitando las competencias estatales. Estos instrumentos ejercen la función de ordenar los ámbitos de validez de dichas competencias jurídicas y administrativas internas, a través de formas declaratorias de carácter internacional, mediante normas jurídicas blandas denominadas soft law. El amplio y variado uso del soft law en temas como los derechos humanos y el medio ambiente plantea una dificultad para la teoría tradicional de fuentes, inspirada en la voluntad de los Estados, los cuales se constituyen a partir de su soberanía estatal (hard law). Esto sugiere una dicotomía jurídica, en donde el soft law se contrasta con las reglas legales que definen obligaciones específicas de hard law, es decir, “son normas o principios más abiertos o generales en su contenido y significado, comprendiéndose como suaves. En tal caso, el Soft Law plantea una apertura a la internacionalización y democratización del derecho administrativo. La creciente adopción de instrumentos de soft law de influencia internacional o global permite la participación de actores no estatales, tales como las organizaciones no gubernamentales (ONG), y de carácter civil en la construcción de políticas e instrumentos que en ocasiones adquieren más legitimidad que las leyes creadas para atender tales asuntos.

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La presente disertación tiene como objetivo principal explicar las posturas de los juristas Hans Kelsen, Carl Schmitt y Hermann Heller frente a la erradicación o liquidación del dogma de la soberanía para la teoría del Estado y del Derecho. En este sentido, de manera ya más específica, se analizarán las críticas de Heller y Schmitt frente la liquidación de la soberanía realizada por Kelsen, defendiendo que sus críticas pueden ser aglutinadas en dos grandes dimensiones. La primera asociada al pensamiento de Heller y Schmitt quienes criticarán el método “puro” kelseniano, dado que desconoce, según su postura, la función decisoria del Estado y el contenido político de sus decisiones. La segunda, se asocia a las críticas al entroncamiento de la postura kelseniana y el liberalismo político expresado en su cosmopolitismo y su defensa del parlamentarismo. Para demostrar esta hipótesis el presente trabajo se enmarca dentro de un método hermenéutico y filosófico dada su interdisciplinariedad, acudiendo como fuentes primarias a los textos de los autores y como secundarias a los comentaristas especializados en el pensamiento jurídico y político de la república de Weimar como Leticia Vita, y Jerónimo Molina.