933 resultados para Chávez, Ezequiel Adeodato, 1868-1946. Síntesis de los principios de moral


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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado a la promoción de la identidad en los niños

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Monográfico con el título: 'Un Consejo más amplio y plural'. Resumen basado en el de la publicación

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El contenido de protección dispuesto, tanto en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, como en el Protocolo de 1967, deja a los países partes, la obligación de adoptar las medidas que sean necesarias para la implementación y garantía del goce y ejercicio del derecho, dentro de cada una de sus jurisdicciones, de conformidad con su ordenamiento jurídico interno, lo que implica la promulgación de leyes o reglamentos, la creación del (los) órgano (s) administrativos competentes para recibir, estudiar y decidir las solicitudes de reconocimiento del estatuto y el respeto al ejercicio de recursos tanto administrativos, como jurisdiccionales en protección del derecho. En este sentido, el ordenamiento jurídico venezolano, consagró en su Constitución nacional el derecho al refugio o asilo en su artículo 69 y estableció mediante la Promulgación de la Ley Orgánica sobre refugio y asilo los mecanismos estatales para dar aplicación a sus contenidos, mediante la creación, de la instancia administrativa competente para decidir las solicitudes de reconocimiento del estatuto de refugiado (a), denominada “Comisión Nacional para los Refugiados”, así como, el procedimiento para la determinación de la condición de refugiado (a).

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El presente trabajo investigativo, está orientado al estudio de la evolución del principio de legalidad y el principio de reserva de ley tributario, dentro del constitucionalismo ecuatoriano, para lo cual me he apoyado en las diecinueve Constituciones del Ecuador, que van desde el año de 1830 hasta la vigente, 2008. Antes de iniciar el estudio sobre la evolución de estos dos principios de legalidad y de reserva de ley, se ha creído conveniente definirlos para determinar diferencias y similitudes entre ellos, tomando en cuenta que muchos doctrinarios han establecido que al hablar sobre el principio de legalidad y de reserva de ley no existe diferencia alguna. También se ha realizado el estudio concerniente a la evolución del principio de legalidad tributario y el de reserva de ley (1830-1979), no se ha visto la necesidad de hacerlo de Constitución en Constitución, porque sus disposiciones eran exactamente iguales, sino se ha elaborado en base a los cambios significativos que tuvieron las constituciones sobre el contenido de los principios. Además, se ha efectuado un cuadro de todas las constituciones del Ecuador con los puntos que a mi criterio son los más importantes sobre el régimen tributario; y particularmente sobre los referidos principios. Para terminar, se ha resaltado las diferencias existentes entre la Constitución de 1998 con la de 2008, en cuanto a los principios de legalidad y de reserva de ley.

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El objetivo principal de este trabajo investigativo se centra en explicar cómo los principios de subsidiariedad y proporcionalidad aparecen en el ámbito comunitario europeo. Con este fin trataremos la naturaleza jurídica de estos principios, sus antecedentes histórico-filosóficos y jurídicos, y acompañaremos la teoría con algunos ejemplos que permitan apreciar de qué manera se desempeñan estos principios en la práctica comunitaria. En el presente trabajo analizaremos la cuestión del reparto y regulación del ejercicio de competencias entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros y el papel determinante que el principio de subsidiariedad está llamado a desempeñar en este aspecto. Asimismo, indagaremos acerca de los órganos políticos y jurisdiccionales a quienes se les encomienda velar por su correcta aplicación. Sobre la base de los elementos teóricos y el modelo práctico de funcionamiento del principio de subsidiariedad en la Comunidad Europea, a través de la presente investigación se propondrá las bases de un esquema de subsidiariedad en la Comunidad Andina, en calidad de una nueva norma básica jurídicamente vinculante y a través de la cual por primera vez en la Comunidad Andina, exista una delimitación clara de los tipos de acciones que pueden llevarse a cabo dentro de las competencias compartidas entre la Comunidad Andina y sus Países Miembros.

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Si bien los redactores de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no establecieron de manera expresa los métodos para adelantar la operación hermenéutica de este instrumento, sí previeron algunos principios que, en líneas generales, configuran un “sistema autónomo de interpretación” –acorde con las exigencias de su naturaleza internacional–, que se traduce en una operación de lógica jurídica que tiene por objeto determinar el alcance y sentido de los términos utilizados por la Convención y de los contratos que suscriban las partes. Este trabajo procura examinar el carácter internacional de la Convención, la necesidad de promover la uniformidad en su aplicación, y la de asegurar la observancia de la buena fe en el comercio internacional. En la segunda parte se analizan los criterios previstos en la Convención para la interpretación específica de las declaraciones y los actos realizados por las partes.

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Si consideramos que el objetivo primordial del nuevo Sistema Nacional de Contratación Pública, según lo determina la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, es generar un cambio en la contratación aplicando entre otros los principios de transparencia y publicidad, adquiriendo bienes y servicios de mejor calidad, a menor precio y en el menor tiempo, fomentando la demanda interna de bienes y servicios para diversificar la producción nacional, impulsando la economía local, la libre ciencia, vigencia tecnológica, descentralización, desconcentración y simplificación administrativa, es importante analizar que incidencia tienen estos principios, particularmente en los procesos de licitación, puesto que éstos son los procesos de contratación que representan mayor inversión de fondos del Estado. Dentro de este contexto, los principios de transparencia y publicidad se constituyen en medios para proteger la integridad de las actuaciones de la Administración Pública, es decir, su aplicación se traduce en mecanismos para cumplir con los valores y bases de toda democracia y para evitar la temida corrupción. Por lo que, en el presente trabajo se ha realizado un análisis de la injerencia de estos principios de transparencia y publicidad en los procesos licitatorios, partiendo de un análisis histórico de las normas de contratación pública en el Ecuador, para posteriormente realizar un estudio comparativo con la ley vigente.

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El objetivo central de este trabajo es analizar la relación existente entre los principios de la contratación pública y el procedimiento dinámico de la Subasta Inversa tipificada en la nueva Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. En el primer capítulo se desarrollan conceptualmente, y con un ligero análisis de su vinculación con la Subasta Inversa, a los principios de la contratación pública, para culminar refiriéndonos al contrato administrativo, que debe suscribirse al concluir con la adquisición de bienes o servicios. En el segundo capítulo nos adentramos ya a lo que es la Subasta Inversa como tal, explicando sus antecedentes, base legal, así como las ventajes y desventajas que encontramos al aplicar este procedimiento contractual; lo cual está directamente vinculado con lo que se analiza en el capítulo tercero en donde se estudian las clases de Subasta Inversa que prevé la nueva Ley de Contratación Pública. Culminamos este trabajo, haciendo un análisis crítico sobre la relación que existe entre los principios de la contratación pública y el procedimiento de la Subasta Inversa, lo cual tiene como propósito final, el de definir finalmente si los principios analizados y estudiados se presentan o son aplicables durante el desarrollo de este procedimiento precontractual, como es la Subasta Inversa.

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El objetivo principal de la presente investigación es conocer la transformación que el impuesto de patente ha sufrido desde el momento de su creación hasta nuestros días, y en ese sentido, evidenciar su evolución histórica en relación con los principios de capacidad contributiva y de legalidad. Para lograr este objetivo, hemos dividido la investigación en tres capítulos. El primero, referente a los aspectos generales del impuesto que devela sus elementos esenciales como el hecho generador, sujetos, la cuantificación relacionada con la base imponible y la tarifa, las exenciones, deducciones y el período de causación. El segundo capítulo trata específicamente de un análisis de los principios de legalidad y capacidad contributiva en base al desarrollo normativo experimentado en este impuesto; para lo cual hemos visto conveniente de entrada, aludir dichos principios en un plano conceptual, para de allí evidenciar su desarrollo en el marco normativo aplicable en la esfera municipal. En el tercer capítulo nos adentramos en la historia y buscamos conocer el origen y evolución del impuesto de patente en el Ecuador con breves antecedentes también en los tiempos anteriores a la república. En ese ejercicio investigativo, auscultamos las fuentes normativas de este impuesto que se han venido generando, y procedemos a analizar cada una de las Leyes de Régimen Municipal a partir del año de 1966 hasta el actual Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización –COOTAD-, estableciendo los avances y retrocesos respecto a las regulaciones de este impuesto.

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Con este trabajo realizamos una aproximación al deber de pagar tributos y a los principios constitucionales de legalidad y de reserva de ley aplicables al campo tributario, destacando su naturaleza y rol en orden al logro de un equilibrio entre las necesidades del Estado y el reconocimiento de los derechos y garantías de los contribuyentes. También planteamos algunas tensiones que ocurren entre los referidos prolegómenos y cuestiones propias de la fiscalidad internacional.

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Los procesos de cambio que propiciaron la adopción del dólar como moneda única en el Ecuador, si bien fueron devastadores en la economía, dieron la oportunidad de establecer nuevas políticas a través de las cuales se logró la apertura de la economía nacional a lo que se denomina “globalización”, rigiéndose por el libre mercado, lo que obligar a revisar y modificar las legislaciones de los países que forman parte de esta libre economía y comercio para enmarcarlas dentro de los lineamientos actuales y evitar conflictos normativos y económicos al momento de realizar las transacciones. En el Ecuador la adopción del dólar significó la pérdida en la toma de decisiones de tipo monetario, sin embargo, no quedaron rezagadas las relaciones comerciales a nivel mundial, y se tomaron medidas para fortalecer el Servicio de Rentas Internas (SRI), mejorando las políticas y sistemas para evitar la evasión fiscal.

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Este trabajo de investigación, versa sobre los principios generales del procedimiento administrativo, dado que en la actualidad estimo que no existe una normativa común que establezca los principios generales del procedimiento administrativo, lo cual a todas luces evidencia una falta de organización en cuanto al manejo del aludido tópico y sobre todo el lamentable rezago en que actualmente se encuentra el Derecho Administrativo en el Ecuador. La falta de uniformidad de los principios generales del procedimiento administrativo en el sistema jurídico ecuatoriano, configura un verdadero conflicto que puede lesionar los derechos de los administrados, produciéndoles indefensión, al existir normas dispersas e incluso anquilosadas que no están a tono con el Estado constitucional de derechos, de igual manera, la situación descrita genera confusión en las mismas autoridades y/o funcionarios que forman parte de la Administración Pública. Por consiguiente hago presente que no existe unificación de principios, circunstancia que pretendo demostrar a lo largo de esta investigación y a la vez he podido concluir que independientemente del ámbito jurídico, los principios jurídicos son comunes dentro de un procedimiento administrativo, verbi gratia, la juridicidad, el debido proceso, la confianza legítima deben ser las directrices a través de las cuales se guíe la autoridad para poder adoptar una resolución correcta y adecuada, máxime cuando el procedimiento administrativo tiene doble función por un lado es una garantía para el administrado y por otro permite a la Administración Pública emitir decisiones adecuadas, correctas y sujetas al ordenamiento jurídico vigente, particularmente a la Constitución que goza del principio de fuerza normativa y por tanto en el procedimiento administrativo, primigeniamente debería respetarse el principio de juridicidad.

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El Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, AGCS, negociado en la Ronda de Uruguay, constituye en el primer acopio de normas internacionales en materia de comercio internacional de servicios, sector que evidencia un crecimiento acelerado en respuesta al rápido crecimiento de la economía mundial, producto de la evolución de las comunicaciones. Con el presente trabajo de investigación se pretende conocer la problemática jurídica que surge en torno a los principales principios que rigen el sistema multilateral de comercio, en el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, es decir, como se desarrollan los principios de no discriminación, trato nacional, nación más favorecida y transparencia, tomando en consideración y a manera de ejemplo, el caso particular de nuestro país, de tal suerte que logremos visualizar dentro de un contexto global el AGCS. De esta forma, en el capítulo I, se aborda en términos generales el Acuerdo General del Comercio de Servicios. En el capítulo II, se analizará, el principio de no discriminación, y los principios de nación más favorecida y trato nacional, a la luz del AGCS, para concluir con el análisis de casos examinados por el Órgano de Apelación, tratando de determinar la problemática jurídica que emerge de los referidos principios en el marco de las relaciones económicas internacionales. En el capítulo III, se estudia el principio de transparencia, otro de los principios base del sistema multilateral, en el cual se explica su contenido y formas de expresión, en el marco del AGCS, detallando cada una de las obligaciones que devienen para los Estados miembros de su aplicación.

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Realiza una revisión y análisis de las nueve reformas efectuadas al sistema tributario ecuatoriano a partir de la promulgación de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, publicada en Registro Oficial No. 242 del 29 de diciembre de 2007 hasta la publicación en el Registro Oficial Nº 583 del 24 de noviembre del 2011 de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado. La promulgación de cualquier reforma legal, especialmente las de carácter tributario, genera un gran interés en las partes involucradas, debido a la incidencia que éstas pueden representar en sus actividades; los contribuyentes buscan conocer el texto de las reformas y familiarizarse con el mismo a fin de evitar los riesgos del desconocimiento e incumplimiento de sus nuevas responsabilidades tributarias. La revisión de las reformas está en función de los cambios introducidos en los aspectos relacionados con los impuestos indirectos de recaudación nacional más representativos como son el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a los Consumos Especiales; su incidencia recaudatoria comparándola con periodos anteriores y posteriores a la adopción de las nuevas normas; y, el apego de la nueva normativa a los Principios Tributarios Constitucionales. El pagar los impuestos es nuestra contribución real a la economía del país, es un deber legal y moral que le permite al Estado cumplir con sus responsabilidades que van en beneficio de todos los ciudadanos; aunque en ciertas ocasiones el pago de impuestos puede ocasionar malestar es deber de todos formarnos en cultura tributaria, para de esta manera asegurar y mantener la estabilidad económica del Estado