998 resultados para La comunidad organizada
Resumo:
El presente trabajo de investigación realiza un análisis comparativo de la institución jurídica del amparo constitucional en los países de la Comunidad Andina de Naciones, tocando los temas que más debate originan de esta garantía constitucional, para lograr tener una noción del grado de desarrollo y peculiaridades que ha adquirido el amparo, en los países de la sub - región, identificando en cada aspecto analizado, las diferencias y semejanzas, que la Constitución y legislación de cada país, han configurado. Para conseguir este propósito, se desarrollaron tres capítulos, en los que el trabajo se encuentra conformado. La introducción hace referencia a los alcances del trabajo y contiene la pregunta central, que dirige la investigación. El Capítulo I, hace una referencia a las garantías constitucionales, para posteriormente revisar algunos antecedentes básicos del amparo constitucional, mencionando la normativa internacional vigente que reconoce a esta garantía como un derecho. Finalmente, estudiar la naturaleza jurídica de esta institución y las características especificas, que adquiere en cada país miembro de la CAN. El Capítulo II, está dedicado a la procedencia del recurso de amparo constitucional, revisando los distintos modelos de protección a los derechos fundamentales que existen, para luego aterrizar en el modelo que adopta cada país de la subregión andina, en torno a qué derechos son tutelados por el amparo. Posteriormente, se analizan la procedencia del amparo contra actos normativos o normas jurídicas, resoluciones judiciales y contra particulares. Mencionando las similitudes y diferencias en cada aspecto. Finalmente, en el Capítulo III se analiza dos aspectos importantes, por un lado los órganos competentes para conocer el amparo constitucional en cada país de la CAN; por otro lado, los efectos que tienen las resoluciones que resuelven el amparo. En ese contexto, se trató de realizar un estudio de algunos de los temas más interesantes y controversiales del amparo, y comprender la aproximación que hacen a cada aspecto los diferentes países de la CAN, para lo cual fue de vital importancia el estudio de la jurisprudencia emanada de los máximos órganos de control de la constitucionalidad de cada país.
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La presente tesis abordará el tema de los sistemas de sanciones por incumplimiento en materia económica en el ámbito internacional, mediante un estudio comparado de los sistemas de la Organización Mundial de Comercio (OMC), el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Unión Europea, para finalmente dilucidar un sistema de sanciones adecuado para la Comunidad Andina (CAN). En ese sentido, en el Capítulo I se analizarán los dos modelos teóricos que rigen los sistemas de sanciones por incumplimiento en materia económica en el ámbito internacional: la intergubernamentalidad y la supranacionalidad, todo ello tomando en cuenta la soberanía del Estado nación en el ámbito de los procesos de integración regional. Así, existe la conocida clasificación del proceso de integración según sus grados, que va desde la intergubernamentalidad a la supranacionalidad: a) Áreas de intercambios preferenciales o preferencias arancelarias (intergubernamental); b) Zona de Libre Comercio (intergubernamental); c) Unión Aduanera (intergubernamental o supranacional limitada); d) Mercado Común (supranacional plena o integral); e) Unión Económica (supranacional plena o integral); y, f) Integración total o completa. Dentro de las características de la supranacionalidad se observan dos tipos de supranacionalidad: i) La supranacionalidad plena o integral; y, ii) La supranacionalidad limitada o restringida que puede ser, además, orgánica y normativa. En el Capítulo II se realiza un estudio comparado de los sistemas de sanciones por incumplimiento en materia económica en el ámbito internacional de los siguientes organismos internacionales: a) La Organización Mundial de Comercio (OMC); b) El Mercado Común del Sur (MERCOSUR); c) La Unión Europea (UE); y, d) La Comunidad Andina (CAN). Al respecto, se analizan los órganos que componen cada uno de dichos organismos internacionales, a fin de vislumbrar si son intergubernamentales o supranacionales; para desembocar, posteriormente, en sus sistemas de sanciones. Finalmente, en el Capítulo III se analizan los defectos del sistema actual de sanciones de la CAN y las posibles propuestas de reforma, a fin de avizorar en la CAN un sistema de sanciones verdaderamente supranacional. Se desarrollará el tema del procedimiento sumario por desacato a las sentencias en acciones de incumplimiento para concluir que en el sistema sancionatorio actual, cuando la aplicación de las sanciones se deja a la discrecionalidad de los países miembros y ellos no aplican las sanciones autorizadas por el Tribunal (incumpliendo así la sentencia del Tribunal), se deja entrever características que distan de lo supranacional, acercándose más bien a lo que sería una integración poco profunda parecida más al sistema de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en donde los países miembros tienen una gran reticencia a reconocer competencias sancionadoras a la institución comunitaria.
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Se parte de una mirada general de la dinámica del comercio internacional en los últimos años, teniendo en cuenta que su crecimiento ha sido superior al de la producción, tendencia que también se ha manifestado en la subregión. El comercio mundial, hasta antes de la Segunda Guerra Mundial se había caracterizado por la aparición de progresivas de limitaciones, la presencia cada vez más marcada de prácticas proteccionistas fue favorecido por los avances tecnológicos y por el esfuerzo concertado para reducir las barreras arancelarias. A medida que se redujeron los aranceles fueron apareciendo otro tipo de medidas, las llamadas paraarancelarias, que se han ido constituyendo en los medios más usados cuando los países deciden llevar a cabo políticas proteccionistas. Esta tendencia se ha ido generalizando y tales medidas son usadas tanto por los países en desarrollo como por los desarrollados. El presente trabajo tiene por objetivo analizar, a partir de los casos llegados al Tribunal Andino de Justicia, la influencia de las medidas paraarancelarias en el comercio intracomunitario. Teniendo en cuenta que no todos los casos que se presentan llegan hasta esta instancia, ya que gran parte de los mismos se solucionan a nivel de la Secretaria General, las conclusiones a que se llega pueden resultar sesgadas. Sin embargo, se analizan los procesos relacionados con la adopción de este tipo de medidas por los países miembros, para determinar su incidencia en el comercio de la subregión. Igualmente, los países que mas las usan, los más afectados, las medidas más usadas, y los sectores y productos sobre los que han recaído las medidas.
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El propósito fundamental del presente trabajo investigativo constituye entregar una visión holística e innovadora respecto a un tema de álgida discusión dentro del derecho penal contemporáneo : la atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas. En tal ámbito de análisis, la orientación sistèmica asumida por el autor a lo largo de la argumentación altera en buena medida los elementos dogmáticos de la teoría del delito - la acción y la culpabilidad - que son los ejes de articulación de un derecho penal antropocéntrico, limitado a la incriminación punible del ser humano. Bajo una entrada teórica que sigue la fundamentación de Niklas Luhmann - y la teoría de la sociedad sin hombres - se pretende demostrar còmo el progreso y dinámica de las sociedades contemporáneas ha establecido un nuevo centro de interacción y eje del análisis social, el que traslada al ser humano hacia posiciones menos estelares. Para Luhmann, comunicaciones y solo comunicaciones conforman el entorno alrededor del que se reproducen y describen los diferentes subsistemas sociales (v.g. económico, político administrativo, jurídico, cultural, etc.) siendo por tanto aquéllas - las comunicaciones - los centros de imputación, en este caso en materia criminal, cuando de la comisión de hechos delictivos se trata. Declarar la responsabilidad penal por el cometimiento de conductas ilícitas prescindiendo de la noción del acto humano consciente y voluntario y trasladar dicho ejercicio de respuesta estatal a las comunicaciones dañosas que alteran el proceso de autoreproducciòn y autoobservaciòn de los diferentes subsistemas sociales, y del jurídico en especial, permite elaborar una construcción teórica en la que las personas jurídicas, o las comunicaciones que de estas emanan, pueden ser factibles del juicio de atribuibilidad y por tanto sujetas a penas que, a la vez que afianzan el orden social destruyen paradigmas clásicos del derecho penal como el societas delinquere non potest, siempre invocado por los defensores del inmovilismo.
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La liberalización del comercio de bienes es un medio que establece la CAN para alcanzar sus objetivos de integración aún más ambiciosos, para lo cual ha estructurado un sistema supranacional con un órgano de tipo jurisdiccional independiente que solucione las controversias que surjan del Acuerdo. En la OMC su mecanismo de solución de diferencias se compone de elementos propios de la investigación internacional y de la conciliación, así como de ciertos procedimientos contenciosos. En ambos casos, la liberalización comercial tiene semejanzas, como su fin último de mejorar el nivel de vida de la población, y diferencias como el tipo de normativa que sustenta cada caso: Derecho Comunitario o Derecho Internacional. Ese marco institucional y normativo en el que se encuentra cada mecanismo analizado, permite que se haga un acercamiento de los objetivos de cada uno, que en definitiva se circunscriben a que la normativa que los respalda sea cumplida y de este modo se puedan alcanzar los objetivos del Acuerdo. Por ello, en el presente estudio se hace un análisis detallado y novedoso sobre aspectos puntuales de cada mecanismo, como su estructura, conformación, financiamiento, los legitimados para intervenir ante ellos, los procedimientos y plazos establecidos —que incluyen recuadros ilustrativos sobre el tiempo que debería tomar una controversia—, los tipos de decisiones que adopta cada órgano, los recursos que procede ante cada decisión, su fuerza vinculante y exigibilidad. Tras breves pero claras reflexiones sobre la necesidad de que una norma sea efectiva para que pueda ser eficaz, y sólo de este modo sea posible valorar su eficiencia, se llega a afirmar que no será por un excelente o mal mecanismo de solución de controversias que las normas sobre libre comercio serán reconocidas por los Estados parte, y por ende se cumplan sus objetivos. Sobre esa base se realiza un estudio detenido de la estadística que reflejan las causas tramitadas ante el TJCA y el OSD, a fin de valorar el nivel de actividad de cada uno, los tiempos promedios que tarda cada mecanismo en resolver las causas, y lo eficiente o no de cada etapa en que se lleva a cabo el procedimiento para solucionar la diferencia. También se analizan los costos promedios para acudir ante cada mecanismo, la relación porcentual entre los aportes de los países y su grado de intervención, para demostrar, por ejemplo, que habría más eficiencia si los países que contribuyen con financiarlos actúan de buena fe frente a la normativa correspondiente. También se valora la calidad e importancia de las decisiones y pronunciamientos emitidos por el TJCA y el OSD, a fin de medir sus costos políticos y sociales. De este modo podemos extraer criterios que miran al fiel cumplimiento de la norma como única solución a los conflictos que se presentan, y otros que buscan restablecer la reciprocidad de intereses potencialmente afectada ante lo cual sólo caben acuerdos políticos. Ello permite concluir que si la liberalización comercial viene a ser un elemento para alcanzar un grado de integración que trascienda el libre flujo de bienes entre dos o más países, es oportuno adoptar un auténtico mecanismo de tipo jurisdiccional de solución de controversias. Si el acuerdo comercial no persigue ese tipo de integración, se deberían prever mecanismos de solución de controversias que busquen alcanzar cierta equidad entre lo preceptuado en la norma y las necesidades comerciales del momento y caso concretos.
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Uno de los principales aspectos que le otorgan solidez a un proceso de integración regional o subregional, reside en la incorporación de un mecanismo de solución de controversias, formando parte directamente de un acuerdo de integración. En este sentido, el presente trabajo de investigación está destinado a realizar un análisis jurídico comparativo sobre los sistemas de solución de controversias que funcionan en los procesos de integración, del Mercado Común del Sur y la Comunidad Andina, con el propósito de establecer las diferencias y similitudes y determinar si los sistemas adoptados responden a la naturaleza jurídica de ambos bloques.
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El principal objetivo de este trabajo, ha sido el analizar los modos de interpretación de las leyes tributarias vigentes en los países de la Comunidad Andina de Naciones, relacionándolos con los principios esbozados por la doctrina impositiva más autorizada, así como en algunos casos, tomando en consideración ciertos fallos jurisprudenciales. Para cumplir con el objetivo propuesto, en primer lugar se ha estudiado la naturaleza misma del Derecho Tributario, donde se ha explicado las razones por las cuales esta rama jurídica, es una ciencia con autonomía científica y dogmática. Este presupuesto es el punto de partida para analizar sí existen o no mecanismos propios de hermenéutica en la aplicación de una disposición impositiva. Otro punto consecuencia del anterior, tiene que ver con la naturaleza misma de las normas tributarias. Serán normas especiales o serán de aquellas comunes, como cualquier otra disposición del mismo rango. En uno y otro caso, qué métodos de comprensión del derecho se deben usar. Cómo funciona el principio de la Autonomía Calificadora del Derecho Fiscal, y qué consecuencias tiene para el entendimiento de la norma. Las palabras utilizadas en un precepto en particular cómo tienen que ser discernidas: en su sentido jurídico, en su sentido técnico o en su sentido usual. Son temas que a más que nos ayudan a comprender los métodos de interpretación jurídica, también nos proveen de conocimientos adicionales para vislumbrar de mejor forma la esencia del Derecho Tributario. El problema de la analogía en la interpretación del derecho. Es un método de integración o de interpretación propiamente dicho. El derecho como ciencia, tiene lagunas o vacíos? O quizá estos huecos sólo se produzcan en la legislación vigente. Cómo influyen estos fenómenos en la hermenéutica jurídica. El trabajo trata de contestar estas interrogantes. Aunque el hecho imponible, en la mayoría de las ocasiones se encuentra conformado por un hecho económico, la interpretación de las normas que lo crean, deben dar prioridad al análisis jurídico o al entendimiento económico. Como aplicar una norma, cuando el contribuyente para disminuir su carga fiscal, utiliza figuras jurídicas de desnaturalizan su real intención. Qué debe hacer el intérprete en estos casos. Son situaciones que también han sido analizadas. Hasta qué punto es importante la aplicación de los métodos de interpretación de las normas impositivas, por parte de la Administración Tributaria. Sus actos tienen alguna relación con la materia estudiada en esta tesis. Los métodos estudiados, son susceptibles de aplicación para comprender los tratados internacionales que evitan la Doble Imposición Internacional. Cómo deben interpretarse estos convenios: a la luz del derecho interno? Existen normas expresas que ayudan en su entendimiento?
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El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo central evaluar con base en el estudio de la doctrina, el derecho comparado, y los pronunciamientos de órganos competentes, el avance de la materia de competencia desleal en las legislaciones internas de los países miembros de la CAN. De manera especial, se buscó determinar la situación de la legislación ecuatoriana, y proponer pautas para la instauración de un régimen integrado y eficiente de protección contra prácticas desleales de mercado. Los asuntos específicos de competencia desleal vinculados con el comercio exterior, como el dumping y las subvenciones, no fueron parte de este trabajo, ya que presentan particularidades que requieren un tratamiento independiente. Para alcanzar los objetivos propuestos, el contenido de esta investigación se distribuyó de la siguiente manera: El Capítulo I se concentró en aspectos introductorios, con el fin de establecer el sustento teórico con base en el cual se desarrollaría el trabajo. El análisis empezó por la revisión de las disposiciones relevantes para la materia que integran la Constitución económica dentro de los países que conforman la Comunidad Andina de Naciones -CAN-. Posteriormente, se arribó a una definición personal sobre competencia desleal, previo el estudio de referentes doctrinarios y legales, y se analizó el tema de la cláusula general. Finalmente, se establecieron los puntos de conexión entre la disciplina que estudia la competencia desleal y otras ramas jurídicas. El Capítulo II, se refirió concretamente al tratamiento que de los actos típicos de competencia desleal se hace en las legislaciones internas de los países de la CAN, con el objetivo de determinar las fortalezas y debilidades de las disposiciones sobre el tema. La tipología revisada fue la siguiente: actos de confusión; actos de engaño; actos de descrédito; actos de sustracción y explotación de secretos; actos de explotación de la reputación ajena; actos de imitación; actos de comparación; actos de desorganización; violación de normas; y, otros, como las ventas agresivas. El Capítulo III estudia las acciones franqueadas por ley para la defensa contra los actos de competencia desleal. Para el efecto, se analizaron las acciones civiles, administrativas y penales. En el desarrollo de este análisis, se trataron temas como pretensiones admisibles, legitimación activa; diligencias preliminares; y, medidas cautelares. Finalmente, el Capítulo IV contiene una sistematización de las conclusiones y recomendaciones obtenidas en cada uno de los capítulos precedentes. Por otro lado, se ha incorporado una sección de Anexos, contentiva de cuadros comparativos de las disposiciones legales de los países de la subregión con relación a cada uno de los temas estudiados.
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El presente trabajo tiene por objetivo principal el responder a la pregunta planteada como hipótesis que es si las políticas antidumping aplicadas por la Comunidad Andina, mediante sus normas respectivas, que son la Decisiones 283 y456, se constituyen en un obstáculo para el proceso de integración en los que se han embarcado los 5 países miembros que son Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. El trabajo esta dividido en 4 capítulos secuenciales, 3 de los cuales constituyen una revisión teórica sobre el tema, así como reseñas de la experiencia andina en la materia. Y un capítulo final de conclusiones. El capítulo 1 trata el tema de la globalización. El objetivo de este capítulo es hacer ver al lector que los problemas ligados a las restricciones de la libre competencia, como son el dumping, entre otros, tienen un origen identificable en este proceso globalizador, el cual está generando algunas distorsiones negativas en el mercado mundial. El capítulo 2 trata el tema específico del dumping. El objetivo de este capítulo es introducir al conocimiento del dumping, su definición, historia, normativa, entre otros. El capítulo 3 trata el tema de la experiencia andina sobre políticas antidumping. El objetivo de este capítulo es analizar la experiencia andina en este tema, y cual ha sido la resolución de los casos. El capítulo 4 nos muestra las conclusiones realizadas a la luz del análisis y desarrollo de los temas correspondientes de los capítulos anteriores. Aquí damos una respuesta a nuestra interrogante planteada al comienzo.
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El interés sobre la propiedad privada de bienes intangibles se relacionó, inicialmente, con la industria metalmecánica, electrónica y química; en la actualidad, se lo asocia, además, con la industria biotecnológica. La evolución en la investigación de la biotecnología exigió al derecho un reconocimiento por el esfuerzo y tiempo empleado, mediante una patente de invención. De esta manera, poco a poco, se ha ido introduciendo la posibilidad de patentar invenciones que contengan materia viva en el tema de propiedad industrial. En el ámbito internacional, con la firma del Convenio de la Unión de París (1883), se marcó la primera intención de los países de unificar la norma referida a la propiedad industrial. En 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), se obligó, a todos los Estados miembros de la OMC, a modificar sus normas internas y otorgar las protecciones mínimas en función de los ADPIC. De esta manera, se abrió la posibilidad de considerar la patentabilidad de la materia viva en el ordenamiento internacional. La línea divisora, que considera la patentabilidad o no, ya no recae en la distinción entre materia viva y materia no viva. Hoy en día, el derecho se haya sumido en una gran perplejidad ante la posibilidad de patentar productos de origen natural e incluso organismos vivos. Para tal efecto, ha mantenido los requisitos de patentabilidad y ha diferenciado lo que corresponde a materia viva existente en la naturaleza de lo que se define como materia aislada o producto obtenido por un procedimiento tecnológico. Abierta la posibilidad de patentar seres vivos, los países desarrollados comenzaron a sentar jurisprudencia en este sentido. Al mismo tiempo, los países en desarrollo cuestionaron y crearon una polémica en relación a estos derechos intelectuales, porque vieron afectados sus intereses y, de esta manera, limitarían las pretensiones de una protección más amplia respecto al tiempo y la materia patentable: actual tendencia de los países desarrollados. Situación que se analiza en esta tesis dentro del marco normativo actual de la Comunidad Andina.
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Este trabajo investigativo aborda reflexiones sobre la temática educativa indígena, desde las voces de uno de sus protagonistas, la comunidad Chanchán Tío Cajas en la provincia de Chimborazo. Para cumplir este acometido se inicia con un cuestionamiento sobre las implicancias y desafíos de la Educación Intercultural Bilingüe a la luz de la problemática de la diferencia étnico-cultural; a fin de escudriñar cómo funciona la dinámica e influencia del multiculturalismo neoliberal en este campo. En un intento por responder a esta amenaza en contra de la heterogeneidad, opto por la interculturalidad como proyecto político, ético y epistémico que emerge en el seno del movimiento indígena. Desde esa perspectiva y expulsando todo tipo de etnocentrismos, se confrontan las experiencias formales y no formales de educación del Ecuador por medio de un recorrido genealógico desde la década de los cuarenta hasta la actualidad; para debatir las tendencias que se tejen dentro de las intervenciones educativas del Estado, Iglesia, organizaciones internacionales y por supuesto la comunidad. La educación no formal es un dispositivo de resistencia, bajo ese protagonismo finalmente interesa posicionar a Chanchán como constructor de conocimientos para repensar nuevas alternativas comunitarias que van más allá de las fronteras formales de educación.
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El presente trabajo, presenta un análisis que determina cual el medio para la iniciación de un proceso de armonización de normas especiales referentes a la protección de los derechos de los consumidores y usuarios en los Países miembros de la Comunidad Andina y tiene como fin último convertirse en una guía para la elaboración de una norma comunitaria de protección de los derechos de los consumidores y usuarios del acuerdo sub-regional andino. Es conforme dichos objetivos que el presente trabajo se inicia con un estudio de los principios de la doctrina respecto a los derechos de los consumidores y usuarios; y cuales derechos fundamentales se encuentran consagrados actualmente frente al desarrollo científico, tecnológico y sus efectos en los consumidores y usuarios. Posteriormente se elabora un estudio de las normas vigentes de los Países miembros de la Comunidad Andina, estudio del que derivan las relativas diferencias respecto a la normativa vigente en los países miembros del acuerdo, el mismo que llevó a estudiar normas genéricas como las elaboradas por Consumers International y Naciones Unidas. Asimismo se revisaron los procesos de implementación de normas comunes respecto a los derechos de los consumidores y usuarios en la Unión Europea y el Mercado Común del Sur, haciendo evidente la necesidad de iniciar el proceso de armonización de la normativa referente a la protección de los derechos de los consumidores y usuarios en la Comunidad Andina. Estableciéndose, las conclusiones del trabajo y determinándose la necesidad de establecer un proceso de armonización normativa entre los países miembros del acuerdo, proceso que frente a la experiencia de otros acuerdos de integración debe ser llevado a cabo por etapas, a través de la implementación de los derechos fundamentales de los consumidores dentro del marco normativo del acuerdo regional andino.
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Los recursos genéticos—animales, plantas y microorganismos, así como la labor del mejoramiento tradicional de los cultivos y el conocimiento relacionado—se han considerado tradicionalmente como bienes públicos. El 29 de Diciembre de 1993, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) cobró fuerza legal, y desafió al concepto de la diversidad biológica como “Patrimonio Común de la Humanidad.” Esta investigación tiene por objeto examinar la controversia sobre la regulación de recursos genéticos al nivel mundial, detallar la estructura y la implementación del Régimen Común sobre el Acceso a Recursos Genéticos de la Comunidad Andina (RCARG) desde su adopción en 1996, e enumerar las posiciones de una variedad de actores institucionales, estatales, y no gubernamentales sobre la regulación de accesos a recursos genéticos y su rol en la conservación y uso de la diversidad biológica. Concluye que el debate sobre esta regulación está polarizado y así, mientras siga desarrollándose y adaptándose a la naturaleza compleja de los recursos genéticos, ningún régimen de acceso gustará a todos. Se recomienda que los países de alta biodiversidad busquen la manera de promover la prospección de recursos genéticos (“bioprospección”) como alternativa sustentable de desarrollo.
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OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION: Investigar la imagen que construye la institución, a través del relato (publicidad), de los chicos de la calle, sobre la base de los mensajes publicitarios referentes al apoyo para los programas de atención a menores de la calle. Demostrar que la identidad del chico de la calle es construida también a través del relato en tanto existe una carga ideológica y relaciones de poder que provocan la descripción de una parte del sujeto olvidando su integralidad. DESCRIPCION PROBLEMATICA: El lenguaje configurado en imágenes y mensajes pretende recoger la realidad deslizando una serie de elementos que reflejan formas de comportamiento, de relación, de valoración social; que direccionan y determinan modelos de conducta, de legitimación de roles, y de formas de existencia en la sociedad. De allí surgen inquietudes: ¿Hasta qué punto el relato puede constituirse en el reflejo veraz de una realidad?, ¿Cuál es el punto de quiebre entre la realidad y la configuración que se hace de esta a través del lenguaje?. Desde este marco se toma como objeto para la investigación la construcción que hace, en el relato publicitario, la comunidad salesiana del niño de la calle como sujeto. CONTENIDOS : En esta investigación se abordan temas como: a) la comunicación enfocada en sus componentes, emisor, receptor, mensaje, canal y códigos utilizados; b) la publicidad: sus diferentes elementos específicos, su estructura como relato y su relación con un contexto social; c) los niños de la calle desde la perspectiva de la construcción de relatos publicitarios hechos en función de programas de apoyo social con especificidad en el caso salesiano; los comerciales de los programas de ayuda infantil salesiana.