1000 resultados para Ley 38 de 1877


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Se analiza el 'curso preuniversitario' establecido por la Ley de Ordenación de la Enseñanza Media de febrero de 1953, en la que se definía el concepto de 'curso preuniversitario' como un escalón intermedio entre el bachiller superior y la formación universitaria, para preparar así a los estudiantes en la formación superior. Se comentan las disposiciones relativas al curso preuniversitario, en concreto el artículo 83 y el 94 de la Ley de Ordenación de la Enseñanza Media. Se establece la responsabilidad del curso preuniversitario a los Institutos Nacionales o a los Centros no oficiales reconocidos, superiores de Enseñanza Media. Se define el contenido del curso preuniversitario, entre otras materias: lectura y comentario de textos fundamentales de la literatura y del pensamiento; síntesis de lecciones y conferencias; ejercicios de redacción y de exposición oral de temas preparados por el alumnado; ejercicios prácticos de idiomas modernos, traducciones escritas, lecturas y ejercicios elementales de conversación. Para finalizar, se comentan otros problemas derivados del curso preuniversitario como los libros de textos que deberían utilizarse en el curso o el acceso del alumno a las pruebas de madurez después del periodo preuniversitario.

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Se repasa la historia de las construcciones escolares en España y se establece una relación con la Ley de 22 de diciembre de 1953 que las regulaba. Los contenidos y problemas que suponían su aplicación eran: los sistemas de construcción empleados, las Juntas Provinciales, la tramitación de expedientes ante las Juntas y los proyectos y ejecución de obras. Se ofrece una relación de datos estadísticos sobre las partidas presupuestarias invertidas según los años escolares, donde se aprecia claramente el crecimiento progresivo de las mismas. Por último, se examina en qué medida pueden sentirse afectadas las actuales Delegaciones administrativas por la Ley que crea las Junta Provinciales de Construcciones Escolares.

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Se analiza la figura de la Seguridad Social y el Seguro Escolar español. El Seguro Escolar español tiene un triple ámbito de aplicación: el personal, material y territorial. De él se pueden beneficiar tanto los estudiantes españoles como los estudiantes de otros países y especialmente, los hispanoamericanos. En el Seguro Escolar podemos distinguir, los asegurados obligatorios y los condicionales. Los beneficios que otorga la Ley de Seguro Escolar beneficia a estudiantes españoles de menos de veintiocho años, que cursen estudios a los que se refiere las fases de la aplicación del seguro, que reúnan los requisitos que para las prestaciones que otorga el seguro, exigen los estatutos de mutualidad y los mismos beneficios a estudiantes hispanoamericanos con los que exista acuerdo de reciprocidad con sus países de origen.

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Se analiza la lucha entre dos tesis opuestas que dividía a la sociedad belga con respecto a su educación. Los antecedentes se establecían en torno a las elecciones generales de 1954, cuyo triunfo corrió a cargo del ala izquierdista, socialista y liberal del país, desplazando a la mayoría social-cristiana que hasta aquel momento había gobernado. La guerra escolar era una extensión de las diferencias que había entre las dos fuerzas políticas y sobre todo, giraba en torno a la educación religiosa que había existido hasta la fecha y que los socialistas, querían eliminar y convertir en una educación laica. Algunas de las acciones que el nuevo gobierno llevó a cabo fueron: reducir un tercio los subsidios a la enseñanza técnica conocida; abrogarse a la Ley de 17 de diciembre del 1952 que otorgaba subsidios a la enseñanza media; suprimir las 'Comisiones Mixtas' como la 'Comisión Nacional de Enseñanza' y la 'Comisión Nacional de Litigios' y dar prioridad para ocupar puestos docente a los titulares de un diploma oficial sobre los titulares de un diploma libre.

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Transcripción del discurso que pronunció el Ministro de Educación Nacional, D. Joaquín Ruiz-Giménez, con motivo de la aprobación por el Pleno de las Cortes Españolas de dos leyes de importante transcendencia para el ámbito de la educación: la Ley de Especialidades Médicas y Farmacéuticas y la Ley de Formación Profesional Industrial. El Sr. Ministro abrió su discurso con agradecimientos hacia las Cortes. Continuó exponiendo las razones y motivos de la nueva Ley de Enseñanza Profesional Industrial y después hizo una glosa sintética del texto del proyecto. Terminó hablando sobre la expansión y el cumplimiento de las Leyes.

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Se comenta el panorama escolar que existía en Bélgica a mediados de los años cincuenta, centrada en un problema de convivencia entre las dos grandes masas raciales, culturales y políticas, en definitiva, en que se dividía la nación, los liberales-socialistas y los social-cristianos. Además, se comentan algunos aspectos de la ley educativa belga llamada 'Ley Collard'.

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Se analiza la Ley de Ordenación de la Enseñanza Media y las reformas que se aplicaban al nuevo Bachillerato: la coordinación de las enseñanzas medias, la creación del Bachillerato Laboral Superior y las bases para la extensión de la enseñanza media. Los puntos principales que ofrecía la reforma eran: 1.Desconcentración pedagógica, mediante secciones filiales de los Institutos para las enseñanzas del Bachillerato elemental. 2. La apertura de nuevos cauces a la vocación escolar. 3. Innovaciones en el régimen de los centros oficiales. Las observaciones que se hacen sobre los diferentes aspectos son: 1. La desconcentración pedagógica a la creación de secciones filiales de los Institutos Nacionales de Enseñanza Media. 2. La instauración del Bachillerato Laboral superior, podía ser clave en la estructura general de la enseñanza. 3. Se ofrecía un ciclo de adaptación a los bachilleres elementales. 4. El decreto sobre extensión de la enseñanza media no se conformaba con recoger el ciclo de adaptación, sino que desarrollaba el mismo principio en otras direcciones. Así sería posible que en la sede de los Institutos y en las Secciones filiales se impartieran otros cursos de adaptación. 5. Se imponía como gran innovación la apertura de los estudios nocturnos. 6. Estos estudios nocturnos se ampliaban a las enseñanzas complementarias de carácter profesional, por ejemplo, la contabilidad, mecanografía y la mecánica. 7. Se ratificaba el principio de cooperación institucional. 8. Se examinaba la admisión amplia del nombramiento por contrato.

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Crónica sobre la implantación de la nueva Ley de Educación Física en España, después de probarse de manera introductoria, los beneficios para la salud tanto física como mental del ejercicio en la vida del alumno, cuanto más joven, mejor. Seguidamente, se transcribe el texto íntegro de la Ley Española de Educación Física, tomado del Boletín Oficial del Estado número 309 de 27 de diciembre de 1961.

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Se transcribe la traducción del Proyecto de Ley sobre la reforma de la Enseñanza de Segundo Grado en Francia. En primer lugar, se exponen los motivos por los que se quiere reformar esta enseñanza, que se sustentan en: el crecimiento de la población y el acceso a una mejor educación. Los objetivos que persigue la Enseñanza de Segundo Grado serán: el acceso al saber, saber aprender y saber ser; la contribución a la igualdad de oportunidades y orientar al ciudadano al camino que desembocará en una cualificación profesional. Estos objetivos pueden explicar la estructura del proyecto: la organización de la enseñanza, su contenido, la formación de los profesores y la organización y funcionamiento de los centros. La Ley que se transcribe consta de siete títulos y treinta y tres artículos en total. Los títulos se refieren a las siguientes disposiciones: 1. Objetivos de la enseñanza de segundo grado: preparar a los alumnos para su vida como ciudadanos, contribuir a la igualdad de oportunidades entre los alumnos y favorecer la educación permanente. 2. Disposiciones pedagógicas. 3. Disposiciones administrativas y financieras. 4. Disposiciones relativas a la comunidad escolar. 5. Disposiciones relativas a la formación de los maestros. 6. Disposiciones relativas a las funciones de los cuerpos de inspección. 7. Disposiciones finales y transitorias.

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Se transcribe la Ley Federal de Educación de México, aprobada por el Presidente de la República de México, D. Luis Echevarría Álvarez y por la Cámara de Diputados el 11 de noviembre de 1973 y posteriormente por el Senado. Esta Ley sustituía a la Ley Orgánica de Educación de 1942 y respondía a la necesidad de una reforma educativa por la que se impulsaban todos los aspectos de la educación nacional y se perseguía el que todos los ciudadanos pudieran disfrutar de una educación básica general. Comprendía siete capítulos, sesenta y nueve artículos en total más cuatro artículos transitorios y las disposiciones que comprendían, atendían a los siguientes epígrafes: Disposiciones generales; Sistema educativo nacional; Distribución de la función educativa; Planes y programas de estudio; Derechos y obligaciones en materia educativa; Validez oficial de estudios; Sanciones.

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Resumen tomado de la publicación

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Se transcribe la Ley de Educación Secundaria Superior que se aprobó en Noruega en 1954, que consistía en un sistema de escolaridad obligatoria de nueve años que entró en vigor en 1971. Comprendía entre los siete y los dieciséis años de edad y se destinaba a los alumnos que deseaban ingresar a la Universidad o seguir una formación profesional completa. Trataba de coordinar los tipos de enseñanza con un máximo de diferenciación y un mínimo de dispersión, dando igual rango a los estudios generales y profesionales. Esto desembocaba en un centro único polivalente, que integraba a todos los centros anteriores y que por un tronco común, diferenciaba progresivamente el contenido de la enseñanza según la orientación vocacional del alumnado.

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Se transcribe el texto correspondiente al cap??tulo primero y las siete primeras partes del segundo cap??tulo del 'Proyecto para una Reforma de la Ley de Ense??anza Profesional (BBIG)' de Alemania. El cap??tulo primero, trata de la Ense??anza Profesional dentro del sistema de educaci??n, que a su vez recoge tres art??culos sobre: los objetivos de la Ense??anza Profesional, el concepto de Ense??anza Profesional y el lugar que ocupa y los centros de Ense??anza Profesional. El cap??tulo segundo, titulado Formaci??n Profesional, se dedica a: principios fundamentales de la Formaci??n Profesional, Divisi??n de la Formaci??n Profesional, el principio b??sico de exclusividad, el reconocimiento de las profesiones que son objeto de formaci??n y su reglamentaci??n, el contenido de la reglamentaci??n profesional, la Formaci??n Profesional en centros supraempresariales, Disposiciones especiales, el acortamiento y prolongaci??n del periodo de Formaci??n Profesional, el Registro de las profesiones reconocidas como objeto de formaci??n, los Requisitos necesarios para los centros profesionales, el personal formador, la Inspecci??n de la Formaci??n Profesional, las Evaluaciones dentro de la Formaci??n Profesional y la terminaci??n de la Formaci??n Profesional.

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Se transcribe la Ley sobre educación número 75-620, de 11 de julio de 1975, que aprobó el Ministerio de Educación de Francia, en la que se planteaba la reforma educativa del sistema educativo francés que perseguía adaptar el sistema escolar a las necesidades del mercado. Se apostó por la laicidad del Estado en el terreno político, respetando todas las conciencias y opiniones, aún si eran opuestas al Estado. Se perseguía crear una escuela abierta, que diera respuesta a los tiempos que se vivían, respuesta a los problemas políticos y a los de otras índoles. Para poner remedio a estos problemas, la escuela debía desarrollar al máximo la virtud de la tolerancia, el máximo respecto al niño y a la familia y la mayor comprensión entre todos los interesados en la docencia. La Ley constaba de tres títulos y veintidós artículos en total. Los títulos respondían a: la enseñanza, la vida escolar y disposiciones particulares y transitorias.

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Se transcribe la Ley de Educación Básica de Dinamarca, de junio de 1975 que entró en vigor en agosto de 1976 y que fue fruto de la cooperación común de los dos partidos políticos mayoritarios. Los puntos sobre los que se trató fueron el estudio del danés, que finalmente, se vio reforzado por esta Ley y la supresión de los exámenes obligatorios. La escuela básica comprende un curso de párvulos, la escuela primaria de nueve años de duración y un posterior curso de un año. Los certificados dispensados a partir del nivel siete, incluyen las materias estudiadas y las calificaciones obtenidas, pudiendo libremente realizarse el examen de salida sobre algunas asignaturas a partir del nivel noveno. Las materias de enseñanza impartidas eran muy variadas, desde matemáticas, pasando por la lengua danesa, hasta nociones de tráfico, cinematografía, fotografía, educación sexual y otras.