1000 resultados para interés superior del menor
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"Como una ampliación del informe publicamos en un apéndice los capítulos XIII y XIV de los Comentarios á la Ordenanza de minas de Gamboa"--Advertencia.
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Este artículo se propone analizar la última reforma curricular de la carrera Profesorado en Educación Física de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata, a partir de la sanción de la Ley de Educación Superior del año 1995, aún vigente. Dicha reforma se enmarcó en una reforma más estructural del Estado, en donde la educación fue uno de los aspectos centrales. En este trabajo se abordarán someramente esos cambios, centrando la mirada en el nivel educativo superior universitario, y específicamente en el tiempo histórico, institución y carrera mencionadas
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Este artículo se propone analizar la última reforma curricular de la carrera Profesorado en Educación Física de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata, a partir de la sanción de la Ley de Educación Superior del año 1995, aún vigente. Dicha reforma se enmarcó en una reforma más estructural del Estado, en donde la educación fue uno de los aspectos centrales. En este trabajo se abordarán someramente esos cambios, centrando la mirada en el nivel educativo superior universitario, y específicamente en el tiempo histórico, institución y carrera mencionadas
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Este artículo se propone analizar la última reforma curricular de la carrera Profesorado en Educación Física de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata, a partir de la sanción de la Ley de Educación Superior del año 1995, aún vigente. Dicha reforma se enmarcó en una reforma más estructural del Estado, en donde la educación fue uno de los aspectos centrales. En este trabajo se abordarán someramente esos cambios, centrando la mirada en el nivel educativo superior universitario, y específicamente en el tiempo histórico, institución y carrera mencionadas
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Dentro de las vanguardias históricas, fundamentalmente las de carácter utópico y con un fuerte compromiso político como el dadaísmo alemán, el constructivismo ruso y el surrealismo francés, podemos localizar una voluntad didáctica de desarrollar una creatividad colectiva y también una recepción colectiva, así como múltiples maneras de hacer que se ponen en común, difuminando las fronteras entre el espectador y el autor, con la clara intención de incidir en la esfera pública. El arte colectivo en las vanguardias se localiza mayoritariamente en amplios movimientos artísticos que involucran un gran número de individualidades y también en sus pretensiones de conseguir unas formas y unas prácticas artísticas que acompañen los movimientos utópicos y revolucionarios y que por tanto puedan ser ejercidas de modo colectivo. Podemos seguir esta voluntad vanguardista en otras experiencias posteriores a la Segunda Guerra Mundial como COBRA, la Internacional Situacionista o Fluxus, para ver cómo se consolidan en los años 80 y 90 con la irrupción de colectivos artísticos, que ya no se organizan en grandes movimientos sino en grupos de afinidad autónomos, con una clara intención activista. Del mismo modo que las vanguardias históricas dirigieron su acción colectiva para integrarse en movimientos activos ligados a los grandes relatos emancipadores de la revolución social, los nuevos grupos de arte y activismo de los años 80 buscarán legitimar sus prácticas en su coalición con los nuevos movimientos de acción política de la posmodernidad, que ya no estarán conformados en torno a aquellos grandes relatos revolucionarios de la modernidad sino que se centraran en las reivindicaciones de las minorías. Y si bien en las vanguardias, lo más habitual, era que los artistas se sumaran a manifiestos y grandes corrientes estéticas, ahora se atomizan en numerosos grupos...
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En virtud del art. 3.1 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, cuando los menores tengan suficiente madurez deberán consentir por sí mismos las intromisiones en sus derechos al honor, intimidad y propia imagen. Sin embargo, atendiendo al art. 4 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, cuando la intromisión tenga lugar en un medio de comunicación seguirá siendo ilegítima, aun consentida por un menor maduro, si se considera contraria a su honor e intereses, debiendo intervenir en su defensa el Ministerio Fiscal. Esta regulación plantea diversas cuestiones relacionadas con la protección de los derechos al honor, intimidad y propia imagen del menor con suficiente madurez —en particular, sobre la función del fiscal como garante de estos derechos y el papel que se otorga al consentimiento del menor— que son objeto de estudio del presente trabajo.
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30 p.
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Generalidades sobre el principio del interés superior del niño – Los derechos de la niñez y adolescencia contemplados en la – El derecho de opinión de los niños y adolescentes en los procesos familiares – Marco legal, derecho comparado en relación al interés superior del niño
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Objetivo la investigación consistirá en analizar y dar a conocer cuáles son los criterios que valoran los jueces al momento de establecer el cuidado personal de los hijos, ya sea al padre o a la madre cuando se encuentran en un proceso de separación, "esto para hacer de los hijos personas equilibradas en los aspectos físico, intelectual, emocional y afectivo tomando en consideración las pautas más relevantes del cuidado personal dentro de las cuales tenemos la crianza, convivencia, formación moral y la educación" y dicha investigación sirva de referencia por medio de la proposición de reformas legales al código de familia que incorporen algunos criterios jurisprudenciales utilizados por los jueces al momento de emitir una resolución o la creación de nuevas leyes en las cuales se establezca un proceso marcado y que facilite innovaciones en el ámbito del cuidado personal como por ejemplo el reconocimiento legal de la custodia compartida, reformas que en el ámbito social traen un provecho a la población recordando que protegiendo a la familia se beneficia indirectamente a la sociedad, pues la primera es la base de la segunda. La metodología a utilizar estará basada en el método científico aunado al método analítico que nos darán una perspectiva amplia para fomentar el análisis de las diferentes normativas pertenecientes al marco jurídico, en el ámbito nacional como internacional que abordan el estudio de la situación problemática partiendo del análisis de la relación practica teórica que nacerá de las diferentes teorías conocidas y de aquella teoría que sirva como guía en la investigación, así como también el método de síntesis el cual tendrá su utilidad en la elaboración de las conclusiones y recomendaciones que se aporten al final de la investigación, se hará uso del método comparativo para fomentar el estudios de las disposiciones legales contenidas, dando así la pauta para establecer las similitudes y diferencias entre dichas disposiciones sobre la problemática objeto de estudio. Los resultados que se esperan en la investigación estarán destinados a servir en función social como apoyo en el tema del otorgamiento del cuidado personal de los hijos para que de esta forma se definan bases o lineamientos en cuanto a este tipo de situaciones jurídicas, que vengan siempre a velar por el interés superior del niño niña o adolescente, ya que es vital para el futuro del país garantizar a cada niño niña y adolescente una vida digna y desarrollo pleno, partiendo de la familia como base fundamental de la sociedad.
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Se estudió las fases del proceso abreviado que establece la Ley de protección integral de la niñez y adolescencia para la autorización de salida del país y extensión del pasaporte del niño, niña o adolescente, asimismo, se analizó los efectos jurídicos que genera el ejercicio de la autoridad parental en relación a la autorización de salida del país. Metodología: se presenta el desarrollo de la metodología e hipótesis de la investigación, haciéndose necesario el estudio de las variables y los indicadores; también se despliegan las técnicas de investigación que se utilizaron en la entrevista no estructurada y en las encuestas. Conclusión: a través de los resultados obtenidos se pudo observar que dentro de la comunidad Jurídica nacional existe una falsa apreciación respecto de la actividad jurisdiccional de los Jueces Especializados de la Niñez y la Adolescencia al autorizar una salida del país de un niño, niña adolescente, como lo establecen los artículos 44 y 230 de la Ley Integral de Protección a la Niñez y la Adolescencia; esto porque a través de los datos obtenidos por medio de encuestas se demuestra que muchos abogados consideran que efectivamente el Juez está ejerciendo Autoridad Parental al autorizar la salida del país de un niño en lugar del padre que se niega a otorgar el debido permiso. Lo cual demuestra sin lugar a duda una falta de conocimiento respecto de los artículos 206, 208, 209 del código de Familia en relación a los artículos 230, 44 LEPINA o una errónea interpretación de los mismos. Efectivamente existe un conflicto de derechos y este se da entre los padres y el niño, niña o adolescente siendo este último caso el que ocupa nuestro interés ya que actualmente se ha demostrado que los conflictos que tienen lugar entre ambos progenitores tienden a afectar la esfera de derechos de sus hijos por lo que ante tal situación es necesario que este tipo de conflictos sean resueltos en los tribunales para el solo efecto de garantizar y proteger los derechos del niño atendiendo de forma especial a cada caso; en atención al Principio de Interés Superior del Niño, Niña o adolescente articulo 12 LEPINA.
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La cuenca del río Reventado, situada en la vertiente sur del Volcán Irazú, Costa Rica, presenta actualmente un riesgo para la ciudad de Cartago (aproximadamente 30.000 habitantes), especialmente para algunos asentamientos cercanos al río mismo. Este riesgo consiste, en primer lugar, en un deslizamiento con grandes extensiones en la parte inferior de la cuenca media, el deslizamiento llamado San Blas. Este deslizamiento está formado por la antigua terraza de Banderilla de material de avalanchas holocenas y que fue activado en el comienzo de la década de los setenta por la destrucción de su sostén por la explotación de materiales en tajos. Anteriormente, la última vez en los años 63-65, el riesgo era diferente:Erupciones del Irazú con grandes cantidades de cenizas originaron un cambio violento del régimen hidrológico, intensas lluvias causaron crecidas y avalanchas, profundizando en la cuenca superior los cauces y provocando así deslizamientos. En la cuenca baja estas avalanchas provocan inundaciones y acumulaciones de los abanicos diferentes. Los deslizamientos activados por estos eventos actualmente muestran poca o ninguna actividad, pero el riesgo de repeticiones de estos eventos persiste. SUMMARYThe Rio Reventado watershed, situated in the southern slope of the Irazú volcano, Costa Rica, presents a risk for the town of Cartago (30.000 inhabitants) and specially for some settlements near the river. In first place, this risk consists of a huge landslide in the lower part of the watershed, the<<San Blas- landslide, which is formed by the labaric material of a Holocene terrace of the Reventado, called <<Banderilla- terrace>>. At the beginning of the seventies this terrace was activated due the explotation of its materials in two quarries. The risks existing before in this watershed were of an other nature, an example give the events of years 1963-65:A violent hydrologic change in the upper part of the Reventado watershed due to the ashfall of an eruption of the Irazú caused big mudflows whish depend the river beds and thus provoked landslides. These mud flows caused inundations and accumulations in the lower watershed. Today, the land slides activated in the sixties are stable or semistable, but the risk of repetitions still persists.
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En 1989 las Naciones Unidas aprobaron, luego de un proceso de muchos años, la Convención sobre los Derechos de los Niños, instrumento legal que obliga y vincula a todos los países firmantes, en el firme propósito de defender lo que en el documento se llamó el “interés superior del niño”, haciendo justicia a estos seres humanos a quienes durante siglos y siglos se les había negado su status de sujetos con entidad propia, libres, independientes y con derechos. El presente trabajo repasa en un primer momento, los diferentes hitos históricos por los que ha atravesado el mundo de los niños, desde aquellos en que el infanticidio era una práctica normal en ciertas sociedades, hasta el estado actual a nivel mundial y local respecto de la promoción y defensa de sus derechos. En un segundo momento se intenta demostrar que la violencia y maltrato contra los niños se siguen dando a pesar de contar, hoy más que nunca, con una legislación vigente que defiende sus derechos, sobre todo, el que se ejerce contra ellos en las escuelas y sus contextos, ya que según estudios de las Naciones Unidas, es el segundo lugar en donde mayormente se irrespetan sus derechos. Para ello, la investigación aterrizó su estudio en dos escuelas urbano-marginales de la ciudad de Guayaquil – Ecuador, una pública - gratuita y otra privada - de paga, utilizando para ello encuestas, entrevistas y observación directa, determinando factores asociados al maltrato infantil escolar y sus posibles consecuencias. Finalmente, se analizan diferentes caminos y propuestas pedagógicas para que, desde la organización escolar, se pueda llegar a tener escuelas sanas donde sea posible una verdadera convivencia humana, libres de violencia y constructoras de paz, justicia y equidad, sobre todo, lugares seguros para los niños en donde sus derechos sean respetados, haciendo realidad en la escuela el Sumak Kawsay o “buen vivir”, en un marco de cultura participativa en clave de justicia social y de paz.
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Incluye Bibliografía