969 resultados para CUERPOS LEGISLATIVOS


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En los últimos años se han establecido en el país diferentes modelos de participación ciudadana en términos legales, y a través de programas de inclusión entre otros. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (MDMQ) es pionero en incluir este tema como transversal en sus políticas de gestión y desarrollo, sobre todo con enfoque de democracia directa y a partir de la propia experiencia de la institución, de los distintos cuerpos legales que se han ido generando a nivel nacional y central, que fortalece jurídicamente la aplicación. En el presente estudio analizaremos cómo se han dado los procesos de participación ciudadana instaurados en el modelo de gestión del Municipio durante el 2001 y el 2011, analizados en el Subsector de San Juan, perteneciente a la Zona Centro; a la vez, cómo estos contribuyen al desarrollo local. En el estudio se analizan elementos teóricos y conceptuales en relación a la participación, la participación ciudadana, la gestión municipal y el desarrollo local, junto con instrumentos legales nacionales y locales sobre participación. Centrados más en la localidad, se hará una breve caracterización de San Juan, para poner en discusión los elementos recabados en entrevistas a funcionarios que han trabajado y trabajan para el municipio en las dos administraciones que cruza la investigación, junto con dirigentes barriales nuevos y antiguos, que evidenciará cómo la teoría, metodología y práctica del tema, está teniendo efectos, a su vez los alcances y limitaciones y finalmente, las propuestas para fortalecer el tema. Palabras clave: participación ciudadana – gestión municipal – desarrollo local – Subsector San Juan

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El objetivo primordial de la presente investigación, reside en identificar el régimen jurídico del contrato por el cual se modulan los servicios de certificación reconocida de firma electrónica entre empresarios, es decir, el titular de firma electrónica reconocida (Firmante/Suscriptor) y el prestador de servicios de certificación (PSC), de conformidad con la legislación española y comunitaria europea. A objeto de identificar sus características esenciales, la naturaleza jurídica, el contenido contractual así como la disciplina normativa que resulta aplicable a este negocio jurídico, nuestro estudio ha sido fragmentado en cinco Capítulos. Iniciamos el Capítulo Primero exponiendo las nociones generales así como los antecedentes históricos, técnicos y legislativos que hacen al negocio jurídico objeto de estudio, pasando inmediatamente después a describir la función económica que éste cumple. Luego, en una aproximación preliminar bosquejaremos su definición inicial, diferenciándolo de otros contratos de certificación especiales, para culminar efectuando una descripción de la práctica habitual de la certificación reconocida, delimitando de entrada el contenido del contrato que se ha tomado en cuenta para nuestra investigación. Posteriormente en el Capítulo Segundo concebimos el concepto del contrato que nos ocupa, identificando los caracteres particulares que denota, lo que finalmente nos permitirá establecer su naturaleza jurídica. A poco, nos detendremos en la tarea de identificar el marco legal en que se desenvuelve la certificación reconocida, determinando la normativa que le resulta aplicable y describiendo el modo en que se produce su integración en el contrato. El Capítulo Tercero se ha destinado para el análisis de los elementos subjetivos (determinando los requisitos de capacidad del PSC, Firmante/Suscriptor y el Usuario verificador del certificado reconocido), los elementos objetivos (Certificado reconocido, Datos y Dispositivos, tanto de creación como de verificación de firma electrónica), para finalmente efectuar las consideraciones pertinentes con relación a los elementos formales del contrato. Solventadas estas cuestiones en el Capítulo Cuarto revisaremos las distintas etapas el iter contractual, haciendo notar que las mismas se verifican unas veces en línea (on line) y otras fuera de línea (off line), desde la fase de formación o preparación del contrato, atravesando por el momento de su perfeccionamiento y desembocando finalmente en el período de ejecución del negocio jurídico, donde nos abocaremos al estudio detallado de su contenido, identificando el conjunto de obligaciones que atingen a cada uno de los sujetos involucrados en la certificación reconocida. El Capítulo Quinto se ha reservado para efectuar un análisis de las hipótesis de responsabilidad civil del PSC derivadas de los servicios de certificación reconocida, identificando su origen (contractual o extracontractual), determinando su naturaleza (objetiva o subjetiva) y detectando los supuestos de limitación y/o exoneración a la responsabilidad del PSC. Para completar nuestro estudio, efectuamos un somero repaso de la responsabilidad civil emergente para el Firmante/Suscriptor. Finalmente abordaremos las conclusiones generales que se desprenden de nuestra investigación, identificando una posible nueva clasificación del comercio electrónico atendiendo precisamente a la forma de contratación.

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Este ensayo parte por establecer ciertas características de lo que podría ser una literatura boliviana andina. En este sentido, el propósito es señalar algunos componentes ficcionales de este tipo de narrativa a partir del entretejido textual que ofrecen novelas como Felipe Delgado de Jaime Saenz y Cuando Sara Chura despierte de Juan Pablo Piñeiro. Este entretejido localiza las dimensiones de tensión y ruptura que construyen los personajes al interior de cada texto. Saenz y Piñeiro configuran el marco festivo de las almas para conectarlas a realidades superpuestas o de otros lados del mundo interior de los personajes. Es cuando, en consonancia con el mundo interior, irrumpe el mundo paralelo de los seres extraños, ancestros y sombras. Desde la lógica andina, es la irrupción de personas y seres que se comunican para restablecer realidades invisibles y lugares marginales sagrados. Son mundos, cuerpos, memorias y temporalidades que interactúan para dar cuenta de la dimensión existencial andina entre los lugares de la fiesta del Gran Poder, una de las más celebradas en La Paz.

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Analiza el cumplimiento de la garantía normativa en la producción legislativa de la Asamblea Nacional en 2010. Aborda los aspectos generales del desarrollo legislativo, dando énfasis al análisis de las reformas penales y a la ley de participación; analiza otros actos normativos relevantes para los derechos humanos en materia de legislación, señalándose la importancia de que los jueces corrijan los defectos legislativos y de que las personas puedan impugnarlos o inobservar las leyes inconstitucionales.

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Al final de nuestro trabajo sin que implique haberse agotado el temario podemos afirmar que, la buena fe procesal es un principio constitucional aplicable al debido proceso; y, se desarrolla en diferentes cuerpos legales para alcanzar su realización práctica; aún cuando su desarrollo doctrinal ha resultado escaso en su difusión; no así, en el orden jurisprudencial que es el escenario en virtud del cual ha conseguido su más grande realización, imponiéndose como verdadero principio rector del comportamiento de todos quienes intervienen en el proceso. El imputado o acusado en el ámbito procesal penal tiene el deber de intervenir respetando las reglas de la buena fe, al igual que todos los demás sujetos que intervienen en el proceso, conforme hemos visto en líneas precedentes, con excepción del ámbito material en donde puede mentir, porque tiene derecho a guardar silencio y no incriminarse. La inobservancia a las reglas de la buena fe generan: ineficacia o inadmisibilidad del acto procesal; principio procesal que lamentablemente no se encuentre reconocido en forma expresa, sino de manera tácita en el Artículo 174 del Código Político del 2008.

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Bajo una política de control social dirigida desde la “guerra contra las drogas” que lidera Estados Unidos de Norteamérica, nuestra legislación antidrogas ha asumido la tarea de punirlo todo, creando falsas concepciones sobre una sociedad de riesgo. Una legislación que transgrede la Constitución y violenta el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la falta de análisis del principio de lesividad en la conducta tipificada como tenencia o posesión de drogas, que más allá de no solucionar el problema del consumo, termina siendo la figura ideal para cubrir desde la venta hasta el mismo consumo, criminalizando al eslabón más frágil de toda la cadena. El seguimiento de estas políticas ha creado verdaderos aparatos estatales de represión que coexisten, siendo los cuerpos de policía quienes deciden sobre culpabilidad o inocencia desde el mismo momento de la detención. Fiscales y juzgadores bailan al son que tocan esos cuerpos policiales, los que ejercen también una función de control hacia los operadores de justicia. Toda esta política de un Estado policía, lleva a sentencias rara vez argumentadas, muy pobres en análisis doctrinario y principios rectores del proceso, sin existencia de una posición crítica de los jueces frente al bien jurídico que realmente desean proteger; crean un bien jurídico abstracto como la salud pública para acogerse de él y justificar la aplicación de penas desproporcionadas al delito e incluso a la cantidad de la sustancia encontrada en poder del procesado.

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El presente trabajo busca demostrar que el Ecuador no ha institucionalizado un Estado constitucional de derechos y justicia, ni vive una democracia participativa, sino que atraviesa por una situación dictatorial, en que los principios fundamentales de la democracia han sido suplantados por un nuevo régimen político, que por sus características, denomino Dictadura Plebiscitaria. Para argumentar esta tesis, este trabajo se divide en cuatro partes. En la primera se realiza un análisis del tránsito constitucional y político que previó la Constitución de Montecristi, a partir de una lectura política de su Régimen de Transición y Disposiciones Transitorias. En la segunda, se expone un análisis de Constitución de la República –CRE—elaborada en Montecristi y aprobada en Referendo en septiembre de 2008. Se argumenta que su proyecto institucional se encaminó hacia la construcción de un Estado presidencial y un modelo de legitimación plebiscitaria, no correspondiente con la proclamación de un Estado constitucional de derechos y justicia. La tercera parte estudia la dinámica política a través de la cual el gobierno de la Revolución Ciudadana demolió el régimen político de la llamada ―partidocracia‖ e inició la consolidación de un nuevo régimen. Para ello, se estudia la vocación refundacional y carácter populista del liderazgo correísta y las razones políticas y conceptuales por las cuales este régimen merece definirse como una Dictadura Plebiscitaria. La cuarta parte pretende, de forma provisional, exponer para el debate una vía conceptual para salir de la Dictadura Plebiscitaria y construir un nuevo régimen político, radicalmente democrático. Se presenta una Agenda de Transformación Constitucional, compuesta de 11 temas, y una Agenda de Reforma Legislativa, que contempla la modificación de 19 cuerpos legales.

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Esta investigación busca identificar y analizar los imaginarios de belleza entre las estudiantes de comunicación social (UCE) y las estudiantes de periodismo (UDLA), pertenecientes a distintos estratos socio-económicos además de establecer cómo influyen en la construcción identitaria de su imagen corporal. También se compararán las estéticas corporales de las jóvenes como son la vestimenta, maquillaje y peinados. También se establecerá cuál es su concepción de fealdad o de lo grotesco en cuanto a la corporeidad femenina. Los medios de comunicación a los cuales tienen acceso legitiman sus imaginarios de belleza, se da la relación entre imagen – tecnicidad, debido a que algunas estudiantes consideran hermosas y con cuerpos envidiables a modelos, cantantes, actrices, estrellas de reality shows de televisión nacional o extranjera, por lo tanto se puede hablar de la construcción de una belleza en base a la cultura visual y al entono socio-económico de las jóvenes de ambas universidades. No obstante, resulta importante señalar que ciertas jóvenes se someten a prácticas sociales y de control para ser parte del imaginario de belleza impuesto por las industrias del cine, la moda, el entretenimiento, dentro de la cual el cuerpo de la mujer se convierte en objeto. Algunas estudiantes hacen dietas rígidas, consumen productos light, ligeros, ejercitan sus cuerpos en gimnasios, se han realizado y desearían realizarse cirugías plásticas, unas compran prendas de marca es decir optan por la originalidad otras prefieren lucir ropa escotada y llamativa para mostrar su figura, en ambos casos lo hacen con el fin de lucir similar al modelo social de belleza y así lograr ser visibilizadas.

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Este trabajo investigativo a permitido a partir del análisis de las diversas posiciones de la doctrina representada por diferentes autores así como luego del breve recorrido realizado a través de la normativa histórica de nuestro país clarificar los principios de reserva de ley, de legalidad y su papel en la formación de las normas tributarias conforme a como han sido plasmados en el transcurrir de los años. Dentro de este recorrido histórico estudiar el proceso legislativo para la elaboración de las normas tanto aquellas calificadas con el carácter económico urgente como aquellas que no. Así también analizar como han sido y son concebidos y tramitados ambos tipos de proyectos de ley y la manera como fue y es utilizada la figura del decreto-ley por parte de quienes han ostentado la Presidencia de la República. Con la finalidad de realizar una valoración de cómo ha evolucionado la calificación de urgencia en materia económica de proyectos de ley, en especial aquellos que en su contenido han estipulado regulaciones de carácter tributario y por cuanto nuestra legislación y academia no brinda mayores aportes sobre el tema, hemos acudido a autores españoles quienes nos han contribuido con la experiencia de su país sobre el estado de crisis, la extrafiscalidad y la delegación legislativa que en nuestra legislación se asimila a la urgencia y a los decretos-ley. Aterrizando lo investigado y aprendido en un análisis de los proyectos de ley calificados como económicos urgentes en los últimos años enfatizando en: Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno y Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado ambas con un contenido tributario y promulgadas mediante la figura de decreto-ley. Con la finalidad de determinar si para su creación se observaron los principios de reserva ley y de legalidad, así como con el trámite constitucional establecido para la vigencia de las leyes.

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El presente trabajo pretende contribuir en la ampliación de un corpus de estudio sobre la imagen del afrodescendiente. Se trata del análisis de la novela Jonatás y Manuela, de la afroecuatoriana Luz Argentina Chiriboga y del video Ecuatoriano Freddy Quiñones, detenido por cruzar con luz roja en Chile. En ambas narrativas se muestra la subyugación a la que son sometidos los cuerpos de los afrodescendientes. Con este propósito se procura rastrear cómo la percepción del color, asociada a las marcas étnicas y racistas heredadas de los discursos coloniales del siglo XVI al XVIII y los nacionalistas del XIX, se resemantiza en el siglo XX exponiendo las tensiones entre etnia/territorio/cultura a través de sujetos sociales que tradicionalmente han carecido de espacios de visibilidad para su propia representación, como agentes históricos y de acción política. Con esta intención, vale entonces emprender nuestro recorrido junto a las reflexiones de Hering, Cunin, Ariza, Chaves, Ramos, Montelongo, Miranda y Handelsman, quienes exploran las continuidades y discontinuidades que los diferentes discursos canónicos han sustentado alrededor de la percepción del color de piel en relación a la “raza” y a la identidad latinoamericana. Además, de manera simultánea, se analizarán los escenarios de subyugación desde la enunciación, los conceptos de utopía y heterotopía –de Michael Focuault-. De este modo, por razones de organización del corpus de estudio, tanto la novela como el video serán estudiados en cada uno de tres capítulos que componen el presente trabajo desde la configuración del color y del cuerpo en distintos escenarios: primero, el de subyugación que produce perspectivas indicadas.

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La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública fue dictada por la Asamblea Nacional Constituyente de Montecristi en el mes de agosto del año 2008, meses antes de que sea expedida la actual Constitución de la República del Ecuador, lo que ha hecho que existan ciertas incongruencias entre los dos cuerpos normativos. Múltiples problemas se han suscitado desde que esta ley entró en vigencia, debido en gran parte al profundo desconocimiento que existe sobre la materia de parte de todos quienes pasaron a integrar el Sistema Nacional de Contratación Pública. Es por ello que hemos entendido necesario hacer un breve análisis de uno de los aspectos más relevantes de la materia, como son los actos administrativos emanados de las entidades contratantes: sus elementos, características y naturaleza jurídica; así como los mecanismos con los que cuentan las entidades y los particulares para dejarlos sin efecto por diversos motivos, y los medios con los que cuentan los administrados para defenderse en caso de que vean vulnerados sus intereses o el interés colectivo. Adicionalmente hemos pensado pertinente analizar un caso práctico y su desarrollo dentro del ordenamiento jurídico vigente, a fin de entender mejor el proceder de los oferentes, entidades y autoridades de control.

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El presente trabajo investigativo tiene por finalidad dar a conocer a la comunidad educativa como ha venido evolucionando el proceso coactivo en el Ecuador desde sus inicios en el año 1943 en la Constitución Política del Ecuador para luego de acuerdo a las necesidades presentadas lograr mediante ley la emisión y publicación de otros cuerpos normativos mediante los cuales se establece y regla este procedimiento para dar a conocer tanto a los contribuyentes como a la Administración Tributaria como proceder en el caso de que se llegue a la recuperación de valores que le corresponden al Estado mediante la vía coactiva. Además en este trabajo podremos observar el comportamiento que ha tenido la cartera del Área de Cobranzas del Servicio de Rentas Internas haciendo una comparación de lo que ha sucedido en estos diez últimos años permitiéndonos hacer una relación de los valores recaudados mediante el proceso coactivo vs los valores de la recaudación tributaria obtenida por la Administración durante este período de tiempo. También se realizará el análisis de los cambios que se han dado en materia coactiva y que se encuentran dentro de la legislación ecuatoriana mismos que han sido trabajados por los poderes Ejecutivo y Legislativo para permitirle al fisco una mejor y rápida recuperación de las acreencias que por ley le corresponden y las consideraciones de los contribuyentes que se sienten afectados con estos cambios.

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La presente tesis de carácter socio-jurídico examina las repercusiones graves e inclusive irreparables que viven las mujeres que se han practicado un aborto clandestino e inseguro a causa de la invisibilización de su incidencia como un problema de salud pública, y como un mecanismo de apropiación de los cuerpos desde la sociedad patriarcal; situación que se traduce en violaciones a numerosos derechos constitucionales de las mujeres a pesar de encontrarnos en un nuevo paradigma constitucional garantista de derechos. Bajos estos presupuestos de análisis, esta investigación finalmente demuestra la inconstitucionalidad de la penalización del aborto y la necesidad del reconocimiento a un aborto seguro como un derecho emancipador y garantista de los derechos reconocidos en la Constitución ecuatoriana de 2008.

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La utilización de los términos femicidio y feminicidio en Ecuador, es relativamente reciente, y aunque no existe una figura penal que acoja alguna de estas denominaciones, a priori se refiere al homicidio de mujeres. El concepto de femicidio fue introducido en los debates sobre violencia contra las mujeres en los 70, para referirse al asesinato perpetuado por hombres a mujeres, motivados por un sentido de poder y al mismo tiempo de desprecio o desvalorización de sus cuerpos y proyectos de vida. Diana Rusell, feminista estadounidense, planteó la definición de femicidio, con el objeto de que al nombrar los crímenes de mujeres en manos de hombres, sea más fácil identificarlos en el ámbito de la política sexual, y para que estos dejen de ser asumidos como cuestiones privadas y/o patológicas, y más bien sean analizados como expresión del dominio patriarcal: “Cuando los hombres matan a las mujeres [...] el poder dinámico de la misoginia y el sexismo está involucrado”.1 Siguiendo esta línea de reflexión, la Comisión de Transición hacia el Consejo de las Mujeres y la Igualdad de Género, explica que al hablar de femicidio se refiere a las muertes violentas de mujeres, que no se producen en forma casual, y tampoco son producto de actos de violencia social generalizada. Por otro lado, recalca que los femicidios ocurren bajo lógicas y dinámicas distintas que las que envuelven los homicidios de hombres causados por hombres

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El presente trabajo de investigación tuvo por objetivo determinar cómo las representaciones sociales inciden en la conformación de los sistemas de creencias e ideologías de las personas gays y trans, a partir de la hegemonía del sistema heterosexista y su discurso normativo. Para esto, fueron analizadas categorías como ideología, prejuicio, heteronormatividad, discriminación y endodiscriminación. Ello ameritó un estudio de casos, realizado con miembros activistas de las instituciones ecuatorianas: Fundación Equidad y el Proyecto Transgénero, quienes compartieron sus experiencias de vida, así como reflexiones surgidas de su militancia y deconstrucción del modelo heteronormativo. El estudio arrojó como resultado que el lenguaje, profundamente imbricado en las representaciones sociales, constituye en el sujeto posiciones de identidad atravesadas por efectos de la discriminación y el prejuicio. Aunque, paradójicamente, la emergencia de corrientes contrahegemónicas al interior de los colectivos de gays y trans permite resignificar la palabra hiriente y darle lugar en la sociedad al no heterosexual. Además, se constató que, pese a ciertos avances legislativos género‐sensibles, persiste una clara diferenciación social entre lo que es considerado “normal” y lo “anti‐natural”; específicamente, entre el “nosotros correcto” y el “ellos” insurrecto a la norma, pensado como invivible y abyecto. Importa pensar, entonces, el efecto que ejercen instituciones de poder, como la iglesia, la clínica y el ámbito judicial.