81 resultados para Pliego suelto


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El impacto que tienen los defectos congénitos sobre la salud de las personas afectadas, sus familias y sobre la sociedad en su conjunto es muy considerable. En España se estima que existe una prevalencia de anomalías cromosómicas hasta 2010 de 1,49% de los recién nacidos vivos. El Síndrome de Down (SD) es la tercera causa de defecto congénito y la primera de cromosomopatía, con una prevalencia de 23 por cada 10000 nacidos vivos. La importante morbilidad asociada en los individuos con síndrome de Down se acompaña de un alto coste económico, estimándose en 329750,63 euros por cada nuevo caso, constituyendo un cargo a lo largo de la vida de 1316 millones de euros. Por todo ello, la detección de esta alteración es la indicación más frecuente de diagnóstico prenatal invasivo. Las pruebas invasivas, como amniocentesis, biopsia de vellosidades coriales y cordocentesis, se asocian con un aumento del 1% del riesgo de aborto y, por tanto, sólo se realizan cuando se considera que hay una probabilidad elevada de que el feto tenga un defecto cromosómico, siendo por tanto fundamental una buena selección del grupo de gestantes de alto riesgo...

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We thank the High-Throughput Genomics Group at the Wellcome Trust Centre for Human Genetics and the Wellcome Trust Sanger Institute for the generation of the sequencing data. This work was funded by Wellcome Trust grant 090532/Z/09/Z (J.F.). Primary phenotyping of the mice was supported by the Mary Lyon Centre and Mammalian Genetics Unit (Medical Research Council, UK Hub grant G0900747 91070 and Medical Research Council, UK grant MC U142684172). D.A.B acknowledges support from NIH R01AR056280. The sleep work was supported by the state of Vaud (Switzerland) and the Swiss National Science Foundation (SNF 14694 and 136201 to P.F.). The ECG work was supported by the Netherlands CardioVascular Research Initiative (Dutch Heart Foundation, Dutch Federation of University Medical Centres, the Netherlands Organization for Health Research and Development, and the Royal Netherlands Academy of Sciences) PREDICT project, InterUniversity Cardiology Institute of the Netherlands (ICIN; 061.02; C.A.R., C.R.B). Na Cai is supported by the Agency of Science, Technology and Research (A*STAR) Graduate Academy. The authors wish to acknowledge excellent technical assistance from: Ayako Kurioka, Leo Swadling, Catherine de Lara, James Ussher, Rachel Townsend, Sima Lionikaite, Ausra S. Lionikiene, Rianne Wolswinkel and Inge van der Made. We would like to thank Thomas M Keane and Anthony G Doran for their help in annotating variants and adding the FVB/NJ strain to the Mouse Genomes Project.

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El presente trabajo analiza el tema del crimen político referido, en este caso, a la muerte violenta de Bernat Saportella, procurador del territorio de Orihuela, suceso ocurrido en 1324. El autor describe los pormenores del suceso transmitidos por la información que sobre el particular mandó realizar el rey de Aragón. Como en otros muchos casos, la muerte violenta del procurador real en Orihuela es un ejemplo más de las consecuencias trágicas que podían traer consigo las luchas políticas cuando los intereses del ppder local entraban en colisión con las necesidades del poder central defendidas por los representantes de la autoridad del rey.

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En Colombia, mediante la Ley 1508 de 2102, se estableció el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas (APP) y con la aprobación de la Ley 1682 de 2013, se regularon los proyectos de infraestructura de transporte. Con la presente tesis se pretende demostrar la figura del Diálogo Competitivo como procedimiento incompleto e insuficiente, apropiado así por nuestro régimen jurídico en la Ley de APP, visto desde la perspectiva de la Unión Europea, especialmente de los modelos español, inglés y francés, porque carece de la mayoría de sus elementos característicos. Posteriormente se realiza una crítica al Diálogo Competitivo colombiano desde la perspectiva de la Unión Europea, ya que se evidencia en la figura interna su precariedad frente a un procedimiento debidamente definido y organizado como el de la Unión Europea. Entre las instituciones jurídicas adoptadas por la Ley de APP, se encuentra el Diálogo Competitivo, que es un procedimiento, verificado en la etapa de estructuración de los contratos APP de iniciativa pública, cuyos antecedentes registran el mayor reconocimiento internacional en la Unión Europea (UE). Ésta introdujo esa figura a su régimen jurídico, a través de la Directiva 2004/18/CE, a su vez derogada por la Directiva 2014/24/UCE. La tesis culmina con una serie de conclusiones y recomendaciones que se estiman útiles para repensar y reestructurar el Diálogo Competitivo en los proyectos de infraestructura vial en Colombia, tarea que le corresponde al Congreso Nacional, pues así lo ha dispuesta la jurisprudencia del Consejo de Estado.