998 resultados para Estado social de derecho -- Colombia -- 2002-2006
Resumo:
Este trabajo avanza en la identificación de los determinantes del estado de salud distinguiendo su impacto entre el área urbana y rural, y comparándolo entre 1997 y2003 después de la mayor recesión económica que Colombia haya experimentado.
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La Enfermedad de Chagas es una enfermedad parasitaria crónica causada por Tripanosoma Cruzi. Su Prevalencia estimada es de 1.448% y casos nuevos anuales 41.200 en países endémicos. 1 Prevalencia nacional de 35 por cada 1.000 niños menores de 15 años. 2-3 Prevalencia en el Departamento de 0.58% para 2006 en 9 municipios estudiados, cifra menor a la estimación de 1999 de 16.66% en población escolarizada. A partir de 2002 el Instituto Nacional de Salud disponible Benzonidazol un tratamiento para atención de casos que lo requieran. por tal razón, se requiere un diagnóstico serológico para instauración del tratamiento y para evaluación de la respuesta del paciente al mismo.
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Para el desarrollo de las actividades mineras en nuestro país, es imprescindible que los concesionarios cuenten con condiciones que permitan la continuidad de las actividades de exploración y explotación mineras, y con ello que las condiciones jurídicas, a partir del inicio del trámite precontractual y el contrato de concesión sean claras, y se encuentren inmersas en reglas para las partes de la relación contractual, fundamentadas en los principios de seguridad y estabilidad jurídica, como garantía para efectuar la actividad minera proyectada. Dentro del trabajo de investigación se aborda un análisis del sector minero, la problemática para el desarrollo de las actividades mineras, desde la perspectiva de los principios objeto de investigación, para determinar, si el contrato de concesión minero colombiano, como instrumento generador de derechos y obligaciones, brinda condiciones que permitan adelantar el proyecto minero y se alcancen los objetivos señalados por el Estado para el beneficio de la colectividad, y del contratista minero alcanzando los beneficios económicos proyectados.
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El interés de este estudio de caso es estudiar los efectos que produce una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia en la división de poderes con el objetivo de mostrar que por medio del ejercicio de sus funciones la Corte se extralimita y produce efectos negativos desde un punto de vista orgánico puesto que se toma funciones orgánicas de la Rama legislativa. Sin embargo desde un punto de vista funcional estas extralimitaciones pueden verse de una forma positiva. Para esto se estudia la sentencia C-355/2006 puesto que su contenido vinculante permite ver como es afectada la división de poderes desde ambos puntos de vista.
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La del acceso a la tierra y su distribución, ha sido una problemática transversal a la historia de los conflictos sociales en el país. En el caso de los pueblos indígenas, la existencia de todo un marco jurídico nacional e internacional que reconoce sus derechos territoriales, así como de importantes avances que a este punto se han producido en cuanto a titulación de tierras de resguardo en nuestro país, fueron dos factores que invitaron a preguntarnos en este trabajo por las dinámicas que, a pesar de ello, subyacen a un permanente desconocimiento de tales derechos. Con este objeto, en él se caracterizan las disputas que, desarrolladas en el marco del ordenamiento jurídico e institucional de la Constitución Política de 1991, han llevado a la existencia de una contraposición entre el reconocimiento y la eficacia de los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Desde una perspectiva crítica, la mirada propuesta presenta un abordaje a tales disputas que abarca una aproximación a sus antecedentes históricos y posterior configuración a instancias de la expedición de las normas, la formulación de las políticas y el ejercicio del control judicial constitucional, en los años posteriores a 1991. Resultado de tal caracterización, se demuestra de qué manera dichas pugnas, que tienen expresiones normativas, administrativas y judiciales, y a su vez son determinadas por factores sociales, políticos, económicos y culturales, han llevado a la existencia en nuestro país, de una brecha de implementación de tales derechos.
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Con la finalidad de mantener la mirada financiera equivalente entre las partes - lo que responde a la relación entre el derecho y la economía- no en vano la Ley 1150 de 2007 contempló dentro de su articulado el restablecimiento del equilibrio económico y financiero del contrato. Por su parte, el Decreto Nacional 0734 del 13 de abril de 2012 –hoy derogado por el Decreto 1510 de 2013- impuso la obligación a las entidades del Estado de incluir los riesgos previsibles en los estudios previos pero sólo aquellos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que pretenda celebrar la Entidad Pública contratante. Aunado a lo anterior, el Decreto Nacional 1510 del 17 de julio de 2013 también contempla la teoría de los riesgos dentro de su articulado. No obstante lo anterior, la normatividad legal pese a su esfuerzo, no puede regular todas las situaciones, prueba de ello, es que para los contratos de prestación de servicios profesionales la disposición legal en lo que respecta a los riesgos previsibles resulta ser innecesaria por la naturaleza misma de éstos y otras razones que se abordo a fondo. Es así como las actuaciones que se desplieguen en la contratación Estatal deben funcionar sobre una lógica económica, por ello, resulta pertinente investigar sobre la eficacia o no de incorporar los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico en los contratos de prestación de servicios profesionales cuando la ejecución de éstos depende exclusivamente del desarrollo intelectual que corre por cuenta del contratista.
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A partir de la Ley 100 de 1993, el sistema de salud en Colombia ha presentado una serie de trasformaciones que buscan mejorar la prestación de los servicios y lograr cubrimiento de la población no favorecida y excluida del Plan Obligatorio de Salud (POS). Sin embargo, las Empresas sociales del Estado (ESE), en aras de dar cumplimiento a las disposiciones y normatividades que exige la ley, funcionan y prestan sus servicios acorde con los objetivos corporativos planteados por ellas mismas, a pesar de tener una gran cartera por parte de las Entidades Promotoras de Salud (EPS). El propósito de esta investigación es evaluar el impacto financiero en una muestra de cuatro hospitales públicos de Cundinamarca (las ESE San Rafael de Facatativá, Fusagasugá, Cáqueza, y el Salvador de Ubaté), luego de la aplicación del Acuerdo 032 del 2012 de la Comisión de Regulación en Salud (CRES). Se seleccionaron cuatro hospitales públicos de mediana complejidad de Cundinamarca, por ser uno de los departamentos más representativos en hospitales de este tipo. Se encontró una mayor convergencia en términos de estructura administrativa y financiera, lo que hace posible que la información obtenida sea comparable y útil para la medición en términos de presupuesto y liquidez. El incremento de la cartera y la disminución de la rotación de la misma, con la afectación respectiva de la liquidez y la rentabilidad, dificultan el logro de las instituciones como lo son la sostenibilidad y perdurabilidad. El cambio del pagador después de la aplicación de la norma incidió directamente en lo anterior; igualmente, traspasar la población no cubierta al régimen subsidiado eliminó el desembolso por parte de la Secretaría de Salud y lo trasladó a las EPS subsidiados, afectando directamente los tiempos de rotación de cartera como se documenta en el análisis.
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Se precisa el régimen de contratación al que el Estado se sujeta al crear o autorizar la creación de un establecimiento de crédito de orden nacional. Para ello, se analizan la normatividad que los regula y algunos de sus manuales de contratación.
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Objetivo: Caracterizar los sectores económicos con mayor susceptibilidad de exposición a agentes químicos carcinógenos, categorizados en el grupo 1 por la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer IARC (formaldehído, polvo de madera, benceno y sílice cristalina) afiliadas a una Administradora de riesgos Laborales (ARL) en Colombia entre el periodo 2011 a 2014. Método: Estudio de tipo descriptivo retrospectivo con datos históricos obtenidos desde 2011 hasta 2014. De acuerdo con el número de mediciones que se realizó en cada área y cargo de las empresas objeto de estudio, se utilizó la medición basal para determinar el estado inicial y evaluar de manera concurrente la exposición de estos cuatro agentes químicos. Resultados: En total se obtuvieron 201 mediciones de higiene industrial para cuatro agentes químicos carcinógenos. Los resultados mostraron que índice de riesgo de la exposición a agentes químicos carcinógenos en diferentes empresas, se encuentra en algunos casos en niveles altos o críticos dado que superar los valores máximos permisibles definidos por la Conferencia Americana de Higienistas Industriales de Gobierno (ACGIH). Conclusión: Los trabajadores de diferentes empresas en Colombia están expuestas a diferentes tipos de concentraciones por agentes químicos cancerígenos. Las concentraciones ambientales obtenidas en el ambiente laboral en algunos casos excedieron las concentraciones máximas permitidas, por lo que se recomienda que las empresas e instituciones del país fortalezcan las medidas de prevención, vigilancia y control para minimizar los riegos a que pueden estar expuestos sus trabajadores.
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En la presente investigación se estudió la organización administrativa y territorial de la República Bolivariana de Venezuela, para poder identificar si se podían definir y catalogar a Venezuela como un Estado federal como manda su Constitución, o si por el contrario, podríamos estar hablando de una organización distinta llámese autonómica o unitaria, o simplemente un modelo federal diferente al dual influenciado por las diferentes formas de organización.
Derechos humanos de la población desplazada en Colombia. Evaluación de sus mecanismos de protección.
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El desplazamiento forzado es uno de los fenómenos más dolorosos y críticos de la historia reciente a nivel mundial e interno. En respuesta a estas circunstancias han emanado de la comunidad internacional y de los Estados afectados diversas normativas y sistemas de atención, todavía en construcción, que pretenden dar respuesta efectiva a las adversas circunstancias de la población que es víctima de este flagelo. El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.
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El ejercicio de gobierno de Álvaro Uribe Vélez durante su primer período presidencial legó importantes cambios al sistema político colombiano. El activo uso que el Presidente dio a los recursos que tiene a su alcance, ha llevado consecuentemente a la transformación de las relaciones entre el Estado y la sociedad. Esta tesis busca, en primer término, describir el contexto político colombiano que permitió el surgimiento de un personaje con las características de Álvaro Uribe. Segundo, exponer las formas que el Presidente ha usado en su gobierno para relacionarse con diferentes instancias de la sociedad y, finalmente, analizar el ejercicio de gobierno de Álvaro Uribe como una forma de innovación política en Colombia.
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O objetivo do trabalho é propor um estudo sobre a relação do Programa Nacional de Crédito Fundiário - PNCF, no estado do Rio Grande do Norte, e sua concentração fundiária. Ou seja, se o PNCF está sendo direcionado, para as microrregiões que apresentam maior índice de concentração, de acordo com o índice de Gini, e se as áreas adquiridas através do crédito fundiário estão emergindo nestas microrregiões. Para isto, o estudo levantou a hipótese de que o PNCF no estado do Rio Grande do Norte não está sendo conduzida, de modo a reduzir a concentração fundiária, dentre as microrregiões do estado. Ou seja, não existe correlação entre o índice de Gini, da concentração fundiária, e as áreas adquiridas através do programa. Além disso, o trabalho buscou realizar uma discussão da literatura sobre os programas de reforma agrária assistida pelo mercado. Apresentando os autores que são exaltadores do modelo e das suas potencialidades, atrelando as causas dos problemas levantados como sendo de ordem técnica e operacional, onde os principais autores desta linha são: Van Zyl, Kirsten & Binswanger, (1996), Deininger & Binswanger, (1999). Têm-se também a apresentação da posição dos autores adeptos as políticas fundiárias pautadas na dinâmica e liberação dos mercados de terras, mas que visam contribuir com estudos que permitam uma redução para o custo elevado e a sua incapacidade de abarcar a esfera social, em decorrência do pagamento á vista e a preço de mercado aos donos das terras, são eles: De Janvry & Sadoulet (2002), Gordillo (2002), Banerjee (1999), Jaramillo (1998) e Burki & Perry (1997). Todavia, apresentou-se a corrente de autores que ressalta a natureza socialmente agressiva da Reforma Agrária Assistida pelo Mercado (RAAM), sendo os seus principais contribuidores: El-Ghonemy (2001); Barros, Schwartzman & Sauer (2003); Borras Jr. (2006, 2003 e 2003a); Garoz et al. (2005); Sauer & Pereira (2006); Pereira (2005, 2006 e 2010); Sauer (2010); Lahiff, Borras Jr. & Kay (2007). Em sequência, o trabalho apresentou a transição e características dos programas de acesso à terra, no Brasil, a partir da década de 1990, bem como, alguns indicadores do PNCF, no Brasil e o estado do Rio Grande do Norte. Apresentou-se também os indicadores da concentração fundiária, no Brasil e no estado. Através dos dados do Censo Agropecuário de 2006 foi possível calcular o índice de Gini da distribuição fundiária nas microrregiões no estado do Rio Grande do Norte. Com os dados fornecidos pela Secretaria de Estado de Assuntos Fundiários e de Apoio à Reforma Agrária - SEARA mostrou-se a distribuição das linhas de crédito do PNCF e as áreas adquiridas, entre os anos de 2006 e 2012. Por fim, o valor do coeficiente de correlação simples (r) igual a (0,2865), que com base no teste bilateral da distribuição de t de Student chegou-se no resultado para T calculado no valor de (1,2333), que ao ser comparado com o valor de T crítico igual a (2,898), com 17 graus de liberdade, a um nível de significância de 1%, pode aceitar a hipótese de partida, ou seja, que o PNCF não estava sendo direcionado para diminuir a concentração fundiária no estado
Resumo:
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