1000 resultados para Derecho internacional marítimo
Resumo:
En cumplimiento de la iniciativa de las Naciones Unidas de declarar 1979 Año Internacional del Niño y de su propuesta para sensibilizar a los Estados respecto de la importancia que el niño debe alcanzar en nuestra sociedad, España participa en los actos de esta celebración a través de la Comisión de Educación resaltando los continuos esfuerzos que se realizan en el derecho a la educación de los niños. También, el Ministro de Educación exhorta a todos a la integración del niño en la comunidad para facilitar su desarrollo individual, el respeto mutuo y la comprensión en un marco de convivencia.
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Las Naciones Unidas conmemoran el Año Internacional del Niño con el objetivo básico de motivar a los Estados, a las instituciones, a los organismos y a los ciudadanos sobre los problemas que afectan al niño. España, que ha cumplido con eficacia este deber de las Naciones Unidas, va a emprender a través de la Dirección General de Educación Básica del Ministerio de Educación la revisión de los programas de Educación General Básica.
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Se reseñan los planteamientos y debates presentados en esta conferencia celebrada en 1985 en la sede de la Unesco en Paris, con asistencia masiva de organizaciones no gubernamentales (O.N.G.); así como se transcribe el contenido de la Declaración promulgada 'El derecho de aprender'. Los temas tratados han sido: la evolución de la educación de adultos; el desarrollo de la educación de adultos como condición esencial de la educación permanente y factor importante de la democratización de la educación; la educación de adultos y su participación activa en la vida económica, social y cultural en la solución de algunos de los grandes problemas del mundo contemporáneo; modos y medios de extensión y mejoramiento de la educación de adultos.
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Se analizan cronológicamente, los Congresos, Asambleas y en general, los actos más importantes que se celebraron en el año 1952 sobre los 'derechos de autor'. Se comentan la Conferencia de Expertos de Washington, la Reunión Internacional de Nimes, el Congreso de la 'International Bar Assotiation', la Conferencia Intergubernamental de la Unesco y por último, el primer Congreso Iberoamericano-Filipino de Archivos, Bibliotecas y Propiedad Intelectual.
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Se comentan los actos acontecidos durante el Primer Coloquio Internacional de Protección Escolar que tuvieron lugar entre el 16 y el 19 de octubre de 1957 en los locales de la Institución de Formación del Profesorado de Enseñanza Laboral. En esta Reunión hubo representantes de Alemania, Bélgica, Canadá, República Dominicana, Francia, Israel, Túnez, Colombia, Chile, Estados Unidos, Islas Filipinas y Persia. En las sesiones de trabajo fueron tomando la palabra cada uno de los participantes y exponiendo sus medidas para asegurar la protección escolar en los países a los que representaban. Se llegó a un acuerdo final en el que se establecían las ayudas directas que incluían: las becas concedidas por colectividades públicas, las becas y ayudas privadas, las bolsas de viaje, los préstamos de honor, los fondos de becas universitarias, el trabajo de los estudiantes, los comedores gratuitos, la ayuda en especie, la ayuda a los graduados en los comienzos de su vida profesional. En la ayuda indirecta se incluían: los comedores en las ciudades universitarias, las cooperativas universitarias, los deportes y esparcimientos, la protección social legal, la seguridad social, los subsidios familiares, la sanidad, las reducciones de impuestos y las tarifas especiales.
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Se transcribe la alocuci??n del Ministro de Educaci??n y Ciencia, D. Jos?? Luis Villar Palas??, que transmiti?? a los espa??oles a trav??s de Televisi??n Espa??ola, el 16 de enero de 1970, en la que habl?? sobre el reconocimiento para 1970 como 'A??o Internacional de la Educaci??n', cuyos objetivos eran: 1. Reconocer el papel que deb??a jugar la educaci??n en el desarrollo socioecon??mico de los pa??ses. 2. La renovaci??n de las instituciones escolares que necesitaban programas mejor adaptados, tanto al estado actual de las Ciencias como a las necesidades de mano de obra.
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Resumen basado en el de la publicación
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Es continuación de la publicación: Boletín de la Comisión Española de la UNESCO
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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO
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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO
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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO
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En la presente comunicación pretendo narrar la experiencia y conclusiones que he obtenido tras implantar la metodología del caso en la asignatura Practicum de la Licenciatura en Derecho de la UPV/EHU. La actividad se ha realizado en el marco del programa Eragin de la UPV/EHU, destinado a formar a su profesorado en el uso de metodologías activas. Tanto la redacción del caso con su nota de enseñanza y la implantación del mismo, ha sido supervisado por el Centro Internacional de Casos de la Universidad de Monterrey y expertos de la UPV/EHU. He utilizado un caso real (aunque disfrazado) de una empresa familiar de la industria chocolatera que recibe una oferta de compra de una multinacional
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Raymond Saleilles (1855-1912) és considerat pels comparatistes com pare del dret comparat modern. De fet fou el màxim responsable de l'organització del primer congrés internacional de dret comparat a París el 1900. L'època marcada per la internacionalització dels intercanvis, la crisi del mètode jurídic francès i el repte de la codificació alemanya i suïssa motivà alguns juristes a buscar noves formes d'estudiar el dret. Saleilles defensava pel dret comparat un mètode, un objecte i un fi propis i autònoms diferents dels que fins ara tenien la dogmàtica jurídica o l'estudi de la legislació estrangera. El mètode tenia els seus fonaments en la sociologia i la història. L'objectiu del dret comparat havia de ser la construcció d'un ideal "droit commun de l'humanité civilisée". Aquest dret comú havia de ser construït no només per la doctrina sinó també per la jurisprudència i el legislador.
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Teniendo en cuenta la amplitud que ofrece el tema de la adopción, en el recorrido de estas páginas intentamos indagar y profundizar sobre El derecho a la identidad de niños, niñas y adolescentes adoptados/as en Argentina, desde un enfoque de derechos humanos y psicológico con el fin de poder profundizar sobre qué aportes brindan ambos enfoques a la construcción del derecho a la identidad. Si consideramos que cada uno de estos conceptos: la identidad, la niñez y la adopción respectivamente, de por si presentan complejidad, ya que forman parte de una construcción histórico-social, al entrelazarlos entre si, los interrogantes y planteamientos que se presentan son múltiples. Desde el enfoque de derechos humanos buscamos establecer el contenido del derecho a la identidad en el caso de niños, niñas y adolescentes (NNA) adoptados/as de conformidad con la normativa nacional e internacional y los desarrollos jurisprudenciales y doctrinarios, considerando que el derecho a la identidad lo tiene todo ser humano como algo inherente a su propia condición, por tratarse de un sujeto único, irrepetible e histórico. A la vez buscamos discernir desde un enfoque psicológico cómo se conceptualiza la identidad, y determinar qué papel juega, para la constitución de un NNA el conocimiento sobre su origen biológico, su nombre, su historia inicial, la verdad relatada por su padre y madre adoptivos. A partir de dicho análisis, proponemos elementos para una política pública sobre adopción desde la integración de ambos enfoques, enfatizando la importancia de incorporar el factor social que la enmarca. La integración y contemplación de todos estos componentes, desde el contexto histórico que caracteriza a la adopción en la Argentina y los imaginarios sociales que la atraviesan y condicionan, aspira a alcanzar una mirada social e integral, que nos permita discernir el deber del Estado de garantizar el derecho a la identidad de estos NNA.
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Esta investigación busca dar cuenta del estado de cumplimiento del derecho a la educación a partir del principio de igualdad y no discriminación de los niños y niñas colombianos/as en condición de refugio en Ecuador. El derecho a la educación posibilita la disminución de las brechas sociales a partir del cumplimiento de las obligaciones de asequibilidad, accesibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad del Estado, implica el principio de igualdad y no discriminación durante todo el proceso educativo. Colombia sufre un conflicto armado de más de 50 años, que ha provocado el desplazamiento de muchas personas. A partir del año 2000 se presenta una afluencia masiva de personas colombianas en situación de refugio al Ecuador. El marco normativo nacional e internacional en materia del derecho a la educación de los niños y niñas en situación de refugio, ratificado por Ecuador, es amplio y ofrece un marco importante para la realización de este derecho. Sin embargo, las condiciones sociales y políticas de Ecuador, el aumento de la discriminación, el desconocimiento de los derechos, entro otros factores, dificultan la realización de este derecho. Las políticas públicas desde el enfoque de derechos humanos implican el cumplimiento de las obligaciones estatales y la participación de la población, sobretodo de aquella más vulnerada en sus derechos, en la definición de los problemas públicos y en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas. La adopción de acciones positivas es necesaria para el logro de condiciones de igualdad de oportunidades en el acceso de niños y niñas colombianos/as en situación de refugio. La atención psicosocial brinda posibilidades para subsanar las secuelas del conflicto armado y la situación de desplazamiento y refugio en niños y niñas y además contribuye a la reconstrucción del tejido social que fortalece a las comunidades en la participación política.