1000 resultados para Persona humana


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Entre los años 1980 y 2000 el Perú vivió un episodio de violencia política, un conflicto armado interno sin precedentes, que dejó un doloroso saldo de asesinatos, secuestros, desapariciones forzadas, torturas, detenciones injustas, graves crímenes y violaciones a los derechos humanos. Ha sido el episodio de violencia interna más cruento y prolongado de toda la historia de la República; este conflicto fue desatado por grupos alzados en armas (Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru MRTA) y el estado, que puso en manifiesto varios desencuentros y brechas de todo orden, brechas que albergaron profundo dolor en la sociedad. Se llevaron a cabo diversas acciones, omisiones y violaciones a los derechos fundamentales de la persona humana; factores que desencadenaron una crisis moral y política de graves consecuencias, que el país necesita reparar, lo cual requiere la aplicación de la sanción efectiva a los responsables de las violaciones. La violencia política enfrentó a peruanos que de una manera u otra fueron partícipes en este escenario de violencia, unos mas que otros; según el grado de vulnerabilidad e indefención propio de las condiciones económicas y sociales, que se originaron en brechas insalvables, terminando por destruir el tejido social, la base productiva material, la organización familiar y la infraestructura publica, provocando así la pérdida de acceso a servicios estatales, la institucionalidad pública y la afección a la salud mental de casi todos los peruanos.

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El movimiento de derechos humanos internacional, reconoció tardíamente dos formas de violencia, posiblemente las más comunes en el mundo, como violaciones a los derechos humanos, estas son la violencia intrafamiliar y la violencia basada en el género. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena el año 1993 en el numeral 18, señala textualmente “Los derechos humanos de la mujer y de la niña, son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales (...)La violencia, y todas las formas de acoso y explotación sexuales, en particular las derivadas de prejuicios culturales y de la trata internacional de personas, son incompatibles con la dignidad y la valía de la persona humana y deben ser eliminadas (…) La Conferencia Mundial de Derechos Humanos, insta a los gobiernos, las instituciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales a que intensifiquen sus esfuerzos a favor de la protección y la promoción de los derechos humanos de la mujer y de la niña”. En este numeral se enfatizan tres aspectos: se reconoce sin ningún lugar a duda que los derechos de las mujeres y las niñas son universales; que la violencia, en todas sus formas es una violación a los derechos humanos y que los estados, las agencias de cooperación y las organizaciones de la sociedad civil deben preocuparse e intensificar sus esfuerzos por erradicar este gran problema social.

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El Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, fue ideado con la finalidad de cumplir con la insoslayable labor de promover y proteger los derechos de la persona humana en el continente americano, en el marco de los instrumentos internacionales especializados suscritos y ratificados a tal efecto. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (La Corte), como órgano principal del Sistema Interamericano, tiene a su cargo la misión de determinar la responsabilidad internacional de los Estados partes del Pacto de San José, en materia de violación de derechos humanos, pero más allá de eso tiene la importantísima labor de disponer reparaciones justas y adecuadas para las víctimas de tales violaciones. Cuando las víctimas son comunidades indígenas, surgen grandes dilemas relacionados con la aplicación de los principios y preceptos sobre los cuales se cimienta la doctrina internacional de los derechos humanos, y en consecuencia con las bases mismas del Sistema Interamericano, con sus pretensiones de universalidad, frente a las especiales características culturales e identitarias de los pueblos originarios. Estos dilemas se extienden a la fase de reparaciones en la Corte que, una vez que ha determinado la responsabilidad del Estado por incumplimiento de sus obligaciones convencionales, dispondrá una reparación en virtud de los daños sufridos por las víctimas; de lo anterior surgen varias interrogantes ¿Cómo puede aplicar la Corte un enfoque de diversidad en las reparaciones a comunidades indígenas? ¿Al aplicar un enfoque de diversidad a los casos de comunidades indígenas, estaría legitimando la Corte la doctrina del relativismo cultural? ¿La aplicación de criterios de diversidad permite que la Corte disponga reparaciones justas y adecuadas? Estas interrogantes, y el debate que suponen, guiarán el análisis que desarrollaré en las líneas siguientes, en las que la diversidad, los pueblos indígenas y el desarrollo del Sistema Interamericano, en cuanto a las reparaciones, constituyen ideas centrales.

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Is there a place inside Marxism for the debate on individuality? Does the historical-critical pedagogy need a theory of individual’s education? The article answers affirmatively to both questions and analyses the pillars of a Marxist theory of human individuals’ education. The start point is the relation between the processes of objectification and appropriation that were originated by the work activity. The relation between objectification and appropriation is analysed from a dialectical materialistic historical perspective. This perspective implies the understanding of the contradiction generates by class struggle that gives to the sociocultural development both the meanings of humanization and alienation. In this sense, individual’s education is understood as part of historical self-building process of humankind. The direction of this movement is from humanity in itself to humanity for itself that means a process that promotes the development of free and universal individuality.

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La "Didáctica del Teatro II", continuación y complemento de la "Didáctica del Teatro I" suma e integra posibles recorridos metodológicos fundamentados para enseñar teatro en una etapa de la educación de conformación reciente: el nivel polimodal. Cada uno de los ocho autores de este libro, realiza un aporte significativo desde su propio saber consolidado por una trayectoria destacada y ofrece su propuesta desarrollada como una alternativa posible y probada de esta didáctica, que conforma así un corpus básico de acción docente promotor de experiencias de desarrollo personal y de formación significativa en el lenguaje teatral para alumnos protagonistas y creadores de futuro. Este libro es pues el resultado de una creación colectiva al servicio de un modo también colectivo de generar conocimiento, donde el objeto de estudio es el ser humano educándose en situación, capaz de conducirse como creador de circunstancias, argumentos y estrategias para lograr la concreción de sus objetivos personales y sociales en función de sus deseos, necesidades, valores y concepción de la felicidad. Para esto se necesitan docentes que además de comprender las técnicas teatrales específicas, reconozcan el valor de la persona humana como única e irrepetible y sean capaces de trabajar a partir de reconocer en los estudiantes aquello que tienen de diferente y de promover en ellos la búsqueda interior y la liberación de los estereotipos y de la sumisión cultural consumista. Cuando planteamos la incorporación de Teatro como asignatura en el nivel polimodal no pensamos en formar actores, sino personas que sean sujetos y objeto de su propio arte de ir autoconstruyéndose. Con esta propuesta didáctica pretendemos sumarnos y colaborar, desde un espacio curricular específico, con la desafiante tarea de romper la dicotomía entre pensamiento y sentimiento en nuestros alumnos para accionar pedagógicamente sobre los bloqueos emocionales y cognitivos que obstruyen sus posibilidades de aprendizaje y desarrollo.

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Se exploran elementos comunes a las sentencias sobre aborto de las Cortes Constitucionales de Alemania, Colombia, España, EE.UU. y México que permitan verificar cuál ha sido la respuesta que la jurisprudencia constitucional comparada ha formulado a las siguientes problemáticas: I) titularidad para ejercer derechos constitucionales por parte del nonato; II) status moral y jurídico de la persona humana y el nasciturus; III) competencia judicial para pronunciarse sobre cuestiones metajurídicas complejas; IV) criterios de hermenéutica y argumentación constitucional utilizados; V) rol del Estado en la protección de la vida humana potencial; VI) necesidad de recurrir al Derecho Penal en cuanto mecanismo de tutela del no nacido y valoración de las propuestas de despenalización

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La diversidad sexual emerge en las Américas como una de las cuestiones más importantes en relación con la protección y promoción de los derechos humanos. A partir de la democratización de la mayor parte de los Estados Sudamericanos en los años 80, se ha iniciado una discusión acerca de la ampliación del concepto de igualdad con el fin de introducir el derecho a la diferencia como otra expresión de la dignidad de la persona humana, cuyos estudios fueron encabezado de lo que se llamaba La hermenéutica de la Diversidad. En este escenario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos aparece como el principal responsable por el proceso de reconocimiento de la diversidad sexual como un derecho humano, lo que permite la asignación de temas tales como la sexualidad y el género en la agenda de los principales órganos regionales de protección de derechos humanos, así como en la agenda de algunos Estados, que por su promoción de políticas de diversidad han llegado a ser considerados empresarios normativos en relación con el libre ejercicio de la sexualidad humana. En este sentido, se pretende con esta tesis analizar el proceso de reconocimiento de la diversidad sexual como un derecho humano en el marco del sistema interamericano de protección, comprobando el potencial normativo de Argentina, Brasil y Uruguay con respecto a la adopción de normas internas promoción de la diversidad sexual. También tenemos la intención de analizar la norma internacional llamada Convención Interamericana contra todas las formas de discriminación e intolerancia como el primer tratado producido por el sistema interamericano para la protección de la sexualidad como un derecho digno de protección. La investigación ha demostrado que después de la posición adoptada por la Comisión y la Corte Interamericana respecto al ejercicio de la sexualidad, países como Argentina, Brasil y Uruguay promovieron un progreso significativo en el campo de las libertades individuales y en el campo de las políticas públicas de asignación de la sexualidad como un derecho que necesita de una protección efectiva del Estado

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¿Cómo mejorar el nivel de vida de todos los latinoamericanos y crear oportunidades para el desarrollo humano sustentable? ¿Es posible eliminar las desigualdades extremas sin sacrificar el crecimiento económico? ¿Qué medidas y políticas es preciso adoptar para lograr una sociedad más justa, equitativa e integrada? Al iniciase el siglo 21, América Latina enfrenta el desafío de reducir la desigualad, mejorar los niveles de vida y crear oportunidades para todos los latinoamericanos. Este texto propone un nuevo enfoque y lineamientos para el diseño de estrategias y políticas sociales que nos permiten lograr la equidad, la integridad social y el pleno desarrollo de la persona humana en América Latina.

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Cuando hace seis años la Universidad de la Sabana se disponía a iniciar la carrera de Administración de Instituciones de Servicio, finalmente denominada Administración de Servicios de Bienestar, se tenia una meta clara y definida: proporcional al país profesionales con un perfil gerencial capaces de liderar la producción de servicios en la banca, el comercio, la salud, la educación, la hotelería, el transporte, las cajas de compensación familiar… y en la atención al cliente en las demás organizaciones. Profesionales que con una planeación estratégica y una administración participativa generan la calidad, el bienestar de la persona humana, representa en la empresa de servicio, tanto por el cliente externo como por los proveedores, los inversionistas y fundamentalmente por las personas que constituyen la organización.

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Una observación a nuestra realidad permite visualizar que en nuestro país el asesinato de mujeres en manos de sus parejas o ex parejas, se da de manera frecuente, afectando no solo a la mujer, sino también a sus hijos, a su familia y, por ende, a la sociedad; de allí, que el papel del Estado sea de gran trascendencia para disminuir estos altos niveles de feminicidio que tiene el país. El problema del feminicidio deriva de una desigualdad de género y una discriminación hacia la mujer. Históricamente la mujer se ha encontrado en una posición de subordinación al hombre, lo cual encuentra sus orígenes remotos en la interpretación literal de la Biblia, la cual daría la pauta para creer que la mujer siempre debe estar subordinada o sometida al hombre; esta idea ha trascendido de generación tras generación hasta esta época; teniendo la mujer que enfrentar una lucha constante para obtener el reconocimiento de su personalidad y de sus derechos, tal como el derecho a la ciudadanía, al voto, a la educación e incluso al derecho a la vida. Ciertas corrientes de pensamiento han tratado de explicar esta subordinación de la mujer hacia al hombre; pero lo cierto es, que este ha sido un problema que culturalmente ha sido heredado de generación a generación. Doctrinas que abordan el tema de la desigualdad entre hombres y mujeres como lo es la "Doctrina cristiana de la superioridad masculina", justifican la dependencia de la mujer al hombre como un mandato divino; por su parte, la "Doctrina social de la Iglesia" aborda este tema de manera equitativa ubicando a la mujer en un mismo plano de derechos con el hombre; y la "Doctrina social favorable a la mujer", considera que la mujer debe estar en una postura de igualdad al hombre. La Constitución de la República de El Salvador establece que el origen y fin de la actividad del Estado es la persona humana, sin hacer distinción entre hombre y mujer. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), insiste en la obligación que tienen los Estados de garantizar al hombre y a la mujer igualdad en el goce de todos los derechos. Por su parte, la Convención interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres (Belém do Pará) impone al Estado el deber de adoptar, por todos los medios apropiados, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Esas Convenciones, han tenido desarrollo legislativo en la Ley especial integral para una vida libre de violencia para las mujeres, en la que el Estado asume la responsabilidad de crear las políticas necesarias para que la mujer goce a plenitud de sus derechos, estableciéndose el feminicidio como un tipo penal agravado.

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El tema de investigación versa sobre la afiliación política partidaria en el ejercicio de la función pública ¿derecho o prohibición constitucional?, y para ello se ha tomado como parámetro de investigación, las sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia. Además de ello, en esta investigación se tomó en cuenta las teorías de la democracia y la teoría política, debido a que estas contribuyen al sistema de gobierno salvadoreño, así como establece el artículo 85 de la Constitución de la República, que literalmente dice: El gobierno es Republicano, democrático y representativo, y debemos tomar en cuenta a la persona humana como origen y fin de la actividad del Estado (artículo 1 de la Constitución), para que realmente exista un estado constitucional de derecho, debe dársele prioridad a los derechos fundamentales establecidos en la Carta Magna, y que estos no sean violentados. Así como también, se estudió el principio de independencia judicial, ya que éste es importante en relación a las funciones que desempeñan los funcionarios del Órgano Judicial. El pilar fundamental en un estado democrático de derecho es el llamado separación de poderes. Esto quiere decir un equilibrio entre los tres órganos del estado, el órgano ejecutivo, legislativo y judicial. Esta doctrina establece que lo principal es que los jueces deben estar sometidos a la ley de esta manera evitar lo vulneración a los derechos y garantía de las personas; también busca garantizar que los órganos del estado tengan sus límites en cuanto a sus funciones y, de esa forma, evitar violaciones a la persona. En El Salvador se dio un caso muy relevante, en el año dos mil trece, donde declararon inconstitucional el nombramiento del presidente de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, al Licenciado Salomón Padilla.

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El derecho de petición como mecanismo de tutela y protección de los Derechos Constitucionales y el Acceso a la Justicia en El Salvador, es un Derecho Fundamental de la persona humana que se encuentra reconocido en la Constitución, por ende, el Estado tiene como fin primordial garantizar que todos los ciudadanos gocen de seguridad jurídica buscando los mecanismos idóneos para lograr una efectiva tutela jurídica y protección de los derechos constitucionales. Por lo que se toma a bien plantearse como OBJETIVO DE LA INVESTIGACIÓN: Estudiar las causas y efectos positivos y negativos, que influyen en la eficacia del Derecho de Petición como un mecanismo de tutela y protección de los Derechos Constitucionales, y su vinculación con el acceso a la justicia. Se ha de utilizar la METODOLOGÍA: referente al Tipo de investigación esta será descriptiva analítica para dar respuesta al desarrollo de la presente investigación. De este modo se hace necesario aclarar el Método a utilizar para el desarrollo de la investigación, los cuales serán: El Método Analítico, que nos servirá para analizar los diferentes puntos de vista y enfoques de la percepción que se tiene sobre el tema de interés; y el método comparativo a efecto de hacer precisas comparaciones de la aportación brindada para este desarrollo. Instrumentos de investigación que se han de utilizar en el desarrollo de la investigación son: entrevista no estructurada. RESULTADOS ESPERADOS: se pretende que el análisis de derechos tan relevantes como son: el Derecho de Petición y el Acceso a la Justicia sea de beneficio para el conocimiento de la población en general, habiendo establecido criticas concretas de los efectos positivos y negativos que afectan el desarrollo de estos mismos derechos, realizando una comparación de las ideas puntuales de los especialistas en el área constitucional referente a el tema de investigación.

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El presente trabajo tiene por objeto precisar los conceptos jurídicos doctrinarios sobre documento, documento electrónico y título valor electrónico, fundamentándonos en la ley modelo de comercio electrónico aprobada por la ONU, la legislación de la Unión Económica Europea, la Ley 527 de l999, el decreto reglamentario No 1.747 del 11 de septiembre de 2000, la legislación complementaria sobre protección de derechos fundamentales, la doctrina y la jurisprudencia. Para ello, diremos que el comercio electrónico se enmarca dentro de la preceptiva del artículo 2 de la Constitución Política que consagra como principios del Estado social de Derecho la libertad de empresa, la intervención del Estado para regular la economía, y la protección de los derechos fundamentales de la persona humana y propiciar el bienestar de todos los ciudadanos. Por ello esta actividad puede ser desarrollada libremente por cualquier persona, siempre que respete los derechos fundamentales, como el derecho a la intimidad, la dignidad, la información, la salud pública, el habeas data, el sistema penal, la seguridad nacional y el interés general. Nos dedicaremos entonces a analizar qué se entiende por documento, características, requisitos de validez, prueba y eficacia de los documentos electrónicos y aplicación en las transacciones de bolsa y similares, el documento electrónico, el título valor electrónico y el tratamiento legal que al documento se le da en nuestra legislación.

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Dissertação apresentada para cumprimento dos requisitos necessários à obtenção do grau de Mestre em Filosofia na área de especialização em Estética