999 resultados para CORTE DE JUSTICIA DEL MERCOSUR
Resumo:
El pasado 16 de marzo de 2011, la Corte Suprema de Justicia se ocupó de un caso donde se califica a un Juez con el delito de falsedad ideológica en documento público. En este fallo se trazaron los lineamientos fundamentales de este delito, mismos que son analizados en el presente escrito para concluir que si bien el resultado del proceso en la Corte −la condena del procesado− es correcto, es necesario superar el entendimiento causal de este delito para interpretarlo de acuerdo con la moderna teoría de la imputación objetiva.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación defiende en las primeras décadas del siglo XX el liberalismo económico, rechazando el intervencionismo del Estado según los principios del laissez faire. Con el propósito de no escindir el estudio de la jurisprudencia de su respectivo contexto, sino por el contrario, con una visión integradora del derecho y las ciencias sociales que procura la comprensión del fenómeno jurídico, se rastrean las fuentes inspiradoras de la ideología de la Corte. Determinadas doctrinas de derecho constitucional sustentan los fallos basadas en un pensamiento jurídico que, a su vez, constituye la expresión de una concepción política y filosófica. Son considerados los principios que permiten preconizar el liberalismo económico, la influencia del constitucionalismo norteamericano a través de destacados expositores como Thomas Mc Intyre Cooley, Christopher Tiedeman y Joseph Story, así como las bases constitucionales que actúan como fundamento, y las doctrinas de Juan Bautista Alberdi. El estudio se efectuó mediante la consulta de fuentes éditas, la edición oficial de Fallos de la Suprema Corte de Justicia Nacional con la relación de sus respectivas causas, y bibliográfica específica referida al pensamiento político-constitucional norteamericano.
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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.
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El objetivo focal del proyecto consiste en efectuar un estudio sobre la compatibilidad y factibilidad jurídica de la celebración y concreción de Tratados de Libre Comercio (TLCs) por parte de Estados miembros de acuerdos de integración regionales con terceros Estados, sobre la base de lo establecido en la normativa propia de los procesos de integración del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y de la Comunidad Andina de Naciones (CAN); También se examinará la conformidad de lo planteado con lo dispuesto por la normativa de la Organización Mundial del Comercio (OMC), organización multilateral de la cual son miembros los países miembros del MERCOSUR y de la CAN. Dicho estudio se plasmará en una publicación especializada. En el supuesto de determinarse mediante la investigación la compatibilidad y factibilidad jurídica para la celebración y concreción de los tratados descriptos (en uno o en ambos casos), el proyecto prevé precisar los respectivos requisitos pertinentes, tanto en lo vinculado a la normativa regional como en lo relacionado con la normativa de la OMC. La celebración y/o la manifiesta intención de concretar TLCs por parte de algunos Estados miembros del MERCOSUR y de la CAN, así como la enérgica oposición política de otros Estados miembros de dichos procesos de integración regional, hacen que la investigación jurídica además de resultar pertinente por actualidad, derive de indudable necesidad. El proyecto pretende efectuar un riguroso análisis jurídico de la temática, a fin de contribuir de esta forma a intentar resolver, sobre bases sólidas, las actuales discrepancias interestatales en el seno de cada uno de los procesos de integración a los que pertenecen las universidades involucradas en el proyecto de investigación (Universidad Católica de Córdoba -UCC- y Pontificia Universidad Javeriana -PUJ-). Se aspira a que los resultados del proyecto de investigación constituyan una respuesta de calidad de la comunidad universitaria
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UANL
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El presente artículo pretende exponer un debate de filosofía política sobre un problema moral álgido: el aborto. Partiendo de la base de que en todas las democracias occidentales una cuestión central en esta discusión tiene que ver con quién es, en último término, el que debe o puede decidir sobre la legalidad del mismo, lo que aquí se analiza es el problema de diseño y legitimidad constitucional con que se responde en una democracia liberal a esta controversia. Reconociendo que no son pocas las ocasiones en que este controvertido debate moral ha dividido profundamente a la sociedad, el presente artículo tiene como objetivo específico explicar brevemente cuál fue el mecanismo utilizado para lograr la “despenalización” del aborto en Colombia, para luego analizar la justicia del procedimiento, las pretensiones de quienes promovieron la acción de constitucionalidad y, así mismo, la decisión de la Corte Constitucional a la luz del modelo de justicia de John Rawls, especialmente a la luz del concepto de consenso traslapado. Lo anterior, con el propósito de defender la postura de que, al menos en el modelo jurídico-político colombiano, existen serios reparos frente a quienes consideran que la Corte Constitucional es el órgano democráticamente competente para cerrar el debate respecto al aborto.
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El Tratado de Asunción influye sobre las dinámicas migratorias del Cono Sur, y en especial de Argentina. Pues genera unas condiciones económicas especiales en el Cono Sur, que sumadas a los instrumentos institucionales, influyen a su vez jurídicamente, lo que refuerza la migración interregional al País Austral.
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El propósito central de la propuesta de investigación es responder a la siguiente pregunta: ¿la proliferación de respuestas teóricas al desplazamiento forzado, impulsada con la declaratoria del estado de cosas inconstitucional (ECI) en 2004, generó algún cambio en el paradigma de la responsabilidad patrimonial del Estado (REPE), que orientó al Consejo de Estado al definir la responsabilidad de las autoridades por desplazamiento forzado (DEFO), entre 2004 y 2010? Para lograrlo, comenzamos por aproximarnos a los elementos del paradigma tradicional de la responsabilidad estatal y luego tratamos de desarrollar las etapas de la teoría de las revoluciones científicas, propuesta por el profesor Thomas Kuhn. En ese orden, encontramos en primer lugar, que es posible hablar de un paradigma tradicional de la REPE pero muy difícil hallar sus contornos con absoluta precisión. Se trata de un complejo andamiaje de conceptos, creencias y valores en constante formación y redefinición. En segundo lugar, intentamos tomar consciencia de la anomalía del DEFO, esto es, apreciar de cerca sus características. Fue así como logramos evidenciar que se trata de un fenómeno fuertemente arraigado en nuestra historia, cuyas soluciones requieren esfuerzos interdisciplinares. En tercer lugar, emprendimos la exploración conceptual: buscamos dentro de una amplia urdimbre de propuestas académicas aquellas que se pudieran conectar mejor con los elementos del paradigma de la REPE. Identificamos 18 líneas de fuga teórica alrededor de los conceptos del daño, imputación y reparación. Todas apuntan hacia la ampliación de sus alcances y la búsqueda de remedios más eficaces y democráticos para las víctimas del DEFO. En cuarto lugar, contrastamos dichas propuestas con las respuestas que ofreció el Consejo de Estado a la población en desplazamiento, en sus fallos proferidos entre 2004 y 2010 en esta materia. Finalmente, después de dicha exploración encontramos que el paradigma de la REPE no fue radicalmente alterado por la proliferación de respuestas teóricas ofrecidas después de 2004. El máximo juez contencioso tomó cierta consciencia de la anomalía, exploró algunas aristas del fenómeno, pero se quedó corto a la hora de evaluar el alcance de sus herramientas tradicionales y proponer soluciones novedosas y eficaces. Presenciamos algunos cambios en el concepto y alcance de la reparación, originados en decisiones anteriores poco relacionadas con eventos de desplazamiento, que resultan insuficientes a la luz de las exigencias de la problemática del DEFO.
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Analizar el proceso de integración dentro del MERCOSUR, con una visión estructuralista de la Integración Educativa, y demostrar que ésta es la respuesta para enfrentarse al Nuevo Orden Internacional; interpretar la situación actual de los países del MERCOSUR teniendo como modelo de integración a la Unión Europea; y determinar los aspectos más adecuados para la conducción del sistema universal, orientado a la transformación del sistema productivo y en definitiva a la competitividad e inserción internacional. Se inicia con el análisis de la sociedad internacional y la integración de la sociedad global en la Unión Europea y en el MERCOSUR. Se elabora un análisis de la educación en la Unión Europea como modelo para la construcción del MERCOSUR, teniendo en cuenta los objetivos y directrices generales; los principales programas educativos, culturales y de Investigación y Desarrollo; y las últimas orientaciones enfocadas al crecimiento, la competitividad y el empleo. También se examina el impacto de la mundialización, y de la revolución de la información y de los medios científico-tecnológicos, en el Nuevo Orden Internacional. Por último se analiza la educación en el MERCOSUR y las características educativas de los cuatro miembros, Argentina, Uruguay, Brasil y Paraguay, para intentar desarrollar una estrategia educativa para el MERCOSUR, basada en una integración competitiva, enfocada hacia el mercado de trabajo. Se utiliza el análisis sistemático. La educación por sí sola no garantiza ni el crecimiento, ni el desarrollo, ni la equidad, ni el empleo, por lo que debe ir acompañada de medidas económicas y políticas y posibilitar el aprovechamiento de la revolución científica-tecnológica. Es necesario fortalecer las características parecidas y diferentes de la región. La integración educativa permite acelerar los procesos de desarrollo económicos y humanos con justicia social y consolidar la integración regional en aras de un pensamiento social, científico, tecnológico y político propio. La universidad es el ámbito apropiado para abarcar ese tipo de cuestiones porque posee autonomía y crea y difunde el conocimiento. Cada país del MERCOSUR presenta una realidad distinta que implica asimetría y dificultades a la hora de implementar la política educativa. La educación en el MERCOSUR está desvinculada de los avances científicos-tecnológicos, y del aparato productivo, por ello es necesario una planificación universitaria clara y concreta para garantizar calidad; y una educación que persiga la igualdad de oportunidades y que informe y oriente a los estudiantes. Para la integración de la educación en el MERCOSUR hay que tener en cuenta la planificación de una reforma educativa integral; afianzar la identidad latinoamericana; impulsar la educación en aprender a conocer, hacer, ser y vivir; e incorporar todos los sectores sociales.
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Incluye Bibliografía
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Il nostro studio è incentrato sul confronto fra l’Unione Europea e il Mercado Común del Sur (Mercosur, particolarmente, in relazione a due aspetti: (i) aspetto giuridico-strutturale e, (ii) aspetto giurisprudenziale. L’obiettivo principale di tale confronto è quello di tracciare un parallelismo tra i due sistemi d’integrazione in modo da comprendere il livello d’integrazione e di efficienza del Mercosur in relazione ad un parametro ineludibile in materia quale è l’Unione Europea. Con tale obiettivo, il lavoro è stato suddiviso in quattro capitoli che mettono a fuoco aspetti molto precisi dei sistemi d’integrazione regionale. Il Capitolo I Diritto e integrazione nell’ambito del Mercosur, ha una funzione introduttiva al sistema mercosurino e funge da asse dell’intera tesi dato che illustra le origini del Mercosur, le sue istituzioni, i suoi fini ed obiettivi e, da ultimo, l’attuale assetto istituzionale del medesimo ed ipotizza i suoi possibili sviluppi futuri. Nel Capitolo II, L’evoluzione del diritto del Mercosur alla luce del primo parere consultivo del Tribunal Permanente de Revisión, è analizzato il primo parere emesso dai Tribunali mercosurini – nell’anno 2007. Vengono delineati gli elementi che caratterizzano tali pareri mercosurini e vengono altresì messi in evidenza gli aspetti di convergenza con i rinvii pregiudiziali della Corte di giustizia e quelli che, invece, rappresentano elementi di profonda divergenza. Attraverso l’analisi del Parere 1/2007 ci proponiamo in primo luogo di mettere a fuoco specifici spunti giuridici rintracciabili nella sua motivazione che ci permetteranno di dare una reale dimensione al Diritto mercosurino. In secondo luogo, ci proponiamo di mettere in evidenza il fondamentale ruolo che possono acquisire i pareri emessi dal Tribunal Permanente de Revisión nello sviluppo dell’intero sistema giuridico ed istituzionale del Mercosur. Nel capitolo successivo, Un caso di conflitto di giurisdizione, abbiamo voluto studiare una particolare controversia che, curiosamente, è stata affrontata e risolta da differenti organi giurisdizionali con competenze materiali e territoriali diverse. Facciamo riferimento alla causa “dei polli” esportati in Argentina, con presunto dumping, da parte di alcuni produttori brasiliani dal gennaio 1998 al gennaio 1999. Tale causa ebbe origine in Argentina dinanzi un’autorità amministrativa, fu parallelamente portata dinanzi la giustizia federale argentina, successivamente davanti ad un Tribunale mercosurino e, infine, dinanzi l’OMC. Con lo scopo di trovare una risposta al perché sia stato possibile adire più tribunali ed applicare normativa diversa ad una stessa controversia abbiamo indagato due aspetti di diritto di vitale rilevanza nell’ambito del diritto internazionale dei nostri giorni. Da una parte ci siamo focalizzati sullo studio delle normative internazionali che legiferando su materie simili e, in certi casi, pressoché identiche, e avendo origine in sistemi giuridici diversi hanno, tuttavia, la capacità di esplicare i loro effetti in più giurisdizioni e sono, pertanto, potenzialmente in grado di influenzarsi a vicenda. D’altra parte, abbiamo compiuto un’indagine sull’esistenza o meno di una normativa che funga da raccordo tra i sistemi di risoluzione delle controversie degli spazi d’integrazione economica e il sistema di risoluzione delle controversie dell’OMC. Infine, il quarto ed ultimo capitolo, L’attività giurisdizionale negli spazi d’integrazione regionale, è dedicato alla valutazione degli sviluppi compiuti dal Mercosur in 18 anni di vita alla luce dei lodi emessi dai Tribunali mercosurini. Difatti, l’obiettivo concreto di questo capitolo è capire se i Tribunali mercosurini svolgono una funzione dinamica e costruttiva dell’assetto del Mercosur, tesa a sviluppare il sistema normativo, oppure se essi abbiano, piuttosto, una funzione passiva e una visione statica nell’applicazione del diritto. È risaputo che la funzione della Corte di giustizia è stata determinante nell’evoluzione e nell’affermazione del sistema giuridico in vigore attraverso una giurisprudenza costante. Mediante il confronto dell’attività svolta da entrambe le giurisdizioni sarà possibile avanzare ipotesi riguardo i futuri progressi dell’assetto mercosurino grazie all’apporto giurisprudenziale.