954 resultados para Castilla (Reino)-Legislación-S.XVI


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Resumen: Las relaciones entre el condado de Portugal y el reino de León en la segunda mitad del siglo XII únicamente pueden ser entendidas en el contexto de fronteras entre ambos territorios, el tipo de dominio indirecto leonés, pero siempre marcando jurisdicción efectiva, las relaciones de parentesco entre las hijas y los nietos de Alfonso VI de León, y el papado romano en el ejercicio de su auctoritas. Esta ponencia da un nuevo punto de vista a la consolidación del reino de Portugal, dentro del ámbito del Imperium legionense, y de la definitiva separación e independencia del territorio lusitano de la Corona de León.

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Resumen: En el presente artículo nos abocaremos al estudio de las relaciones cristiano- judías en Castilla entre los siglos X y XIII a partir del análisis de la legislación castellana contenida en cartas pueblas, fueros, ordenanzas, Partidas y otros tantos instrumentos jurídico legales.

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Resumen: Los cronistas del siglo XIII se han ocupado principalmente de la actividad política y militar de Fernando III, dejando en penumbra casi todo lo que se refiere a su labor como gobernante. Sin embargo, los diplomas del monarca han informado sobre su actividad legislativa. De estos asuntos nos ocupamos a partir de la documentación y las referencias cronísticas, y además de la bibliografía más reciente, en especial la publicada por E. S. Procter, Julio González, Ana Rodríguez y algunos estudios publicados en el congreso celebrado en 1998 con motivo del 750 aniversario de la conquista de Sevilla.

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Resumen: La esclavitud en la Edad Moderna supuso una realidad social muy arraigada. Último eslabón de una sociedad estamental, en este trabajo, enmarcado espacialmente en el reino de Toledo en tierras de Castilla se analizan diversos aspectos de la condición de los esclavos: descripción y aspecto físico, tipología de las causas de esclavitud, comercio de esclavos, ocupaciones y servicios a que se dedicaban, comportamiento y conflictividad social y finalmente la manumisión. Para ello se han utilizado fuentes procedentes de archivos religiosos, de la nobleza y abundante documentación notarial y judicial.

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Contenido: Emilio Sáez Sánchez (1917-1988) / María del Carmen Carlé – Los piratas castellanos en el Canal de la Mancha / María C. R. de Monteagudo – Mundo rural y delincuencia en la Castilla bajo-medieval / Isabel J. Las Heras – Rescate de cautivos-comercio de esclavos (Murcia siglos XIV-XV) / María de los Llanos Martínez Carrillo – Dos hombres nuevos / María del Carmen Carlé – Castilla en el siglo XV. Lujos urbanos / Miguel A. Barbero – Evolución del doblamiento en el reino de Toledo (siglos XIII a XVI) / María Cristina Longinotti – Las ordenanzas municipales de Montamarta / María del Carmen Pescador del Hoyo – Un difusor de la “Escuela Nueva” durante la España de la restauración / Teresa María Dabusti – Traducciones: Comercio y navegación en el Cantábrico en el siglo XIV. Dos documentos de interés, por María Cristina Longinotti – Reseñas bibliográficas -- Breves

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Resumen: Nadie, de entre los historiadores del derecho, podría animarse a negar la presencia de fuentes romanas (en especial esa compilación tardía denominada Corpus Iuris Civilis) dentro de Partidas; con particular acento en el caso del Digesto. Por esto, en términos de su materialidad, lo que se presentará aquí será un trabajo de cotejo entre títulos específicos de las obras citadas y que refieren al tópico de la tortura. Por un lado, el título 18 del libro XLVIII del Digesto junto con el título 41 del libro IX del Codex. Del otro lado, el título 30 del libro VII de Partidas. Esta comparación buscará no tanto las equivalencias textuales (que son conscientemente obviadas por los redactores a pesar de conocer a la perfección los sistemas de citado) como el sentido último de introducir estos textos en el corpus legislativo castellano. En este sentido, lo que se buscará será plantear métodos posibles para sortear el problema de la intertextualidad en un mundo sin autores.

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El estudio de la legislación conciliar hispanoamericana del siglo XVI a favor de los indígenas, y por extensión la sinodal, sobre todo en lo referente a su peculiar condición de neófitos que requieren especiales medidas de amparo y protección, plantea al historiador una cuestión preliminar que debe dilucidar si pretende captar el genuino significado que encierra el corpus normativo que dichas asambleas redactan y promulgan, tanto desde el punto de vista religioso como social...

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Número monográfico publicado bajo el título:" Mendia, gizartea eta kultura. Montaña, sociedad y cultura. Montagne, societé et culture".

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El siguiente trabajo tiene como objetivo el Estado del arte acerca de la discusión teórica de la repercusión de la unión monetaria en el principio de soberanía nacional, específicamente el caso de Gran Bretaña, ya que éste es el único país que expresa abiertamente su incertidumbre referente a algún tipo de amenaza a su soberanía. Se pretende precisar si existen criterios concluyentes, o por el contrario determinar si no hay claridad con respecto al futuro de Gran Bretaña como miembro de la unión monetaria.A partir de lo anterior, se plantean como sus propósitos particulares construir un marco conceptual acerca de la soberanía. Este estado del arte se inicia con citas de los principales autores de finales de siglo XVII y XVIII y finaliza con las posiciones conceptuales aportadas por los teóricos modernos motivados por el nacimiento de la Unión Europea como un nuevo orden político. Entre las que se citan: modelo centrico o intergubernamentalista, modelo de gobernabilidad multi-nivel, modelo neo-funcionalista y modelo federalista. Igualmente, el trabajo, busca desarrollar un marco conceptual sobre Unión Monetaria y su evolución hasta el logro de una unión fiscal europea en el periodo de 1950-2010, establecer las relaciones teóricas entre Soberanía del Estado y Unión Monetaria y por último realizar un análisis histórico hermenéutico de la Unión Europea y el caso del Reino Unido de acuerdo a las relaciones evidenciadas en los apartados teóricos entre soberanía del Estado y Unión Monetaria.

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Como objetivo general, se propone evaluar comparativamente la injerencia del manejo de las políticas con relación a Asilo y para refugiados en el incumplimiento tanto de España y Reino Unido de los compromisos adquiridos en el marco de la legislación referente a la protección internacional y del derecho comunitario, entre los años 2003– 2005. Así, en el primer capítulo, Legislación existente con respecto a la protección internacional para los refugiados en Europa, en el caso de Reino Unido y España, entre los años 2003 – 2005, se reseña la legislación referente a la protección internacional de los refugiados y Asilo a nivel mundial. Con el segundo capítulo, se busca identificar y contrastar la manera como se han manejado las políticas con relación a la protección internacional de los refugiados y Asilo en España y Reino Unido entre 2003 – 2005. Para lo cual, se tendrá en cuenta el tratamiento dado a los solicitantes de Asilo por parte de estos dos gobiernos desde el momento de llegada, hasta la obtención o negación del estatus de refugiado (Causas, motivaciones, razones de la negación o concesión del Asilo). El tercer capítulo, causas de la falta de eficacia de las políticas con relación a Asilo y refugiados en los casos de Reino Unido y España. Analiza, las razones de tipo, económico, político (seguridad nacional) y demográfico que tienen los Estados de Reino Unido y España para no implementar de una manera eficaz las políticas relacionadas con respecto a la protección internacional de los refugiados y Asilo. Y finalmente, el cuarto capítulo, Acciones emprendidas por el ACNUR, CEAR en España y MRC en Reino Unido, como principales entes reguladores del proceso de recepción de los refugiados frente a los casos de España y Reino Unido. En este último capítulo, se reseñan y evalúan las acciones implementadas por estos entes Intergubernamentales y No Gubernamentales, en el momento de dar protección y validez a los derechos de los refugiados.

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La del acceso a la tierra y su distribución, ha sido una problemática transversal a la historia de los conflictos sociales en el país. En el caso de los pueblos indígenas, la existencia de todo un marco jurídico nacional e internacional que reconoce sus derechos territoriales, así como de importantes avances que a este punto se han producido en cuanto a titulación de tierras de resguardo en nuestro país, fueron dos factores que invitaron a preguntarnos en este trabajo por las dinámicas que, a pesar de ello, subyacen a un permanente desconocimiento de tales derechos. Con este objeto, en él se caracterizan las disputas que, desarrolladas en el marco del ordenamiento jurídico e institucional de la Constitución Política de 1991, han llevado a la existencia de una contraposición entre el reconocimiento y la eficacia de los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Desde una perspectiva crítica, la mirada propuesta presenta un abordaje a tales disputas que abarca una aproximación a sus antecedentes históricos y posterior configuración a instancias de la expedición de las normas, la formulación de las políticas y el ejercicio del control judicial constitucional, en los años posteriores a 1991. Resultado de tal caracterización, se demuestra de qué manera dichas pugnas, que tienen expresiones normativas, administrativas y judiciales, y a su vez son determinadas por factores sociales, políticos, económicos y culturales, han llevado a la existencia en nuestro país, de una brecha de implementación de tales derechos.

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A pesar de las numerosas leyes que restringían la emigración hacia el nuevo mundo, la presencia de criptojudíos (o marranos, como se les llamaba despectivamente) en las colonias españolas es perceptible desde el comienzo de la conquista y aumenta considerablemente luego de la unificación de los reinos ibéricos en 1580. Gracias al estudio exhaustivo de la documentación inquisitorial peninsular y americana, el autor logra reconstituir el fresco trágico de los grupos criptojudíos de origen portugués que, pasando por Sevilla, llegaron hasta los confines del nuevo mundo. Más allá del estudio detallado del fenómeno estrictamente religioso, su investigación permite apreciar la vitalidad de las redes comerciales marranas y judías de origen ibérico que, desplegados a una escala planetaria, participaron activamente en el apogeo del mercantilismo.

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Intentar que el estudio de la Universidad de Barcelona sirva para sentar las bases de un mejor conocimiento de la cultura catalana del siglo XVI, período durante el cual la institución académica fue el principal centro intelectual donde cristalizaron las corrientes ideológicas y científicas entonces imperantes en España y Europa. Como objetivos, el primero es responder a algunas preguntas clásicas sobre la institución universitaria: ¿cómo surge?, ¿cómo se organiza?, ¿qué oferta y régimen docente ofrece?, ¿quiénes son sus profesores y quiénes sus alumnos?. El segundo objetivo se centra en desideologizar el tema, y el tercero en contextualizar la evolución de la vida universitaria en el marco político, ideológico y social de las diferentes coyunturas del devenir histórico. La primera parte se dedica al estudio de los orígenes de la universidad (1401-1559), incidiendo en el precedente medieval con los antecedentes de los proyectos de Martín el Humano y Alfonso el Magnánimo. La segunda parte está dedicada al estudio de la estructura y recursos en el período de la segunda mitad del siglo XVI: la organización jerárquico-administrativa, con el repaso de las autoridades y oficiales universitarios y la hacienda del Estudio General. Este apartado va precedido de un breve repaso comparativo de la evolución de las universidades en Europa, en la corona de Castilla y la corona de Aragón. La tercera cubre la problemática del régimen docente en sus diferentes disciplinas: gramática, retórica y lenguas, filosofía, matemáticas, metafísica, leyes y cánones, medicina y teología. Se intenta, sobre todo, analizar los planes de estudio y la producción intelectual de los catedráticos en sus diversas especialidades. La cuarta parte se proyecta hacia el análisis del personal universitario, tanto de los profesores como de los estudiantes. Especialmente se ha ahondado en la proyección política de los catedráticos, en el sistema de nombramientos con la incidencia de la limpieza de sangre y en penetrar en los requisitos y coste de las graduaciones. En suma, el Estudio General de Barcelona en la edad moderna presenta rasgos de una peculiar idiosincrasia organizativa y hacendística que la convirtieron en un paradigma, con sus virtudes y defectos, del modelo de universidad municipal propio de la Corona de Aragón y de algunas ciudades italianas. La penuria económica, el nulo apoyo por parte de la monarquía y el elevado coste de los estudios hicieron que su influencia se redujera al ámbito del territorio catalán, donde sí estuvo sólidamente implantada pese a la competencia de Lleida, Girona, Tarragona, Vic, Solsona y Tortosa, y además constituyó un referente para algunos de los nuevos centros de titularidad municipal que copiaron su estructura organizativa y estatutos. La atmósfera intelectual de la academia barcelonesa no se diferenció de la que ofrecían otros centros de enseñanza superior. En términos culturales, cabe distinguir una primera fase de receptividad a las corrientes renacentistas y al humanismo cívico y una segunda etapa dominada por el triunfo de la mentalidad contrarreformista y el pensamiento religioso. La dialéctica entre tradición-modernidad y apertura-cerrazón obedeció, más que a factores internos, a la evolución de la sociedad en que la universidad se hallaba inmersa, Porque, en última instancia la cultura no está por encima o al margen de las relaciones económicas y sociales, y no hay prácticas educativas que no se articulen sobre las representaciones por las que los individuos construyen su universo intelectual.

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Resumen basado en el de la publicación