999 resultados para PRISION PREVENTIVA
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Monográfico con el título: 'Prácticas de éxito para la prevención de la violencia de género desde la educación'. Resumen basado en el de la publicación
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Identificar las características de los estudiantes universitarios que presentan fracaso académico. Elaborar un sistema de detección de estudiantes con riesgo de padecerlo. Diseñar un modelo de intervención preventiva del mismo. Primer estudio: grandes muestras de estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid. Segundo estudio: 213 estudiantes de primero de Psicología de dicha Universidad. La investigación se estructura en una introducción teórica previa y tres estudios empíricos. Primer estudio: Se detectan las variables implicadas en la aparición del fracaso y los estudiantes que abandonan sus estudios, mediante una encuesta, consulta de datos de archivo y un sistema amplio de evaluación multidimensional. Segundo estudio: Se elabora un instrumento de evaluación compuesto por las variables que en el estudio anterior se mostraron relacionadas con el rendimiento académico. Tercer estudio: Se presenta un programa formado por seis módulos, que actúan sobre diversas áreas, y por técnicas de intervención. Inventarios, autoinformes, test de aptitudes, test de personalidad, pruebas de capacidad intelectual. Análisis factorial, análisis de regresión, análisis de varianza, prueba de Student-Newman-Keuls, estadístico Wilks Lambda. En el primer estudio se ha detectado un elevado número de estudiantes que no obtiene éxito en su tarea cotidiana y no termina sus estudios en el tiempo previsto. Los hábitos de estudio, la forma de enfrentarse con el medio académico, la motivación y la satisfacción que de ello se deriva son variables a considerar en la determinación del fracaso universitario. En cuanto al segundo estudio, los resultados confirman el valor predictivo del sistema. La siguiente tarea a desarrollar sería la de poner en marcha intervenciones programadas y probar que, en efecto, se logra mitigar la aparición de tal fracaso.
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Estudiar las características del niño de preescolar, para su completo desarrollo, planteado desde un enfoque ambiental, teniendo en cuenta factores influyentes en el proceso de maduración del niño. Se ha tenido en cuenta tres enfoques teóricos, el enfoque médico, psicológico, y pedagógico. El trabajo consta de cuatro capítulos. El primer capítulo explica las medidas preventivas que pueden tomarse antes de la concepción, durante el embarazo y en el momento del nacimiento del niño, al considerarse periodos importantes y determinantes del posterior desarrollo de éste. En el segundo capítulo hace referencia a la importancia del primer año de vida del niño: cómo deben cubrirse las necesidades biofísicas y psicológicas del niño para favorecer su maduración y el papel que desempeñan la exploración neurológica y la estimulación precoz. En el tercer capítulo trata de una forma general los proceso madurativos en el niño y como van a verse influenciados positiva o negativamente por una serie de factores, así como su repercusión en los procesos de aprendizaje. En el capítulo cuarto incluye la orientador familiar como medio para favorecer la actuación educativa de los padres, las medidas que pueden llevar a cabo la administración de un país y los centros de acción preventiva. 1) Es importante ofrecer un asesoramiento genético preconcepcional así como la detección y tratamiento precoz de enfermedades maternas que pueden afectar desfavorablemente al desarrollo, durante el periodo de gestación. 2) El estado de salud, tanto físico como emocional, de la gestante, va a condicionar la evolución del embarazo. Ante la posibilidad de que aparezcan complicaciones que puedan ser de gravedad para la madre y el futuro hijo, surge la necesidad de que éste se desarrolle dentro de unas condiciones favorables. 3) El control médico llevado a cabo en el periodo prenatal puede preveer las posibles complicaciones que surjan en el parto. 4) La observación del recién nacido durante las primeras horas de vida, facilita la detección precoz de anomalías que con el tratamiento adecuado se pueden evitar o al menos paliar sus consecuencias. 5) El primer año de vida es clave para el desarrollo posterior. 6) Una actuación psicopedagógica oportuna, con los métodos de diagnóstico y tratamiento de que disponemos y aplicados desde su nacimiento actuarán como medidas preventivas ante los trastornos que pudieran surgir con posterioridad. 7) Un objetivo esencial será conseguir una influencia favorable de todos aquellos factores que condicionan los procesos madurativos. 8) La herencia y el entorno son dos factores básicos del desarrollo. Las alteraciones de origen genético pueden corregirse con la adecuada y oportuna intervención del entorno. 9) La maduración es fundamental para el progreso del individuo. 10) El estado físico del niño repercute en su estado psicológico y en todo su proceso evolutivo. 11) La evolución psicológica del niño está determinada por la personalidad de los padres: orientándoles acerca de su actuación y prestándoles la ayuda necesaria para resolver sus conflictos mediante terapia y tratamientos adecuados, se puede evitar la influencia de personalidades paternas nocivas. 12) La administración del país debería favorecer la creación de instituciones de acción preventivas que adopten todas las medidas necesarias para que la orientación e información llegue a todos los sectores de la población.
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Comentario sobre el curso de 'Prevención de riesgos laborales en los centros educativos' dirigido a los equipos directivos de los colegios e institutos. Se oferta desde los Centros de Profesores y Recursos de Castilla-La Mancha. Se comenta la importancia de la salud laboral del profesorado y de las personas de administración y servicio para conseguir una educación de calidad.
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Monográfico con el título: 'Las claves de un modelo preventivo'. Resumen basado en el de la publicación
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Pretende establecer, si la prisión preventiva, realmente cumple con su rol, esto es ser una medida cautelar, o si por el contrario, ha existido o existe excesos en su aplicación, llegando a determinar por tanto, que la prisión preventiva no debe constituir la regla general como expresamente se determina ya que se trataría de un acto arbitrario e injusto el privar la libertada en forma desproporcionada respecto de la pena que correspondería al delito del imputado a quienes cuya responsabilidad no ha sido todavía probado, esto sería una anticipación de la pena totalmente contraria a los principios elementales del Estado Constitucional y de los Derechos Humanos. La tesis se divide en cuatro capítulos; el primero se refiere al análisis de los principales principios que se deben observar y aplicar respecto de la prisión preventiva, siendo el principio de inocencia, excepcionalidad, proporcionalidad, provisionalidad, inmediación, legalidad y el debido proceso; el capítulo segundo, trata de las medidas cautelares, y dentro de esta esfera se analiza a la prisión preventiva, en nuestra realidad, y a la luz de la Constitución y los tratados Internacionales; los presupuestos contenidos en el art. 167 del Código de Procedimiento Penal; los indicios y la evidencia. En el capítulo tercero, se analiza el procedimiento garantista para ordenar la prisión preventiva; la audiencia de control de flagrancia y la audiencia de formulación de Cargos en los delitos no flagrantes. En el Capítulo cuarto, se analiza tres causas penales, y se concluye con las conclusiones y recomendaciones.
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Me he involucrado profundamente en la presente investigación, toda vez que en mi vida judicial he sido fiscal y juez, y he considerado la importancia del principio constitucional de la presunción de inocencia, pues éste principio no está bien comprendido por los jueces de garantías penales, fiscales, policías, abogados en libre ejercicio y ciudadanía en general, porque no existe en nuestro país una cultura constitucional de respeto a la dignidad de las personas y a los derechos humanos, lo cual significa que no estamos todavía preparados para vivir en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia; y, como consecuencia de ello se atropella el derecho a la libertad de personas inocentes, que a título de prisión preventiva han permanecido en Centros de Rehabilitación por varios meses y a veces por años, para luego obtener una sentencia que confirma la presunción de inocencia. La prisión preventiva, sin embargo de que es una medida cautelar personal extrema, y de excepción de acuerdo a la Constitución de la República, el fiscal al momento de solicitarla y el juez de garantías penales al dictarla casi nunca la motiva, esto es, no se cumple con los requisitos constitucionales y legales, por falta de cultura jurídica constitucional, tanto más que al dictarla se violenta varios otros derechos constitucionales como el de la presunción de inocencia, la libertad, la privacidad, la dignidad, el derecho de defensa, etc. En los capítulos primero y segundo fundamentaré el estudio sobre el principio constitucional de presunción de inocencia y los requisitos constitucionales y legales para limitar el derecho a la libertad, al momento que el fiscal lo solicita y que el juez lo dicta, pues toda persona debe ser considerada y tratada como inocente, por esta razón este principio constitucional es la garantía más significativa y se halla en primer plano en nuestro ordenamiento jurídico, pues se deriva del principio de que nadie puede ser penado sin juicio previo, de lo cual se deduce la figura de un derecho constitucional a permanecer en libertad mientras no exista sentencia condenatoria ejecutoriada o en firme, lo cual demuestro en el capítulo tercero que trato sobre la investigación de campo.
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La excepcionalidad de la prisión preventiva se encuentra vigente con la nueva Constitución de la República del Ecuador en el Art. 77 numerales 1 y 11, guarda relación con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención Americana Sobre Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en atención a lo dispuesto en el Art. 424 inciso 2º., de la Ley Fundamental, está regulada por el Art. 159, inciso 2º., del Código de Procedimiento Penal. En el capitulo primero he orientado la investigación a la libertad personal como derecho fundamental, y su relación con otros derechos; la limitación de la libertad personal y los derechos de los privados de la libertad, en base a la Constitución, la Ley y pronunciamientos doctrinarios. En el capítulo segundo lo dedico al análisis de las medidas privativas de libertad ambulatoria, como son: la detención y la prisión preventiva, la presunción de inocencia, la responsabilidad del Estado frente a estas medidas, el plazo razonable, concluyendo con la audiencia de formulación de cargos, acudiendo a estudios de autores que tratan sobre la materia. En el capítulo tercero se ha investigado la excepcionalidad de la prisión preventiva, con sus características especiales, su revocatoria, y, análisis de la doctrina jurisprudencial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el capítulo cuarto analizo las medidas alternativas a la prisión preventiva, como el arresto domiciliario, la obligación de presentarse periódicamente ante el juez y la prohibición de salida del país, finalizo realizando conclusiones y recomendaciones sobre el tema investigado, que a mi juicio son pertinentes.
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Esta investigación se enmarca en el ejercicio del debido proceso, institución jurídica garantizada por la Constitución del Ecuador y contemplada en Código de Procedimiento Penal, la investigación se realizó en Quito en los juzgados, tribunales penales, policía técnica judicial y centros de rehabilitación; con la finalidad de contribuir a que cada día se respete en todas las instancias el debido proceso, así como los derechos humanos, esto es, desde el momento de la aprehensión, indagación previa, instrucción fiscal, etapa intermedia, etapa del juicio y en la etapa de impugnación, es decir en toda la tramitación de las causas penales, inclusive hasta en el recurso de revisión y con la aprobación de la constitución vigente hasta la resolución de la causa penal ante La Corte Constitucional. Lamentablemente se ha evidenciado que las violaciones a los derechos humanos a los detenidos se siguen dando en forma alarmante por lo que, es necesario insistir una y mil veces que los operadores de justicia actúen dentro del marco jurídico existente. El debido proceso en el nuevo sistema procesal penal garantiza tener una justicia independiente, respetando la Constitución, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y la aplicación correcta de la Ley, hasta que en sentencia al procesado se le absuelva o se le condene.
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La existencia de disposiciones normativas abiertas en los requisitos de estructuración de una prisión preventiva, provocan un mayor margen de subjetividad en las y los administradores de justicia (fiscales, jueces, juezas). El riesgo, por tal subjetividad, se enfoca entorno a los parámetros, instrumentales o penales, que se pueden utilizar para requerir o disponer la referida medida coercitiva personal, pues en nuestro sistema penal colisionan las corrientes garantista y del derecho penal del enemigo. El presente tema de tesis no ha tenido mayor desarrollo doctrinario, y peor aún análisis práctico en nuestro país. Esto, ha vuelto necesario su estudio y evaluación, con el propósito de poder verificar si los criterios de aplicación de la prisión preventiva responden al Estado constitucional de derechos y justicia que nuestro sistema consagra, o más bien enmascaran un uso irracional o arbitrario de los criterios por los cuales se convierte a una persona en preso preventivo.