1000 resultados para DELITOS SEXUALES - LEGISLACION - COLOMBIA
Resumo:
El objetivo general de este estudio es determinar cuál ha sido la contribución del régimen internacional, en términos de herramientas, bases y elementos que aporta, en la labor que desarrollan las Fuerzas Militares para enfrentarse a las nueva iniciativas de las bandas delictivas dedicadas al narcotráfico y que pretende seguir llegando por mar hacia Estados Unidos de América. Para desarrollar a cabalidad el objetivo general, se establecieron tres objetivos específicos que serán desarrollados en cada uno de los capítulos que conforman el cuerpo del trabajo: primero, precisar las características del régimen internacional retomando sus antecedentes, la teoría y su realidad; segundo, realizar un análisis del acuerdo frente a las características determinadas en el primer capítulo y los pros y contras de este tipo de acuerdos, y el tercero, concretar las conclusiones de los capítulos 1 y 2 y, hacer una propuesta de estrategias políticas internacionales que permitan que la línea de estudio quede abierta con el fin de brindar una nueva visión sobre el tema.
Resumo:
La sigla LGBT se puede comprender como una articulación de elementos discursivos sobre el género y la sexualidad. En Colombia, dicha categoría se ha desarrollado en buena medida de parte de los movimientos sociales. El objetivo central del trabajo de grado es analizar algunos significados sobre el género y la sexualidad que se articulan bajo dicho significante, reconociendo que no son unívocos y que a un mismo significante se le pueden atribuir significados que pueden llegar a ser incluso contradictorios. Para esto, analicé cómo a partir de algunas formas de acción colectiva se han articulado distintos entendimientos del género y la sexualidad como campos de subjetivación. El primer capítulo consiste en un repaso histórico por algunos movimientos sociales de género y sexualidad en Colombia, valiéndome de fuentes secundarias. La segunda y la tercera presentan relatos individuales y grupales de dos organizaciones en Bogotá: el Colectivo León Zuleta y la Colectiva Lobas Furiosas. A partir de entrevistas semi-estructuradas con integrantes de cada colectivo, examiné cómo algunos de los significados construidos colectivamente sobre el género y la sexualidad de acercan a algunos significados articulados bajo la categoría LGBT, pero cómo otros también se alejan, tensionan o cuestionan.
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Transcurrida la primera década del siglo XXI, uno de los principales retos que continúa afrontando el derecho es determinar los mecanismos más adecuados para proteger la expresión de las ideas. Mientras algunos opinan que no deberían existir regulaciones que impidan acceder al conocimiento, otros afirman que se trata de un derecho que les asiste a los creadores y a quienes participan en el proceso creativo, razón por la cual las normas deben ser cada vez más protectoras e, incluso, sancionatorias. Son múltiples los tópicos que suscita la mencionada controversia, aplicados a diferentes aspectos de la cotidianeidad, enmarcados principalmente en temas relacionados con la investigación y el desarrollo, el comercio, la cultura y la industria del entretenimiento. Transcurrida la primera década del siglo XXI, uno de los principales retos que continúa afrontando el derecho es determinar los mecanismos más adecuados para proteger la expresión de las ideas.
Resumo:
Estudiar la delincuencia juvenil. Expone los conceptos de jurídico y delito, explica cuál es la edad penal en España y en otros países, examina la predelincuencia, analiza las causas o factores influyentes en la delincuencia y estudia la lucha contra la misma. 1) Las causas que influyen en la delincuencia son múltiples, existen algunas causas exógenas que por sí solas pueden llevar a cometer delitos, como el grupo XXX, dentro de las alteraciones cromosómicas; ciertas enfermedades del cerebro; pero, por regla general, lo que más influye es el mundo exterior. 2) La herencia influye muy poco en la delincuencia, pero la raza en el caso concreto de los negros del sur de Estados Unidos llega consigo, un nivel cultural más bajo, una situación económica más débil y un ambiente más putrefacto, lo que se traduce en mayor delincuencia por parte de los sujetos negros. 3) La familia es el primer lugar donde puede ir tomando forma el delincuente. Por regla general, los hijos de familias de baja posición delinquen más que los hijos de familias de alta posición social, pero es debido a un nivel cultural más bajo y a una situación económica inferior. 4) La mujer comete menos delitos que el hombre, posiblemente debido al papel subsidiario que ha representado y cuando los comete suelen ser delitos sexuales. 5) Las cárceles más que corregir al delincuente, se convierten en escuelas del crimen, mientras que los tribunales tutelares de menores son bastante buenos pero hacen falta centros suplementarios y personal especializado. 1) El problema de la delincuencia juvenil, no es abordado lo suficiente por el Estado, las iniciativas paraoficiales o privadas son las que marcan el camino a seguir, teniendo en cuenta que la recuperación social del joven es más fácil que la del adulto. 2) Resulta necesario combatir las causas de la delincuencia y ofrecer a los jóvenes unas formas de pasar el tiempo, adecuadamente. Pues, los países de gran delincuencia juvenil serán en un futuro inmediato países de gran delincuencia adulta. Por lo cual, hay que abordar con más seriedad el problema de la prevención para evitar la delincuencia.
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Comprender hasta que punto la sociedad, la familia, un ambiente inadecuado puede influir tan negativamente en la conducta de un adolescente. Estudia las causas de la delincuencia, analiza las actividades delictivas como el robo, los delitos sexuales, la droga y explica la reeducación como inserción en la sociedad favoreciendo su desarrollo, provocando temas de conciencia y haciéndole vivir activamente las situaciones. 1) La sociedad, la familia, un ambiente inadecuado puede contribuir de manera negativa en la conducta del adolescente, la mayoría de las veces esta contribución se da de manera indirecta, ya sea por falta de información o por negligencia de algunas personas. Por lo tanto, a un chico que realice actividades delictivas, no se le deben achacar a él todas las culpas, ya que muchas veces su actuación es una respuesta a los que le han agredido primero. 2) Se ha podido comprobar ante los diferentes esquemas de los distintos años, que los delitos más frecuentes son: el robo, el hurto y los delitos de violencia. Es precisamente en la etapa de la adolescencia cuando el chico puede encontrarse ante periodos de ansiedad y confusión, pudiendo elegir el camino del delito como forma de relevarse contra la sociedad. 3) En cuanto a la reeducación hay que señalar que es una tarea ardua y difícil; la readaptación del chaval a la sociedad, no debe ser una manera brusca, sino como personas normales que han tenido una caída en su vida pero que son capaces de levantarse. 4) Respecto a los centros de reeducación visitados, se puede señalar que la impresión que se sacó fue bastante positiva. De todas formas hay que recalcar que en aquellos no se albergaban chicos muy conflictivos, por lo tanto el ambiente era cordial y agradable aunque existiera algún contratiempo. 5) En general el campo de la delincuencia juvenil es muy extenso y complicado. Cada muchacho es un mundo y no se puede tener un solo patrón aplicable a cada caso. Hay que hacer un estudio particular de cada joven para poder darles a cada uno lo que le conviene y realizar una buena inserción en el entorno que le corresponda.
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A través de la película de Lasse Hallstrom 'Las normas de la casa de la sidra' se ofrecen propuestas educativas de experiencia, reflexión y acción común para ser realizadas en el aula. Además de la ficha técnica y el argumento se presentan una serie de actividades relacionadas con la película. Se ofrecen una serie de cuestiones o preguntas en las cuales se indaga sobre aspectos relacionados con el aborto, los delitos sexuales y la acogida de menores.
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Se registran importantes avances legales y constitucionales en el reconocimiento del derecho de las mujeres. Sin embargo, persisten situaciones de inequidad en los temas pobreza, violencia contra la mujer y acceso a la justicia. En el Ecuador, uno de cada cinco hogares pobres está jefaturado por una mujer, alcanzando el 20% de los mismos el nivel de indigencia. Un 41% de las mujeres encuestadas declara haber sido víctima de violencia psicológica, un 31% afirma haber sufrido violencia física y un 12% sexual. En las Comisarías de la Mujer y la Familia se recibieron 60,789 denuncias por violencia intrafamiliar (2005). La Unidad de Estadísticas del Ministerio Fiscal (2005) registró un total de 8,735 denuncias sobre delitos sexuales, de las cuales 3,842, casi la mitad de ellas, fueron violaciones. El sistema judicial no da respuestas efectivas a las denuncias sobre delitos sexuales y violencia intrafamiliar.
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El tema en sí, me llamo enormemente la atención en virtud que existe una degeneración moral y degradación de los valores éticos, en la sociedad ecuatoriana y porque no decirlo del mundo, en virtud que en los últimos tiempos se observa que existe una guerra de irrespeto entre: padre-hija, tío-sobrina, hermano-hermana, nieto-abuela, etc., llegando en cada uno de ellos a cometer la violación, en niñas, adolescentes y ancianas, que es el propósito de este trabajo que lo justificaré más adelante con casos específicos que al darse y una vez cumplida la investigación y el debido proceso estos casos han recibido sentencia condenatoria o absolutoria, pero este último no porque no han ameritado imponer una pena, sino más bien porque como se trata de asuntos de familia han tratado de solucionar entre ellos y no han colaborado con la justicia permitiendo en la mayoría de las veces que quede en la impunidad. El plan de tesis puesto a consideración de la Universidad, ha sido aceptado, de suerte que en base a esos temas consignados, iremos desarrollando paulatinamente en el orden que consta en este plan; empezando desde el aspecto ancestral que viven nuestros pueblos y que por su manera de vivir en sus costumbres ha permitido ver el mundo para ellos de distinta manera y han interpretado las cosas a su modo, en forma equivocada desde luego, demostrando que se han quedado varados en el tiempo y que estando en pleno siglo XXI, para ellos es como que el tiempo no ha transcurrido. Luego analizaremos a los sujetos activo y pasivo que intervienen en el proceso, que son los sujetos principales del hecho antijurídico para luego exponer los casos con los cuales por sus circunstancias se verá que no necesariamente la víctima de la violación puede ser una menor de catorce años como lo tipifica nuestro Código Penal, sino también una adolescente e incluso una anciana.
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La violencia sexual contra las mujeres tiene diferentes manifestaciones, todas ellas constituyen una violación de sus derechos humanos, conforme lo determina el Estatuto de Roma y la jurisprudencia internacional. En América Latina, la violencia sexual contra las mujeres ha sido una de las formas de represión desde el Estado, en las situaciones de conflicto armado, pero también es parte de la cotidianidad de las mujeres, el riesgo de ser violadas es una realidad con la que deben convivir.
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El delito de trata de personas es considerado como un tema de interés actual para la sociedad, en vista de que se encuentra catalogado como la nueva forma de esclavitud moderna, el entender que el término “trata” el término oficial utilizado por Naciones Unidas para hacer referencia al comercio de seres humanos y a la explotación por parte de terceros a estos, especialmente en los ámbitos: sexual, laboral, militar, religioso e incluso familiar, ha permitido que nuestro país, debido a los compromisos adquiridos con la comunidad internacional, adopte el principio de la debida diligencia para implementar políticas destinadas a la prevención, persecución y protección en esta clase de delito, y que cada vez su estudio y conocimiento general se debe incrementar para evitar que existan más víctimas de un delito de lesa humanidad, como está considerado la trata de personas.
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Esta investigación analiza con detalle la evolución conceptual y la heterogeneidad de definiciones entre dos tipos principales de tráfico de personas, esto es, la trata para la explotación de seres humanos y el tráfico de migrantes. Conjuntamente se estudia el desarrollo de la cooperación internacional de la acción supranacional y nacional en materia de lucha contra el tráfico de personas, se describen los aspectos más significativos y se analizan los obstáculos que la limitan o frenan, con el fin de vislumbrar instrumentos analíticos útiles para superarlos, como, por ejemplo, en el caso de la trata, los incluidos en el Convenio del Consejo de Europa, abierto a la firma el 16 de mayo de 2005.
Resumo:
Existen conductas netamente sexuales, en las que la red ha llegado a convertirse en un fin o un medio para que ciertos individuos busquen y logren satisfacción sexual a través del chantaje sexual a menores de edad, delito conocido en la normativa penal anglosajona como “grooming” o “child grooming”, conducta que actualmente en el COIP se encuentra tipificada en su Art.- 173; siendo entonces que a través del presente trabajo pretendemos, en base a la teoría el derecho penal mínimo consagrado en el Art 195 de nuestra Constitución, analizar si el tipo penal incluido en el COIP referente al grooming, o como se lo ha denominado, delito de “Contacto con finalidad sexual con menores de dieciocho años por medios electrónicos”, cumple o no con aquella conducta considerada como tal por la doctrina y las legislaciones extranjeras; y especialmente establecer, conforme a los axiomas de Ferrajoli, si existe efectivamente la necesidad y la lesividad como para tipificar esta conducta a través de un tipo penal autónomo o si bien pueden estos actos encontrar su verbo rector y características especiales en otros tipos penales ya existentes en la legislación sustantiva penal, pues es claro que el Derecho Penal, para legitimar su existencia en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, debe limitar el ejercicio del poder punitivo del Estado.
Resumo:
El delito de violación ha sufrido varias transformaciones, en cuanto a la concepción de los elementos del tipo penal así como de los sujetos de la relación procesal, pues se ha divido su configuración en dos momentos, el primero cuando el sujeto activo de la infracción solamente puede ser el hombre; y, el segundo cuando el sujeto activo puede ser indistintamente un hombre o una mujer, determinándose además la flexibilidad de los medios probatorios, tomando mucha importancia el testimonio de la víctima. Como objetivos están conocer el papel que desempeñan los sujetos de la relación procesal en este delito, tomando en consideración la tipificación actual y, los cambios que ha sufrido este tipo penal desde el 2005 año hasta la presente fecha, además de cuáles son los medios probatorios que deben ser utilizados por los sujetos procesales. Tomando como base la investigación que se efectuará, debe aplicarse el método analítico, a fin de descomponer el concepto general en varios elementos que nos permita revisar cada uno de ellos por separado y así comprender las reformas que se han dado a este delito. Se debe partir de una premisa general, tomando como base la libertad sexual, que constituye el bien jurídico protegido, para llegar a lo particular, es decir, analizar las circunstancias constitutivas de la infracción y las modificatorias de la misma, aceptando datos generales como verdaderos, utilizando el método deductivo. Es importante analizar todos los conceptos que se han dado, para ello debe aplicarse la Hermenéutica jurídica, porque las concepciones filosófico- doctrinarias, permiten una mayor comprensión del análisis de los partícipes del tipo penal. Es evidente que el sujeto activo de la infracción puede ser indistintamente el hombre o la mujer, pero con una estructuración adecuada del tipo penal, por lo que se debe realizar una reforma al Código Orgánico Integral Penal, puesto que la vulneración del consentimiento de la víctima se la puede dar en la unión carnal.
Resumo:
La violación es un delito que puede ser cometido tanto en hombres como en mujeres, sin embargo, este hecho no siempre fue entendido ni aceptado por la sociedad argentina. El presente trabajo pretende brindar una primera mirada, a través de casos escogidos, acerca de qué ocurría a nivel discursivo y operativo judicial cuando se denunciaba un delito sexual cometido contra un varón menor de edad
Resumo:
En el presente trabajo pretendo por un lado discutir brevemente las consideraciones en torno al problema del incesto como tabú, pecado y delito para luego analizar, en forma más exhaustiva, las formas específicas en que la justicia argentina del siglo XIX problematiza las denuncias donde se acusa a padres varones de cometer un delito sexual sobre sus hijas mujeres. Pretendo mostrar los conflictos que se reflejan hacia dentro de la justicia a la hora de enfrentarse con este delito, particularmente por cuanto desafía las ideas establecidas sobre los roles familiares haciendo obligatoria discutir la propia existencia del mismo que se basa en la idea del consentimiento de ambas partes, estableciendo un límite que lo separa del "estupro" o la "violación"