918 resultados para Seguridad jurídica


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Reflexión en torno al derecho a la educación por parte de toda la sociedad. Este derecho se fundamenta en una serie de consideraciones teóricas. Se señalan las razones de la conveniencia social de la democratización de la enseñanza, fundamentalmente la industrialización, con la que se ha hecho necesario un volumen cada vez mayor de trabajadores formados. Por lo que respecta al derecho a la educación en la legislación, se hace referencia a las principales normas internacionales y nacionales en las que se sustenta este derecho. Sin embargo hay obstáculos importantes en el marco institucional, y obstáculos de cariz económico, como el coste de la enseñanza para el Estado y las familias. De ahí la necesidad de asegurar una igualdad de oportunidades para las familias más necesitadas económicamente. Se enumeran las principales soluciones que se deben aplicar al actual sistema de enseñanza, y se hace referencia a las más importantes puestas en marcha en España.

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La seguridad social de los maestros interinos se enfrenta al riesgo, como cualquier otro elemento de la Administración, de la disgregación, por la progresiva dispersión de los procesos de gestión. Hay partidarios de una situación contractual, frente a otros partidarios de una situación reglamentaria, lo cual conlleva la existencia del acto-condición. Pero el maestro interino pertenece sin dudas al trabajador sujeto a situación reglamentaria, ya que es un funcionario. Sin embargo es un funcionario con características especiales. Éstas vienen definidas en el Decreto 315/1964, de 7 de febrero, o Estatuto de los Funcionarios Civiles del Estado. En el artículo 5õ se define a los funcionarios interinos como 'aquellos que por razones de necesidad o urgencia, ocupan plazas de plantilla en tanto no se provean por funcionarios de carrera'. Se ahonda en los preceptos que la ley establece para los funcionarios interinos. Después se establecen una serie de conclusiones respecto a los maestros interinos, como que en dicho estatuto no se define la figura del maestro interino, aunque se detalla con precisión los requisitos para el nombramiento de los interinos, aspecto que es totalmente aplicable para los maestros. Se prosigue con el análisis de algunos artículos, que directamente hacen referencia a la profesión docente, y a los maestros interinos. El cumplimiento del Estatuto del Funcionario Público, requiere que se desarrolle el Decreto-ley 10/65, de 23 de septiembre, sobre Derechos pasivos y de Seguridad Social de los Funcionarios de empleo. Este decreto reconoce dos situaciones: la anterior a su promulgación, en 1965, en la que el funcionario de empleo se rige por el estatuto de clases pasivas; y la posterior a su promulgación, que tiene como novedad que los funcionarios se regirán por el Régimen General de la Seguridad Social, el cual sólo afectará a los funcionarios nombrados después del 1 de enero de 1965.

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La intimidación, el acoso sexual y la violencia, son tipos de conducta que no pueden ser ni desmentidos ni desatendidos. Consejos escolares, directores, docentes, alumnos y padres, han de estar implicados en el planteamiento de las diversas actividades de prevención y fomento y en compartir su responsabilidad. Es una de las tareas centrales de una escuela. Con una reforma educativa y organizativa radical sería posible mantener la tensión de los profesores, haciendo así en un futuro su vida más llevadera. Se intenta una cooperación con proyectos internacionales para aunar conceptos y poder trabajar siguiendo unas directrices generales a través de la Comisión Europea.

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El matrimonio ha dejado de ser para muchos sectores de la sociedad española como la única vía posible para la vida conyugal. Lo que significa que haya sido regulado por el derecho como un modelo alternativo al matrimonio. Han sido primero los tribunales y después el regidor quienes sin llegar a formular un tratamiento global y homogéneo a las parejas de hecho, han ido corrigiendo algunas injusticias provocadas por las leyes vigentes. No obstante, no existe una regulación global al respecto. Es tratamiento regulativo de las parejas homosexuales requiere un enfoque jurídico, psicológico y sociológico que evite caer en estereotipos y de cierta racionalidad a las controversias en temas como la adopción por parte de este tipo de parejas. En este caso debiera de darse un debate abierto y plural que hasta el momento no ha tenido lugar en España, tanto en el ámbito social como en el legislativo, atendiendo a los criterios más expertos de psicólogos, pedagogos, educadores especializados, sin perder el norte de que no hay un derecho de adoptar en ninguno de los dos casos (parejas casadas, no casadas, hetero u homosexuales, etcétera).

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Este artículo pertenece a un monográfico sobre la Globalización

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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO

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Se trata la problemática de la seguridad e higiene en el área de pretecnología en la segunda etapa de EGB, para lograr de los alumnos una actitud y un comportamiento positivo en el manejo de, los materiales, herramientas, máquinas y otros objetos y situaciones tecnológicas. Las cuestiones se pueden incluir en la programación en forma de objetivos operativos y deben afectar al comportamiento social del alumno, enseñándole a prevenir y evitar los riesgos que puedan provocar daños a ellos mismos y a las demás personas.

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Se analiza la figura del 'Seguro Escolar' y la posibilidad de cobrar una prestación en caso de enfermedad, entendiéndose por enfermedad, según queda reflejado en los Estatutos de la Mutualidad, en su artículo 39, que se consideran como tales todas las que pueda contraer o sufrir el estudiante asegurado durante el período de su vida que protege el Seguro. Se revisa la naturaleza jurídica del concepto de 'enfermedad'. Se resaltan las características del Seguro Escolar, en cuanto a la prestación de enfermedad: seguro especial y seguro de asistencia medicofarmacéutica. Se revisan la importancia y los fines del Seguro Escolar. También se analiza el campo de aplicación de la prestación por enfermedad, los asegurados y beneficiarios del mismo. En cuanto a la prestación, se analiza la asistencia médica en la enfermedad, la asistencia farmacéutica, la indemnización por gastos funerarios y la acción preventiva.

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Se describe las funciones del seguro escolar. En primer lugar, se establecen los aspectos generales en torno al seguro escolar, los fundamentos, la naturaleza jurídica y los principios que informan su organización. Se describe la inspección general y la política de seguridad social escolar. Se definen los aspectos relevantes a la inspección general del seguro y otros órganos inspectores. En segundo lugar, se resumen las funciones de la inspección general: las modalidades de la inspección; las funciones y fines de la Inspección General del Seguro Escolar. En tercer lugar, se establece el radio de acción de la inspección general. Por último, el Régimen de la función inspectora y de sus titulares.

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Se analiza la figura de la Seguridad Social y el Seguro Escolar español. El Seguro Escolar español tiene un triple ámbito de aplicación: el personal, material y territorial. De él se pueden beneficiar tanto los estudiantes españoles como los estudiantes de otros países y especialmente, los hispanoamericanos. En el Seguro Escolar podemos distinguir, los asegurados obligatorios y los condicionales. Los beneficios que otorga la Ley de Seguro Escolar beneficia a estudiantes españoles de menos de veintiocho años, que cursen estudios a los que se refiere las fases de la aplicación del seguro, que reúnan los requisitos que para las prestaciones que otorga el seguro, exigen los estatutos de mutualidad y los mismos beneficios a estudiantes hispanoamericanos con los que exista acuerdo de reciprocidad con sus países de origen.

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Informe resultado del Congreso de la Familia Española, celebrado en Madrid entre el 17 y el 21 de febrero de 1959, en el que se refleja la situación estudiantil de España en relación con la Seguridad Social. Comprende este trabajo, unas consideraciones sobre la seguridad social escolar, la descripción de la previsión social en los distintos grados de enseñanza y la ampliación del seguro escolar que se hizo en torno a finales de los años cincuenta, a la enseñanza media española.

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Se analizan los aspectos relativos a la planificación de los programas de enseñanza sanitaria en torno a la seguridad de la vida. Este estudio se plantea la educación relativa a la seguridad que debiera ser impartida desde la escuela primaria, en cuanto a: el problema de los accidentes; el problema de las catástrofes; las consecuencias de tener una vida sana en la escuela; las consecuencias para los servicios de sanidad escolar; las consecuencias para la enseñanza sanitaria; las consecuencias para las relaciones entre la escuela y la comunidad y por último, se plantean diversas preguntas para los planificadores de programas de enseñanza relativos a la seguridad y a la enseñanza sanitaria.

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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado a comunicación para la salud.- Resumen tomado parcialmente de la revista