866 resultados para Comunidades indígenas


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En 1991, cerca de 200 indígenas Wounáan de la comunidad de Curiche en la Costa Pacífica norte se desplazan hacia Juradó, presos del terror por las agresiones propinadas y las amenazas de los narcotraficantes. Estas mismas comunidades en diciembre de 2000 (frente a un ataque de las FARC a Juradó), salen hacia Panamá; cuatro meses más tarde retornan a Colombia. Sin embargo los Embera de Aguas Calientes y Guayabal (comunidades cercanas), víctimas del terror producido por una masacre paramilitar, se desplazan a Juradó y allí, a pesar de la muerte de su principal dirigente Armando Áchito por parte de las FARC, asumen el retorno, reconfigurando un nuevo poblamiento y una nueva estrategia de resistencia desde lo organizativo. Esta es solo una muestra de lo que ha significado el itinerario de una desconocida y dolorosa tragedia de los pueblos indígenas colombianos.

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Este artículo intentará realizar una lectura de "género” de la historia de la juridicidad boliviana, para proponer algunos temas de debate que considero pertinentes a la hora de discutir los "derechos de los pueblos indígenas", y su estrecho vínculo, tal como yo los veo -con el tema de los "derechos de las mujeres" (indí-genas, cholas, birlochas o refinadas). En un primer momento, me interesarán los aspectos masculinos y letrados de este proceso, que son los que han producido los documentos conocidos como leyes de la República. El derecho y la formación histórica moderna de lo que se conoce como "espacio público", tienen en Europa un anclaje renacentista e ilustrado a través del cual re-nace el ser humano como Sujeto Universal (y masculino) de la noción misma de "derecho". No otra cosa significa el que "derechos humanos" de hoy, hayan sido llamados en el siglo XVIII, "derechos del hombre" (droits de J'homme). A esto se han referido autores como Derrida y Butler, que nos hablan de una versión "falogocéntrica" del Sujeto de la modernidad, el individuo ilustrado. Esta versión estaría inscrita en la historia de occidente y habría sido proyectada al mundo en los últimos siglos, a través de multiformes procesos de hegemonía política, militar y cultural.

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La idea de ”civilizar al indio”, integrándolo a la modernidad es un concepto que se ha mantenido como una columna vertebral en la colonia y la república. En los últimos años, principalmente en la década de los años 60, 70, 80, organismos multilaterales como el Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, así como el Gobierno de los EEUU, pusieron especial énfasis en definir propuestas orientadas a lograr que las comunidades indias se integren al desarrollo, propuestas que sacrificaban la identidad indígena y eran víctimas de una especie de transfusión de culturas, acciones que se sumaban a los esfuerzos y pretensiones de la sociedad dominante, en lograr incorporar a la población indígena al sistema.

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En los estudios afrocolombianos existen una serie de problemas y preguntas que no pueden ser planteadas por la limitación en las prácticas discursivas de las disciplinas. Desde éstas se ha producido una representación etnizada de la gente “negra” en Colombia, en la que no es posible considerar realmente su carácter diverso y heterogéneo, lo que articula nuevas formas de subalternización. Este trabajo indaga en las práticas de representación de la politíca educativa sobre las concepciones que reproducen subjetividades racializadas de tipo colonial.

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Como es bien sabido el desarrollo se plantea como un derecho humano después de la segunda guerra mundial, aunque hay divergencia de criterios acerca del carácter vinculante de la normativa que lo proclama, se plantea como un derecho humano asociado a la libre determinación de los pueblos que “incluye el ejercicio de su derecho inalienable a la plena soberanía sobre todas sus riquezas y recursos naturales”]. De acuerdo al carácter estatocéntrico del sistema internacional, esto ha sido interpretado por los Estados como uno de los elementos de su plena soberanía y así se recoge en las Constituciones. Por su parte los pueblos indígenas mantienen su reclamo a la libre determinación como naciones y pueblos previos a la colonización de sus territorios y afirman su derecho ancestral irrenunciable de defender sus territorios, tierras y recursos estratégicos, que consideran base fundamental de su libre determinación. El problema radica en la ausencia de definición del termino “pueblo” y en el declarado rechazo gubernamental a la libre determinación ya que “los gobiernos por lo general desechan que los indígenas sean considerados como pueblos y también niegan que los indígenas sean poseedores de ese derecho. Aquí interviene el temor de muchos gobiernos de que el ejercicio de la libre determinación puede conducir a la secesión política y a la fragmentación de los estados existentes” y, podría añadirse, la negativa a una soberanía restringida o compartida en el manejo de los recursos para propiciar el desarrollo y los derechos de estos pueblos.

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La realización de cuatro estudios de caso sobre los Pueblos Indígenas Nasa del norte del Cauca, Embera Katío, del Alto Sinú (Córdoba), Kankuamo, de la Sierra Nevada de Santa Marta (Cesar) y U'wa y Sikuani, del departamento de Arauca, con el apoyo de Pensamiento y Acción Social, PAS- SUIPPCOL, han servido al Consejo Nacional Indígena de Paz, CONIP, para presentar al país casos emblemáticos de la grave crisis humanitaria y de derechos humanos por la que atraviesan los Pueblos Indígenas en Colombia. El presente documento analiza los factores asociados a los cuatro estudios de caso, basados en el marco jurídico internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. El período del estudio es de dos años y medio, de 2004 al primer semestre del 2006, aunque las cifras relativas al mismo no están necesariamente discriminadas por las cuatro regiones en todos los casos, pero toman las desarrolladas por el Sistema de Información en Derechos Humanos de la ONIC, SINDHO, y la base de datos del Centro de Cooperación al Indígena, CECOIN y otras fuentes oficiales y no gubernamentales.

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1. Introducción. 2. La sociedad rural en la provincia del Azuay. 3. La huelga de 1920: causas directas. 4. El inicio de la huelga. 5. Continuidad de la huelga. 6. La comitiva. 7. Conclusión.

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El presente artículo tiene como finalidad analizar si realmente los pueblos indígenas de la Costa Caribe de Nicaragua se han beneficiado del estatus de autonomía en cuanto a lograr un mayor respeto de sus derechos como indígenas. En algunos países en vías de desarrollo se ha tomado en consideración la posibilidad de lograr el desarrollo, crecimiento económico y eliminación de desigualdades a través de procesos de descentralización. En el caso de Nicaragua, este proceso se llevó a cabo para dar respuesta a las necesidades de los pueblos indígenas de la Costa Caribe. Después de muchos años de lucha, los pueblos indígenas de la Costa Caribe o Costa Atlántica lograron su autonomía del gobierno central del país en 1987. El proceso en sí tomó 3 años para dar fruto al Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua (Ley de Autonomía). Como pueblos con identidades propias, la autonomía fue la forma en que estos pueblos hicieran respetar sus diferencias como poblaciones indígenas. Hasta los años ochenta, ninguna de las Constituciones Políticas del Estado hacía referencia a las poblaciones indígenas del país, ésta población quedaba totalmente excluida. Con la Ley de Autonomía se reconocen las diferencias de los pueblos indígenas de las Costa Caribe y se les da el espacio para que éstos, partiendo de sus necesidades, distintas a las del resto del país, puedan tomar decisiones para satisfacer las necesidades específicas de sus culturas. Para poder analizar esta situación, primero, se desarrollará la historia de la población de la Costa Caribe, explicando la situación de los pueblos indígenas de esta región y su relación o falta de relación con el resto del país. Igualmente, se haré un breve resumen de la historia y la estructura de la autonomía regional, en el cual se indicará las diferentes etapas que se llevaron a cabo durante el proceso de autonomía. Por último, se exponen los desafíos actuales del pueblo indígena en cuanto a su autonomía y la situación de sus derechos después de haber logrado este estatus.

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El feminismo desde sus diversas vertientes ha aportado elementos clave al debate sobre derechos colectivos, derechos culturales y derechos humanos de las mujeres. En este trabajo recojo algunas de estas contribuciones poniendo en evidencia los puntos de contraste y tensión. Enfatizo en el caso ecuatoriano, analizando la normativa constitucional sobre justicia indígena en permanente contraste con los testimonios de líderes indígenas que dan cuenta de sus luchas por exigir una real protección de sus derechos en dicha jurisdicción. Propongo ciertas condiciones básicas para alcanzar una relación de interculturalidad entre ambos sistemas de justicia, sin perder de vista que la desprotección a las mujeres indígenas contra la violencia se expresa tanto en la justicia estatal como en la justicia indígena lo que implica un grave déficit para un Estado constitucional de derechos, plurinacional e intercultural.

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Elaborado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos INREDH, la Fundación Centro Lianas, la Fundación Pachamama y la Fundación Selva Viva. Presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Autoría: Bolívar Beltrán, David Cordero, Pablo Fajardo, Wilton Guaranda, Mario Melo y Marcelo Orellana. Septiembre de 2009. Este informe se basa en la respuesta al Cuestionario para los Estados, pueblos indígenas, organizaciones indígenas y de la sociedad civil enviado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con la finalidad de evaluar la legislación y políticas públicas del Estado de Ecuador en materia de pueblos indígenas. Texto completo en: ‹www.inredh.org›.

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Informe elaborado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Fundación Centro Lianas, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos INREDH y la Fundación Pachamama. Presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Autoría: Bolívar Beltrán, David Cordero, Pablo Fajardo, Wilton Guaranda y Mario Melo. Analiza el período 2008- 2009. Noviembre de 2009. Este informe tiene como finalidad presentar los avances normativos en cuanto a los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador en cuanto a la Constitución de 2008 y contrastar con las contradicciones de la nueva legislación infra constitucional. Texto completo en: ‹www.inredh.org›.

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La lectura y discusión de este texto de Herán lbarra es recomendable, por un lado porque constituye un aporte ecuatoriano al debate especializado acerca del significado de las rebeliones indigenas, tema que ha ocupado un espacio importante en la historiografta andina, por otro lado porque es un texto significativo en la discusión acerca del proceso de definición de identidades politicas actuales en nuestro país. El estudio de Ibarra plantea tres entradas al tema de la rebelión indígena, especificamente la de Yaruquíes, ocurrida en 1871, cuyo protagonista más conocido es Fernando Daquilema. La primera entrada es un acercamiento a las interpretaciones y apropiaciones que se han generado alrededor de este hecho histórico y este personaje. La segunda, es un estudio del contexto de los cambios sociales que afectaron a los indígenas en general \ durante el siglo XIX y en especifico a la zona lévantisca ubicada en la sierra central. Un tercer tema es la interpretación del sentido politico de este levantamiento y sus reivindicaciones. Por último Ibarra incluye tres anexos, el primero es un Cuadro que muestra el número de indígenas contribuyentes del trabajo subsidiario en Riobamba entre 1856-1871, diferenciando haciendas de comunidades. El segundo es el juicio criminal seguido a Serafín Ipo, por el tumulto en Yaruquíes y por último una exposición del Ministro del Interior y Relaciones Exteriores, en 1873, relativo al estado de sitio declarado en Chimborazo.

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Este artículo estudia el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas como un intento de comprensión del fenómeno indígena en el contexto latinoamericano, imbuido de los caracteres de universalidad e individualidad de los derechos humanos, en el que se refleja la predisposición de los órganos del Sistema Interamericano para incentivar un diálogo intercultural, en el que, los derechos individuales convivan con los colectivos, procurando que en esta simultaneidad, los conflictos entre ambas filosofías se reduzcan. Este trabajo trata fundamentalmente cuatro temas: 1) la eventual obligatoriedad de este Proyecto, 2) la futura personalidad jurídica de los pueblos indígenas, 3) el tratamiento jurídico de la interacción entre derechos individuales y colectivos en el contexto indígena cuando el Proyecto sea aprobado como Declaración definitiva, y 4) el ejercicio grupal o individual del derecho de petición internacional de los pueblos indígenas. La referencia a la actual jurisprudencia de la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos brindará luces para anticiparnos, por así decirlo, a la inauguración de este próximo instrumento internacional.

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Las relaciones de género en las comunidades negras están mediadas por el legado esclavista a la que fue sometida la población afro descendiente en las Américas, éstas se forjaron en la construcción histórica del ser negros. Aun la estructura patriarcal fue una potestad de los amos esclavistas, no del negro despojado de sí mismo, tanto el hombre como la mujer negro-negra esclavos fueron mercancías, su sexualidad y sus relaciones hicieron parte de la función de mercantil que le infringieron los amos, la maternidad fue un oficio y el hombre negro un reproductor de bienes. El derecho a Ser es el primer principio en la propuesta organizativa del Proceso de Comunidades Negras –PCN– como estrategia de dignificación del ser negros y de descolonización interna y externa desde el sujeto mismo hacia y desde la sociedad que le rodea.

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Este artículo hace un análisis sobre los problemas y desafíos que la firma de tratados de libre comercio plantea a los pueblos indígenas, específicamente a los pueblos amazónicos. Tres ámbitos de análisis son utilizados por el autor para presentar la temática: la disputa por el control de la biodiversidad, los derechos de los pueblos indígenas y la construcción de una agenda de debate frente a la actual coyuntura. Ortiz plantea que si los tratados de libre comercio son parte de la política hegemónica de Estados Unidos, basada en el establecimiento de un orden global y en el control de las fuentes de energía del planeta, la cuenca amazónica se ubica como unas de las áreas de interés para los capitales multinacionales.