1000 resultados para DERECHO A LA IDENTIDAD


Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Analiza los índices de nutrición que pueden reflejar la situación alimentaria en el país, implica el cumplimiento de las condiciones necesarias en el entorno de los seres humanos para que este derecho pueda ser ejercido a cabalidad. Según las Directrices Voluntarias del Derecho a la Alimentación establecidas por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), implica el acceso a la tierra, agua, tecnología, crédito, trabajo, participación en la elaboración de leyes, entre otras. FIAN Ecuador como parte de la vigilancia del cumplimiento de este derecho en el país ha realizado el seguimiento de algunas de estas directrices desde una perspectiva de género en las políticas gubernamentales y sus impactos en las condiciones de vida de la población, de manera más específica en las mujeres.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

En la Constitución de 1998 se produjo el reconocimiento constitucional de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y del pluralismo jurídico existente en el país, ello permitió la legitimación de las resoluciones tomadas por sus autoridades competentes de sus conflictos internos en base a sus propios procedimientos, usos y costumbres ancestrales, garantizando el derecho a su identidad, autodeterminación y autonomía de los pueblos, comunidades y nacionalidades indígenas a fin de restablecer el equilibrio y armonía dentro de la misma. Estas resoluciones por norma constitucional tienen el mismo carácter jurídico y fuerza vinculante que las sentencias expedidas por autoridades jurisdiccionales estatales. Por tanto, sin que se necesite ratificación del sistema judicial estatal, las decisiones jurisdiccionales indígenas surten el efecto de cosa juzgada, debiendo ser obedecidas por las partes involucradas, consideradas por la comunidad y respetadas por las autoridades y las instituciones del Estado respetando y garantizando la aplicación del principio non bis in ídem constitucionalmente reconocido. Sin embargo, se hace necesaria su limitación explícita a fin de evitar que sus procedimientos y sanciones vulneren derechos humanos, razón por la cual la Corte Constitucional debe ser la encargada de controlar la conformidad de estas resoluciones con los preceptos constitucionales, respetando el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales que les son reconocidas, esto es, sobre la base de sus tradiciones ancestrales y derecho propio, conforme lo reconoce la vigente Constitución.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

En el año 2008, Ecuador constitucionalizó el derecho a la resistencia, el cual, desde hace varias décadas se considera un tema agotado, o por lo menos, abandonado para la teoría constitucional por considerarlo como un derecho de imposible asimilación dentro de la estructura de los contemporáneos estados de Derecho basados en la primaa de la ley y en los que la sola vigencia de las normas son su parámetro de validez, sin reparar en la justicia o injusticia del resultado obtenido producto de su aplicación. Por lo tanto, el propósito inicial del presente trabajo investigativo es brindar, desde la dogmática jurídica, una comprensión clara sobre la naturaleza del derecho a la resistencia y evidenciar su problemática y posibles alcances dentro de nuestro estado constitucional de derechos y justicia. Un segundo propósito será constatar que la validez, vigencia y eficacia del derecho a la resistencia solo será posible si su contenido se adapta al nuevo paradigma constitucional que abandera el constitucionalismo de derechos, tarea en la que no se podrá desconocer los aportes de nuestra realidad jurídica, política y social. Un propósito final, busca lograr que desde el ámbito constitucional se comprenda el postulado de la última ratio como un elemento importante y que configura el contenido esencial de este derecho que, a más de limitarlo y darle su validez, posibilita su efectiva vigencia como un recurso excepcional frente al Derecho positivo, permitiendo superar parte de la problemática que hoy le aqueja: interpretación y empleo discrecional y arbitrario, proscripción, e ineficacia.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

La aprobación de la Constitución de Montecristi en al año 2008 trajo consigo varios retos para la implementación progresiva de los derechos que esta reconoció. En este contexto, se visibiliza en la Constitución una amplia gama de derechos que están direccionados a proteger el estilo de vida de la Comunidad LGBTI y sus proyectos de vida. A pesar de la amplitud del nuevo catálogo de derechos, los mismos todaa representan estereotipos de género provenientes de la concepción patriarcal de la sociedad y en especial de la familia; es así, que se analizará este fenómeno como origen y causante de la discriminación de la Constitución al matrimonio igualitario. En este orden de ideas, la Constitución protege de manera individual la orientación sexual y la identidad de género, sin embargo cuando se pretende ejercerlos como relaciones de pareja desde una perspectiva familiar, la Constitución introdujo en el último párrafo de su artículo 67 la restricción del derecho al matrimonio a personas del mismo sexo. En este contexto, el presente trabajo interpreta de manera integral la aplicación del principio de igualdad y no discriminación contenido en la Constitución que ampara a la población LGBTI, para que a la luz de esta se pueda evidenciar la contradicción existente entre el artículo 67 y el resto de la Constitución y así constatar la existencia de discriminación de jure.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

El delito de tortura, considerado delito de lesa humanidad por el Estatuto de Roma, se tipifica, igualmente, como delito de lesa humanidad, en el Art. 89 de nuestro Código Orgánico Integral Penal. Ambos cuerpos normativos establecen como requisito esencial que este delito se cometa como parte de un ataque generalizado contra una población civil, lo que concuerda con el Art. 119 del Código Orgánico Integral Penal, que tipifica como tortura el ilícito que se cometa con ocasión y en desarrollo de un conflicto armado en el territorio nacional o a bordo de una aeronave o de un buque de bandera ecuatoriana, lo que no requiere del “ataque generalizado” a que alude el Art. 89 ibídem. Igualmente, el Art. 151 del Código Orgánico Integral Penal, tipifica como tortura a la persona que inflija u ordene infligir a otra persona, grave dolor o sufrimiento, ya sea de naturaleza física o psíquica o la someta a métodos que anulen su personalidad o disminuyan su capacidad física o mental, aun cuando no causen dolor o sufrimiento físico o psíquico, con cualquier finalidad en ambos supuestos, el cual se sanciona con una pena privativa de libertad de siete a diez años, agravándose el delito en los casos de los numerales 1 a 4 del referido artículo y que dicen relación con los conocimientos técnicos para aumentar el dolor de la víctima (1); cuando se trate de funcionarios o servidores públicos u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, por instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia (2); que se cometa con la intención de modificar la identidad de género u orientación sexual (3) y se cometa en persona con discapacidad, menor de 18 años, mayor de 65 años o mujer embarazada En esta investigación se analiza la tortura consagrada en los Convenio y Tratados Internacionales con nuestro derecho interno, para establecer la diferencia de la tortura, sus efectos y causas. Pero lo relevante es compatibilizar este tipo penal con nuestra legislación desde la perspectiva que dicha acción sea considerada imprescriptible, para evitar como el Caso Tibi, que los violadores de los derechos humanos quedan sin sanción alguna. Finalmente, el Ecuador no ha cumplido, con las Sentencias de la CIDH, respecto a enjuiciar y castigar a los responsables de las violaciones de los DD.HH.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

When it comes to human rights, the first thoughts that come to mind are the rights to life, liberty or equality, among others, which possess the concept of being fundamental. Commonly, culture and heritage are not usually considered as rights; however, as well as there is the right to own legal identity, there is also the right to enjoy a cultural identity. This paper deals precisely with the study of culture and cultural heritage as a human right. Cultural heritage’s meaning concept is analyzed, its enclosure between fundamental rights and the way that it should be protected, essentially by the State. The Ecuadorian case is also analyzed around their legislation and cultural management, in order to assess the treatment that this right has been received in the country.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye Bibliograa

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Coordenação de Aperfeiçoamento de Pessoal de Nível Superior (CAPES)

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Programa de Doctorado: Fuentes, Métodos e Historiograa para la Investigación en el Mundo Atlántico

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

En el presente trabajo nos proponemos considerar la ensayística del escritor argentino Manuel Ugarte, desde la perspectiva de una nueva interpretación de la nacionalidad, que se organiza en una trama, compuesta por el discurso literario, las nociones ideológicas y los hechos de la realidad. La disposición de los elementos que componen la trama, tales como la dimensión territorial, la agresión imperialista, la elección del género discursivo, etc., depende de la preocupación por la identidad, centro del pensamiento cultural durante la era del imperialismo. Tal es el marco en el que actúa Ugarte y su generación. La etapa de vigencia de la mentada unidad de análisis podría fijarse en las primeras décadas del siglo XX, principalmente. La estructura de sentimientos que emerge hacia finales del siglo XIX y principios del XX es consecuencia de un malestar en la cultura despertado por el "peligro yanqui", nombre con el que corrió una preocupación por el destino cultural, económico y político del continente.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

El proyecto se basa en el desarrollo del rediseño de la identidad visual y la construcción de un sistema para el packaging de la línea de vinos "Fuzion" de Bodega Familia Zuccardi, ya que el diseño que presenta actualmente dicho producto no tuvo la llegada esperada al consumidor.