972 resultados para Acción comunitaria
Resumo:
a museología comunitaria es una disciplina de las ciencias sociales que tiene como propósito fundamental desarrollar un proceso de organización comunitaria en torno a la planeación y operación de espacios educativos y culturales dedicados a la investigación, protección, conservación, valoración y difusión del patrimonio natural y cultural de una comunidad o región determinada, cuya misión es promover e instrumentar procesos de enseñanza-aprendizaje que contribuyan en el desarrollo integral para el mejoramiento de la calidad de vida de la población. La museología comunitaria se sustenta en tres conceptos básicos: 1. El Territorio; 2. El patrimonio y 3. La comunidad. A diferencia de la museología tradicional, la museología comunitaria va más allá de un edificio, una colección y un público, es decir, concibe el museo como el contexto donde la comunidad enfrenta y satisface sus necesidades e intereses para garantizar su preservación, reproducción y existencia, dicho con otras palabras, el museo comunitario es el conjunto de formas y contenidos específicos que presenta el patrimonio natural y cultural de una comunidad, patrimonios que tienen una presencia y significación propia, tanto material como espiritual, como partes constitutivas de la cultura general de la misma comunidad.
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La Constitución de la República vigente trae consigo una serie de modificaciones sustanciales en relación a la Constitución Política de 1998. Una de ellas, acorde con el nuevo modelo de Estado que rige al Ecuador, el Estado constitucional de derechos, es la implementación de la nueva acción de protección, garantía jurisdiccional de derechos constitucionales sustituta de la antigua acción de amparo constitucional. En efecto, la acción de protección, a diferencia de la acción de amparo, aparece como un proceso de conocimiento, declarativo, ampliamente reparatorio y no residual. Por tratarse de una garantía novedosa en el ámbito jurídico ecuatoriano, la presente tesis en su parte inicial procura poner de manifiesto las diferencias y semejanzas entre la antigua acción de amparo constitucional y la nueva acción de protección, con el fin de aportar al ejercicio y consolidación de esta nueva garantía jurisdiccional. Posteriormente, una vez constatadas dichas diferencias, se tendrá por justificada la necesidad de una regulación o delimitación que salvaguarde a ésta nueva garantía de aquellos vicios que corrompieron y desnaturalizaron a la acción de amparo en el pasado. Para ello, en base a un estudio de jurisdicciones constitucionales comparadas, se sugiere y analiza la implementación de una serie de filtros de forma y de fondo, tendientes a evitar un proceso de ordinarización de la acción de protección, y que guarden armonía y compatibilidad con el paradigma del Estado constitucional. Finalmente, se destaca el rol fundamental que debe desempeñar el legislador dentro del proceso de elaboración de la nueva Ley de Garantías y Control Constitucional. Su deber se reduce a utilizar técnicas legislativas proporcionales y respetuosas con los preceptos constitucionales que rigen a la acción de protección. Caso contrario, el producto de su actividad se tornaría inconstitucional y atentatorio a la voluntad del constituyente, que no fue otra que fortalecer al garantismo y no limitarlo.
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La Administración Pública se manifiesta a través de hechos, actos, contratos, resoluciones y procedimientos administrativos que producen los órganos de la administración de acuerdo con su competencia, esto es, todas las actividades que realizan en el ámbito de sus funciones los servidores públicos, autoridades funcionarios y empleados de la administración en general que producen efectos jurídicos. Pero, cuando la administración emite actos administrativos que vulneran los derechos consagrados en la Constitución nuestro ordenamiento jurídico ha consagrado la acción de amparo como una garantía para suspender los efectos ilegítimos de estos actos, en una forma preferente y sumaria es decir a través de un procedimiento ágil y oportuno, prohibiendo cualquier acto que tienda a retardar su despacho. Los objetivos del presente trabajo investigativo son: • Determinar qué actos administrativos de autoridad son impugnables por la acción de amparo y por qué se produce una aplicación inadecuada de esa acción sobre los actos administrativos en el derecho ecuatoriano. • Describir algunas características que permitan puntualizar el mal uso en la utilización de la acción de amparo constitucional, sobre los actos administrativos de autoridad en el Ecuador. En la actualidad, vemos que también existe un abuso en la promoción de esta acción de amparo ya que, por diversidad de motivos, se ha convertido en una especie de acción paralela de administración de justicia, transformándose en un proceso ordinario contrariando la naturaleza de esta acción que es preferente y sumaria, y que tiene como fin último el de proteger la supremacía de la Constitución. El presente trabajo consta de cuatro capítulos. El capítulo I trata sobre la Impugnabilidad de los Actos Administrativos, el capítulo II me refiero a los principios en los que se sustenta el Control Constitucional, en el capítulo III analizo sobre la Acción de Amparo de los Actos Administrativos en el Ecuador y concluyo en el capítulo IV con las conclusiones y recomendaciones. He creído necesario incorporar al final del trabajo, algunos elementos relacionados a la Acción de Amparo Constitucional contemplada en la nueva Constitución que fue aprobada el 28 de septiembre del 2008, mediante referéndum, la misma que pasa a llamarse la Acción de Protección.
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Este estudio contiene un breve análisis de la compatibilidad de las licencias de Creative commons (CC), con la Decisión 351 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), que regula el tratamiento de los derechos de autor para los países miembros de la CAN. Una primera parte de este estudio está dedicada a los antecedentes y aspectos generales de las licencias CC, en ella son estudiadas las licencias GNU que las inspiran así como la filosofía que las orienta, una vez definidos sus antecedentes, paso a describir el contenido de las licencias en sus tres aspectos common deeds, legal code y digital code. La segunda parte comprende el estudio de compatibilidad realizado a partir de la definición de los conceptos básicos y de cada uno de los derechos reconocidos a los autores, desde la doctrina de la corriente latina y del copyright, identificando los elementos comunes y los diferenciadores para, paso seguido, revisar la consagración normativa de los mismos elementos y su tratamiento en las licencias objeto de esta investigación.
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La presente investigación tiene como propósito principal el determinar de forma fehaciente si la Acción de Amparo hoy denominada Acción de Protección es o no mal utilizada por parte de los sujetos que han planteado la antes prenombrada acción como medida de protección o amparo a la vulneración de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y que estos actos u omisiones se hayan derivado de cualquier autoridad pública no judicial o cuando existan políticas públicas que nieguen o restrinjan el goce de los derechos reconocidos en la Constitución. Uno de los problemas más recurrentes que existe dentro del tema planteado es que, quienes han utilizado la acción de amparo como medio de reparación frente a la vulneración de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, primero han optado por esta vía, la cual sin lugar a dudas se encuentra estipulada tanto en la anterior Constitución en su artículo 95, como en la actual Constitución en su artículo 88 lo cual permite a cualquier ciudadano en uso de sus Derechos Constitucionales accionar el órgano jurisdiccional competente y ejercer la correspondiente acción en pos de la protección de sus derechos. Más sucede que la legislación ecuatoriana en lo que tiene que ver con la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, así como a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, estipulan dentro de su normativa los lineamientos y procedimientos que se deben ejecutar, cuando se haya omitido o actuado de forma arbitraria por parte de una autoridad pública. En el presente trabajo realizaré un análisis de casos en los cuales se podrá demostrar que, quienes utilizaron la Acción de Amparo hoy denominada Acción de Protección no observaron en primer lugar los procedimientos administrativos que la Ley a previsto para estos casos y que luego de no ser aceptada la Acción de Amparo optaron por presentar la 4 Acción Contencioso Administrativa o también conocida como Recurso Subjetivo de plena Jurisdicción. A mi entender y luego del estudio propuesto debo señalar que la mala aplicación de esta acción, a lo único que ha llevado es a congestionar el sistema judicial, porque en todos los casos analizados luego de haberse planteado la acción de amparo se continuó con la interposición de la correspondiente acción administrativa. Dentro del trabajo se recurre a un estudio entre otras fuentes de las normas contenidas en la Constitución ecuatoriana codificada en 1998, así como de la nueva Constitución del 2008, en donde realizamos un estudio crítico a cerca de la aplicación del amparo en los actos administrativos. Entre los principales temas abordados en la presente tesis, podemos sintetizar los siguientes títulos, en donde abordaremos: El Amparo en el Ecuador; La Justicia Constitucional en el Ecuador; El Amparo y el Acto ilegítimo; en el cual lo que queremos enfatizar es la forma en la cual se ha llevado esta institución jurídica en el Ecuador. En su segundo capítulo trataremos de relacionar de forma jurídica al Amparo y su aplicabilidad dentro de los procedimientos administrativos puntualizando al amparo y la supremacía Constitucional, la utilización del Amparo en los Actos Administrativos, destacando también la aplicabilidad del amparo dentro de los Actos Administrativos, enfatizando justamente en el mal uso que se le da a esta institución jurídica en nuestro ordenamiento jurídico interno. Terminaremos el presente trabajo con un análisis de casos reales en los cuales se han establecido las dos acciones dentro de un mismo caso y en donde demostraremos que existe una mala aplicación de esta acción.
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El Art. 88 de la Constitución de la República ha previsto la <<acción de protección frente a particulares>> como una garantía contra la vulneración de los derechos de los ciudadanos, pues en determinadas circunstancias: -subordinación, indefensión y discriminación-, éstos podrían ser vulnerados por otros ciudadanos, que válidos del poder que han alcanzado en virtud de ciertas circunstancias fácticas cometan arbitrariedades, que la parte más débil de la relación no puede contrarrestar, teniendo la posibilidad de acudir a un tercero, el juez constitucional, a fin de prevenir, hacer cesar o reparar la vulneración de derechos constitucionales. Es así que la presente investigación tiene por objeto determinar el alcance y necesidad de la acción de protección frente a particulares en el ordenamiento constitucional y su aplicación en nuestro sistema jurídico. Su primer capítulo analiza algunos requisitos procedimentales que la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales ha previsto para la acción de protección y algunos parámetros que deberían observarse para elegir entre la vía ordinaria y la vía constitucional, tales como: el tiempo de duración y las circunstancias fácticas del caso concreto, el juicio dual o doble procedencia en el caso de las personas que el Estado declara de atención prioritaria y la capacidad de ofrecer o actuar prueba. En tanto que en el segundo capítulo se analizan los actos justiciables, esto es, se trata de definir que implican las circunstancias de: subordinación-indefensión, indefensión y discriminación-indefensión, mediante un análisis de casos de la jurisprudencia colombiana contrastada con la de nuestro ex Tribunal Constitucional en cada situación de procedencia.
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La regulación jurídica es contradictoria respecto de la validez de la jurisprudencia como fuente del derecho. Sin embargo, los cambios constitucionales que se vienen dando desde las reformas de 1992 y 1996, y la Constitución de 1998, abren la posibilidad de la construcción, a través del diseño legislativo o judicial, de lo que se ha denominado “precedente constitucional”. En este trabajo se busca explicar la naturaleza de este precedente respecto de las sentencias de amparo constitucional; evidenciar los modelos de regulación y determinar dentro de cuál está o debería estar el caso ecuatoriano; determinar cuáles son los fines que se buscan con su aplicación a los casos concretos. Las grandes líneas de abordaje de este trabajo son la interpretación constitucional, el análisis de la jurisprudencia y las legislaciones comparadas, y el nuevo rol que los jueces tienen como creadores de derecho. El objeto principal de este estudio será el análisis de la problemática del precedente constitucional para dar respuesta a las siguientes preguntas: ¿cómo se aplica el precedente de manera general y cómo debe aplicárselo a las sentencias de amparo constitucional?; y, ¿cómo esta aplicación puede fortalecer la justicia constitucional y al Tribunal Constitucional como intérprete supremo de la Constitución? En definitiva, esta obra retoma la cuestión discutida entre Kelsen y Schmit: quién debe ser el defensor de la Constitución?, Pregunta reformulada frente a la nueva realidad constitucional: “¿Quién debe ser el intérprete supremo de la Constitución?: el precedente constitucional en la acción de amparo en el Ecuador.”
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El Estado Ecuatoriano es suscriptor de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Desde el 2001, en que se adoptó la Declaración y el Plan de Acción de Durban, el Estado no ha aplicado una política sostenida, integral que fomente una amplia aplicación de este plan. Aunque se han implementado una serie de mecanismos que le ayudan en este propósito, sin embargo el nivel de racismo y discriminación en el país es muy alto, bordea el 10%, de personas que se reconocen abiertamente racistas. Es necesario redoblar los esfuerzos, para cumplir con la Constitución 2008, y los instrumentos internacionales de protección.
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El estudio de la Acción de Protección constitucional, denominado amparo y otras según el país, para generar una herramienta procesal para su eficacia. Se desarrolla en cuatro capítulos. El primero, establece el origen y la vigencia de las garantías a los derechos fundamentales, el avance normativo, la influencia entre el derecho natural y el positivismo, y los sistemas jurídicos de oriente y occidente, ante la realidad social para su eficacia, incluyendo la penetración jurisprudencial para su adopción interna y universalización. El segundo, ha determinado la autoridad competente, los legitimados activos y pasivos incluyendo los terceros y la admisibilidad. El tercero, contiene las etapas y actos procesales, procedimiento, recursos y ejecución de la sentencia; y el Cuarto capítulo, comprenden elementos que no siendo parte están vinculados a la acción, como la consulta, y la jurisprudencia vinculante, como consecuencia de la sentencia seleccionadas o producto de la opinión resultado de la consulta. Incluyendo las conclusiones y recomendaciones.
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La presente tesis tiene como propósito contribuir al conocimiento de la nueva garantía de derechos, puesta a disposición de los habitantes del Ecuador por la Constitución de la República, como mecanismo de jurisdicción constitucional para la protección de sus derechos, cuando resulten vulnerados por acción u omisión de los jueces en las decisiones que les corresponde adoptar, en las causas puestas a su conocimiento. Hacia este objetivo, el trabajo contiene una primera ubicación del tema que esclarece el fundamento jurídico de este nuevo mecanismo de protección en el marco de la orientación garantista de la Constitución, apoyado con un análisis de derecho comparado. Desarrolla la tesis un estudio detallado de esta garantía de derechos, ofreciendo una visión general de aspectos como la naturaleza jurídica de la acción, sus objetivos, funciones, requisitos de procedibilidad, actos impugnables, derechos protegidos, el procedimiento, la sentencia y sus efectos, bajo cuyos contenidos se realiza el análisis de casos puestos a conocimiento de la Corte Constitucional en aplicación de la nueva normativa constitucional y legal. Finalmente, la tesis contiene unas conclusiones que indican el estado actual de esta acción extraordinaria de protección de derechos.
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La presente tesis tiene por objeto el análisis de la interpretación prejudicial en base a los ordenamientos jurídicos comunitarios con énfasis en la correlación existente con el derecho de los Estados miembros. El estudio principal, se basa en la estructura jurídica de la figura legal, y entiende sus relaciones, puesto que el derecho interno no puede abstraerse de la realidad jurídica comunitaria y, conforme esta perspectiva, le interesa incorporarse a la dinamia que presenta el desarrollo de la normativa supranacional. Para alcanzar este paradigma, los países han sabido crear comunidades políticas que los representen y busquen una sincronización de su colectivo social, ubicando mecanismos que les permita armonizar su desarrollo conjunto, siendo una de las herramientas para este propósito, las disposiciones legales comunes. Este ordenamiento normativo común, que se encuentra interrelacionado con un proceso de aproximación entre legislaciones, conlleva a que el derecho interno necesariamente se vea influenciado y advierta directrices respecto de ámbito y de acción. Los aspectos referidos se ven desarrollados en tres capítulos, el primero, por el cual se introduce a un estudio, que partiendo de una generalidad, enmarca su realidad jurídica dentro de los ámbitos previstos para su desarrollo, el segundo, que agrupa los principios básicos para el ejercicio del derecho comunitario y desarrolla sus implicaciones normativas y un tercero que sustenta los efectos de la aplicación de la interpretación, sin desconocer la vasta experiencia que ha desarrollado a partir de su vigencia.
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El presente artículo estudia la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina sobre el concepto de legítimo interés necesario para oponerse a una solicitud de patente de invención. Ante la insuficiencia de referentes específicos en esta materia, se estudian también los pronunciamientos del Tribunal sobre este mismo concepto en el campo del derecho mercario. De este modo, el autor sostiene que no se ha realizado, en la mayoría de las veces, la debida diferenciación entre legitimado para formular oposición, y fundamento de ésta. La identificación de estos extremos de análisis en la jurisprudencia comunitaria andina, junto con el recurso al derecho administrativo y la doctrina y la jurisprudencia del derecho de la propiedad industrial, demuestran que dicha legitimación obedece al perjuicio que puede resultar para el oponente, en caso que el privilegio sea otorgado, y que el fundamento de su oposición, al menos en principio, puede constituir cualquier norma jurídica que discipline la actuación administrativa para la concesión de la solicitud de patente. Por tanto, la titularidad de un derecho subjetivo no es necesaria para legitimar la intervención del oponente ni para fundar su oposición.
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En el presente trabajo se revisan desarrollos jurisprudenciales relevantes sobre los principales mecanismos de control de la legalidad a nivel comunitario tanto en el seno de la Unión Europea (UE) como en el de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). El análisis parte revisando jurisprudencia sobre el entendimiento de los tratados fundacionales como constituciones en sentido material. Posteriormente, se revisa jurisprudencia sobre el alcance de actos impugnables, legitimación activa, y causas de impugnación, enfatizando en tendencias relevantes como la flexibilización en la interpretación de los actos susceptibles de impugnación y la apertura a la actuación de particulares. El análisis jurisprudencial se complementa con revisión de doctrina y Derecho positivo, bajo la perspectiva de que el estudio del control de la legalidad en el ordenamiento jurídico comunitario es de esencial importancia para la cabal comprensión de los procesos de integración en su dimensión de comunidades de derecho.
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Este artículo presenta el escenario de la política exterior y cooperación internacional previo al gobierno de Rafael Correa, tomando a la cooperación dentro del Plan Colombia e Iniciativa Regional Andina como ejemplo de la misma. Igualmente, la autora plantea la existencia de un paradigma que rige tanto la política interna como externa del Ecuador y como éste se vincula con el ALBA. Finalmente, confronta el discurso con la realidad comercial y de cooperación de varios países de Sudamérica.
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En el primer capítulo, se plantean algunos aspectos relacionados con los obstáculos técnicos al comercio y el acuerdo que regula la materia, a fin de esgrimir la referencia de la normativa internacional en la que se enmarca el tema. En este sentido se pretende distinguir los preceptos fundamentales que establece la OMC en torno a este tipo de limitación al comercio mundial, al mismo tiempo de establecer una relación precisa entre esta normativa multilateral y los lineamientos de estas naturaleza acatados por la CAN, ello con la finalidad de precisar el bloque jurídico que regula estos aspectos desde un perspectiva comunitaria. Más adelante, en el segundo capítulo se pretende destacar algunas de las características más resaltantes del mercado andino, definiendo la naturaleza y composición de los productos de mayor peso en el comercio entre los países del bloque. En este sentido, lo que se pretende es distinguir el componente técnico de las mercancías que pudieran afectar los intercambios, tomando en cuenta los planteamientos de los países andinos a partir de la forma como cada uno ha abordado el tema de las regulaciones técnicas. En el tercer capítulo se plantea algunos aspectos relacionados con la experiencia europea en el tema de la normalización y reglamentación técnica de cara al proceso de integración de los países europeos, ello con fin de identificar una referencia en cuanto a la línea de acción que siguieron estos países para atender el tema de los obstáculos técnicos y diseñar el bloque jurídico que regulase la materia. Al mismo tiempo en este capítulo se busca resaltar los retos a futuro de la CAN para enfrentar las limitaciones que los OTC suponen al proceso andino de integración.