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La prueba en sede administrativa tributaria, constituye un trabajo de investigación académica que pretende mostrar el tratamiento de la prueba en sede administrativa tributaria, puesto que del tradicional manejo de la materia procesal civil al traslado de la especialidad de la materia tributaria se deben considerar, identificar y definir, qué reglas, normas y principios le son aplicables para la resolución de los conflictos entre el sujetos pasivo (contribuyente, responsable o tercero) y la administración tributaria, que en ejecución de la facultad resolutiva, absuelve reclamos y recursos administrativos que le sean presentados, considerando el derecho de petición y las garantías constitucionales del debido proceso. En el desarrollo de la investigación se han combinado las materias: constitucional, procesal civil, administrativa y administrativa tributaria, con el fin de dar alcance doctrinario, jurídico y práctico ha aquellos aspectos relacionados con la prueba. Puesto que respecto del tema se han sostenido dos teorías: la primera, que el tema de la prueba en materia tributaria es escaso y debe acudir a los elementos normativos de la prueba regulados en el propio Código Tributario para el procedimiento contencioso; y, la segunda que en materia administrativa tributaria se debe acudir a todos los medios probatorios determinados por la ley, en sentido general. A razón de lo mencionado, la presente investigación muestra los puntos de acuerdo y desacuerdo entre las teorías mencionadas para lograr un tratamiento apropiado, tanto de los medios de prueba que le son aplicables, como de los criterios que se sostienen respecto de la carga y la valoración de la prueba, dentro de la sede administrativa tributaria.

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El mal uso de los INCOTERMS puede tener implicaciones jurídicas y comerciales, aumento de costos, seguros, formas de pago, fiscalidad, de contratación, etc. A través de la presente tesis, estructurada en tres capítulos, nos referimos a esta problemática. El Capítulo I de determina la normativa legal vigente para adquirir bienes en general y de tipo estratégico; así como también da a conocer los aspectos más relevantes del planeamiento logístico que la Fuerza Terrestre efectúa para la obtención de estos bienes, a fin de mantener y acrecentar su capacidad combativa en toda circunstancia y escenario en el que actúa. El Capítulo II de esta tesis hace un análisis del origen del organismo internacional que aprobó el Contrato de Compra Venta Internacional de Mercancías; que se constituye en un conjunto de normas que se refieren a tipos particulares de mercancías, que necesitan tratamiento o autorizaciones especiales. Además, determina cuáles son las reglas y usos uniformes del Comercio Internacional, la categorización de los INCOTERMS, sus definiciones y alcances. Finalmente, en el Capítulo III se evidencian las principales cláusulas que deberán incluirse según los INCOTERMS utilizados por la Fuerza Terrestre y de sus particularidades.

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Sumario: Introducción. I. La teoría neoconstitucional: aspectos generales y aclaraciones metodológicas. 1. Las precisiones metodológicas y la perspectiva crítica. 2. El neoconstitucionalismo como nominación y teoría. 3. Los teóricos del neoconstitucionalismo transformador. 4. La estratósfera académica y el rol de la teoría. II. La teoría de la norma: los principios, las reglas y los derechos. 5. Los principios y las reglas. 6. La función de los principios y la interrelación con las reglas. 7. Los principios, las normas penales y civiles, y la seguridad jurídica. 8. El rol de los jueces y los derechos. 9. El liberalismo, los derechos individuales y colectivos. 10. La constitucionalización del derecho privado. III. El neoconstitucionalismo y el estado. 11. El estado de derechos. 12. ¿ Puede el estado ser titular de derechos? 13. Rol del estado ¿estado mínimo o fuerte? 14. Las políticas públicas. 15. La Constitución de Montecristi y la desinstitucionaliación del estado. 16. El hipepresidencialismo, el caudillismo y la plurinacionalidad. IV. La utopia andina 17. La utopía constitucional y la realidad. 18. Reflexiones finales: el saber indígena y la utopía andina. Bibliografía.

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Resolver por parte de los operadores jurídicos y en los casos en los que el derecho aplicable es indeterminado, con mecanismos y técnicas que son asimismo imprecisas, genera ciertas consecuencias: en estos supuestos los jueces no cuentan con criterios nítidos que guíen su toma de decisiones. dado que la extensión de lo indeterminado es indeterminada, la indeterminación es ineliminable no solo del contenido de las reglas jurídicas sino también de los recursos y mecanismos interpretativos del derecho. Así sucede en los “casos difíciles”, en los que el “deber de resolución” que impone a los jueces el Estado de derecho deviene impreciso y de realización incierta.

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El objetivo de este trabajo es analizar desde una perspectiva neo institucional la configuración del departamento del Valle en calidad de región político administrativa en el período 1910-1948. Para alcanzar este propósito, nos concentramos en el estudio de las instituciones o reglas de juego impulsadas, defendidas y promulgadas por la figura del gobernador en calidad de funcionario público y primera autoridad de los vallunos o valle-caucanos. Las fuentes centrales son los Informes anuales del Gobernador antes los miembros de la Asamblea departamental, libros de viajeros y algunos de los periódicos de circulación local y regional en las primeras décadas del siglo XX. Para desarrollar este objetico hemos divido el trabajo en dos partes; en la primera, −integrada por tres capítulos− nos distanciamos de las explicaciones actuales referentes a la creación del departamento del Valle y proponemos una nueva interpretación, centrada en el descontento de las municipalidades ubicadas en el valle geográfico del río Cauca ―Cali, Buga, Palmira, entre otras− por las reglas de juego promulgadas desde Popayán para reinvertir los recaudos fiscales provenientes de sus rentas. De igual forma, con base en la noción de path dependence estudiamos las herencias coloniales y decimonónicas que tuvieron que enfrentar los gobernadores vallunos para poder configurar la nueva región política administrativa. Nos referimos a la inestabilidad del orden político, a la ausencia de vías y sistemas de comunicación y a los métodos tradicionales en la producción agropecuaria. En la segunda parte ―integrada por tres capítulos y las conclusiones− analizamos las instituciones impulsadas por el gobernador del departamento del Valle para consolidar la nueva región político administrativa, propósito que únicamente era posible si superaban los path dependence o herencias coloniales y decimonónicas. El estudio se focaliza en las reglas de juego impulsadas por la primera autoridad de los vallunos para: 1). Alcanzar paz política o paz pública, en calidad de factor determinante en el mantenimiento del orden social; 2). Estimular la apertura y construcción de vías de comunicación y obras de infraestructura; 3). Modernizar los métodos de producción agropecuaria. Finalmente, en las conclusiones señalamos algunas problemáticas que se deben abordar en las futuras investigaciones y de esta manera darle continuidad a la propuesta analítica desarrollada en este trabajo.

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Bajo las presentes condiciones históricas y el modelo de acumulación por despojo, se producen un empobrecimiento extremo, la destrucción de las condiciones de vida y el deterioro de la integridad ambiental. La lógica de las grandes corporaciones avanza demoliendo las condiciones de vida, al tiempo que las movilizaciones sociales impulsan creativamente los derechos humanos y la defensa de la salud; pero el mundo académico reacciona con exasperante pasividad e indolencia. Los departamentos de las universidades, las agencias gubernamentales locales y nacionales y hasta las organizaciones no gubernamentales siguen en la línea de programas inefectivos e inocuos, muchos de los cuales son sostenidos por costosos aparatos propagandísticos. Programas que no van a las raíces de los problemas y que terminan reproduciendo t y reforzando las propias reglas del juego neoliberal. En esta ponencia se explica aquello que el autor define como renuncia de la salud pública a la equidad, la incapacidad institucional para mirar las raíces de una floreciente patología de la inequidad y el divorcio entre los aparatos burocráticos de la salud con la lucha de los pueblos.

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El presente artículo presenta un análisis del régimen vigente en materia de la inversión privada extranjera, partiendo de las disposiciones pertinentes incorporadas en el código orgánico de la Producción, comercio e Inversiones (dic. 2010), cotejando las mismas frente a los preceptos establecidos por la constitución de la República del Ecuador relativos al sistema económico y otros ámbitos pertinentes. La evaluación se complementa contrastando las disposiciones legales de reciente vigencia, a los criterios de consistencia de los correspondientes lineamientos del esquema de planificación gubernamental y a varios principios del sistema de reglas internacionales sobre la inversión. Se aportan, finalmente, conclusiones sobre probables líneas de ajuste normativo futuras, resultantes de dicho proceso de comparación analítica.

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En las primeras décadas del siglo XX, la Argentina sufrió un desajuste económico y social respecto del plan estratégico de 1880. Los acontecimientos históricos rompieron el modelo de la prosperidad infinita y pusieron de manifiesto la disolución del ser nacional en revueltas militares, fraude electoral, corrupción, caudillismo y brechas profundas entre regiones y clases sociales. Hacia 1930, la escritura de Roberto Artl se presenta como un cuestionamiento acerca de los límites del proyecto modernizador y de las instancias más significativas del mandato de progreso histórico. Los personajes de sus ficciones le permiten al escritor proyectar una interpretación no solo de su ser caído y angustiado, sino también del sujeto desligado de aquella sociabilidad propuesta por la generación de los románticos y que en 1880 parecía determinar una identidad estable, según reglas aparentemente seguras. El escritor posee la visión de que 1930 es el momento histórico que exige otro estatuto de lo real. El efecto de lectura de la obra de Arlt reside en la manipulación indefinida del lenguaje literario a través de la propuesta de personajes anclados en la percepción de un mundo que los excluye y de una peripecia narrativa que devela la descentración de la Historia como relato total. Consecuentemente, su eficacia es impactar y movilizar el cuerpo social a través de la producción imaginaria como una versión literaria de la Historia.

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El modelo de acumulación por despojo y las presiones de monopolización económica y exclusión social que se han desencadenado en años recientes, exacerban un empobrecimiento extremo, la destrucción de las condiciones de vida y el deterioro de la integridad ambiental. La lógica de las grandes corporaciones avanza demoliendo no sólo las condiciones de vida, sino las bases de nuestra soberanía, al tiempo que las movilizaciones sociales se multiplican para defender los derechos humanos y sociales; pero el mundo profesional y académico reacciona con exasperante pasividad e indolencia y las universidades entran de lleno en un modelo de educación neoliberal. Los departamentos universitarios, las unidades técnicas de agencias gubernamentales- locales y nacionales- y hasta organizaciones no gubernamentales independientes, han acogido las políticas y agendas del poder, y siguen en la línea de programas inefectivos e inocuo para encarar la tan mencionada “pobreza”, o se enrolan directamente en líneas de trabajo empresariales. Los programas sociales no van a las raíces de los problemas y terminan reproduciendo las propias reglas del juego neoliberal y la hegemonía, muchas veces en el marco de una fraseología progresiva y de la ilusión creada por acciones limitadas de desarrollo local. En este trabajo se pretende explicar aquel contrasentido histórico, reflexionando sobre aquello que el autor define como las raíces de una cultura pragmática y de resignación; sazonada en medio de las presiones del mercado de trabajo, el miedo y de las confusiones ideológicas de la época. Un análisis sobre una época donde impera en las universidades y entidades de investigación, una corriente de renuncia a la critica del capitalismo; una cultura inmediatista que ha hegemonizado muchos ámbitos académicos y técnicos, que renuncia a la construcción de una sociedad distinta, generando la incapacidad institucional y de los expertos para mirar las raíces de una creciente inequidad y el divorcio entre los aparatos tecnocráticos y la lucha de los pueblos.

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Bajo las presentes condiciones históricas y el modelo de acumulación por despojo, se producen un empobrecimiento extremo, la destrucción de las condiciones de vida y el deterioro de la integridad ambiental. La lógica de las grandes corporaciones avanza demoliendo las condiciones de vida, al tiempo que las movilizaciones sociales impulsan creativamente los derechos humanos y la defensa de la salud; pero el mundo académico reacciona con exasperante pasividad e indolencia. Los departamentos de las universidades, las agencias gubernamentales locales y nacionales y hasta las organizaciones no gubernamentales siguen en la línea de programas inefectivos e inocuos, muchos de los cuales son sostenidos por costosos aparatos propagandísticos. Programas que no van a las raíces de los problemas y que terminan reproduciendo t y reforzando las propias reglas del juego neoliberal. En esta ponencia se explica aquello que el autor define como renuncia de la salud pública a la equidad, la incapacidad institucional para mirar las raíces de una floreciente patología de la inequidad y el divorcio entre los aparatos burocráticos de la salud con la lucha de los pueblos.

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Bajo las presentes condiciones históricas y el modelo de acumulación por despojo, se producen un empobrecimiento extremo, la destrucción de las condiciones de vida y el deterioro de la integridad ambiental. La lógica de las grandes corporaciones avanza demoliendo las condiciones de vida, al tiempo que las movilizaciones sociales impulsan creativamente los derechos humanos y la defensa de la salud; pero el mundo académico reacciona con exasperante pasividad e indolencia. Los departamentos de las universidades, las agencias gubernamentales locales y nacionales y hasta las organizaciones no gubernamentales siguen en la línea de programas inefectivos e inocuos, muchos de los cuales son sostenidos por costosos aparatos propagandísticos. Programas que no van a las raíces de los problemas y que terminan reproduciendo y reforzando las propias reglas del juego neoliberal. En esta ponencia se explican aquello que el autor define como renuncia de la salud pública y la incapacidad institucional para mirar las raíces de esa floreciente patología de la inequidad y el divorcio entre los apararos burocráticos de la salud con la lucha de los pueblos.

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Tras analizar y evaluar la argumentación jurídica efectuada por el Tribunal del CIADI respecto del caso CMS vs. Argentina, se aprecia que tal argumentación descansa sobre la errada concepción de que en el caso no existían aspectos que afecten derechos humanos. En realidad se trataba de un caso difícil, en materia de derechos sociales, que no podía ser resuelto por la simple aplicación de las reglas específicas del sistema (subsunción), como erróneamente lo hizo el Tribunal del CIADI, pues necesariamente debía acudirse al procedimiento de la ponderación. Si se acude a la ponderación se podrá constatar que existen dos principios aplicables, cada uno de los cuales lleva a una solución incompatible con la del otro: por un lado, la protección del derecho a la seguridad jurídica del inversionista extranjero, que exige un respeto a los derechos pactados contractual y legalmente, y, por otro, el de la protección al derecho a la vivienda, que exige una congelación en las tarifas de servicios básicos esenciales, entre ellos del transporte y distribución del gas. En este caso el segundo prevalece sobre el primero.

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Al final de nuestro trabajo sin que implique haberse agotado el temario podemos afirmar que, la buena fe procesal es un principio constitucional aplicable al debido proceso; y, se desarrolla en diferentes cuerpos legales para alcanzar su realización práctica; aún cuando su desarrollo doctrinal ha resultado escaso en su difusión; no así, en el orden jurisprudencial que es el escenario en virtud del cual ha conseguido su más grande realización, imponiéndose como verdadero principio rector del comportamiento de todos quienes intervienen en el proceso. El imputado o acusado en el ámbito procesal penal tiene el deber de intervenir respetando las reglas de la buena fe, al igual que todos los demás sujetos que intervienen en el proceso, conforme hemos visto en líneas precedentes, con excepción del ámbito material en donde puede mentir, porque tiene derecho a guardar silencio y no incriminarse. La inobservancia a las reglas de la buena fe generan: ineficacia o inadmisibilidad del acto procesal; principio procesal que lamentablemente no se encuentre reconocido en forma expresa, sino de manera tácita en el Artículo 174 del Código Político del 2008.

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El presente trabajo revisa las características del recurso de casación desde su origen hasta su concepción actual dentro del nuevo marco constitucional, sus finalidades actuales y procedencia, su implantación en América y las adaptaciones a las diferentes realidades en países como España, Chile, Venezuela y Colombia, para cuyo efecto se realiza un ejercicio de derecho comparado comentando los principales sistemas de cada ordenamiento. Se analiza el reenvío, las particularidades de esta institución y los casos en que procede. Se revisa la jurisprudencia de la Sala Especializada de lo Fiscal de la ex Corte Suprema de Justicia y la forma en la cual ha aplicado el reenvío, analizando si sobre dicho accionar existe o no fundamento. Se revisa la posición de la Corte Constitucional ecuatoriana respecto del recurso de casación, analizando la posibilidad de que la Corte de Casación revise o no los hechos y, si actualmente el recurso se ha desvirtuado, o en su defecto esta posibilidad es viable con la finalidad de verificar la tutela judicial efectiva. En las conclusiones se intentará dilucidar el rol actual de la casación en un Estado constitucional de derechos, su nueva visión, delimitando su ámbito de control en relación con la obligatoriedad de motivación de los fallos, a través de la revisión por parte de la Corte de la correcta aplicación de reglas de la lógica en la valoración de los medios probatorios.

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La Constitución vigente trae consigo una serie de modificaciones sustanciales en relación a la Constitución de 1998. Una de ellas, acorde con el nuevo modelo de Estado que rige al Ecuador constitucional de derechos, es la implementación de la acción de protección, garantía jurisdiccional de derechos constitucionales sustituta de la acción de amparo constitucional. La acción de protección, a diferencia de la acción de amparo, aparece desde la norma constitucional como un proceso de conocimiento ampliamente reparatorio y no residual. El análisis objeto de la investigación fue elaborado en el año 2009, antes de la expedición de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) y durante la vigencia de las Reglas de procedimiento para el ejercicio de las competencias de la Corte Constitucional para el período de transición. No obstante, la inminente problemática que en ese entonces advertíamos se materializó en los presupuestos de admisibilidad y procedencia previstos en la vigente LOGJCC. Esperamos que las conclusiones y recomendaciones aquí señaladas aporten al debate jurídico en torno a esta garantía y, principalmente, a la regulación y no restricción de los presupuestos de la acción de protección tanto en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, como en las necesarias reformas a la LOGJCC.