952 resultados para Natura (Firma)
Resumo:
Resumen tomado de la publicación
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Estudiar la libertad de enseñanza en la España de Franco. Libertad de enseñanza entendida como el derecho de los particulares e instituciones no estatales a crear Centros de enseñanza, y más concretamente, Centros de enseñanza superior o Universidades. Consta de seis capítulos: 1.- Es introductorio y en él se presentan datos correspondientes a la trayectoria histórica en política universitaria desde el siglo XIX (a partir de la Constitución de 1812) hasta aproximadamente el primer tercio del siglo XX (incluida la II República española), al hilo de los intentos y logros legislativos más significativos. En ellas se reflejan las ideas educativas que quisieron aplicar los diferentes grupos dirigentes o susceptibles de serlo, a través de la configuración de un específico sistema educativo. 2.- Se contemplan las modificaciones que se produjeron en España durante los primeros años del franquismo, por actuación del Ministerio de Educación Nacional, para contribuir a la transformación de la vida del país, a través de reformas en el Bachillerato, en las altas instituciones científicas dedicadas principalmente a la investigación y en la Universidad. 3.- Está dedicado a considerar las sugerencias, propuestas y opiniones de determinadas instituciones de católicos (que de una u otra forma se dedican a la docencia), en relación con la anunciada reforma de la Universidad española, fundamentalmente las que hacen una referencia más directa a la libertad de enseñanza de la Iglesia en materia universitaria. 4.- Se centra en el proceso legislativo que precede a la promulgación de la Ley de Ordenación de la Universidad española de 1943 y en el estudio particular de los factores implicados en el reconocimiento de Centros universitarios no estatales. 5.- Considera la evolución cronológica del tema de la creación y reconocimiento de Centros de enseñanza superior no estatales en España, desde 1944 hasta los años finales del Ministerio de Joaquín Ruiz Giménez. 6.- La primera parte trata de la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 1957, cuya promulgación supone la ruptura del monopolio estatal en la enseñanza técnica superior. La segunda parte del capítulo se refiere más específicamente a los aspectos que rodean la firma del Convenio entre el Estado Español y la Santa Sede, en 1962, que regula las condiciones para el reconocimiento civil de los estudios no eclesiásticos realizados en las Universidades de la Iglesia. 1.- En los años de Gobierno de Franco no se ha encontrado ninguna opinión destacada que cuestione el cometido de la Universidad como formadora de las minorías dirigentes. 2.- En el nuevo Estado surgido del golpe del 18 de julio la preocupación por la reforma de la Universidad es temprana (Proyecto de 1939 que regula las Universidades del Estado, Anteproyecto de Ley de Organización de las Universidades Nacionales de 1941, la Ley de Ordenación de la Universidad de 1943_). 3.- Con respecto a la reforma de la Universidad en los primeros años del franquismo deber señalarse que tanto las instituciones de católicos (reclaman el derecho de la Iglesia a crear Universidades), como algunos falangistas (también católicos, pero pertenecientes a instituciones oficiales), afirman que el liberalismo es el causante de los males de la Universidad española. 4.- En general, al reclamar la libertad de enseñanza se piensa en el derecho de creación de Centros docentes independientes de los del Estado. 5.- La firma del Concordato de 1953 supone el reconocimiento por el Estado español de los derechos de la Iglesia en todos los niveles de la enseñanza. 6.- Con la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 20 de julio de 1957 se asiste a un punto de inflexión en el tema de la libertad de enseñanza. Dos avances significativos: El derecho a la existencia de Escuelas de Enseñanza Técnica de Grado Superior no estatales y el establecimiento de un examen global ante un Tribunal mixto para esas Enseñanzas Técnicas no estatales. 7.- El régimen de Franco, al reconocer los derechos docentes de la Iglesia hace posible que se haga realidad la libertad de creación de Universidades no estatales.
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Se pretende divulgar de forma amena y rigurosa el tema transversal de la educación ambiental. Por otro lado, otra de las intenciones de esta obra es dar respuesta a la demanda del profesorado de más soporte teórico sobre la didáctica, en una materia para la que no han dedicado horas lectivas. La presente obra aborda los fundamentos por los que se justifica la enseñanza de la educación ambiental y su papel en el sistema educativo, se indaga en sus origenes y evolución, el ecologismo como estrategia educativa y se ofrecen orientaciones y conocimientos medioambientales para su divulgación en el aula. Se dedica un capítulo al proyecto 'Voz Natura', del que participan varios centros educativos de Galicia; este proyecto abarca varios ámbitos del medio ambiente y sus aplicaciones en el aula (agua, huerto escolar, rutas, reciclaje, entorno natural, etc); se incluye una relación de proyectos desarrollados en estos centros, algunos de los cuales han sido premiados. El capítulo final ofrece una serie de recursos didácticos para el aula.
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Existe un ejemplar en lengua valenciana con el título: Ecosistemas i canvis : ciències de la natura, biología i geología, quart curs : alumnat. ISBN: 84-7890-928-1
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Existe un ejemplar en lengua valenciana con el título: La unitat dels éssers vius : ciències de la natura, biologia i geologia, tercer curs : alumnat. ISBN: 84-7890-701-7
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Resumen basado en el de la publicación
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Existe un ejemplar en legnua valenciana con el título: Matèria i electricitat : Ciències de la natura, física i química, tercer curs : alumnat. ISBN: 84-482-0124-8
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Existe un ejemplar en lengua castellana con el título: La mecànica : una ruptura amb la física pre-clàssica : ciències de la natura, física i química, quart curs : alumnat. ISBN: 84-482-0066-7
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Resumen tomado del autor
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Reflexiones en torno a la publicidad en televisión después de la firma de los diferentes canales de un código de autorregulación de los programas y mensajes publicitarios dirigidos al público infantil y juvenil. Batería de actividades que se pueden realizar con los alumnos para que conozcan, desdramaticen y conozcan mejor el fenómeno publicitario.
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Monográfico con el título: Consenso y disenso: ¿es posible el pacto social en educación?. Resumen tomado de la publicación
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Resumen tomado del autor. Monográfico con el título: De inmigrantes a minorías: temas y problemas de la multiculturalidad. Texto completo sólo disponible en el CD anexo o en la versión en línea
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Resumen tomado del de la publicación. Monográfico con el título: La cualificación profesional básica: competencias para la inclusión sociolaboral de jóvenes
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Repaso de las diferentes iniciativas llevadas a cabo desde 1791 para defender los derechos de la actividad creadora de cada individuo, ante los continuos atropellos que sufren los creadores intelectuales. Con el fin de proteger los derechos de autor, empiezan a aparecer en diferentes países textos legislativos, con mayor o menor acierto en sus medidas. Sin embargo, sigue persistiendo el problema del plagio y mal uso de las creaciones fuera de las fronteras de cada país, estos textos son simples protecciones nacionales. Comienzan entonces a proliferar convenios bilaterales entre algunos países, pero estas medidas resultan complicadas e ineficaces. Surge entonces a iniciativa de Francia, un Convenio firmado en Berna en 1886 por diez países: Alemania, Bélgica, Francia, Gran Bretaña, Haití, Italia, Liberia, Suiza y Túnez. El texto de Berna es un intento de consagración internacional de la defensa de la propiedad intelectual. Más tarde, entre 1888 y 1889, se firma un segundo Convenio en Montevideo, que es el primer Tratado de Propiedad Intelectual del Nuevo Mundo, que firmaron República Argentina, Paraguay, Bolivia, Perú y Uruguay. A estos tratados les suceden varias revisiones y ratificaciones, hasta llegar a una compleja maraña de convenios, tratados bilaterales y arreglos recíprocos de algunos países sudamericanos con Estados Unidos, hasta la Convención de Washington en 1946. En resumen, la situación internacional de los derechos de autor a comienzos de los años cincuenta, con la previsión de una revisión de los convenios, aseguran la continuidad de la colaboración internacional entre los países unionistas, que son ya más de treinta y cinco en este momento. En cuanto a América, la situación no es tan optimista, por retrasarse la ratificación del Convenio de Washington. En este panorama, siguen aún los intentos de realizar un unificación universal del régimen internacional del derecho de autor, con el apoyo de la UNESCO, sirviendo de lazo de unión entre los dos continentes.
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Se hace un repaso del acuerdo de cooperación comunitaria: el Tratado de Unión Europea a partir de 1957, que no constituye un buen punto de partida en cuanto a una política común en educación, y a partir de 1976 hasta 1986 se considera una época de transición. A lo largo de los años ochenta del Tratado de Roma, la actividad de las instituciones y de los países en relación con la educación conoce un crecimiento notable. A partir de 1986, se inicia un nuevo período en la cooperación educativa conocido como el período de los programas. Se llega a la firma de los acuerdos de Maastricht a través de los cuales se deciden los mecanismos para la culminación definitiva del proceso de Unión Europea.