954 resultados para DERECHO A LA EDUCACIÓN
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Buscar soluciones y ver cómo ha ido evolucionando la emancipación de la mujer, apoyándose en los derechos del hombre los cuales son intransferibles e irrevocables. Pues, el derecho de la mujer a la educación, sólo ha sido reconocido con gran retraso tropezando con serios obtáculos. El centro de interés de este trabajo se cifra en el estudio de la educación de la mujer en la Nueva Ley General de Educación. Toda mujer que ha regido nuestro sistema educativo ha respondido a la quema de la ley Moyano. Toda mujer tiene derecho a recibir una educación general básica e igual oportunidad para el acceso a los estudios posteriores en función de su capacidad y vocación. La educación actual aspira a adaptar al sector femenino, en la sociedad del futuro educando mujeres capaces de desenvolverse adecuadamante en ella. A los tres años de vigencia de la Nueva Ley General de Educación no puede formularse aún juicio-crítico sobre su validez y fecundidad.
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Analizar el contexto político, económico y social de la sociedad en el periodo destacado. Fuentes orales y escritas desde 1975 hasta 1982. Establecimiento de hipótesis de trabajo. Recogida de fuentes primarias y secundarias. Análisis cuantitativo y cualitativo. Redacción del trabajo. Realización de las conclusiones. Método histórico. Toda acción política debe ser eficaz a la hora de legislar sobre el contexto para el que se crea. El proceso de transición en materia escolar posee matices pertenecientes al régimen anterior. La Transición presenta numerosas sombras relativas a distintos aspectos del debate y tramitación parlamentaria. Durante la Transición se registran episodios en los que los alumnos no pueden ejercer su derecho a la educación al establecerse en algunas universidades restricciones para el ingreso en las mismas. El proceso de transición, en lo relativo a la educación y circunscrito fundamentalmente al ámbito del debate parlamentario, no puede ser considerado como un proceso modélico, paradigmático y ejemplar.
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Demostrar que la educación religiosa del deficiente mental es una necesidad imperiosa y que su falta constituye una grave mutilación educativa, porque la educación debe ayudar a madurar al ser humano en toda su integridad física, psicológica y espiritual. Expone unas nociones básicas sobre la deficiencia mental y unos aspectos generales de la religiosidad, para después estudiar la religiosidad de los deficientes mentales y demostrar su importancia mediante una programación general de educación religiosa para deficientes mentales. 1) El deficiente mental tiene derecho a la educación, a ser educado en todos los aspectos de su humanidad, y como consecuencia directa, el adulto debe ayudarle en su maduración religiosa. 2)El deficiente es capaz de vivir religiosamente pese a su dificultad mental y los instrumentos esenciales en esta vivencia son su potencialidad intuitiva y su capacidad simbólica. 3) La educación religiosa puede producirle, tanto a él como a los que le rodean, beneficios y alegrías que muy difícilmente podría lograr por otros medios. El abandono religioso del oligofrénico produce efectos negativos en su vida moral y de relación. 1) La consecución de una actitud religiosa es el fin básico que debe perseguirse con el oligofrénico, no es fácil conseguirlo, pero tampoco lo es con el sujeto mentalmente normal. 2) La preparación y programación de la catequesis de deficientes exige, por parte del educador, un estudio y una ordenación bastante meticulosa. siempre han de estar bien claros los objetivos, actividades y demás elementos. 3) La metodología para alcanzar los objetivos religiosos debe basarse principalmente en la capacidad intuitiva y simbólica del deficiente, que debe ser aprovechada al máximo, se deben fomentar todos los medios que favorezcan su expresión y comunicación.
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Exponer, desde el punto de vista legislativo, la situación educativa de la mujer desde el siglo XIX hasta la Ley General de Educación de 1970. Explica el contexto histórico del siglo XIX, examina los precedentes legales de la Ley Moyano y dicha ley, estudia la escuela normal de maestras, los esfuerzos en favor de la instrucción de la mujer en la segunda mitad del siglo XIX, el derecho de la mujer a la educación y nueva Ley General de Educación. 1) La mujer en el siglo XIX tenía como única función ser madre o mujer de su casa. Pero este ideal del siglo XIX se ha ido superando poco a poco. La mujer ha salvado grandes dificultades que la han colocado en una posición más óptima, aunque todavía no ha alcanzado completamente iguales posibilidades que el hombre. 2) La condición de la mujer ha mejorado considerablemente en los últimos años. Es necesario hacer realidad, una política de educación, que ofrezca las mismas oportunidades a las mujeres y a los hombres, esto exige una renovación de la sociedad y que se tengan en cuenta las particularidades de la condición femenina. 3) La educación es una necesidad permanente, tanto para las mujeres como para los hombres. Pues la educación de la mujer constituye un factor de progreso de la comunidad humana. 4) La mujer debe educarse para aprender a vivir, aprender a pensar de forma libre y crítica, aprender a amar al mundo y a hacerlo más humano, aprender a realizarse en y mediante el trabajo creador. Hasta el siglo XVIII las posibilidades educativas de la mujer habían sido nulas. En el siglo XIX se comenzó a percibir un horizonte de nuevas posibilidades, que le habían sido cerradas durante siglos. Sobre todo a partir de la segunda mitad del siglo, debido al impulso dado por iniciativa privada, principalmente por Fernando de Castro, la educación de la mujer vio nuevos caminos y se trabajó por superar la situación en que se encontraba. Hoy estos esfuerzos nos pueden parecer pobrísimos, pero si tenemos en cuenta la época fueron muy importantes y constituyeron el comienzo de un nuevo horizonte para la mujer. Si tenemos en cuenta las circunstancias económicas, sociales, políticas de la época llegamos a la conclusión de que los resultados obtenidos no fueron ni mucho menos estériles, habiendo servido de base para una serie de reformas posteriores que intentaban colocar a la mujer en su sitio, el que le corresponde dentro de la sociedad.
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Ofrecer información a los profesionales interesados en la educación de los débiles mentales acerca de cómo desarrollar en ellos las condiciones psicomotrices y perceptivomotrices necesarias . Estudia las características propias del débil mental así como del desarrollo psicomotor óptimo para su mejora. Este trabajo se divide en cinco capítulos. El primero trata de las características del débil mental, para dar una visión general de lo que se entiende por tal. En el segundo se habla de la educación psicomotriz, como una forma de educar al ser partiendo de las realidad de su propio cuerpo. El tercer capítulo hace un resumen del desarrollo psicomotor, de acuerdo con la psicología evolutiva, haciendo breves comparaciones entre los débiles mentales y los sujetos normales, en aquellos puntos que sean significativos. El capítulo cuarto trata de la educación psicomotriz, propiamente dicha, en los débiles mentales. Se presentan unos cuantos ejercicios prácticos, que no pretenden ser exclusivos, ya que el maestro se tiene que amoldar a las exigencias específicas de cada niño. Por último, el capítulo quinto, está dedicado a la planificación de una sesión de psicomotricidad. 1) El sujeto débil mental es un ser humano y como tal tiene derecho a la educación, y no a una educación cualquiera, sino a aquella que pueda desarrollar mejor su persona. 2) En los sujetos débiles mentales su educación debe ser sensoriomotriz, sólo así se podrá perfeccionar su inteligencia, en la medida de los posible. De la captación de sensaciones, pasan a la percepción y de ahí a la concienciación, aunque nunca llegaran a alcanzar la abstracción. 3) Es necesario que las actividades propuestas correspondan a las necesidades e intereses del niño técnicamente diagnosticado. A través del juego se puede reconstruir su mundo, puesto que para el niño pequeño todo es juego y actividad. 4) No podemos decir que la educación psicomotriz es igual a la educación física, pero tampoco es totalmente contraria. El fin de la educación física está en función del cuerpo, mientras que la educación psicomotriz va a través de los ejercicios corporales al desarrollo de capacidades tanto intelectuales, como físicas, afectivas...Se le puede considerar una educación total. 5) La educación psicomotriz supone un rechazo a la dualidad psique-soma, puesto que somos una unidad, nuestro cuerpo afecta a nuestra alma y viceversa. Si no fuera así, todo nuestro planteamiento se derrumbaría, ya que entonces las sensaciones serían algo aislado de las percepciones, estas no tendrían que ver con la memoria, y el conocimiento se realizaría de manera distinta. 6) Tenemos que tener muy presente que a un niño sólo se le puede exigir lo que nos puede dar, no debemos crearnos falsas esperanzas, porque lo único que conseguiremos serán frustraciones. 7) La imagen que tienen los débiles mentales de sí mismos es muy precaria, por esta razón, de lo que se tratará es de que estos niños lleguen a conocer su propio cuerpo. 8) Debemos ser entusiastas, ya que tenemos medios para mejorar la conducta de estos niños. Hay que conocer a cada niño en particular para ver sus posibilidades, así conseguiremos resultados positivos.
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Demostrar que el tan sabido tópico de la 'igualdad de oportunidades' es una mixtificación. 26.083 alumnos de la provincia de Badajoz pertenecientes a octavo de EGB durante los cursos 1975/1979. Analiza el alumnado de octavo de EGB de la provincia de Badajoz, por ser un curso decisivo con el que finaliza la enseñanza obligatoria, y da paso a opciones tales como la continuación de estudios en BUP o Formación Profesional, o al abandono de los mismos. Divide el trabajo en cuatro capítulos. En el primero se centra en las características de la provincia de Badajoz. El segundo capítulo está dedicado al estudio de las teorías acerca de la igualdad de oportunidades. En el capítulo tercero explica la hipótesis de trabajo, el método elegido, la descripción de la muestra y las variables controladas. El capítulo cuarto se centra en el análisis de los datos recogidos y su comentario. Para finalizar el trabajo expone una serie de conclusiones referentes a las múltiples comarcas extremeñas, a los tipos de centros analizados, la igualdad de los resultados académicos y la evolución de las oportunidades educativas. Estudio descriptivo. Metodología seguida: 1) Obtención de los resultados académicos de los alumnos de octavo de EGB en cada centro escolar de la provincia y en los cuatro cursos presentados. 2) Agrupación y ordenación de los datos de cada año según comarcas. 3) Agrupación y ordenación de los datos de cada año según el tipo de centro. Variables independientes: La comarca y el tipo de Centros. Variable dependiente: resultados académicos del alumnado de octavo de EGB. 1) El problema de la 'igualdad de oportunidades' dentro de la escuela se hace acuciante en el proceso de democratización social, dada la estrecha relación existente entre ambos sistemas (educativo y social). 2) Las comarcas que gozan de un nivel económico más alto se ven favorecidas con mayor número de alumnos en octavo de EGB, lo que hace suponer un aumento de centros educativos y por tanto más facilidades de acceso a los mismos. 3) Los centros menos favorecidos están ubicados en zonas pobres, como es el caso de las mixtas y unitarias. Los que gozan de mejoras educativas se encuentran en zonas más desarrolladas, como los centros privados de la Iglesia. 4) Según la categoría de los centros, las condiciones educativas junto con los resultados serán más o menos favorables. Ante esto, la igualdad de oportunidades en la provincia de Badajoz aparece como mera ilusión. 5) Los graduados escolares obtenidos durante los cursos 1975-76 hasta 1978-79 oscilan entre un 75 y un 90 por cien en las distintas comarcas y tipos de centros. 6) Los centros de la privada de la Iglesia cuentan con un alumnado perteneciente a la clase alta y con un nivel cultural alto, las aspiraciones de las mismas tienden a la educación secundaria, por lo que la obtención del graduado será más frecuente desde el momento en que la obtención de graduados escolares resultan de manera tan selectiva y los porcentajes tan bajos, no podemos hablar de igualdad de oportunidades existentes en la provincia. 7) La evolución que han seguido los resultados académicos ha sido casi imperceptible, siendo, en algunos casos, descendiente. Esto hace pensar que la educación se encuentra paralizada en cuanto a mejoras se refiere y que existe un total desinterés por superar las causas impiden que se lleve a cabo una enseñanza igualitaria y lo más eficaz posible. 8) Se hace necesaria una revisión del sistema educativo de la provincia, adaptando la educación a las necesidades de cada zona y facilitando a todos el ejercicio del derecho a la educación.
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Se intenta analizar el concierto escolar establecido por la Ley Orgánica del derecho a la Educación en 1985 y de manera primordial concluir acerca de la idoneidad de este instrumento jurídico empleado por el legislador. El estudio analiza la legislación educativa vigente en España en lo concerniente a la relación Administración Educativa-centros privados de enseñanza: contenido, aportación financiera. Para ver la idoneidad del concierto escolar, instrumento jurídico empleado por el legislador, se consideran las siguientes variables: contenido esencial de las libertades, principalmente la libertad de elección del tipo de enseñanza, derecho a la educación garantizada en la Constitución, obligatoriedad de la enseñanza, todo ello siguiendo un método analítico en un marco legislativo. Bibliografía, Constitución Española, Estatuto de Autonomía,disposiciones legales de distinto rango, jurisprudencia del Trubunal Constitucional. El derecho de la educación es ante todo y primariamente un derecho de libertad. A los poderes públicos corresponde garantizar la efectividad del derecho a la educación: programación, homologación, inspección, colaboración financiera y prestación directa de la enseñanza a falta de iniciativa social suficiente. La enseñanza es un servicio público en sentido objetivo, objeto de eventuales intervenciones públicas. La escolaridad obligatoria es un derecho irrenunciable por al mismo tiempo un deber, igualmente es un derecho el elegir centro de enseñanza distinto de los públicos, el elegir la formación religiosa o moral. El concierto escolar es el cauce jurídico que ha establecido la LODE para garantizar el derecho a elegir centro distinto de los públicos en condiciones de gratuidad, particularmente para los niveles obligatorios. No es un contrato de gestión de servicios porque su objeto consiste en la financiación de la enseñanza privada, y no en la prestación privada de la enseñanza pública, la LODE fue una Ley conservadora en cuanto aspiró a mantener la financiación de los centros ya financiados. En España no existe por el momento, un cauce adecuado para satisfacer con plenitud el derecho a la gratuidad de la educación obligatoria en libertad.
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Resumen tomado de la revista
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La progresiva expansión de la actividad políticas en todos los sectores de la vida social es un hecho. El sector educativo no es una excepción. Después de realizar unas precisiones terminológicas sobre el término 'política educativa', analiza: el ordenamiento jurídico de la educación; la constitucionalización de la educación como derecho fundamental y la prospectiva de la constitucionalización del derecho de todos a la educación..
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Conclusiones de trabajo redactadas y aprobadas por la totalidad de participantes en el Foro Mundial de Educación (Brasil, 2001). Es un texto provisional que se encuentra en proceso de revisión y en el que las organizaciones participantes pueden introducir enmiendas y correcciones. Consensúa diversas alternativas a la globalización neoliberal excluyente..
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Resumen basado en el de la publicación
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El artículo 26 de la Declaración de Derechos Humanos regula el derecho a la educación. De igual forma, el derecho a la educación se recoge en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Constitución Española y el Programa Mundial de Naciones Unidas para la Educación en Derechos Humanos. Existe un acuerdo sobre la importancia de la educación que representa una herramienta fundamental para el desarrollo de la personalidad humana. Los objetivos de Amnistía Internacional son asegurar la formación de los profesionales de la educación en materia de educación en derechos humanos; promover que se contemple la educación en derechos humanos para todas las etapas del sistema educativo; y promulgar leyes de protección al menor y de erradicación de la violencia contra la mujer. Además, la elaboración de material didáctico dirigido a la educación formal, a la educación no formal y a la educación de personas adultas, es otra de las tareas de Amnistía Internacional. Se elaboran unidades didácticas sobre derechos humanos que implican a todos los colectivos y sectores sociales sin diferencia de edad; y se llega al convencimiento de que los derechos humanos no están sólo en manos de los gobiernos.