939 resultados para DERECHO INDÍGENA


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Este trabalho tem como finalidade analisar o processo de apropriação e conservação da biodiversidade desde a perspectiva do povo indígena zenu da Colômbia e dos diferentes atores sociais, tais como organizações sociais de caráter local e ONGs, que trabalham nesse território, a partir da introdução de sementes transgênicas de milho em regiões vizinhas ao seu território em 2007. O objetivo, portanto, é conhecer, através de uma pesquisa etnográfica, as diferentes iniciativas sociais e políticas impulsionadas desde este povo indígena em seu propósito de defender a biodiversidade do seu resguardo, e, como resultado das mesmas, analisar a constituição de uma identidade étnico – territorial dentro deste grupo indígena. Assim, a biodiversidade constitui-se em um elemento fundamental na configuração das identidades étnico-territoriais dos seus habitantes. A configuração dessas identidades é sustentada, complementariamente, por uma elaboração discursiva de caráter performativo. Esse processo desemboca, a sua vez, em uma de “re-etnização” do território que, além de reivindicar referentes espaciais e elementos culturais de vital importância para este grup humano, como é o milho, estabelece os limites de uma nova “fronteira” simbólica em relação aos estados nacionais, geradora de sentimentos de pertencimento, mobilizações e posições políticas que confrontam as problemáticas que ameaçam esses territórios.

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O povo indígena Xakriabá é pertencente à família lingüística Jê e ao grupo Akwê. Sua terra localiza-se no estado de Minas Gerais no Município de São João das Missões. A terra indígena homologada em 1987 totaliza 46.415 ha e posteriormente foi homologada em 2003 a terra indígena Rancharia com 6.798 ha. A população Xakriabá totaliza oito mil pessoas distribuídas em 33 aldeias e sub-aldeias. Esta pesquisa realizou um estudo sobre como o povo Xakriabá vem desenvolvendo atividades de gestão territorial no âmbito de sua terra. O objetivo deste trabalho e discutir a relação dos Xakriabá com seu território a partir das ocupações e retomadas de terra. A metodologia partiu de uma revisão bibliográfica com o objetivo de levantar o máximo de informações possíveis sobre o referido povo bem como sobre o tema em discussão. A coleta de dados aconteceu de duas formas. A primeira por meio de trabalhos de campo orientados pelo método antropológico da observação participante. A segunda consistiu na realização de oficinas com professores e lideranças Xakriabá onde foram produzidos diversos materiais como mapas e narrativas, que constituem registros deste povo sobre um importante momento histórico de re-territorialização e da afirmação da identidade Xakriabá perante a sociedade nacional.

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This work analyses texts on indigenous women´s participation in the Mexican Zapatista Army, Ejército Zapatista de Liberación Nacional. The EZLN came to public attention after ten years of clandestine organization in 1994 in Chiapas, a southern state of Mexico neighboring Guatemala. Along the invasion of various municipalities in Chiapas, the Zapatista Army published their own Revolutionary Laws, directed to the Mexican government that included a section on women´s own laws. The indigenous women´s participation in a guerrilla movement in the economically poorest area of Mexico raised many questions among Mexican feminists and some of them fiercely criticized the laws for not being liberating or feminist at all. The question is, did the indigenous women want the laws to be feminist? To answer the main research question How is the position of women constructed in the Zapatista discourse? I analyze texts by various actors in the discourse within the theoretical framework of critical discourse analysis and the feminist theories of intersectionality. The connecting point in this interdisciplinary framework is the question of power and hegemony. The actors in the discourse are the women commanders themselves, the men commanders, the Zapatista spokesperson, subcomandante Marcos and the Mexican feminists. The texts analyzed are the letters of the EZLN to the media and discourses in public reunions, first published in Mexican newspapers and international discussion lists on the Internet and after 2005, on the Zapatista´s own webpage. The results show that instead of discussing whether the Zapatista women´s participation is feminist or not, the action itself provoked such wide discussion of the diversity within the feminist movement that it is a contribution itself. The work also shows that the use of language can be one tool in the quite recent paradigm of intersectionality in feminist theories.

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La Facultad de Recursos Naturales y del Ambiente (FARENA) de la Universidad Nacional Agraria (UNA) en conjunto con la Secretaria Técnica de BOSAWAS (SETAB) y el Proyecto Reserva de Biósfera Transfronteriza “Corazón del Corredor Biológico Mesoamericano” (PRBT - CCBM) , consideraron como objetivo principal d el presente estudio adecuar un instrumento de e valuación de la efectividad de manejo de la Reserva de Biosfera BOSAWAS (RB B), considerando las prácticas, costumbres y tradiciones de los pueblos indígenas Mayangnas y Miskitus d e Jinotega y RAAN, que habitan dentro de este valioso espacio natural d e Nicaragua . Fueron seleccionados tres modelos metodológicos de evaluación (CIPIPPR, RAPPAM y CIPP) para adecuar y aplicar un solo modelo denominado “ c iclo de evaluación – CPPPR” . Con la implementación del nuevo mode lo : (1) se evaluó el c ontexto de los pueblos indígenas desde el punto de vista de su cosmovisión , cultura y administración indígena ; (2) se p lanific aron los p rocesos logísticos, financieros, informantes claves o grupo meta, metodologías participativas para cada taller programado y las formas de recabar la información de manera flexible en cada encuentro ; (3) se obtuvieron los p roductos requeridos para ir generando el instrumento de evaluación de la efectividad de manejo en conjunto con los participantes ind ígenas y se realizaron tres evaluaciones en los períodos 2010, 2011 y 2012 ; (4) y con los r esultados de los 5 talleres - encuentros realizados se identificaron los ámbitos, criterios e indicadores propios para estos pueblos indígenas. La propuesta del nuevo Instrumento denominado e valuación de la e fectividad de m anejo de la RBB por los pueblos indígenas Mayangnas y Miskitos, fue oficializado por l os gobiernos territoriales indígenas (GTI) por su ley de autonomía y publicado por MARENA como “Los indígena de BO SAWAS, apropiados y restituidos en el derecho de seguimiento al cuido, amor y resguardo de la madre tierra. Est e instrumento orienta a los GTI c ó mo monitorear y evalua r cuantitativa mente (valores numéricos y p onderaciones ) y cualitativa mente ( revisión y an álisis de sus condiciones en función de su ponderación adquirida y escenario óptimo ) . El instrumento comprende 4 ámbitos , 12 Criterios y 36 indicadores constru idos conjunta y consensuadamente por los líderes indígenas participantes con su propio sentir, co nceptos, tradiciones, necesidades y cosmovisión que les caracterizan . Participaron un promedio de 18 líderes indígenas de 7 territorios convocados, con poca as istencia de mujeres indígenas . La calificación ponderada resultante de la s tres evaluaciones real izadas indica que el pueblo Miskitus desde su perspectiva valora su efectividad de manejo de ntro del Área protegida RBB con e l 68% del cumplimiento , alcanzando una calificación de 122 puntos ; y el territorio Mayangna la evalúa con el 52%, equivalente a 96 puntos. S in embargo al ubicar el valor del cumplimiento en función de la escala de calificaciones , amb a s etnias se ubican en la ponderación de ACEPTABLE. Los líderes coincide n que el instrumento es una vía para el desar roll o de capacidades de auto gestiones locales y regionales para alcanzar el manejo Satisfactorio u óptimo para sus pueblos

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Introducción: en el AADC XIII, año 2006, fue publicada la relación de actividades del instituto de derecho eclesiástico (IDEC) correspondiente al quinquenio 2002/2006, haciéndose además una somera relación de su historia y objetivos. Transcurridos 5 años queremos dar cuenta de lo actuado desde entonces

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Resumen: El autor introduce su trabajo con una serie de precisiones semánticas acerca de los conceptos principales que definen el objeto de su indagación: derecho, ciencia y jurisprudencia. Critica la noción de ciencia aplicada al derecho, y la aspiración a la certeza que ella conlleva y que pretende ser realizada por el positivismo y la ideología política de la soberanía según el modelo moderno y de la Revolución Francesa. Y pone de manifiesto las contradicciones en las que incurren las diversas corrientes positivistas. En el núcleo teórico de la investigación, contrapone convencionalismo y realismo, para pasar luego a analizar las concepciones modernas y contemporáneas de jurisprudencia y la concepción de Francesco Gentile acerca de lo que él denomina “geometría legal”. La conclusión pretende mostrar que los errores de perspectiva acerca del derecho y la jurisprudencia terminan necesariamente en la desnaturalización del derecho y, en definitiva, en la injusticia.

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Contenido: El derecho natural / A. D. Busso – El matrimonio en las sinodales del Obisplo Trejo / N. C. Dellaferrera – Las primeras reuniones del episcopado argentino, y algunos documentos “extravagantes” / C. I. Heredia – El “obsequium, intellectus et voluntatis” del canon 752 / P. D. Martínez – Notas – Jurisprudencia – Actualidad – Legislación particular argentina -- Recensiones

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Resumen: El common-law inglés tiene una herencia cristiana increíblemente rica. Los juristas ingleses más prestigiosos –incluyendo a Blackstone, Coke y Fortescue– frecuentemente partían desde la fe cristiana a la hora de iluminar y desarrollar lo que ahora son ya principios bien establecidos de la doctrina del common-law. Por consiguiente, este sistema fue desarrollándose históricamente con una particular referencia a la tradición cristiana del derecho natural. Este artículo demuestra cómo el common-law inglés fue mayoritariamente inspirado y desarrollado por estos principios cristianos de la teoría del derecho natural y cómo estos principios todavía subsisten válidos para la interpretación del common-law aun en el presente.

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Contenido: La anorexia y la bulimia como causas psicopatológicas de nulidad matrimonial / C. Baccioli – El acuerdo de 1957 / R. Bosca – Algunas consideraciones acerca de las presunciones jurídicas : aportes de la filosofía del derecho canónico / A. D. Busso – Los nuevos movimientos eclesiales y su encuadramiento canónico en la Iglesia particular / M. D. Colombo – Las relaciones diplomáticas entre el gobierno argentino y la Santa Sede : notas históricas sobre un posible concordato (1853-1892) / J. G. Durán – Abusos sexuales cometidos por clérigos y admisión al Orden Sagrado ¿un problema de homosexualidad? / R. D. Medina – Obispos y sexualidad : los cánones de Elvira como instrumento de disciplinamiento social / S. Panzram – Requisitos de prueba, la exigencia de un mínimo de prueba y la notoriedad en el derecho procesal medieval (siglos IX-XII) / M. Schmoeckel – Algunas consideraciones alrededor del canon 221 / H. A. von Ustinov – Notas – Documentos – Sentencias – Actualidad – Recensiones

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Introducción: “¿Qué es la verdad? Le pregunta Pilatos. Mas el Señor no le responde, momentos antes le dijo ‘vine al mundo para testificar la verdad; todo el que es de la verdad escucha mi voz’”. Ante el silencio de Dios surge el imperativo de hallar una respuesta. La historia nos demuestra que desde la antigüedad este interrogante acompaña al ser humano. Platón, en La República, califica a la verdad como “lo más noble entre las cosas” y este concepto, por su parte, resulta heredero –Pitágoras mediante– de tradiciones inmemoriales. Expone Kalinowsky que será el Filósofo, en el Libro VI de la Ética a Nicómaco, quien afirme el carácter intelectual del conocimiento moral y, por lo tanto, la verdad de los juicios morales. La verdad de todo lo real, la verdad reveladora de la realidad “como una afirmación que mira al ser del hombre y lo ilumina” se presenta ante nuestros ojos y deslumbra, aunque, a veces, enceguece. El presente trabajo tiene por objeto investigar cómo la verdad en la vida moral –que es esencialmente regla o principio regulativo– resulta ser la perfección del conocimiento práctico. Así lo ha expuesto D. M. Albisu en La verdad en la vida moral. La verdad práctica. La autora sostiene que sus conclusiones sólo tienen por finalidad precisar el ámbito de la verdad práctica como la perfección de un conocimiento: el conocimiento práctico, el cual se realiza propia y formalmente en el juicio que dirige la acción del ser humano. A fin de dar una respuesta que fundamente estas conclusiones se analizará, principalmente, la obra de Albisu haciendo acento en el estudio de sus fuentes bibliográficas. Se completará esta exposición con el análisis de la obra de J. Pieper, La verdad de las cosas y con la obra de G. Kalinowsky, El problema de la verdad en la moral y el derecho, la que nos adentrará en la ubicación central de la verdad en la ciencia jurídica, la verdad práctica directamente aplicada en la moral y el derecho...

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Las últimas décadas de la Política Criminal en Argentina, al menos en lo que se ha plasmado de modo asistemático dentro de la codificación penal, se inscriben en el marco de discusión sobre la crisis del Derecho Penal. Como he señalado en otras oportunidades, resulta paradójico hablar de crisis penal cuando al mismo tiempo se describe su expansión1 constante2. Esa aparente contradicción, en verdad, lo que indica es la transformación del Derecho Penal3. Lo que ha ingresado en una crisis evidente es la comprensión del sistema penal a partir de ciertos criterios propios de la matriz ilustrada del mismo. Por lo demás, se han elaborado nuevas formas de comprensión del fenómeno punitivo que ya no responden a esos cánones originarios. Al respecto han mutado los fundamentos, fines, métodos científicos y estructuras de concreción legislativa de la reacción penal. Por eso, si bien resulta imposible dar cuenta precisa de los cambios suscitados en el Derecho Penal de la Argentina en estos últimos treinta y cinco años, si se atiende de manera sumaria y con cierto grado de discrecionalidad a algunos de esos aspectos, es factible brindar un panorama de lo que ha sucedido. A modo de introducción, cabe advertir que la Argentina no ha estado ajena, en buena medida, a las líneas que han motorizado las nuevas respuestas penales a nivel comparado, sobre todo en el área continental. La “metamorfosis” del orden penal no solo expresa aspectos vinculados a las decisiones legislativas, esto es, de Política Criminal, sino que integra además los cambios en la dogmática penal...