984 resultados para Comissão de Reforma do Ministério da Fazenda
Resumo:
Resumen basado en el de la publicación
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En estas conclusiones, elaboradas por los representantes de las Escuelas Universitarias de Magisterio, se resaltan los conceptos generales y específicos que las definen, se proponen sus planes de estudio y su régimen, así como se defiende la necesidad de su existencia ante el proyecto de reforma emprendido por el Ministerio de Educación, de reforma de la selección y perfeccionamiento del profesorado También, se recoge en las conclusiones la distinción entre Actualización, entendida como reconversión profesional, y Perfeccionamiento, por permanente, del profesorado de EGB. Por último, se considera la función investigadora de las Escuelas Universitarias del Magisterio y los problemas que afectan al profesorado.
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Se publica el informe dirigido al país y al Secretario de Educación del Departamento de Educación de los Estados Unidos de América, realizado por la Comisión Nacional para la Excelencia de la Educación en abril de 1983. Este informe contiene un conjunto de recomendaciones prácticas para adoptar con carácter inmediato y a largo plazo en las escuelas públicas, privadas y parroquiales, y en los colegios. Estas medidas abarcan: contenidos; aumento de los niveles de exigencia y de expectativas para el rendimiento académico y la conducta de los estudiantes; ampliación del tiempo de estudio del aprendizaje de las Nuevas Básicas; mejora de la preparación de los profesores; liderazgo y apoyo fiscal para estas reformas.
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Se repasan los planteamientos que la Ley General de Educación de 1970 introduce en el sistema educativo español y sus logros más significativos. Así, se exponen las directrices respecto a cada uno de los niveles educativos, desde la Educación Preescolar hasta la Enseñanza universitaria; las modalidades de enseñanza; los centros escolares y el profesorado; la administración e inspección educativa y la financiación y presupuestos de la reforma.
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Se transcribe la orden de 20 de junio de 1950 por la que se aprueba la consolidación del proyecto de obras del Ateneo Científico y Literario aprobado por orden ministerial de 4 de diciembre de 1948. Su importe, su distribución y el capítulo del presupuesto del Departamento donde se librará en la forma reglamentaria.
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Desde la Segunda Guerra Mundial se aplicaron diversas reformas educativas en la región de Rumanía. En este artículo, se transcribe la Ley de Reforma de la Enseñanza Universitaria de Rumanía. Esta Ley aumentó el número de Universidades a cuatro. En La Universidad de Bucarest se crearon nuevas facultades. Se aumentaron el número de años de carrera universitaria de tres a cuatro, excepto en la carrera de Medicina, que seguían siendo seis los años de estudio, se suprimió la enseñanza libre y se aumentó el número de Cátedras universitarias, entre otras muchas cosas. Todos los cambios se recogen en la transcripción de la Ley de Reforma de la Enseñanza Universitaria, dividida en siete capítulos que a su vez comprenden diversos artículos y que versan sobre: la Universidad y su Administración; los profesores universitarios; el personal administrativo universitario; estudiantes y diplomados; bibliotecas, clínicas, institutos, laboratorios, seminarios, seminarios pedagógicos, oficinas universitarias y museos, y finalmente, disposiciones transitorias varias.
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Se explica la situación que vivían los maestros de escuelas primarias en los años cincuenta en España. Se había decidido combatir el analfabetismo y se pretendía crear 30.000 escuelas para acabar con él pero a medida que se construían, se presentaba tanto el problema de la falta de maestros o, cuando estos estaban, la falta de alojamiento para ellos. Se decidió que para atajar el tema del alojamiento, fueran los Ayuntamientos de las localidades en las que tenían que residir los maestros, los que les proporcionaran una vivienda de su propiedad. Cuando los Ayuntamientos no tenían viviendas de este tipo, el Ministerio de Educación les entregaba una cantidad económica en concepto de indemnización que cubriría los gastos de arrendamiento cuando tuvieran que vivir desplazados de sus lugares de origen pero, aunque esta fue una solución solo a medias. Se planteó el problema de que el maestro pudiera sufrir una baja por cualquier circunstancia y tuviera que ser sustituido, a lo que el Estado decidió que la indemnización la cobrarían sustituido y sustituto a medias. Finalmente, se eximió a los maestros de pagar el impuesto de utilidades a los Ayuntamientos, ya que las localidades tenían la obligación por Ley de alojar a los profesores para fomentar el desarrollo de la educación.
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Se reúnen bajo un mismo epígrafe denominado 'Iberoamérica', diez columnas breves referidas a noticias de carácter educativo de diversos países hispanoamericanos. En concreto, la referida a Perú bajo el título 'La reforma de la enseñanza en Perú', describe la reforma educativa impuesta en el país andino con el fin de acabar con el analfabetismo. Los términos que contemplaba eran: procurar medios de transporte a los alumnos para que pudieran asistir a las aulas sin excepción de localidad geográfica, organizar cursos de perfeccionamiento para maestros, crear escuelas elementales en localidades con más de 30 alumnos, terminar de construir centros escolares, reformar los textos escolares usados en centros docentes estatales, dotar de material de enseñanza más moderno a las escuelas pre-profesionales de segundo grado. Además, también se tratan temas relativos a la creación de la Escuela de Periodismo en La Habana; una ciudad universitaria en Méjico; una Facultad de Humanidades en Costa Rica; La Federación Universitaria de Paraguay; La Unión Nacional de Estudiantes Mejicanos; Ayuda uruguaya al 'World University Service'; La Universidad de Sinaloa en Méjico; El centro regional de educación fundamental para la América Latina; La enseñanza primaria en Paraguay.
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Análisis del proyecto de reforma de la enseñanza en Francia redactado en 1953. Los artículos en torno a los que gira son: 1. Prolongación de la escolaridad, de los seis a los catorce años, obligatoriamente. 2. Etapas de la educación divididas en: ciclo de enseñanza elemental, enseñanza obligatoria de primer grado y ciclo de enseñanza clásica, moderna o técnica; tercera etapa, posterior a los 18 años, o nuevo bachillerato; cuarta etapa o ciclo de enseñanza superior; para finalizar, educación post-escolar.
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Se comenta la necesidad de reformar el programa de estudios de dibujo en las Escuelas Superiores de Bellas Artes a raíz de observar que, el alumnado, no puede hacer frente a una prueba de cartelería y dibujo publicitario, lo que muestra el escaso nivel que poseen. El cartel necesita unas condiciones especiales y siendo un producto artístico, requiere una reforma del plan de estudios de las enseñanzas artísticas que se debería ejecutar en el curso preparatorio, en los tres años que dura el curso en la Escuela de Bellas Artes y en un posterior curso preparatorio para el profesorado de dibujo. En estos años el alumnado adquiriría conocimientos y herramientas concernientes a: el dibujo de lo antiguo y los ropajes; la preparación del colorido y la preparación del modelado; el dibujo del natural, anatomía artística y los procedimientos pictóricos; el colorido la composición y la perspectiva; la teoría e historia de la pintura, el paisaje; el dibujo geométrico y las proyecciones y el dibujo decorativo.
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Se presenta el Proyecto de Ley sobre la reforma de la Enseñanza Estatal pública en Francia que el Ministro de Educación Nacional, Jean Berthoin y el Ministro de Hacienda y de Asuntos Económicos de Francia, Pierre Pflimlin, presentaron a la Asamblea Nacional francesa en agosto de 1955 y posteriormente, remitieron a la Comisión de Educación Nacional. El texto se divide en dos grandes partes. Por un lado, la 'Exposición de motivos' y por otra, el texto relativo al 'Proyecto de Ley', propiamente dicho. En la 'Exposición de motivos' se describen los antecedentes históricos. Seguidamente, se hace un examen crítico de la organización que existía en aquel momento. Se propone una nueva organización: la enseñanza obligatoria y la enseñanza no obligatoria que comprende a su vez la enseñanza general, la enseñanza profesional, el bachillerato y la enseñanza superior. Se describen los programas y métodos de estudio a seguir, las características que reuniríad el profesorado y las asignaciones económicas que irían destinadas a estudios. Y por último, se habla de Educación Física y Deportiva y de la educación cultural y el perfeccionamiento profesional. La segunda parte dedicada a la transcripción del 'Proyecto de Ley' propiamente dicho, se divide en cuatro Títulos y 29 artículos en total, divididos y referidos a la Enseñanza Obligatoria, a la Enseñanza General, a la Enseñanza Profesional y a la Enseñanza Superior.
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Se analiza el Informe Final del Comité de Cooperación Internacional para la Reforma de la Educación en España. Iniciada la reunión, los miembros del Comité expusieron su opinión sobre el contenido del 'Libro Blanco' de la educación que reflejaba las preocupaciones de los miembros sobre las deficiencias y problemas que presentaba la situación educativa del momento en España; la visión del sistema educativo como un todo, incluida la consideración de la educación como un proceso que cubre el periodo completo de la vida del hombre y las previsiones sobre formas prácticas y operativas de cooperación internacional de la que muchos países podrían beneficiarse. Se consideraron algunos de los problemas relevantes en torno a la investigación pedagógica: 1. Naturaleza y alcance de la investigación educativa. 2. Institucionalización de la investigación educativa. 3. Prioridades en la investigación. 4. Investigación y tecnología de la educación. El Comité trato de esclarecer tres problemas planteados por el Ministerio en torno a la educación permanente: 1. El reciclaje continuo de los profesionales de la educación. 2. El papel de los centros de enseñanza secundaria a la hora de ofrecer oportunidades educativas a personas fuera del sistema formal de educación. 3. La combinación de los programas de educación surgidos al margen del sistema educativo. Continuando con la educación permanente, también se trató el papel de los centros docentes en la educación permanente y la previsión de recursos para la educación permanente. Igualmente discutieron sobre el rendimiento educativo del sistema educativo, de los alumnos y del profesorado. La Cooperación Internacional y las estrategias y tácticas para la aplicación de la reforma educativa, también fueron discutidas por el Comité. Para terminar, se recogió en un Anexo los datos accesorios en torno a la reforma educativa de España.
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Incluye fotografías de la reunión. Continua la publicación: Revista de información de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO
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Se transcribe la traducción del Proyecto de Ley sobre la reforma de la Enseñanza de Segundo Grado en Francia. En primer lugar, se exponen los motivos por los que se quiere reformar esta enseñanza, que se sustentan en: el crecimiento de la población y el acceso a una mejor educación. Los objetivos que persigue la Enseñanza de Segundo Grado serán: el acceso al saber, saber aprender y saber ser; la contribución a la igualdad de oportunidades y orientar al ciudadano al camino que desembocará en una cualificación profesional. Estos objetivos pueden explicar la estructura del proyecto: la organización de la enseñanza, su contenido, la formación de los profesores y la organización y funcionamiento de los centros. La Ley que se transcribe consta de siete títulos y treinta y tres artículos en total. Los títulos se refieren a las siguientes disposiciones: 1. Objetivos de la enseñanza de segundo grado: preparar a los alumnos para su vida como ciudadanos, contribuir a la igualdad de oportunidades entre los alumnos y favorecer la educación permanente. 2. Disposiciones pedagógicas. 3. Disposiciones administrativas y financieras. 4. Disposiciones relativas a la comunidad escolar. 5. Disposiciones relativas a la formación de los maestros. 6. Disposiciones relativas a las funciones de los cuerpos de inspección. 7. Disposiciones finales y transitorias.
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Se transcribe el texto correspondiente al cap??tulo primero y las siete primeras partes del segundo cap??tulo del 'Proyecto para una Reforma de la Ley de Ense??anza Profesional (BBIG)' de Alemania. El cap??tulo primero, trata de la Ense??anza Profesional dentro del sistema de educaci??n, que a su vez recoge tres art??culos sobre: los objetivos de la Ense??anza Profesional, el concepto de Ense??anza Profesional y el lugar que ocupa y los centros de Ense??anza Profesional. El cap??tulo segundo, titulado Formaci??n Profesional, se dedica a: principios fundamentales de la Formaci??n Profesional, Divisi??n de la Formaci??n Profesional, el principio b??sico de exclusividad, el reconocimiento de las profesiones que son objeto de formaci??n y su reglamentaci??n, el contenido de la reglamentaci??n profesional, la Formaci??n Profesional en centros supraempresariales, Disposiciones especiales, el acortamiento y prolongaci??n del periodo de Formaci??n Profesional, el Registro de las profesiones reconocidas como objeto de formaci??n, los Requisitos necesarios para los centros profesionales, el personal formador, la Inspecci??n de la Formaci??n Profesional, las Evaluaciones dentro de la Formaci??n Profesional y la terminaci??n de la Formaci??n Profesional.