895 resultados para Mecanismos de governança


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Disposiciones jurídicas sobre el derecho a la educación y derecho comparado – Mecanismo nacionales administrativos y judiciales de protección al derecho a la educación ante la inadecuada infraestructura de los centros oficiales de educación.

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En la presente temática se abordó aspectos esenciales que fundamentan doctrinariamente, teóricamente y jurídicamente la eficacia de los mecanismos de protección de los derechos humanos en el hacinamiento carcelario. Se realizaron los siguientes análisis e investigaciones: El origen del hacinamiento carcelario, las consecuencias que produce el hacinamiento carcelario en la persona que se encuentra privada de libertad dando lugar esta privación a una serie de vulneraciones y graves violaciones a los derechos humanos fundamentales e inherentes al privado de su libertad. Esta investigación se orienta a que uno de los principales problemas que tiene el Estado en el desarrollo de sus políticas públicas es que no se ha preocupado por crear y ejecutar políticas enfocadas a la prevención del delito y así incentivar al ciudadano a no delinquir y al privado de libertad a no reincidir, actualmente la consecuencia de esta omisión por parte del Estado genera que las cárceles estén abarrotadas de delincuentes llevando este factor a la sobre población carcelaria. Es por ello, que se debe hacer un estudio profundo con la finalidad de obtener respuestas al porque las instituciones se vuelven ineficaces frente al hacinamiento carcelario teniendo a su disposición un marco jurídico que en su texto es efectivo. Además es de señalar que la persona privada de libertad no pierde la calidad de ser "persona" por lo tanto al Estado le nacen obligaciones respecto a los privados de libertad y es el principal obligado por mandato constitucional de garantizar el goce de los derechos fundamentales e inherentes a la persona tales como: la dignidad humana porque del goce de estos derechos depende el goce de los subsiguientes derechos.

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Tese (doutorado)—Universidade de Brasília, Centro de Desenvolvimento Sustentável, 2015.

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Discrepancies between classical model predictions and experimental data for deep bed filtration have been reported by various authors. In order to understand these discrepancies, an analytic continuum model for deep bed filtration is proposed. In this model, a filter coefficient is attributed to each distinct retention mechanism (straining, diffusion, gravity interception, etc.). It was shown that these coefficients generally cannot be merged into an effective filter coefficient, as considered in the classical model. Furthermore, the derived analytic solutions for the proposed model were applied for fitting experimental data, and a very good agreement between experimental data and proposed model predictions were obtained. Comparison of the obtained results with empirical correlations allowed identifying the dominant retention mechanisms. In addition, it was shown that the larger the ratio of particle to pore sizes, the more intensive the straining mechanism and the larger the discrepancies between experimental data and classical model predictions. The classical model and proposed model were compared via statistical analysis. The obtained p values allow concluding that the proposed model should be preferred especially when straining plays an important role. In addition, deep bed filtration with finite retention capacity was studied. This work also involves the study of filtration of particles through porous media with a finite capacity of filtration. It was observed, in this case, that is necessary to consider changes in the boundary conditions through time evolution. It was obtained a solution for such a model using different functions of filtration coefficients. Besides that, it was shown how to build a solution for any filtration coefficient. It was seen that, even considering the same filtration coefficient, the classic model and the one here propposed, show different predictions for the concentration of particles retained in the porous media and for the suspended particles at the exit of the media

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Se hace una referencia a la situación actual de las víctimas de trata personas, cuestionando la relevancia que le da el Estado salvadoreño a su recuperación. Se parte de la idea que, en el país, la atención a las víctimas de la trata de personas, resulta deficiente por diversas razones, entre las cuales a modo de resumen, se pueden mencionar el enfoque del Estado en perseguir únicamente el delito de Trata, obviando en cierto modo la situación propia de la víctima, cayendo en la errónea idea que la compensación económica que ésta pueda obtener a nivel jurisdiccional es suficiente para reparar el daño causado a ella. Se habla también que la ausencia de una ley especial ha imposibilitado la creación de las instituciones especializadas para brindar la asistencia adecuado para cada caso determinado, y por último; se hace mención también de una escasa promoción de la Política Nacional contra la Trata de Personas, que pasa inadvertida para la población en general y con mayor razón a las víctimas de este delito al encontrarse en situaciones de mayor vulnerabilidad. En diciembre del año 2000 en Palermo, Italia, se adoptó el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños que da a los Estados lineamentos generales para erradicar la trata de personas en sus diferentes modalidades como son la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. A consecuencia de la ratificación del protocolo de Palermo y con la finalidad de combatir la trata de personas, el Estado de El Salvador promovió reformas al Código Penal a efectos de tipificar como delito la trata de personas mediante la introducción de los Art. 367-B y del Art. 367-C. Para continuar estos esfuerzos en esta lucha, el Gobierno de la República, creó en 2011, el Consejo Nacional contra la Trata de Personas, que comprende un grupo de instituciones nacionales que unen esfuerzos y coordinan el abordaje integral de este flagelo social mediante la aplicación de una Política Nacional que contiene ejes y líneas de acción concretas a desarrollar a mediano y largo plazo mediante planes, proyectos y estrategias sostenibles.

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Dissertação (mestrado)—Universidade de Brasília, Instituto de Ciências Exatas, Departamento de Ciência da Computação, 2016.

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Este trabajo comienza con una introducción en la que hacemos una reflexión sobre la importancia de transparencia en la información suministrada por las ONG, debido a que estimula a los donantes y al público en general, a depositar su confianza en las mismas, no solo respecto de la rendición de cuentas legalista, sino también para el resto de información que los usuarios solicitan. Respecto de la información contable, reconocemos la gran importancia que el informe de auditoría tiene, proporcionando calidad a los estados contables de las organizaciones. Por otra parte y centrándonos nuevamente en el contexto de España, analizamos el grado de aplicación de las normas contables y otras “buenas prácticas” de un grupo de ONG a partir de la información publicada por la Fundación Lealtad. A continuación intentamos comprobar si el no seguimiento de las “buenas prácticas” anteriores podría venir explicado por una serie de variables.

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A investigação que doravante se apresenta tem como objetivo a análise dos mecanismos de combate à utilização indevida do contrato de prestação de serviço em relações de trabalho subordinado, e está estruturada em duas partes distintas, a que correspondem dois capítulos. A primeira parte é dedicada aos problemas inerentes ao contrato de trabalho e ao contrato de prestação de serviço, mormente, a delimitação entre as duas figuras, detendo-nos em particular na questão da determinação da subordinação jurídica. A semelhança entre os aludidos contratos aumenta, na prática, a dificuldade de delimitação entre ambos. A presunção de laboralidade assume um papel fundamental na ajuda necessária no seu campo de atuação. De facto, a presunção de laboralidade tende a facilitar a prova, conforme veremos. O método indiciário e o método tipológico podem ser utilizados na delimitação dos elementos do contrato de trabalho. O método tipológico ajuda a procurar elementos que apontem que aquele contrato é ou não um contrato de trabalho, este método usado pelos tribunais, apesar de adequado, não resolve o problema daquelas relações jurídicas que se encontram na fronteira, também conhecida como “zona cinzenta”. No que toca ao método indiciário este tem como objetivo procurar indícios da existência de subordinação jurídica para, assim, se poder afirmar a existência de um contrato de trabalho. Os indícios não são elementos determinantes da existência de um contrato de trabalho, pelo que, por não existir um indício, não significa automaticamente que não exista um contrato de trabalho. Os indícios devem ser analisados todos em conjunto, para se aferir se existe ou não subordinação jurídica. Na segunda parte, estabelecemos como comando investigativo o estudo dos mecanismos de combate à utilização indevida do contrato de prestação de serviço em sentido amplo, no que concerne a relações de trabalho subordinado. Para tal analisaremos o estado da arte antes e depois da Lei nº 63/2013, de 27 de agosto. A ação de reconhecimento da existência de contrato de trabalho é inovadora no sentido em que já não caminha em direção ao interesse egoístico do trabalhador, mas sim tendo em conta o interesse público, conforme melhor veremos. É pela novidade do tema, que optamos por entrevistar pessoalmente profissionais, que estejam de alguma forma ligados a esta realidade, e que com a sua experiência contribuíram, e muito, para alicerçarmos as nossas conclusões. Para tal, iniciamos os nossos trabalhos, entrevistando Tiago Gillot, no dia 22-01-2015 e 14-10-2015 em representação da Associação “Precários Inflexíveis,” que encabeçou o movimento de cidadãos nesta iniciativa legislativa que deu corpo à Lei nº 63/2013, de 27 de agosto, o Dr. Jorge Pinhal, em representação da ACT, que nos recebeu no dia 02-02-2015, o Ministério Público representado pela Exma. Procuradora Dra. Cristina Faleiro, no dia 08-04-2015. Entrevistamos por escrito o Exmo. Sr. Dr. António Ramos, Juiz do TRP, no dia 14-10-2015. Por fim, tentaremos de acordo com o estudo desenvolvido apresentar algumas medidas contributivas no combate à utilização indevida do contrato de prestação de serviço, assente sobretudo no plano de emergência social, apresentado pela Associação do Combate à precariedade, que consideramos apaziguar o flagelo que se instalou nas relações laborais e ao que parece dificilmente sairá da nossa linha de preocupação.

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Este trabajo investigativo busca aportar a la literatura sobre las tácticas de influencia en el liderazgo. Surge como una aplicación, a dos casos específicos, del proyecto de investigación “Los mecanismos de influencia en la relación de liderazgo”, desarrollado por el profesor Juan Javier Saavedra Mayorga e inscrito en la línea de investigación en Estudios Organizacionales del Grupo de Investigación en Dirección y Gerencia. La investigación tiene como objetivo fundamental identificar las tácticas de influencia que utilizan dos líderes organizacionales en su trato cotidiano con sus colaboradores, así como la reacción de estos últimos ante dichas tácticas. El proyecto parte de una revisión teórica sobre tres elementos: el liderazgo, la influencia y el poder, y las reacciones de los colaboradores frente a las tácticas de influencia utilizadas por el líder. La estrategia metodológica empleada es el estudio de caso. El trabajo de campo se desarrolló en dos organizaciones: Microscopios y Equipos Especiales S.A.S. y Tecniespectro S.A.S. La técnica de recolección de información es la entrevista semi estructurada, y el método de análisis de información es el análisis de contenido temático.