867 resultados para Ley nacional
Resumo:
El interés de este caso de estudio es reflexionar sobre los procesos participativos en la formulación de instrumentos de planeamiento urbano y sus efectos en la gestión de las ciudades, particularmente en el espacio público. Esto se realiza partir de una revisión normativa en el presente y de algunos aspectos históricos de los procesos de “Participación Ciudadana” y del concepto de “Espacio Público” como escenarios propicios para que la ciudadanía aporte en las decisiones de planificación. Además, se plantea una revisión de cómo estos se constituyen en elementos estructurantes de la ciudad que la dotan de identidad, referentes simbólicos y apropiación ciudadana. Para este efecto, se realizó un balance de la estrategia de gestión social y participativa propuesta por el Plan Maestro de Espacio Público de 2005, con el fin de resaltar la importancia de la participación ciudadana en la gestión de los instrumentos de planificación con los que cuenta la ciudad y sus resultados en la gestión de espacio público en Bogotá.
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El presente trabajo se enmarca en el proyecto de investigación “Transformaciones territoriales y problemas ambientales en la zona de los Esteros del Iberá. Aportes hacia una propuesta de ordenamiento ambiental del territorio”, con sede en la FaHCE – UNLP, Argentina. Constituye un avance parcial cuyo objetivo es analizar las principales implicancias territoriales de la Ley Nacional 26.331/07 de “Presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos” a partir de su implementación en Corrientes. En el contexto de la situación actual de los bosques nativos en la Provincia y con especial énfasis en el área de estudio, se identifican y caracterizan los principales actores sociales y procesos involucrados en las transformaciones territoriales. Se consultan documentos constituidos en estudios de base para el ordenamiento territorial propuesto, normativa vigente, periódicos locales y provinciales, y otras fuentes cartográficas y estadísticas. Entre las variables consideradas se destacan las actividades económicas y usos del suelo, distribución de tierras forestales y de bosques, proyectos y propuestas en curso. Se contribuye al debate en torno a la Ley 23.331/07, reconociendo alcances y limitaciones en la implementación provincial a partir del caso analizado y se aporta al conocimiento de la situación actual de conservación de los bosques nativos.
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La significativa expansión de la frontera agropecuaria en el departamento Pomán (Provincia de Catamarca-Argentina), favorecida por la Ley Nacional de Desarrollo Económico (Ley N°22021) generó un complejo proceso colectivo de reestructuración que afecta a la actividad olivícola (con el arraigo y desarrollo de nuevas empresas) y al mercado de trabajo local, reflejado en un importante flujo migratorio de trabajadores transitorios. Desde esta realidad, es que pretendemos analizar, desde un plano micro, el conjunto de circunstancias relacionadas con las condiciones laborales- del lugar de origen y de destino- y las de tipo económico-productivo, social y familiar que movilizan a los migrantes, independientemente de las posibles razones estructurales.De allí la necesidad de generar conocimiento sobre la contingencia laboral que transita este tipo de trabajadores, bajo condiciones de precariedad, inestabilidad y pobreza. Metodológicamente nos basamos en un estudio de caso, con un diseño cualitativo, realizando entrevistas personales a los trabajadores migrantes de la cosecha del olivo (tanto en su ámbito de destino como en el de procedencia) para comprender la perspectiva de los propios actores, sus estrategias de supervivencia, de reclutamiento, ciclos laborales, redes sociales desplegadas y los significados que dan a su acción y a la de los otros.
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La Constitución Nacional reconoce un orden de conducta instituido por Dios y otro instituido por el Estado… el débito legal debe resultar conforme al débito moral. Si así no fuera, cualquier imposición del legislador no sería derecho sino un acto de violencia desnaturalizando el poder que el Estado tiene de reforzar con débito eventualmente coercible obligaciones emergentes de la virtud de la justicia. En este trabajo nos ocuparemos de la relación entre ley moral natural y la ley positiva humana a partir de las consideraciones que Arturo Enrique Sampay2 formula en su obra, La filosofía jurídica del Artículo 19 de la Constitución Nacional3. Sampay desarrolla el tópico principalmente con la inspiración de la doctrina de Tomás de Aquino.
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Transcripción del discurso del Ministro de Educación Nacional, Manuel Lora Tamayo, en el acto de jura y toma de posesión de los cincuenta y cuatro nuevos miembros del Consejo Nacional de Educación el 30 de enero de 1965, sobre la misión del Consejo y las actuaciones futuras que deben realizarse.
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Esta Ley regulaba el que la Administración de las funciones cultural y docente ejercidas por el Ministerio de Educación Nacional, esté integrada por una gestión activa y una colaboración consultiva. La administración activa se dividió en central y local. El Ministerio de Educación Nacional, quedaba constituido por diversos organismos: Subsecretaría, Dirección General de Enseñanza Universitaria, Dirección General de Enseñanza Media, Dirección General de Enseñanzas Profesional y Técnica, Dirección General de Enseñanza Primaria, Dirección General de Bellas Artes y Dirección General de Archivos y Bibliotecas.
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Resumen basado en el de la publicación
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Transcripción del Decreto Ley por el que se estructuraba la Subsecretaría de Educación Popular en el Ministerio de Educación Nacional cuyos objetivos eran los servicios de prensa y propaganda, aspecto fundamental para la formación espiritual y cultural de los ciudadanos, ya que completaban la labor educadora de los organismos docentes.
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Transcripción de la legislación por la que se aprobaba finalmente como Ley el que se creara la Subsecretaría de Educación Popular en el Ministerio de Educación Nacional, cuya misión sería el controlar y gestionar todos los servicios y organismos que se encargaran de materia de Prensa y Propaganda y sus respectivas competencias. El Ministerio de Educación Nacional se encargaría de dictar las disposiciones complementarias. El Ministerio de Hacienda se encargaría de la dotación de servicios de la Subsecretaría a través de la asignación de las partidas presupuestarias pertinentes.
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A través de esta Ley se concedían suplementos de crédito destinados a Educación. Las partidas destinatarias eran: 'gastos diversos', 'auxilios, subvenciones y subsidios', 'Dirección General de Enseñanza Universitaria', 'Universidades' y 'Junta de la Ciudad Universitaria de Madrid'.
Dos nuevas Leyes de Educación Nacional : Ley de Especialidades Médicas y Farmacéuticas : [discurso].
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Transcripción del discurso que pronunció el Rector de la Universidad de Valladolid, D. Enrique Díaz Caneja, a colación de la aprobación en el Pleno de las Cortes Españolas del día 14 de julio, la Ley de Especialidades Médicas y Farmacéuticas. Comenta el respeto a la plena eficacia universal del título de médico, como reconocimiento oficial único que permitirá el ejercicio absoluto de la Medicina. También trata sobre las especialidades médicas que han de estudiarse en la Universidad y en las prácticas en centros médicos y hospitales. Termina su exposición hablando de los centros clínicos no universitarios y los centros que tienen la exclusividad de ofrecer la convalidación de estudios médicos.
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Transcripción del discurso que pronunció el Secretario del Patronato Nacional de Enseñanza Media y Profesional, D. José Navarro Latorre, a colación de la aprobación en el Pleno de las Cortes Españolas del día 14 de julio, la Ley de Formación Profesional e Industrial y en el que trata de los orígenes y proceso histórico de la formación profesional e industrial, del estado de la cuestión de esta formación, del soporte económico que habría que inyectar para fomentar ese tipo de formación y de las ponencias y esfuerzos que la sociedad española debería invertir para el desarrollo de la formación profesional industrial.
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Se presenta el Proyecto de Ley sobre la reforma de la Enseñanza Estatal pública en Francia que el Ministro de Educación Nacional, Jean Berthoin y el Ministro de Hacienda y de Asuntos Económicos de Francia, Pierre Pflimlin, presentaron a la Asamblea Nacional francesa en agosto de 1955 y posteriormente, remitieron a la Comisión de Educación Nacional. El texto se divide en dos grandes partes. Por un lado, la 'Exposición de motivos' y por otra, el texto relativo al 'Proyecto de Ley', propiamente dicho. En la 'Exposición de motivos' se describen los antecedentes históricos. Seguidamente, se hace un examen crítico de la organización que existía en aquel momento. Se propone una nueva organización: la enseñanza obligatoria y la enseñanza no obligatoria que comprende a su vez la enseñanza general, la enseñanza profesional, el bachillerato y la enseñanza superior. Se describen los programas y métodos de estudio a seguir, las características que reuniríad el profesorado y las asignaciones económicas que irían destinadas a estudios. Y por último, se habla de Educación Física y Deportiva y de la educación cultural y el perfeccionamiento profesional. La segunda parte dedicada a la transcripción del 'Proyecto de Ley' propiamente dicho, se divide en cuatro Títulos y 29 artículos en total, divididos y referidos a la Enseñanza Obligatoria, a la Enseñanza General, a la Enseñanza Profesional y a la Enseñanza Superior.
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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO