847 resultados para Etnologia indígena caiapó
Resumo:
El debate y la propuesta presentada por las elites ilustradas de Ecuador, en torno a la administración de justicia indígena, están atravesados por una concepción etnicista, anclada en la idea de una cultura autónoma que puede dar paso a un orden social independiente y a una justicia independiente. Esta es una visión discutible de cultura, etnicidad y relaciones sociales que conduce a la reedición de un Estado corporativo. Este trabajo debate estos puntos y se plantea la forma en que la sociedad civil puede irse apropiando de las funciones del Estado para administrarlas directamente.
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Después de cinco años de lucha, México aprobó la Legislación Indígena. Sin embargo, ésta no cumple con los requisitos mínimos a los que aspiraban las comunidades indígenas, la comunidad de los derechos humanos y los juristas progresistas. En realidad, esta legislación es un grave retroceso, ya que objetivisa a las comunidades indígenas, las despoja de su condición de sujetos de derecho y las convierte en objetos de protección.
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El reconocimiento del derecho indígena o consuetudinario ha logrado abrir discusiones sobre las posibilidades e implicaciones del pluralismo jurídico, es decir, de la coexistencia de diversos órdenes normativos, supuestamente en términos de igualdad. Al mismo tiempo, el pluralismo jurídico permite incorporar algunos principios subyacentes en el derecho indígena al derecho estatal y, desde allí, construir una convivencia social donde la diferencia e igualdad pueden empezar a entretejerse.
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1. Necesidad de un modelo empírico. 2. La configuración regional. 3. Fundamentos sociales de la concentración territorial. 4. Las haciendas de los Jesuitas. 5. Aspectos políticos de la consolidación de la propiedad territorial. 6. Transacciones sobre la tierra. 6.1. Las compraventas. 6.2. Los precios de la tierra. 6.3. Los arrendamientos. 7. El trabajo. 7.1. La cuestión del peonaje. 8. La movilidad indígena. 9. Las deudas de los conciertos. 10. El funcionamiento de las haciendas. 11. Conclusiones.
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Los pueblos indígenas en Latinoamérica pasan por un proceso desigual y contradictorio de indigenización, proceso por medio del cual un grupo, facción, movimiento o sector amplísimo de la sociedad asume que la identificación con su raíz cultural es una orientación válida para su acción. La indigenización tiene como su principal oponente al faccionalismo que es la maximización de los intereses de una facción que, cuando logra desestructurar un movimiento social y cooptarlo, puede reproducirse casi ilimitadamente. Su remoción requiere de juventud, liderazgo e integridad. Para ello, Latinoamérica y sus pueblos indígenas tienen una herramienta formidable a su alcance: la cultura.
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Constitucionalmente, Ecuador es un Estado "pluricultural y multiétnico". La participación indígena en el último proceso constituyente, 1998, sostuvo dicho reconocimiento, el cual ha sido rehuido por el Estado ecuatoriano desde la misma independencia. Es que, aunque el reconocimiento de la multiculturalidad se redujera tan sólo a un gesto de la Constitución, ya podría resultar de por sí comprometido.
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La historia colombiana ha estado caracterizada por violentos procesos de despojo y de expulsión de población indígena, negra y campesina. Este pareciera ser el mecanismo de adecuación a las necesidades de producción y acumulación que el capitalismo impone y la estrategia de dominación de los diversos sectores que disputan el poder. Lejos de obedecer a un modelo de desarrollo pensado en función de los intereses de la nación colombiana, los movimientos migratorios, la mayoría de ellos involuntarios y violentos, obedecen a las necesidades e intereses de quienes han detentado el poder sobre la tierra, el poder político y a los intereses de capitales nacionales y transnacionales.
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La administración de justicia oficial en las dos últimas décadas es interpelada permanentemente por el desafío de convivir y coordinar con la administración de justicia indígena. Este desafío asume diferentes matices, pero sin lugar a dudas se convierte en uno complejo y difícil de enfrentar cuando incorporamos a su análisis el tema de los derechos humanos traducido en los límites -discutibles en cuanto a su existencia- que deben imponerse a la justicia de los Pueblos indígenas ante la potencial violación a los derechos fundamentales. De este modo, la diversidad cultural frente a los derechos humanos se ha convertido en uno de los temas más sensibles tanto en su análisis teórico como en los modos de instrumentación. Pero antes de presentar concretamente el problema que constituye la relación entre diversidad y derechos humanos (y sus posibles soluciones), vale la pena señalar algunos presupuestos que dan forma y contenido al sistema de justicia frente a los Derechos de los Pueblos indígenas, dentro de un determinado modelo de Estado que se encuentra en permanente construcción.
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La idea de ”civilizar al indio”, integrándolo a la modernidad es un concepto que se ha mantenido como una columna vertebral en la colonia y la república. En los últimos años, principalmente en la década de los años 60, 70, 80, organismos multilaterales como el Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, así como el Gobierno de los EEUU, pusieron especial énfasis en definir propuestas orientadas a lograr que las comunidades indias se integren al desarrollo, propuestas que sacrificaban la identidad indígena y eran víctimas de una especie de transfusión de culturas, acciones que se sumaban a los esfuerzos y pretensiones de la sociedad dominante, en lograr incorporar a la población indígena al sistema.
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La presente investigación titulada: El Derecho Propio en la Corporación de Organizaciones Campesinas Indígenas de Flores “COCIF”, de la parroquia de Flores, Cantón Riobamba, Provincia de Chimborazo, tiene como objeto de investigación, el estudio y análisis de los usos y aplicaciones Prácticas de las normas Consuetudinario, estructura y procedimientos de la administración de justicia indígena que reglamentan el funcionamiento de las comunidades de la COCIF, tomando en cuenta que el derecho Consuetudinario y el derecho propio constituye aún un campo fértil y poco estudiado, sobre todo en la Provincia de Chimborazo que tiene el más alto porcentaje de población indígena del país, calculada en alrededor del 60% de todos sus habitantes. Por tanto es importantísimo realizar una investigación, valiéndonos de entrevistas, observaciones debidamente registradas, así complementando la información mediante una encuesta aplicada a destacados líderes indígenas de la zona de Flores, toda vez que para la mayoría de miembros de las comunidades que integran la COCIF; el 60%, las autoridades indígenas (padres y abuelos) son vistas como líderes, guías y legisladores, quienes se encargan de su seguridad y bienestar.
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La realización de cuatro estudios de caso sobre los Pueblos Indígenas Nasa del norte del Cauca, Embera Katío, del Alto Sinú (Córdoba), Kankuamo, de la Sierra Nevada de Santa Marta (Cesar) y U'wa y Sikuani, del departamento de Arauca, con el apoyo de Pensamiento y Acción Social, PAS- SUIPPCOL, han servido al Consejo Nacional Indígena de Paz, CONIP, para presentar al país casos emblemáticos de la grave crisis humanitaria y de derechos humanos por la que atraviesan los Pueblos Indígenas en Colombia. El presente documento analiza los factores asociados a los cuatro estudios de caso, basados en el marco jurídico internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. El período del estudio es de dos años y medio, de 2004 al primer semestre del 2006, aunque las cifras relativas al mismo no están necesariamente discriminadas por las cuatro regiones en todos los casos, pero toman las desarrolladas por el Sistema de Información en Derechos Humanos de la ONIC, SINDHO, y la base de datos del Centro de Cooperación al Indígena, CECOIN y otras fuentes oficiales y no gubernamentales.
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La presente investigación se apoya en la relación modernidad/colonialidad, para indagar prácticas y usos tanto materiales como simbólicos de la cultura aimara. Considera tal referente porque la presencia de poblaciones aimaras obedece a una continuidad histórica y colonial, donde ciertos conocimientos y saberes han sido deslegitimados, sin embargo, a partir de prácticas culturales como la música y sus instrumentos (conocimientos locales) es posible apreciar una mirada propia sobre la necesidad de enfrentar tales condiciones. Así en la ciudad de La Paz-Bolivia, donde se realizó la investigación, la presencia de migrantes aimaras identifica la continuidad de usos y prácticas locales; para los aimaras, vivir estos procesos implica cambios porque los conocimientos locales, en este caso, la elaboración de instrumentos musicales, atraviesa por variaciones que terminan por reconfigurar otros escenarios, no implicando la perdida de unas representaciones, sino unas reconfiguraciones y resimbolizaciones de espacios, imágenes y símbolos. El contenido de la investigación, analiza y problematiza, el uso y práctica de conocimientos locales que al ser deslocalizados encuentra “renovación”, transformación y continuidad, permitiendo en los migrantes walateños la toma de acciones “estratégicas” que modulan un “pensamiento propio”. La particularidad del tema consiste en identificar los “conocimientos locales” “desde lo aimara”; una mirada desde la diferencia colonial que toma énfasis en identificar conexiones e interfases entre lo propio y lo ajeno. Finalmente destaca que desde la modernidad/colonialidad, desde la diversidad excluida, es posible contribuir a la construcción de “un paradigma otro”, no como algo ajeno y asimétrico a la realidad del momento, sino como un mecanismo que permite el dialogo intercultural.
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Este trabajo examina a los microcréditos como método para propulsar el desarrollo. A la vez, revela varios efectos de las microfinanzas sobre la pobreza, la cultura y las relaciones de poder a través de un análisis económico y etnográfico sobre los indígenas de Salasaca. Muestra que las instituciones financieras organizadas y dirigidas por otros indígenas, con el apoyo y los consejos de la comunidad internacional, exitosamente crean nuevos métodos sensibles a la cultura indígena para la distribución de créditos. Sin embargo, estos créditos no alivian la pobreza ni generan desarrollo económico y social dentro de la comunidad. Los préstamos otorgados por estas instituciones dan esperanza, pero no resultan en la creación de nuevas posibilidades para las comunidades indígenas. Además, la ampliación del acceso al crédito produce efectos corolarios negativos sobre la cultura y las relaciones de poder en la comunidad, beneficiando a los poderosos. Así, se muestra que la teoría de las microfinanzas tiene varias falencias.
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El presente artículo tiene como finalidad analizar si realmente los pueblos indígenas de la Costa Caribe de Nicaragua se han beneficiado del estatus de autonomía en cuanto a lograr un mayor respeto de sus derechos como indígenas. En algunos países en vías de desarrollo se ha tomado en consideración la posibilidad de lograr el desarrollo, crecimiento económico y eliminación de desigualdades a través de procesos de descentralización. En el caso de Nicaragua, este proceso se llevó a cabo para dar respuesta a las necesidades de los pueblos indígenas de la Costa Caribe. Después de muchos años de lucha, los pueblos indígenas de la Costa Caribe o Costa Atlántica lograron su autonomía del gobierno central del país en 1987. El proceso en sí tomó 3 años para dar fruto al Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua (Ley de Autonomía). Como pueblos con identidades propias, la autonomía fue la forma en que estos pueblos hicieran respetar sus diferencias como poblaciones indígenas. Hasta los años ochenta, ninguna de las Constituciones Políticas del Estado hacía referencia a las poblaciones indígenas del país, ésta población quedaba totalmente excluida. Con la Ley de Autonomía se reconocen las diferencias de los pueblos indígenas de las Costa Caribe y se les da el espacio para que éstos, partiendo de sus necesidades, distintas a las del resto del país, puedan tomar decisiones para satisfacer las necesidades específicas de sus culturas. Para poder analizar esta situación, primero, se desarrollará la historia de la población de la Costa Caribe, explicando la situación de los pueblos indígenas de esta región y su relación o falta de relación con el resto del país. Igualmente, se haré un breve resumen de la historia y la estructura de la autonomía regional, en el cual se indicará las diferentes etapas que se llevaron a cabo durante el proceso de autonomía. Por último, se exponen los desafíos actuales del pueblo indígena en cuanto a su autonomía y la situación de sus derechos después de haber logrado este estatus.
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Después de muchos años de gobiernos nacionalistas, populistas y neoliberales que alternaron precarios momentos de estabilidad económica y política con períodos de graves crisis, Bolivia aún sufre los efectos negativos referidos a la economía, a la profundización de la diferenciación y exclusión social y a la vulneración de los derechos humanos. En medio de tal panorama, es lógico que las demandas de las mujeres permanezcan postergadas. La llegada al gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS) el 22 de enero de 2006, producto de un contundente resultado electoral, no significa únicamente un gran cambio en términos económicos, sociales e ideológicos. Es sobre todo y desde una perspectiva de derechos humanos, un suceso inclusivo en términos de equidad y participación política de los indígenas, la mayoría poblacional de Bolivia. En este proceso, la equidad de género forma parte de las redefiniciones que vive el país, en un escenario de cambio de los sujetos impulsores de la transición en el Estado y en la sociedad civil. Ello se debe a que el nuevo gobierno está conformado por actores que se desplazaron desde partidos políticos y movimientos sociales corporativos de base campesino-indígena y de productores urbanos y rurales de culturas heterogéneas, ligados a un referente comunitario significativo. Estos y otros eventos en diferentes escenarios, no precisamente políticos, marcaron el ritmo de avances y retrocesos en el papel fundamental que tiene el Estado de garantizar el ejercicio de los derechos humanos.