944 resultados para SOCIEDADES COMERCIALES – LEGISLACIÓN
Resumo:
Se muestra el esquema de enseñanza correspondiente a los estudios que había que cursar para alcanzar el grado de Doctor a través del Bachillerato Laboral Elemental. De los seis a los doce años, se extendía la enseñanza primaria, que al finalizarla, se obtenía el Certificado de Estudios Primarios. A partir de los diez años y hasta los quince, era el Bachillerato Laboral Elemental el que se estudiaba. Entre los quince y los dieciocho, Perito Mercantil. A los dieciocho, se podía conseguir el Título de Perito Mercantil. Entre los dieciocho y los veintiuno, Profesor Mercantil y al finalizar, el Título de Profesor Mercantil. Seguidamente, entre los 21 y 26, Ciencias Económicas y Comerciales, obteniendo el Grado de Licenciatura a los veintiséis y por último, el Doctorado, obteniendo el Grado de Doctor.
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Esquema general de enseñanza que muestra los estudios comerciales a través de la realización del Bachillerato General Elemental. Enseñanza Primaria, Bachillerato General Elemental, Perito Mercantil, Profesor Mercantil, Ciencias Económicas y Comerciales y por último, el Grado de Doctor, resumen la sucesión de los estudios comerciales, desde los seis hasta pasados los veinticinco años.
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Esquema que representa la organización de los estudios de la Facultad de Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales. En la base, la Enseñanza Primaria hasta los doce años a los que se conseguía el Certificado de Estudios Primarios. Entre los diez y los catorce, el Bachillerato General Elemental y el Grado de Bachiller Elemental. De los catorce a los dieciséis, el Bachillerato General Superior, dividido en Ciencias y Letras. Entre los dieciséis y los diecisiete, el Preuniversitario de Ciencias o Letras. De los diecisiete a los veintidós, las ramas de Políticas o Económicas y Comerciales, obteniendo al final el Grado de Licenciatura a los veintidós. Para concluir, el Doctorado y el Grado de Doctor.
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Continua la publicación con el título : Revista de información de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO
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Se transcribe la Ley de fomento del empleo juvenil de Italia, de 1 de junio de 1977, n. 285. Consta de treinta artículos en total, agrupados en cinco títulos. Los principales objetivos que perseguía esta Ley eran: fomentar el empleo de los jóvenes en actividades agrícolas, artesanales, comerciales, industriales y de servicios, desarrolladas por empresas individuales o asociadas, cooperativas y sus consorcios y entidades económicas y públicas; financiar programas regionales de trabajo productivo para obras y servicios de utilidad social, con referencia especial al sector agrícola, y programas de servicios y trabajos propuestos por las administraciones centrales; animar al acceso de los jóvenes al cultivo de la tierra y realizar planes de formación profesional para generar desarrollo durante el año 1977.
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Estudio histórico, estudio legislativo, análisis estadístico, estudio comparativo con algunos países de Europa, América, África y Asia, en España y DU (Distrito Universitario) de Zaragoza; situación de la Educación Preescolar en el DU de Zaragoza según las opiniones de profesores y expertos en Educación Preescolar cara al futuro plan de estudios. 268 profesores de Preescolar y 20 expertos en Educación en el DU de Zaragoza. 1) Descripción de los momentos históricos y de las personas más relevantes de las primeras Sociedades de Educación hasta las EU de Formación del Profesorado, especialidad Preescolar. 2) Estudio estadístico de la Educación Preescolar en España -1967-77- y DU de Zaragoza por zonas, elaborando mapas de Preescolar de cada provincia del DU. 3) Qué piensa el profesorado de Preescolar del DU de Zaragoza -y algunos directivos- sobre preferencias -jardín de infancia-párvulos-, dificultades en los objetivos educativos de ambos niveles, sobre perfeccionamiento del profesorado en Preescolar y posible planificación futura del ICE de Zaragoza, participación de los padres, problemas en el paso a primero de EGB, nuevo plan de estudios sobre Educación Preescolar. A) Evolución histórica: 1804, apertura a corrientes europeas; 1838, se crea la primera Escuela Normal; 1876, creación de la primera Escuela Modelo de Párvulos; 1922, Escuela Modelo Maternal de Madrid; 1977, EU de Formación del Profesorado de EGB en Educación Preescolar. B) Situación de la Educación Preescolar en el DU de Zaragoza: Tasa de escolarización, cursos 1978-79: 41,5 por ciento; zonas urbana, semiurbana y rural. Aumento desde 1974-5 a 1978-79 en enseñanza estatal y en enseñanza no estatal. Preferencias del profesorado: Párvulos, 94 por ciento; Jardín de Infancia, 3 por ciento. 1) El profesorado prefiere Párvulos por su mayor contenido didáctico. Rechaza Jardín de Infancia por su contenido asistencial -higiene, limpieza-. 2) Entre los objetivos propuestos en Jardín de Infancia se da un 52 por ciento de abstención -no contestan- y se presentan como difíciles de obtener lenguaje y conducta social. El área de Educación Religiosa la de menor dificultad. 3) Los mismos objetivos son más difíciles de cumplir en Párvulos, posiblemente debido a que los objetivos propuestos -oficiales ? - superan las realidades evolutivas del niño en Preescolar. 4) Hay desconexión en el paso a primero de EGB por falta de claridad en los objetivos de Preescolar, especialmente en niveles de lectura. Faltan planes de formación específicos para Jardín de Infancia y Párvulos y dotaciones en centros. 5) La encuesta a expertos añade falta de especialización específica del profesorado, sugiere cursos del ICE a realizar en las zonas del Distrito Universitario, promoción de revistas, intercambios de material, información, películas, visitas a centros y bibliografía. Urge una nueva definición de objetivos para la Educación Preescolar.
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Es un manual legislativo que sirve a los profesionales que trabajan en el sector educativo dedicado a las personas adultas. Está estructurado en tres grandes apartados, el primero de ellos dedicado a comentar los textos de mayor relevancia, tanto en el área de gestión del Ministerio de Educación y Cultura como de las Comunidades Autónomas con competencias en el tema. El segundo apartado recoge una base de datos con más de 2.000 referencias legislativas que tienen y han tenido incidencia directa en la EPA. La tercera y última parte está dedicada a seleccionar los textos más recientes de la historia legislativa de la Educación de Adultos en España para no tenerlos que manejar de forma dispersa. Con este libro se ofrece una herramienta de trabajo y consulta que sirva a futuras investigaciones y sobre todo al quehacer educativo de los profesionales..
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El artículo forma parte de un monográfico dedicado al currículo de historia
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El artículo forma parte de un monográfico dedicado a la LOE (Ley Orgánica de Educación).- Resumen tomado parcialmente de la revista
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Este artículo pertenece a una sección monográfica de la revista dedicada a audiencias y pantallas en América
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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado a la comunicación y divulgación de la ciencia
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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado al esfuerzo en el aprendizaje, ayuda y exigencia
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Llegar a sentar las bases peculiares que deben sustentar un modelo organizacional de las cooperativas de enseñanza. Los fundamentos teóricos y jurídicos en el ámbito de las cooperativas de enseñanza. Investigación histórica basada en la comparación de presupuestos ideológicos y desarrollo legal del movimiento cooperativista en la educación. Marcos teóricos referentes al tema. Entrevistas con personas que tienen conocimientos sobre el tema. Documentos bibliográficos obtenidos en organismos e instituciones relacionados con el mundo del cooperativismo o de la educación. Consejo Regional de Murcia: Consejerías de Educación y trabajo. Cátedra de Derecho del Trabajo de la Universidad de Murcia. Delegación del Ministerio de Trabajo. Dirección Provincial del MEC. Técnica análisis comparativo entre los supuestos ideológicos y los marcos legales. Para superar la cooperativa de enseñanza, el modelo de centro privado, no basta con que la personalidad jurídica sea el de cooperativa, bien sea de padres o de profesores, sino que habrá de encaminarse hacia fórmulas cooperativas cualitativamente superiores, que ciframos entre otras, en la consecución de sociedades cooperativas que integren como socios a aquellos sectores interesados en una misma tarea: la educación. La cooperativa de enseñanza ha de tener como sistema participativo las siguientes condiciones: flexibilidad en la organización, prioridad de los objetivos, equipos para realizar funciones en el centro, canales de comunicación multidireccionales, disponibilidad de tiempo, apertura del centro al entorno.
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Recoger toda la legislación de contenido educativo existente en Navarra desde 1512 años que se comenzó la Novísima Recopilación de las leyes del Reino de Navarra hasta 1812. Estudio sobre la evolución de la Legislación Educativa en Navarra. El trabajo está dividido en seis capítulos, En un principio intenta hacer un pequeño desarrollo de la enseñanza sin meterse en grandes matizaciones, es un esquema de cómo ha transcurrido la enseñanza en Navarra, quién regentaba las escuelas, etc. A continuación habla de las primeras letras, que será el fundamento principal de la tesina. Todas las leyes están relacionadas con la enseñanza de estas primeras letras. Los puntos que luego se desarrollan están ligados totalmente con éste de las primeras letras. En el capítulo siguiente intenta dar una visión sobre las instituciones que estaban al servicio de la educación, instituciones encargadas principalmente para llevar el buen orden de las escuelas, eran representaciones del reino, una especie de inspectores que llamamos hoy. Después pasa a los tipos de escuela, donde vemos una de las primeras leyes de la escuela pública que quizás no se diera con este fin pero fue un comienzo hacia esa escuela. Vemos también otra ley que también será de las primeras que se dan sobre la escuela o la educación privada. Más tarde vemos quién es el maestro, como llegaba a ser maestro, requisitos, etc. En el siguiente punto vemos que ya no son entre comisionados navarros y del gobierno. Vemos la forma en que la ley paccionada y siguientes influyen en la educación y enseñanza en Navarra. Al final de este punto vemos una ley que hace mención a la enseñanza en el mejoramiento del fuero de Navarra. 1) El Organismo Oficial que dicta las leyes son las Cortes del Reino de Navarra. 2) Existen más leyes referentes a la Organización de escuelas, lugar donde debe haberlas y a maestros que a lo que es en sí la educación. 3) Las escuelas eran Municipales principalmente, regidas por el Ayuntamiento. 4) Existían superintendentes dependientes del Ayuntamiento que supervisaban dichas escuelas. 5) La enseñanza no era mixta, había separación de chicos y chicas. 6) La enseñanza de niñas estaba en función de la utilidad que pudieran tener como amas de casa. 7) Los maestros eran nombrados para ejercer su facultad en cada pueblo, por el Ayuntamiento. 8) Hasta 1794 solo podían ejercer los maestros que tuvieran título y eran pagados por el Ayuntamiento. 9) Para la obtención del título se fijaban mucho en sus cualidades morales y cristianas.
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Análisis sobre la delincuencia infantil y juvenil en España teniendo en cuenta la legislación vigente. Estudio breve del trato que la legislación Española da a la delincuencia infantil y juvenil, la cual en los últimos años ha aumentado, si no de una manera alarmante, si lo suficiente para ser motivo de preocupación. El trabajo esta divido en dos grandes apartados. En el primero de ellos el autor se centra en las líneas generales de la delincuencia infantil y juvenil. Para ello comienza con una definición de delincuencia de menores para dar paso a posibles causas que influyen en el joven delincuente. Para finalizar ente apartado expone una tipología de jóvenes delincuentes, centrándose en la tipología de Gibbons. La segunda parte del trabajo está dedicada a la delincuencia infantil y juvenil en el sistema penal español. Para abordar esta parte comienza con una pequeña introducción sobre la situación histórica y el concepto de delito en el menor. Seguidamente analiza la situación legislativa en España y la situación real de la delincuencia juvenil, con cifras para valorarla. Estudio teórico. 1) Entre las causas a las que podríamos achacar el aumento y la precocidad de la delincuencia la hallamos fácilmente en la vertiginosa evolución de nuestra sociedad. 2) Las emigraciones masivas del campo a la ciudad, fomentadas por la creencia de unas mejores condiciones de vida, y el consiguiente desengaño al no encontrarlas, y en cambio sí hallar una población deshumanizada y con valores distintos a los rurales; hacen que el desarraigo incremente la posibilidad de incidir en hábitos delictivos. 3) La crisis de valores por las que atraviesa la sociedad actual, el paro, los modelos e ideales presentados a jóvenes y niños son circunstancias que inciden en el aumento de conductas asociales de éstos, llegando a casos extremos de delincuencia. 4) Existe aun desconocimiento de las causas debido a sobre todo a las dificultad para determinarlas dada su multiplicidad. 5) Entre las soluciones que habría que dar a la delincuencia están las que hacen referencia a las reformas legislativas y de los actuales centros especializados en la educación de estos niños y jóvenes, en los que el número de individuos es tan elevado que es imposible la atención estrecha y personal con el delincuente, lo que dificulta la reinserción. 6) La sociedad misma debe plantearse el estudio para dar la mejor solución, para que en un futuro, aunque la delincuencia no desaparezca, si disminuya. 7) La influencia de la familia tiene una gran importancia. Debido a la educación y el ejemplo que reciba en ella, el niño tendrá en el futuro una conducta que pueda encaminarse al recto proceder o apartarse de él. 8) La mayor parte de los chicos reclusos en nuestro país pertenecen a familias humildes o de baja condición, y la condición social e instrucción van unidas al delito.