999 resultados para Eficacia de la ley


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La fiscalización de los recursos utilizados por el Estado de El Salvador es una acción que ha venido mejorando hasta el punto de establecerse dentro de cada institución una Unidad de Auditoria Interna con el propósito de mejorar los controles internos, transparencia y credibilidad de las operaciones realizadas por cada institución gubernamental a través de una evaluación financiera y operativa constante realizada por esta unidad. Para que los resultados finales del examen de auditoria alcancen en alto grado de credibilidad y confianza ante sus usuarios; la unidad debe regirse tanto por sus estatutos como por Normas de Auditoria, reglamentos y leyes afines. La Norma de Auditoria Gubernamental, sección 2.7 CONTROL DE CALIDAD, establece que la entidad o unidad auditora, encargada de ejecutar las acciones de auditoria debe establecer un sistema interno de control de calidad apropiado y participar en revisiones externas de control de calidad, para verificar que el trabajo de los auditores gubernamentales es ejecutado conforme a los criterios establecidos en la Ley de la Corte de Cuentas, las Normas de Auditoria Gubernamental, los manuales de Auditoria y otros instrumentos normativos. Este control de calidad tiene como finalidad comprobar que todos los trabajos desarrollados en cada una de las fases de una auditoria se realizaron de la mejor manera, alcanzando credibilidad y transparencia en los auditores y aspectos relevantes como la satisfacción de los usuarios de la información financiera y operacional de la entidad. Por las razones mencionadas anteriormente, la finalidad sobre la cual se ha enmarcado la investigación, es el diseño de un control de calidad en las unidades de auditoria interna del sector para mejorar la eficiencia y eficacia de los procedimientos técnicos y éticos del auditor interno. La metodología utilizada para el logro de los objetivos propuestos en la investigación consiste en la recolección de la información, establecimiento del universo, muestra e interpretación de los resultados, dicha investigación se llevó acabo tomando de base una muestra (que en este caso es el mismo universo) de unidades de auditoría interna, las cuales fueron encuestadas con el objeto de determinar la necesidad que existe en poseer una propuesta de control de calidad y de los lineamientos que la Corte de Cuentas de la República considera para realizar auditorías con calidad. A través del estudio realizado se comprobó que las unidades de auditoria interna encuestadas manifiestan tener políticas y procedimientos de control de calidad, sin embargo todos los jefes de auditoria (100%), consideran que al poseer un instrumento técnico que contenga procedimientos de control de calidad para la revisión de las fases de las auditorias, les sería de gran utilidad para asegurar la calidad de las auditorias y mejorar la eficiencia y eficacia de los procedimientos que realizan. En tal sentido se concluye que es importante y de utilidad la propuesta de procedimientos de control de calidad que sirva de base para la revisión de los trabajos de los auditores internos del sector publico.

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El trabajo de grado se estructuró en tres capítulos. El primero constituye un marco teórico sobre el cual se fundamentan los siguientes, pues se realiza un análisis de la cláusula penal en el derecho privado, incluidas las prácticas comerciales internacionales. El segundo capítulo aborda el tema de las multas en la contratación estatal, para lo cual se estudió la normatividad y jurisprudencia pertinente; en esa parte del escrito se incluyó el apartado correspondiente al derecho comparado. Finalmente, en el tercer capítulo, se formula una propuesta que permite hacer de esta medida coercitiva provisional una herramienta idónea para lograr el correcto y oportuno cumplimiento del contrato.

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Contexto: La eficacia de los cannabinoides en el dolor neuropático es desconocida. El control del dolor es determinante en los pacientes ya que genera un impacto negativo en la calidad de vida de los pacientes. Objetivo: El presente trabajo pretende demostrar la evidencia sobre la eficacia de los medicamentos cannabinoides en el control del dolor neuropático oncológico, mediante la evaluación de la literatura disponible. Metodología: Se realizó una revisión sistemática de literatura incluyendo estudios experimentales, observacionales y revisiones sistemáticas en un periodo de 15 años. Se incluyeron todos los estudios desde el años 2000 con evidencia IB según la escala de evidencia de Oxford. Resultados: Cuatro estudios cumplieron criterios para su inclusión, sin embargo la evidencia es baja y no permite recomendar o descartar los cannabinoides como terapia coadyuvante en control del dolor neuropático oncológico. La combinación de THC/CDB (Sativex®) parece ser un medicamento seguro pues no se reportaron muertes asociadas a su uso, sin embargo la presentación de eventos adversos a nivel gastrointestinal y neurológico podría aumentar el riesgo de interacciones medicamentosas y tener un impacto negativo en la calidad de vida de los pacientes oncológicos. Conclusiones: No hay suficiente literatura y la evidencia no es suficiente para recomendar o descartar el uso de los cannabinoides en dolor neuropático oncológico. Futuros estudios deben realizarse para analizar el beneficio de estos medicamentos. Aunque ética y socialmente hay resistencia para el uso de los cannabinoides, actualmente hay una gran discusión política en el mundo y en Colombia para su aceptación como terapia en el control del dolor.

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El programa consta de una serie de proyectos vinculados a la necesidad del cambio en materia realizadora (procesal y sustantiva), con especial referencia al orden penal. I- En materia penal, los rasgos sobresalientes de esta “revolución procesal” están puestos en las siguientes notas: a)“Privatización”, en el sentido de un reordenamiento de los roles de los órganos de la función judicial; b)“Desformalización”, interpretada como captación de procedimientos ágiles y menos burocráticos, acortando el puente formal entre la comisión del hecho delictuoso y la sentencia; c) Todo ello en acompañamiento de una “Reformulación del sistema penal constitutivo de fondo”, replanteando la naturaleza de la pretensión penal y la captación de formas de composición diferenciadas de la actual regulación de la pena. 1.1 El cambio que propiciamos reconoce motivaciones fácticas tales como: recarga de la función judicial en lo penal y colapso del sistema judicial; advertencia de la imprescindibilidad de la consecución de la celeridad y economía procesales; replanteo de los fundamentos, fines, eficacia y función del régimen punitivo, básicamente-. La causalidad jurídica, su modificación y superación enmarcan el objeto de estudio de este programa, siempre bajo la premisa del debido enfoque constitucional y el inalterable respeto de la bi-dimensionalidad del principio de defensa. 1.2 Atento a nuestro régimen federal de gobierno, los continentes legislativos de la reforma no pueden limitarse a los códigos de procedimiento, sino que deben ampliarse al ámbito de la denominada legislación de fondo que, en el punto, actúa también a manera de norma realizadora, ya que, por razones de uniformidad e igualdad ante la ley, ciertas disposiciones que hacen a la regulación del procedimiento ameritan su inserción a nivel del Código Penal. Esto es: han de emanar del Congreso de la Nación. 1.3 En el desarrollo analítico de las cuestiones principales involucradas en el proceso de reforma que encaramos, se toma como eje el trípode de poderes de realización que, interactuando entre sí, configuran la trama del proceso: acción penal, jurisdicción y reacción penal. II- Finalmente, en cuanto al sistema judicial extra-penal, se abordan fundamentalmente cuestiones de actualidad en la problemática procedimental. Por ejemplo, lo relativo a la ecología.

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End-of-life healthcare in any part of the world is always rife with ethical conflicts and legal challenges. In this matter, the opinions and preferences of patients, family members, healthcare professionals, society as a whole and politicians may differ or diverge entirely1. Nevertheless, death comes to all eventually; it is part of human life itself. The fact remains that we will all die. Therefore, it is natural for all societies to seek the necessary consensus for guaranteeing that individuals can live, and die, in a way befitting their nature, i.e., humanely and with full dignity. This article tells the story of how the citizens of Andalusia, in the south of Spain, reached this majority consensus during the process of drafting and approving a law regulating this issue: Law 2/2010, of 8 April, on personal rights and guarantees to die in dignity.

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Este estudio analiza en un primer tiempo los conceptos de desarrollo local, de eficacia de la ayuda, de gobernanza, y de cooperación descentralizada. Presenta luego la noción de eficacia local de la cooperación y expone varios modos de valuación de aquella. En un segundo tiempo sintetiza la situación económica y política de los territorios de América latina y de Perú en particular, y en una tercera parte analiza los programas europeos de cooperación y sus implementaciones en la Región en cuanto a su eficacia local.

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Objetivo: Identificar el nivel de conocimiento, satisfacción y capacitación de las enfermeras con relación a la prescripción enfermera tras la aprobación de la Ley 28/2009. Método: Estudio observacional descriptivo transversal realizado en la Escuela de Enfermería de la Universidad de Barcelona. Los sujetos a estudio fueron 485 enfermeras en formación máster o especialización y docentes de dicha escuela. Las variables principales de estudio fueron: satisfacción, conocimiento e información de la aprobación de la Ley, conocimiento de los elementos autorizados a prescribir, percepción de capacidad prescriptora de las enfermeras y opinión de la necesidad formativa e informativa respecto a la Ley. Como secundarias: años de experiencia profesional, ámbito laboral, curso formativo y sociodemográficas. La recogida de datos se realizó entre los meses de marzo y abril de 2010 mediante un cuestionario autoaplicable ad hoc de 29 ítems, probado previamente. Resultados: Participaron 345 enfermeras, el 87,2% (301) alumnas en formación máster. El 72,3% (238) de las enfermeras conocían la aprobación de la ley, pero un 95,9% (303) indicó tener insuficiente información. La satisfacción media con la aprobación de la Ley se situó en 6,24 ± 2,08. El 57,6% (189) de las enfermeras opinaron estar capacitadas para prescribir productos sanitarios y un 41,3% (134), para prescribir fármacos. Conclusiones: Hay satisfacción con la aprobación de la Ley 28/2009. Actualmente muchas enfermeras prescriben productos farmacológicos y sanitarios de forma autónoma.

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La opinión de muchos lectores de prensa digital española se expresa en los comentarios. El artículo es un estudio de las reacciones emitidas por los lectores a propósito de la propuesta de la Ley Wert (durante el mes de mayo de 2013). Las principales conclusiones que se extraen del análisis es que la participación (1) es escasamente complementaria o nula a la información profesional y, en consecuencia, (2) no contribuye, en el ejemplo analizado, al llamado periodismo participativo. El estudio ha permitido radiografiar el tipo de participación y debatir sobre su pertinencia en las principales cabeceras de la prensa digital española

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La obra constituye una guía explicativa de las principales modificaciones contenidas en la Ley 1150 de 2007, mediante la cual se modifica el régimen de contratación pública en Colombia. En este libro se realiza un análisis del proceso legislativo surtido por esta reforma, la cual logró materializarse después de serios intentos de modificación de las normas que rigen los contratos que celebra el Estado.

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El presente trabajo tiene como objetivo analizar el proyecto de ley 024 del 2007, presentado por el representante Orlando Guerra de la Rosa, en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes del Congreso de la República, el cual tenía como objetivo la creación de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial. Desde esa perspectiva, se realiza el estudio de la coyuntura que lo enmarcó, los retos y problemas que pretendía resolver dicho proyecto, y las razones por las cuales el proyecto no logró la aprobación de la Cámara. Adicionalmente, se estudia la importancia del Ordenamiento Territorial en el país, junto con las ventajas y desventajas que proponía el proyecto de ley en comento.

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En Colombia existe un desajuste territorial derivado de las tensiones históricas entre centralización y descentralización. En 1991 se contempla una Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT) como instrumento para reducir tales tensiones, al distribuir las competencias entre la Nación y las Entidades Territoriales. Al no haberse aprobado ningún Proyecto de Ley, se identifican y analizan los posibles obstáculos de carácter político-institucional que han impedido su expedición, a saber: la Composición del Congreso, que deriva en una inequidad en la representación política, y el manejo del Conflicto armado por parte de la Nación, que frena el proceso de descentralización territorial. Además, por la inexistencia de la Ley, se concluye que no existe un modelo territorial ni político del Estado como marco para el proceso de descentralización; que es necesario repensar el enfoque de ‘reformismo institucional’ sobre el ordenamiento territorial; y que para proponer alternativas de Proyectos de Ley viables es necesario incentivar y vincular a las comunidades del país.

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Introducción: Las guías KDOQI del 2006 utilizan patrón de adecuación de diálisis el Kt/V, donde V es volumen de distribución de la úrea, pacientes de bajo peso tienen menor agua corporal total, menor V, que podrían reducir el requerimiento de Qd sin afectar la eficiencia de la diálisis. Objetivo: Evaluar el efecto sobre la adecuación de hemodiálisis que produce la reducción del Qd en pacientes con peso menor o igual a 60 kg . Metodología: Se incluyeron pacientes con Enfermedad Renal crónica en hemodiálisis de forma regular con peso menor o igual a 60 Kg de la unidad renal, para evaluar dos períodos I y II, se continuaron los parámetros de la terapia, con descenso del Qd para el segundo período . Las variables fueron recolectadas de forma directa por los investigadores de la historia clínica . Los valores así obtenidos serían comparados mediante prueba t para variables relacionadas o pareadas, y significancia estadística de la prueba inferior a 0,05. Resultados: Se incluyeron 61 pacientes, el 60.7% sexo femenino, promedio de edad 57,3 años (DE 14,8). Edad promedio de los hombres 60,1 (DE 13,9) y de las mujeres fue de 55,9 (DE 15,4). No se encontraron diferencias estadísticamente significativas para las variables Kt/V y Hb, con descenso significativo del P. (p 0.015) Conclusiones: Este estudio demuestra que se logra una adecuada terapia con Qd inferiores a los estándares tradicionales, con 400ml /min en pacientes de bajo peso, siempre y cuando se mantengan los demás parámetros de suplencia renal.