999 resultados para Derecho a la propiedad
Resumo:
Este texto es una monografía de grado fruto del análisis de documentos de la literatura nacional y de documentos de algunas instituciones nacionales. En él se intenta abordar el problema de los efectos, sobre todo negativos, que tendría el Tratado de Libre Comercio, TLC, en la salud de los colombianos. De manera concreta se hará referencia a cinco puntos relevantes del Capítulo 16 del Tratado que aborda el tema de la propiedad intelectual que, según los expertos, tendrán un impacto importante en el sistema de salud colombiano y, por lo tanto, en la salud de los consumidores. De esta forma, la pregunta central que pretende responder este texto es: ¿La firma del TLC entre Estado Unidos y Colombia, en especial, la implementación del punto 16 sobre la propiedad intelectual, limita el acceso de los colombianos a los medicamentos? Así mismo, se intentará establecer en qué corriente ideológica se enmarcan estas negociaciones, es decir, se pretende rastrear desde qué base teórica se sustenta y negocian este tipo de instrumentos económicos.
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Resumen tomado de la publicación
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Resumen tomado de la publicación
La igualdad compleja de Michael Walzer y los fallos económicos de la Corte constitucional Colombiana
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Me he trazado como objetivo fundamental en el presente trabajo hacer un estudio y una defensa, desde la obra filosófica de Michael Walzer, de los fallos de tutela y de constitucionalidad de la Corte Constitucional colombiana comprendidos entre los años 1999 y 2006, por medio de los cuales se protegió y promovió el derecho a la vivienda digna, en su calidad de derecho económico y social fundamental; objetivo que representa una oposición directa a las críticas de aquellos que consideran que el máximo tribunal de lo constitucional durante los últimos años ha venido usurpando funciones de las ramas ejecutiva, legislativa y del Banco de la República, y que, además, con sus fallos basados en “principios de carácter populista”1 genera resultados ineficientes en la economía nacional desde el punto de vista macroeconómico; y que, bajo dicho argumento, la quieren “desmontar” o restringir severamente su competencia.
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Conforme nuestra Constitución Política, más exactamente en su artículo 116 , se desprende que por regla general, la función de Administrar Justicia se encuentra confiada a la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales, los Jueces y la justicia penal militar. El Congreso también ejerce determinadas funciones judiciales.
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En estos términos, será objeto del presente trabajo, explicar el concepto de los preacuerdos de culpabilidad, sus antecedentes, la diferencia entre estos y el allanamiento a los cargos y, finalmente, explicar la forma de proteger los derechos de las víctimas a lo largo de su celebración.
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El presente proyecto de grado se inscribe bajo el proyecto de Responsabilidad Social Empresarial de la línea de investigación de Realidad Empresarial de la Facultad de Administración de la Universidad del Rosario. El problema de investigación surge de dos problemas actuales, que convergen en la insostenibilidad a largo y mediano plazo de la manera en que se hacen la mayoría de los negocios hoy en día. El primer problema, es el de suficiencia, se evidencia desde el punto de vista del consumidor, el cual pareciera estar diseñado para comprar y acumular objetos y cosas que luego de un tiempo irán a parar a la basura. El segundo problema es el modelo de negocio que extrae recursos, los transforma, los comercializa de manera repetitiva y obliga al cliente a seguir comprando, olvidando que la mayoría de cosas que produce, terminan en el basurero. La deficiencia actual del consumismo insostenible y del diseño que no piensa en las generaciones futuras son dos caras de la misma moneda. Por eso es que se estudia el problema desde la perspectiva tanto del consumidor, como del productor. Las tendencias internacionales relacionadas con la sostenibilidad están llevando a los negocios por una nueva senda, la cual les dará ventajas competitivas a los adoptadores tempranos. A raíz de los problemas planteados y con el objetivo de encontrar la sostenibilidad empresarial, se estudia una posible solución para cada actor del problema. Por el lado del consumidor, se analiza la teoría que gira alrededor del consumo responsable y de cómo los consumidores tienen el poder de causar un efecto positivo con lo que mejor saben hacer: comprando (y eligiendo que comprar). Por el lado del productor se estudia un nuevo modelo de negocios llamado el sistema producto-servicio, el cual se enfoca a satisfacer necesidades de los clientes por medio de una combinación de prestación de servicios y facilitación de productos, en vez de la comercialización de estos. Es decir que en vez de vender cosas que los consumidores quieran acumular (problema de suficiencia), se les vende soluciones que satisfagan sus necesidades, reteniendo la compañía la propiedad sobre los productos que integran al servicio. Se estudia también de que maneras este modelo particular de sistemas producto-servicio puede ser recibido por los consumidores de hoy en día, tan acostumbrados al modelo actual. Se quiere explorar el sistema de productos y servicio como una alternativa empresarial perdurable que solucione los retos ambientales del siglo XXI. Para poder probar la viabilidad de este hipotético modelo que cambia los patrones de interacción de las empresas con los usuarios, se plantea una idea de negocio que integre productos y servicios para satisfacer las necesidades del cliente. Se escogió un área viii caracterizada por ser de las más consumistas y acumuladoras en cuanto al volumen de compras anual de los clientes: el negocio de la ropa. Y no solo cualquier tipo de ropa, sino el de la moda rápida, un modelo que obliga a los consumidores a comprar ropa con una frecuencia aún mayor. Se hizo esto con el objetivo de probar que el modelo propuesto puede funcionar inclusive bajo los supuestos más “consumistas” que existen hoy en día.
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¿De qué manera los órganos del sistema interamericano de derechos humanos han hecho frente a la noción de “guerra”, concepto que ha ido cambiando con el tiempo, siendo la expresión utilizada hoy la de “conflicto armado”, ya sea interno o internacional? Esta pregunta se halla a la base del análisis desarrollado en la primera parte de este artículo, demostrando que el continente americano ha sido objeto de conflictos de todo tipo. La heterogeneidad de situaciones (conflictos armados, tensiones internas, terrorismo de Estado) ha engendrado una variedad de calificaciones jurídicas que tanto la Comisión como la Corte interamericanas han identificado con detalle en su jurisprudencia. Esta operación de conceptualización es aún más trascendente por su implicación para el Derecho Internacional aplicable a los conflictos armados. A través de este estudio, resurge el eterno debate de la relación entre dos ramas clave del Derecho internacional: la del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y la del Derecho Internacional Humanitario. La segunda parte del análisis tiene por objeto explorar, pues, si el ius in bello ha encontrado su sitio en la jurisprudencia de los órganos del sistema interamericano de derechos humanos. En fin, los cambios que han acompañado buena parte de la historia política del continente americano demuestran igualmente la importancia de tener en cuenta el régimen aplicable a los estados de excepción, muy presente en el trabajo de la Corte y la Comisión Interamericanas.
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El presente artículo corresponde a la construcción de una línea jurisprudencial a partir de los pronunciamientos de la Corte Constitucional en los cuales se interpuso acción de tutela por considerar que se vulneraba el derecho a tener una familia de los niños(as) accionantes. Es una particular situación fáctica en la mayoría de los pronunciamientos analizados que uno de los padres de los niños/as a los cuales se les estaba vulnerando su derecho a la familia se encontraba privado de la libertad, a partir de ahí se analizan los criterios de aplicación del principio del interés superior del niño para proteger el derecho en mención.
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En este texto hago un análisis del despojo activo paramilitar. Entiendo por este término la transferencia planeada y coercitiva de la tierra de algún agente a otro. Sugiero que se puede entender teniendo en cuenta dos grandes dimensiones. Primero, diseños institucionales que dan a la propiedad (sobre todo a la gran propiedad) de la tierra importantes usos militares/ilegales, en segundo lugar, características organizacionales cruciales del fenómeno paramilitar. El cruce entre aquellos diseños y dichas características: a) genera una tipología de despojos, b) podría explicar la forma en que se produjo el despojo activo y c) además revela dinámicas sociales y problemas de acción colectiva subyacentes a él. Todo esto tiene algunas implicaciones analíticas y de política pública.
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La adquisición masiva de tierras por parte de empresas extranjeras en países africanos, asiáticos y latinoamericanos refleja una nueva fase del capitalismo global (Sassen, 2013). Colombia no ha escapado a esta lógica mundial del capitalismo, pues en la última década la influencia de las empresas extranjeras en el mercado de tierras ha sido notoria. En esa lógica, este artículo compara, desde un enfoque de Derechos Humanos, las prácticas de adquisición de tierras de tres compañías extranjeras que han explotado carbón a cielo abierto en La Guajira y Cesar. Los resultados indican que la formalidad de la propiedad agraria y las restricciones institucionales de las empresas —asociadas al gobierno corporativo, la participación en bolsa de valores y el veto de compradores internacionales—influyen significativamente en el respeto a los derechos humanos.
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El juego temático de roles sociales es importante en la educación inicial porque posibilita el desarrollo de la actividad simbólica, voluntaria, reflexiva, comunicativa desplegada e imaginativa. Estas son formaciones psicológicas que garantizan el aprendizaje en la edad escolar. En este artículo se presenta una reflexión acerca de la necesidad de utilizar el juego temático de roles sociales en las aulas de preescolar,1 por su efecto en la promoción de habilidades y en la prevención de dificultades del desarrollo y del aprendizaje. Además, esta actividad se considera relevante porque posibilita que los niños adquieran las herramientas necesarias para la vida y para actuar de manera activa en la sociedad. Asimismo, contribuye a lograr el bienestar de los preescolares y, por consiguiente, a mejorar el derecho a la educación de calidad en el marco del desarrollo humano y de la salud escolar.
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Desvelar las diferentes concepciones mantenidas, explícita o implícitamente, acerca de los valores desde el ámbito de la Psicología Social. Estudiar empíricamente los valores, sobre todo aquellos que tienen que ver con el mundo de la intimidad. 384 personas distribuídas proporcionalmente en tres zonas distintas según el nivel económico: zona marginal, zona media y zona alta. En cuanto al sexo, el 46 eran hombres y el 54 mujeres. Diseño correlacional cuyas variables con las que se trabajo fueron las siguientes. A) Valores, se analizaron 7 variables: privacidad, autocontrol, ecologismo, solidaridad, placer, seguridad y religiosidad; B) Actitudes políticas: dogmatismo, radicalismo, actitud democrática, impotencia política y posición ideológica; C) Ideologías éticas; D) Variables demográficas: edad, creencias religiosas, nivel de estudios, clase social y actividad que desempeñan; E) Comportamiento político: intención de voto, participación política y grado de sentimiento nacionalista. Cuestionario de identificación, escala de impotencia política, cuestionario de intención de voto, escala de actitud democrática, escala de participación política, escala de valores, escala de ideologías éticas, escala de autoestima, escala de intolerancia a la ambigüedad y escala de radicalismo-dogmatismo. En primer lugar aparece una proposición referida al valor 'solidaridad'; en segundo lugar, encontramos la proposición 'el derecho a la intimidad es sagrado'. Es significativo que haya aparecido esta contraposición en lo más alto de la jerarquía. De los diez primeros valores de la clasificación, cuatro de ellos son indicadores de autocontrol (constancia, control, coherencia e integridad), otros tres son indicadores de solidaridad (solidaridad, libertad e igualdad) dos lo son de ecologismo (unión con la naturaleza y paz) y uno se refiere a la defensa de la intimidad. Si deducimos de ellos el modelo de hombre ideal habremos de hacerlo contando con estas cuatro dimensiones señaladas, a saber: un sujeto que valora por encima de todo la solidaridad con el otro, el dominio de sí mismo, el respeto a la naturaleza, la paz y la intimidad. Nuestro único objetivo era el de estudiar con cierto detalle aquellos valores que desde nuestro punto de vista, centran la dicotomía público-privado. Consideramos que este objetivo se ha visto satisfecho. Las escalas construídas guardan al menos, las relaciones esperables con los constructos (actitudes) y las variables sociodemográficas con las que hemos tenido ocasión de compararlas, lo que consideramos signo de validez.
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Estudiar las capacidades lingüísticas del hemisferio derecho con sujetos neurológicamente normales y procedimientos visuales. Investigación I: 189 sujetos, 127 varones y 62 mujeres. Investigación II: 48 sujetos, 24 varones y 24 mujeres. Investigación III: 32 estudiantes universitarios, 16 varones y 16 mujeres. Investigación IV: 48 sujetos, 24 varones y 24 mujeres. Investigación I: estudio normativo; Investigación II: diseño factorial 2x3x2x3, con TR, y el índice de errores, como variables dependientes. Los dos factores inter fueron el sexo y el grupo relativo a la imagen de la categoría palabras, alta, media o baja. Los dos factores intragrupo fueron el campo visual y la categoría o tipo de estímulo: palabras, pseudopalabras, no-palabras. Las variables controladas fueron: secuencia de estímulos, efecto atencional, emisión de respuestas, tiempo de exposición, lateralización del estímulo, lateralidad. Investigación III: diseño factorial 2x2x2x2 con dos factores intergrupo, sexo y modalidad de presentación y dos factores intragrupo: campo visual y tipo de juicio. Como variables dependientes se utilizó el TR y el IE. Las variables controladas fueron las mísmas que en la anterior investigación; además de la imagen, alta imagen, y tipicidad de los estímulos. Investigación IV: diseño factorial 2x3x2x2. Las variables dependientes: Tiempo de reacción y el índice de errores. Dos factores inter: sexo y modalidad de presentación. Los factores intragrupo fueron: campo visual y tipo de juicio. Las variables controladas fueron las mismas que en las investigaciones anteriores. En todos los casos se empleó una presentación unilateral. En las investigaciones III y IV el primer elemento lateralizado y el segundo central. Investigación II: a) en la categoría palabras, no hay diferencias entre los campos visuales, cuando se trata de nombres de uso frecuente y de alta imagen. Las palabras abstractas, sólo son procesadas por el hemisferio izquierdo; b) los resultados en la categoría pseudopalabras se observa ventajas en el hemisferio derecho; c) en la categoría no-palabras, no hay diferencias entre los campos visuales; d) se observa una mayor lateralización en los varones. Investigación III: existe superioridad del hemisferio derecho. En la realización de los juicios de pertenencia categorial. El hemisferio derecho es capaz de realizar categorizaciones, siempre que no sea de tipo verbal. Investigación IV: se comprueba la superioridad del hemisferio izquierdo en la realización de juicios de semejanza categorial. Hay diferencias entre los tipos de juicios. Aventajando los juicios afirmativos para la detección de las diferencias hemisféricas, así como la existencia de patrones diferentes de asimetría cerebral según el sexo con una mayor lateralización en los varones. En las variables de medida empleadas, los TR aparecen como menos sensibles que los índices de errores. En esta investigación se apoya la hipótesis cuantitativa de la diferenciación hemisférica.
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Los derechos de propiedad de la tierra pueden ser comunitarios o individualizados, delimitar diferentesusos y beneficios legítimos, así como definir temporalidades para su ejercicio, y presentar o norestricciones para su enajenación. En el contexto neoliberal, sin embargo, la definición de derechosde propiedad de la tierra con dominio pleno e individualizado se considera la mejor forma paraaumentar la inversión y conseguir la equidad social. En este trabajo reflexionamos sobre el cambiode régimen de propiedad social (o de las comunidades agrarias) a privada en México. Analizamosen particular, cómo su aplicación en la periferia urbana ha transformado las relaciones sociales depropiedad entre ejidatarios y pobladores de menores ingresos y establecido condiciones para undesarrollo del mercado formal de tierra.Sin desconocer que la entrada del sector inmobiliario capitalista al mercado de tierra en la periferiaurbana, puede derivar beneficios económicos a los sujetos agrarios, los hallazgos de este trabajoindican que se trata fundamentalmente de un estado ilusorio. Los instrumentos jurídicos creadospara facilitar la individualización de la propiedad social, no cumplen con la función de capitalizar elcampo y, por el contrario, llevan a un proceso de despojo de la tierra de las comunidades vía mercado,lo que facilita los procesos de acumulación capitalista en el ámbito urbano. Adicionalmente,dificulta tanto las acciones de regularización de asentamientos informales como el acceso de lospobres al suelo urbano.