937 resultados para Separação de poderes


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La acción social del voluntariado pone las capacidades humanas de cada cual al servicio de la sociedad, para afrontar los problemas individuales y colectivos que ésta genera. La acción socioeducativa se enfrenta a estos mismos problemas con respuestas profesionalizadoras. No obstante, el trabajo de los educadores sociales y otros profesionales no es incompatible con la actuación complementaria y enriquecedora del voluntariado y la formación del mismo. El fenómeno de la expansión del voluntariado social ha sido utilizado por las políticas neoliberales para justificar un recorte sucesivo de los logros del Estado de bienestar. Favorecer la presencia de los voluntariados en la sociedad no debe utilizarse para incluir a los poderes públicos en el ámbito de estas organizaciones ni ser cómplice de un proceso de desmantelación del Estado de bienestar.

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Se realiza un análisis sobre la Educación de las Personas Adultas (EPA) en las tres últimas décadas. Se centra en tres aspectos: el marco que define el sistema educativo y la función social de la EPA; el contexto internacional y la asunción de competencias; y el contexto sociológico. Tres leyes han marcado el panorama educativo de los últimos 30 años: La Ley General de Educación; la LOGSE; y la LOCE. La Ley General de Educación de 1970 supuso la creación de los primeros centros específicos de educación de adultos. En los años 80 y 90, la Comunidad de Madrid crea una red de centros públicos específicos de EPA. En 1986, el MEC publica el Libro Blanco sobre la Educación de Adultos. Los centros dependientes del Ministerio representan una visión más formal y académica, mientras que los de la Comunidad dan importancia a la dimensión sociocultural de la educación. La educación de personas adultas promulgada por la LOGSE se retrasa más de 10 años. Desde 1993, la Comisión Europea realiza recomendaciones y resoluciones relativas a la EPA. En 2002, se promulga la Ley de Calidad del Sistema Educativo (LOCE), que, al igual que la LOGSE, dedica un Título a la Educación de las Personas Adultas. La EPA dirigida al conjunto de la población es una idea secundaria para los poderes públicos que no se sienten comprometidos para poner a disposición de la ciudadanía redes fuertes de educación y formación permanente, coordinando iniciativas y esfuerzos que hagan que la sociedad cuente con referentes que unan las iniciativas de instancias públicas y privadas. En cuanto al contexto sociológico, aumenta la población adulta joven (18-22 años) que sale del sistema educativo general sin haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria. La población adulta demanda ofertas formativas muy específicas como la informática y el inglés; y la población adulta extranjera desea aprender español. Entre otras reformas, destacan el compromiso de los poderes públicos por llevar a la práctica, tanto desde la administración educativa, como desde fuera de ella, las intenciones en hechos, en planificación, en modelos de desarrollo, en presupuestos o en perspectivas de futuro; la educación a lo largo de la vida debe ser el ejercicio de un derecho que garantice la dimensión más humana de nuestra sociedad; los currículos de la nueva educación básica para personas adultas deben ser flexibles en objetivos y contenidos, en espacios y tiempos, en metodologías y en sistemas de acreditación, validación y certificación.

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Se exponen las conclusiones de una investigaci??n sobre el papel de las ciudades en el ??mbito de la educaci??n. Tras revisar las necesidades de la ciudadan??a, se plantea la educaci??n como un ??mbito de trabajo esencial y se aborda la relevancia social que adquiere la ciudad como agente educativo. Se producen muchos conflictos entre distintos tipos de poderes a la hora de tomar decisiones en y para la ciudad, que lleven a determinar unas metas comunes para todos sus habitantes. Adem??s, el individualismo se apodera de la ciudad y el ser humano utiliza la ciudad en beneficio propio. Entre otras medidas, se propone establecer ??mbitos de trabajo en el campo de la educaci??n, que una vez definidos est??n relacionados con procesos y actividades hacia los que dirigir todos los esfuerzos de la ciudad; o tratar de satisfacer las necesidades de sus habitantes en funci??n de sus demandas.

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Se repasan los aspectos importantes que hacen que las reformas educativas sean criticables. Estos aspectos son entre otros, su corta duración, su administración por poderes ajenos a los profesionales de la enseñanza, que no cambian las rutinas de los profesores y no cuentan con más pedagogos que con otros profesionales distintos, la falta de formación didáctica, etc. Se exponen después las medidas a tomar para contribuir al éxito de las reformas educativas, medidas tales como provocar el apoyo de la sociedad, dejar en un segundo lugar los criterios parciales que no sean educativos, implicar al profesorado, que se utilice el principio de la cascada formativa, ser ecuánime, adoptar autonomía pedagógica y organizativa, etc..

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Se plantea el problema que está surgiendo a partir de la evolución que se experimenta en los usos del suelo en España, debido a los avances de urbanización realizada de forma masiva y sobre terrenos no siempre adecuados. Se explica por qué debería utilizarse de manera más prudente el territorio y se exponen diversos criterios y prioridades primordiales para una nueva cultura del territorio que haga mejorar el problema. Estos criterios son que el territorio es un bien no renovable, esencial y limitado, que es una realidad compleja y frágil y contiene valores ecológicos, culturales y patrimoniales que no pueden reducirse al precio del suelo. También son criterios importantes que el territorio bien gestionado es un activo económico de primer orden, otro es que el planteamiento territorial y urbanístico es un instrumento esencial para la actuación de los poderes públicos, etc..

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Se plantea la autoridad del profesor como un elemento básico del proceso educativo. Pese a ello, la autoridad del profesor ha estado muy cuestionada en las últimas décadas. Se observa también una pérdida de autoridad en la dimensión académica: se cuestionan decisiones académicas como los aprobados y suspensos, llegando a perder competencias profesionales. Se reivindica el reconocimiento de la condición de autoridad pública del docente en el ejercicio de su función. Se quiere transmitir a los poderes públicos y a la sociedad la idea de que sin el reconocimiento de la autoridad del profesor, no puede desarrollarse el derecho fundamental a la educación establecido en el artículo 27 de la Constitución, que establece el derecho a aprender de los alumnos, y para los docentes, el derecho a enseñar.

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Ante la pretensión de los poderes políticos de modificar el currículo de la asignatura de Filosofía en Bachillerato y acercarlo a la Educación para la Ciudadanía (EpC) surgen voces en contra. La filosofía es una actividad reflexiva y crítica que pretende realizar una síntesis global del hombre; del conocimiento; la conducta adecuada; y la vida social y política. Se comenta que el tratamiento que se ha dado a la EpC en la ESO es muy escaso. Se defiende que la Filosofía debe tener un significado crítico y autónomo respecto a la educación cívica.

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La educación es un motor del desarrollo humano y económico de los pueblos. Este desarrollo implica una formación técnica y una lucha contra el analfabetismo. Además es necesaria la creación de una administración competente y honesta y limitar la corrupción y arbitrariedad de los poderes públcos. El desarrollo social de la población viene marcado por el establecimiento de estructuras sociales, políticas y mentales. Por esa razón la Cumbre Mundial para el Desarrollo Social, celebrada en Copenhage en 1995 habla de promover políticas educacionales y favorecedoras de los más débiles como niños, mujeres y familias más pobres.

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Estudiar la educación española de finales del XIX y concretamente la figura de Rafael María de Labra. Se realiza una investigación sobre D. Rafael M. de Labra en sus múltiples facetas como jurista, político publicista y hombre preocupado de la educación nacional. Se expone su prolífera actividad en la sociedades económicas, Ateneo de Madrid, Sociedad Abolicionista Española, Institución Libre de Enseñanza, entre otras. Aparece como un hombre liberal radical y vinculado al espíritu democrático krausista e institucionalista. Trabaja en pro de una reforma social y es uno de los principales promotores de las compañías organizadas por la institución en pro de una reforma de la educación nacional. Para ello se divide el trabajo en una primera parte donde se analiza la situación político-social y cultural de España en la segunda mitad del XIX; después otro apartado con la vida y obra de Labra; el tercero se ocupa de su pensamiento político; y en el último se desarrolla el pensamiento de Labra ante la política educativ. Investigación documental. Labra considera que el problema político y social no es legislativo sino de política educativa, por ello la reforma de la enseñanza primaria pública es vital, sin ella no habrá vida política, social ni moral. Promulga la libertad absoluta de enseñanza, de cátedra y profesional. Defiende una enseñanza primaria laica, obligatoria y gratuita, que dependa, de manera transitoria del Estado al que le reconoce una acción en calidad de tutor. La educación secundaria necesita una reforma urgente por ser exclusiva de ciertas clases sociales, y será la iniciativa particular quien cubra esa enseñanza. También debe reformarse la universidad que se ocupará exclusivamente de estudios científicos a los que el Estado debe apoyar, dejando las carreras profesionales a cargo de particulares. Se puede considerar a Labra como pionero de nuevos caminos y orientaciones que obligan a la opinión y poderes públicos, a concienciarse de la importancia de la educación popular, de la educación de la mujer, de las enseñanzas técnicas y científicas, provocando cambios de ideas y reformas de la enseñanza nacional.

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Analizar la reforma educativa, sus motivaciones, génesis y posibles riesgos; indagar y reflexionar las vías de conductas que hagan posible salir de la crisis educativa y de valores; e intentar que los educadores asuman su papel protagonista.. El planteamiento arranca de la contemplación de la reforma educativa española, Ley General de Educación, que se ha manifestado no tanto como desenlace madurativo sino como voluntad innovadora. El trabajo se organiza en tres capítulos. El primero es un estudio del campo educativo y administrativo; el segundo trata la relación de los poderes decisorios con el pensamiento educativo; y por último se realizan propuestas concretas en la estructura nacional, provincial, intitucional y local.. El autor se basa en su experiencia en la Jefatura de la Inspección de Enseñanza Primaria de Oviedo entre 1969 y 1974, y en la Inspección General de Servicios a partir de ese año. También acude a la legislación y bibliografía existente.. El análisis se centra en España, desde un enfoque cualitativo y con una intencionalidad crítica.. Los momentos vividos con conciencia de cambio, han desatado en torno a la escuela el acoso de los sectores tecnológicos frente al repliegue del mundo del pensamiento; y la irrupción agresiva de los administradores frente a las resistencias del educador.. Las soluciones se apuntan en tres direcciones, la verificación del deslinde de competencias, la profesionalización por sectores, y la soldadura y cohesión de los status. También es necesario el diálogo y el intercambio de opiniones y experiencias por parte del educador y la administración, para de esta forma eliminar las tradicionales tensiones entre ambas partes.

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Estudiar la educación en el estado de México entre 1824 y 1889. Este periodo se sitúa entre dos acontecimientos históricos de la tradición liberal mexicana, el establecimiento de la república federal y el de la instauración del porfiriato.. La primera parte analiza la política educativa surgida de una circunstancia histórica determinada y en la segunda las realizaciones de cada una de las instituciones educativas que se crearon a lo largo de este periodo. Así se observan los puntos de orientación y confusión en que cayó la política educativa, al malinterpretarse sus objetivos por verse como sinónimo de progreso material.. Se realiza un estudio bibliográfico de autores locales, de monografías de las instituciones y de trabajos que exponen el pensamiento y la obra de personajes relevantes. También se consultan documentos de archivos y periódicos oficiales del momento.. Desde 1824 y gradualmente la enseñanza es una tarea controlada y estimulada por el Estado, como representante del pueblo. Así se crean las escuelas municipales de primeras letras y el Instituto Literario. La educación debe reunir los ideales y poderes del pueblo representado en el Estado, y las necesidades, aspiraciones y realidades propias de la época en que vive. La política educativa está orientada a la formación de una sociedad libre, abierta y democráticamente progresista. En principio la educación recae en los ayuntamientos que, aunque con escasos recursos, se preocupan junto con los padres de familia, de introducir los métodos más modernos de lectura, escritura y las cuatro operaciones fundamentales. Aunque la educación se convierte en obligación del Estado como medio para lograr sus propósitos y esencia para el progreso, no se plasma en una organización del sistema educativo hasta la Constitución de 1857. Es entonces cuando se vigila el contenido de la educación, los reglamentos y se imponen los castigos ante cualquier violación. Se acaba con los coletazos del sistema colonial y se impone el laicismo.. La educación no se puede resolver con más o menos recursos financieros, ni es cuestión meramente académica o política. El sistema educativo constituye una manifestación concreta del conjunto de relaciones sociales, económicas y políticas que caracterizan a una nación. Para ver su justa dimensión hay que estudiarla dentro del contexto histórico en el que se inscribe.

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Elaborar una propuesta de evaluación para ayudar al docente en su profesionalización a través de la mejora de su práctica; y para influir en la opinión que los ciudadanos tienen del profesorado y del colegio. También se quiere fomentar el análisis crítico de la práctica académica como medio de investigación. La primera parte aporta un soporte teórico-conceptual sobre la evaluación del profesor, y realiza un recorrido histórico de la evaluación del profesor y una perspectiva teórico-científica. Después se lleva a cabo una investigación de campo, donde se analiza la evaluación que sobre el profesor realizan los padres; la de los alumnos a los profesores; y la evaluación cooperativa, es decir, de otros profesores. La última parte es un programa de evaluación del profesor como aporte en su propio perfeccionamiento. Se utilizan, además de la propia experiencia del investigador, la observación directa y el análisis de cuestionarios. Existe una clara dependencia del profesorado de las normas y acciones provenientes de la Administración en el ámbito laboral, administrativo y de formación. Dentro de la evaluación no formal estaría la evaluación externa, realizada por los padres o los distintos poderes; la interna, realizada por los alumnos u otros profesores; la profesionalizadora; y la formativa. Por lo tanto, la sociedad está relacionada con la escuela con una relación teórica, político-ideológica; una práctica y profesional, los profesores; una afectiva, los padres; y un grupo de relación pasiva. Los padres, al evaluar, no siguen criterios pedagógicos, didácticos o científicos, sino que lo realizan desde una percepción general. Todas las definiciones y conceptos son válidos en un determinado contexto práctico, porque la teoría es generada por la práctica reflexiva y sistemática y adopta los condicionantes de las personas y los ámbitos a los que sirve. Por lo tanto es necesario estudiar la teoría para realizar un modelo práctico. Un profesor no puede ser analizado aisladamente del contexto en el que actúa. Los diseños evaluadores surgen de la observación, reflexión y conocimiento teórico y la experiencia. Por tanto, la mejora de la calidad de la educación nunca puede proceder de intereses políticos, económicos o administrativos. Solo los intereses del profesor que reflexiona sobre su actitud docente, pueden poner en marcha un proceso de perfeccionamiento profesionalizador.

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Analizar la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante los años 1931 y 1997. Se estudia la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante la Segunda República, la Dictadura y la Democracia desde la promulgación de la Constitución hasta 1997. Es un estudio jurisprudencial pero con referencias doctrinales constantes atendiendo a las que han sido objeto de controversia. La jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante el período republicano es practicamente inexistente. La confesionalidad del régimen franquista se proyecta sobre la regulación de la enseñanza al contener referencias más o menos explícitas a la inspiración católica de la enseñanza en todas las leyes educativas del momento. El Franquismo reconoce a nivel institucional el derecho a una educación básica pero no se constituye como un deber; y limita las libertades educativas por confesionalidad e ideologización de una enseñanza supeditada al principio fundamental del Estado. La constitución vigente recoge el derecho a la educación cuando regula la enseñanza básica gratuita y el acceso a niveles no obligatorios en condiciones no discriminatorias; y la libertad de enseñanza con la libertad de creación de centros docentes, el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus propios convicciones, el derecho de libre alección del centro docente y la libertad de cátedra. EL Tribunal Supremo reconoce el deber de los poderes públicos a garantizar la calidad de la enseñanza; y el derecho de recibir enseñanza en la lengua materna respectiva pero dependiendo de la edad del alumno, de las posibilidades del centro y de la existencia de otros centros en que puedan cursarse las enseñanzas en la lengua elejida. Considera que la apertura y funcionamiento de los centros se sometan al principio de autorización administrativa que debe estar reglada; y que el establecer criterios prioritarios para el acceso a centros sostenidos con fondos públicos, no es inconstitucional y no supone trabas para la elección del centro docente pues refuerza tal derecho en los casos en que no es posible atender a todas las solicitudes. Habilita a todo docente el resistirse a cualquier mandato que les obligue a una determinada orientación ideológica. La libertad de cátedra incluye el derecho a fijar el programa de la asignatura. La administración no asume ninguna posición empresarial en el ámbito de la relación laboral existente entre el titular del centro y el profesor, su responsabilidad se limita al pago de salarios. Un profesor religioso no ostenta la cualidad de funcionario ya que su nombramiento depende de la autoridad eclesiástica, aunque su relación jurídica se establece con el Estado y no con la Conferencia Episcopal.