981 resultados para DERECHO DISCIPLINARIO


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Resumen tomado de la publicación: Incluye notas. Monográfico : personas desplazadas y educación

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Concesión de una ayuda económica del Ministerio de Educación Nacional al Sindicato Español Universitario de la Facultad de Derecho de Madrid, según solicitaba, de mil pesetas para la construcción de una lápida monumental, que perpetúe los nombres de los ciento setenta caídos en la Guerra Civil que tenían alguna vinculación con la Facultad.

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Resumen basado en el de la publicación

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Según la Declaración aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1959, el tercero de los derechos del niño, es el derecho, irrenunciable e imprescriptible, al nombre, entendido éste como apellidos. Y se definen los cinco estados de filiación en los que se pueden encontrar los niños en España. En cuanto al derecho a la nacionalidad, es decir, el derecho de todo individuo a pertenecer a una comunidad determinada, se refleja en el artículo 15 de la Declaración de los Derechos del Hombre; contemplando, también otras situaciones como la de los refugiados y los apátridas.

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Dentro del principio cuarto de la Declaración de los Derechos del Niño se destaca el derecho a crecer y desarrollarse en buena salud, derecho que implica una atención sanitaria adecuada, dirigida a la prevención de las enfermedades en la infancia. También, es necesario tener en cuenta los distintos factores económicos, culturales, sociales y ambientales, que condicionan la salud infantil. Por último, se revisa la situación de la asistencia sanitaria española respecto de la madre, del niño y del adolescente en distintos ámbitos.

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La Declaración de los Derechos del Niño aprobada en 1959 proclama en su principio séptimo el derecho de éstos a recibir educación y a disfrutar de los juegos, englobando en un mismo principio dos temas muy interrelacionados. Asimismo, se examinan los distintos condicionantes que limitan la efectividad real del cumplimiento de estos derechos y se plantean algunas interpretaciones a este texto desde la perspectiva cultural y pedagógica del último tercio del siglo.

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Se recoge la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados del proyecto de Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación con fecha 26 de marzo de 1984.

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Se analizan las bases teóricas y prácticas de la aplicación del régimen disciplinario en las aulas de secundaria. Existe disparidad de criterios ya que algunas comunidades autónomas tienen su propia legislación sobre la materia mientras que otras siguen el Real Decreto 732-1995. Se estudian algunos aspectos del régimen disciplinario como el ámbito de la sanción, las conductas sancionables, los tipos de sanción y los órganos sancionadores. Se proponen las siguientes ideas para actualizar el panorama legislativo relativo al régimen disciplinario: un mayor protagonismo del director del centro, fomentar la resolución pacífica de los conflictos, aplicar diferentes sanciones según el nivel educativo y promover una mayor autonomía de los centros en la elaboración de su normativa sancionadora.

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Monográfico con el título: 'Abandono temprano de la educación y la formación : cifras y políticas'. Resumen basado en el de la publicación

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Semblanza sobre el especialista en Derecho Administrativo, D. José Gascón y Marín, ex Ministro de Instrucción Pública, con motivo de su reconocimiento al otorgarle la máxima condecoración cultural española, la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio, por toda una vida entregada al estudio del Derecho Internacional y tras haber ocupado los más diversos cargos oficiales, entre ellos Decano de la Facultad de Derecho, Consejero de Instrucción Pública, Consejero del Instituto Nacional de Previsión o Ministro de la Instrucción Pública.

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Se reproduce lo acontecido en los actos de inauguración de la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza, el 15 de octubre de 1945. La sesión inaugural tuvo lugar en el aula magna de la Facultad. El Rector Sancho Izquierdo pronunció un discurso en el que se congratulaba por el acontecimiento cultural y por los futuros estudiantes que llegarían a estudiar a la Facultad de Derecho. Seguidamente, el Ministro de Educación Nacional, Sr. Ibáñez Martín, tomó la palabra y pronunció su discurso bajo el título y tema 'El nuevo Estado y la Facultad de Derecho', que incluía varios apartados dedicados al: 'Espíritu universitario de Zaragoza'; 'La ordenación legislativa'; 'La Facultad de Derecho'; 'La Facultad de Ciencias Políticas y Económicas'; 'La investigación jurídica'; 'La vida universitaria' y 'La perspectiva del porvenir'. Este largo discurso le valió al Ministro Ibáñez Martín para recibir una larga ovación y para recibir de manos del Rector un ejemplar encuadernado de las Leyes y Decretos relativos a la Ciudad Universitaria. Para terminar, se procedió a realizar, por parte de las autoridades, una visita a la nueva Facultad de Derecho para comprobar 'in situ', la organización de las aulas, zonas de recreo, salas de espera, biblioteca, etc., de las que disponía el edificio inaugurado.

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Se plantea una encuesta cuyo objetivo es dar respuesta a una serie de interrogantes que se plantean sobre la enseñanza del Derecho en España, se trata de escrutar cómo funciona un sector muy importante de la Universidad, docente y ejerciente. Algunos de las preguntas que se formulan tienen que ver con la extensión del curso universitario de Licenciatura en cinco años; la distribución dentro de la carrera de las materias de Derecho privado y Derecho público; si se ajustan o no a la realidad las asignaturas que se estudian en la carrera; si deberían crearse nuevas escuelas profesionales o facultades que complementaran las enseñanzas adquiridas en la facultad; la conveniencia de introducir un curso preparatorio de 'cultura general'; si serían preferibles los cursos cuatrimestrales o los de extensión normal o la conveniencia de establecer el examen de grado con pruebas teóricas y prácticas exigidas para discernir la Licenciatura de Derecho.

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En la sección de 'Cartas a la Redacción', se transcribe la misiva que Juan Vallet de Goytisolo envío a la Revista de Educación dirigida a Eduardo García de Enterría, comentando su artículo 'Reflexiones sobre los estudios de Derecho', al que hace varías observaciones. La primera de ellas es la contraposición del Estado de juristas, cuyo fin es exclusivamente garantizar el equilibrio de la libertad y el Estado intervencionista de actuación administrativa que procura el desarrollo económico y la acción social. También comenta la misión de los juristas y defiende que no pueden desaparecer lo que denomina 'juristas libres'. Sostiene que la carrera de Derecho debe endurecerse y abarcar una fase de Instituciones, que ofrezca una visión panorámica total del Derecho y otra de Pandectas, que sirva para enseñar a interpretar, a investigar, a reaccionar ante los textos de Derecho y que eduque el sentido jurídico.

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Se analizan cronológicamente, los Congresos, Asambleas y en general, los actos más importantes que se celebraron en el año 1952 sobre los 'derechos de autor'. Se comentan la Conferencia de Expertos de Washington, la Reunión Internacional de Nimes, el Congreso de la 'International Bar Assotiation', la Conferencia Intergubernamental de la Unesco y por último, el primer Congreso Iberoamericano-Filipino de Archivos, Bibliotecas y Propiedad Intelectual.

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Se comenta el Decreto de 16 de marzo de 1956 por el que se aprobaba el plan de estudios en las Escuelas de Comercio sobre la ordenación de las enseñanzas económicas y comerciales en lo que se contraía al período técnico en estos centros. Se hacen algunas comparativas entre el sistema que se aprobaba con el Decreto de marzo del 1956 y el antiguo sistema. También se analizan las enseñanzas y estudios de Derecho que se realizaban en las Escuelas de Comercio y la Teoría General del Derecho que se aplicaba en estas escuelas.