852 resultados para Lleras Restrepo, Carlos, 1908-1994 - fotografías


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El lector tiene entre sus manos un manual esencialmente práctico, el interés ha sido sobre todo recopilar y ordenar los datos normativos y jurisprudenciales existentes en nuestro ordenamiento sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos

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Cuando una persona se abstiene de usar el dinero para que otra lo haga, se da como fruto de un acuerdo de voluntades, el cual debe ser respetado por ambas partes por el tiempo en el cual su relación jurídica persista

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Para el desarrollo de las actividades mineras en nuestro país, es imprescindible que los concesionarios cuenten con condiciones que permitan la continuidad de las actividades de exploración y explotación mineras, y con ello que las condiciones jurídicas, a partir del inicio del trámite precontractual y el contrato de concesión sean claras, y se encuentren inmersas en reglas para las partes de la relación contractual, fundamentadas en los principios de seguridad y estabilidad jurídica, como garantía para efectuar la actividad minera proyectada. Dentro del trabajo de investigación se aborda un análisis del sector minero, la problemática para el desarrollo de las actividades mineras, desde la perspectiva de los principios objeto de investigación, para determinar, si el contrato de concesión minero colombiano, como instrumento generador de derechos y obligaciones, brinda condiciones que permitan adelantar el proyecto minero y se alcancen los objetivos señalados por el Estado para el beneficio de la colectividad, y del contratista minero alcanzando los beneficios económicos proyectados.

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El objetivo de esta monografía es explicar en qué medida los efectos de la crisis del régimen autoritario del General Gustavo Rojas Pinilla influyeron en la transición hacia el Frente Nacional (FN) en Colombia entre 1954 y 1960. Este caso ilustra bien cómo los efectos de la crisis del régimen autoritario de Rojas, es decir, los problemas políticos y sociales no resueltos u originados durante su Gobierno, determinaron en gran medida la modalidad de la transición hacia el FN y el diseño institucional del régimen de coalición. El examen de este fenómeno de cambio político a la luz del cuerpo teórico y conceptual de las transiciones democráticas implicó realizar la periodización en etapas transicionales del caso de estudio, analizar la interacción entre los actores, sus estrategias y los procesos políticos en cada una de ellas, y emplear una serie de conceptos clave para evaluar la transición hacia el FN.

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La salud además de ser un derecho fundamental también es un servicio público, el cual debe brindarse adecuadamente en términos de oportunidad, cobertura y calidad. Al entender la salud como un derecho fundamental autónomo, significa, que requiere por parte del Estado la garantía de su goce efectivo para todos los habitantes del territorio nacional, el cual es susceptible de limitaciones, con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, dentro del marco de la dignidad humana. Por otro lado, el análisis de la salud como un servicio público puede abordarse desde la prestación del mismo por parte de los particulares, lo que significa analizar la figura de la descentralización por colaboración en un Estado Unitario, lo que implica: 1. La actuación de particulares en la prestación del servicio público, previa autorización legal 2. La implementación de sistemas de control, inspección y vigilancia, por parte del Estado sobre dicha prestación. 3. La expedición de instrumentos de regulación y reglamentación normativa que regulen la prestación del servicio público de salud. A través de la interpretación integradora podemos afirmar que la salud es un derecho de la persona que se materializa mediante la prestación de un servicio público de carácter obligatorio. Es decir, los servicios públicos se constituyen como instrumentos para garantizar el logro de la plena vigencia y eficacia de los derechos constitucionales y por ende de la realización de los fines del Estado Social de Derecho.

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En esta investigación se realiza un análisis del tipo de relaciones que se establecen entre la medicina alopática y la medicina indígena yagecera en el escenario urbano de Bogotá. Para ello, toma distancia de los estudios ya realizados sobre este tema en el campo de la antropología a partir de dos aspectos: en primer lugar, busca acercarse a esta relación a partir de las trayectorias profesionales de un conjunto de médicos (tanto indígenas como alopáticos); en segundo lugar, se aproxima a estas relaciones a partir de una enfermedad particular: el cáncer.

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Introducción: El sector de la minería es fuente de desarrollo económico y social para Colombia (La Locomotora minera), ante este espectro se hace necesario su estudio en salud ocupacional. Objetivo: Caracterizar los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial de las empresas de minería subterránea de carbón y determinar la asociación entre los riesgos identificados por los trabajadores y los establecidos por la empresa en el departamento de Cundinamarca. Materiales y métodos Estudio de corte transversal , utilizando dos tipos de cuestionarios estructurados: uno para empresa que caracterizó el estado del Programa de Salud Ocupacional, el otro dirigido a los empleados que identificó el conocimiento de los riesgos de exposición, uso de elementos de protección personal y acciones realizadas por el empleador. Resultados El desarrollo del Programa de Salud Ocupacional en Cundinamarca es bajo, en un rango del 25,26% al 38,85%. En la identificación del riesgo se presentó asociación en temperaturas extremas (5,00%) y uso de herramientas corto punzantes (58,8%). En uso de protección personal y su suministro se encontró asociación en mascarilla (60,00%) y eslinga (94,70%). Conclusiones Es necesario la implementación de controles estatales que mitiguen los riesgos, se cumpla con buenas condiciones laborales para disminuir índices de accidentalidad y enfermedad laboral.

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La ley de víctimas es la norma creada para la protección de los derechos de las víctimas en Colombia; empero cuenta con falencias respecto del concepto de víctima y su reparación integral. El Derecho Administrativo es la herramienta jurídica para superar dichas limitaciones legislativas.

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El presente trabajo realiza un análisis sobre los diferentes fundamentos que ante la falta de regulación legal, nuestra jurisprudencia ha invocado para atribuirle efectos retroactivos –ex tunc- o efectos a futuro –ex nunc- a las sentencias de nulidad de los actos administrativos, los cuales van desde la asimilación de éste con el acto jurídico civil, hasta la pretendida identidad del acto administrativo general con la ley, todo enmarcado dentro de lo que se ha entendido por situaciones jurídicas consolidadas. Este estudio demuestra que la retroactividad o no retroactividad, no es una condición necesaria o automática de las sentencias de nulidad de los actos administrativos, porque tal idea anula reflexiones importantes que tienen que ver con la ponderación de principios básicos como la garantía de eficacia de los derechos fundamentales, la seguridad jurídica, la justicia material, la confianza legítima y la igualdad. Se impone así entender que los efectos temporales de las sentencias no se derivan de alguna formalidad del proceso, ni de la naturaleza del acto administrativo, ni del tipo de sentencia; estos son más bien una de las herramientas para que el juez a través de la modulación en cada caso, pueda darle eficacia a su sentencia y cumplir con las obligaciones que le impone la Constitución y la ley, que no son otras que garantizar la protección de derechos fundamentales y preservar el orden jurídico.

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El Estado como institución político-jurídica, así como las estructuras de poder y organización social, han sufrido grandes transformaciones en el mundo contemporáneo, producto de discusiones y tendencias como la globalización, la reconfiguración de la legitimidad de las instituciones burocráticas, el establecimiento de estándares, políticas y prácticas de calidad internacional, el impacto de las crisis de la hacienda pública, entre otros factores que influenciaron la creciente intervención de los particulares y sus mecanismos de regulación en la gestión de los asuntos públicos. El Estado Colombiano no ha sido ajeno a tales situaciones, y la creciente injerencia del sector privado en lo público, se ha visto representada en la expedición del régimen legal de las Asociaciones Público Privadas (Ley 1508 de 2012), en virtud del cual los particulares estructuran, ejecutan y desarrollan proyectos conjugando el ánimo de lucro con la promoción del interés general. De conformidad con lo anterior, el presente trabajo tiene como objetivo sistematizar y analizar las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con el régimen de las Asociaciones Público Privadas, así como abordar reflexiones sobre la transformación del Estado y el papel de los particulares en el ámbito de lo público.

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El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. A partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política de prevención del daño antijurídico en relación con el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico gozan de una especial protección constitucional. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.

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El artículo describe las características centrales de la reforma regulatoria al sector eléctrico en 1994 y evalúa el desempeño y la eficiencia de las empresas públicas antes y después de la reforma. El análisis de desempeño evalúa los cambios en medias y medianas en ganancias, eficiencia, inversión y ventas de las empresas privatizadas en el sector. La eficiencia técnica es estimada mediante la técnica DEA en una muestra de 33 plantas térmicas de energía, que representan el 85% del parque térmico; y 12 empresas distribuidoras de energía. La muestra de plantas generadoras está compuesta por plantas que estaban activas antes de la reforma y plantas nuevas que entraron en operación después de la reforma. Los principales resultados muestran que la eficiencia mejoro después de la reforma y que la política regulatoria ha tenido un efecto positivo en la eficiencia de la generación térmica de energía. Por el contrario, las distribuidoras de energía menos eficientes empeoraron después de la reforma y no llevaron a cabo una reestructuración para alcanzar la eficiencia productiva respecto a las empresas que conforman la frontera de eficiencia en distribución de energía.

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La Playa es un sector de la ciudad de Bogotá, donde se encuentra la oferta de músicos informales más grande de Colombia: mariachis, tríos de cuerda y grupos vallenatos. En esta investigación, se analiza la migración de músicos vallenatos provenientes del Caribe colombiano a este sector de la capital del país; se examina el trabajo de estos músicos en La Playa; y se revisa el proceso de consolidación del vallenato como música nacional.

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Durante los siglos XX y XXI, la política exterior colombiana ha reflejado ciertas tendencias que han repercutido en la realidad del país de manera favorable y desfavorable. Al ser la política exterior el reflejo de los intereses y necesidades de los ciudadanos de un Estados, es importante conocer cómo es el Carácter Nacional para entender por qué un Estado actúa de cierta manera, y cómo puede mejorar sus estrategias implementadas a nivel exterior. La presente investigación diagnóstica busca, mediante un recuento de la historia de Colombia durante estos dos siglos, vislumbrar los factores que han condicionado el carácter nacional, y por ende, han influenciado la política exterior colombiana. Al hacer un recuento de estos sucesos, se podrá comprender por qué el gobierno colombiano utiliza ciertas estrategias a nivel exterior, para así, recomendar su replanteamiento de tal manera que se adecúen favorablemente al carácter nacional colombiano.

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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscalía hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general