916 resultados para Corte de Justicia Centroamericana
Resumo:
Desde la Alianza de abogadas/os por los Derechos Humanos de las Mujeres reconocemos el histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut que hizo lugar al pedido de aborto legal de una adolescente de quince años con un embarazo impuesto por una violación. Con esta sentencia la Corte termina por clarificar el alcance del artículo 86 del Código Penal, esto es, los casos actualmente permitidos por nuestra legislación penal. Asimismo establece pautas para la atención de las mujeres en situación de aborto no punible en los servicios de salud, y reclama que las autoridades nacionales y provinciales asuman sus responsabilidades para terminar con las barreras de acceso al aborto legal.
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Tradicionalmente, las gramáticas han destacado la sutileza, diversidad y complejidad de los significados comunicados a través de las construcciones condicionales y, en particular, de los enunciados condicionales contrafactuales. Más recientemente, además, han enfatizado que tales significados exceden los alcances de la semántica veritativa y la gramática "normativa", proponiendo un abordaje pragmático y cognitivo de las emisiones condicionales contrafácticas para dar cuenta de dicha complejidad. En efecto, uno de los programas de investigación que ha aportado un marco teórico y metodológico más desarrollado para el estudio de estas construcciones, en el ámbito de la lingüística cognitiva, es el que iniciaran Turner y Fauconnier a mediados de los ochenta en torno al concepto de "fusión o integración conceptual". El presente trabajo consiste en una exploración de las emisiones condicionales contrafácticas en textos de especialidad propios del derecho -ámbito discursivo considerado por numerosos autores como una variedad profesional del lenguaje- adoptando dicha perspectiva teórica. En la construcción del corpus, hemos tenido en cuenta que los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina representan "la última palabra" en los procesos judiciales iniciados en el territorio nacional, y que, por lo tanto, se caracterizan por un proceso de revisión, negociación y reelaboración -hasta su versión definitiva- que deja un margen sumamente estrecho para el "discurso no planificado". Siguiendo la perspectiva cognitiva que encuentra en los enunciados contrafácticos determinados "mundos posibles" que se construyen a través del discurso, proponemos un análisis en torno a (1) los actores del proceso judicial, (2) las acciones, (3) las relaciones de implicación y (4) los "espacios mentales" que los enunciadores de los fallos proyectan en dichos mundos alternativos. En la medida que este trabajo constituye el primer avance de nuestro proyecto de tesis doctoral, nos posicionamos en un nivel de investigación exploratorio descriptivo y, en consecuencia, adoptamos una estrategia metodológica de tipo cualitativo
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Tradicionalmente, las gramáticas han destacado la sutileza, diversidad y complejidad de los significados comunicados a través de las construcciones condicionales y, en particular, de los enunciados condicionales contrafactuales. Más recientemente, además, han enfatizado que tales significados exceden los alcances de la semántica veritativa y la gramática "normativa", proponiendo un abordaje pragmático y cognitivo de las emisiones condicionales contrafácticas para dar cuenta de dicha complejidad. En efecto, uno de los programas de investigación que ha aportado un marco teórico y metodológico más desarrollado para el estudio de estas construcciones, en el ámbito de la lingüística cognitiva, es el que iniciaran Turner y Fauconnier a mediados de los ochenta en torno al concepto de "fusión o integración conceptual". El presente trabajo consiste en una exploración de las emisiones condicionales contrafácticas en textos de especialidad propios del derecho -ámbito discursivo considerado por numerosos autores como una variedad profesional del lenguaje- adoptando dicha perspectiva teórica. En la construcción del corpus, hemos tenido en cuenta que los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina representan "la última palabra" en los procesos judiciales iniciados en el territorio nacional, y que, por lo tanto, se caracterizan por un proceso de revisión, negociación y reelaboración -hasta su versión definitiva- que deja un margen sumamente estrecho para el "discurso no planificado". Siguiendo la perspectiva cognitiva que encuentra en los enunciados contrafácticos determinados "mundos posibles" que se construyen a través del discurso, proponemos un análisis en torno a (1) los actores del proceso judicial, (2) las acciones, (3) las relaciones de implicación y (4) los "espacios mentales" que los enunciadores de los fallos proyectan en dichos mundos alternativos. En la medida que este trabajo constituye el primer avance de nuestro proyecto de tesis doctoral, nos posicionamos en un nivel de investigación exploratorio descriptivo y, en consecuencia, adoptamos una estrategia metodológica de tipo cualitativo
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Tradicionalmente, las gramáticas han destacado la sutileza, diversidad y complejidad de los significados comunicados a través de las construcciones condicionales y, en particular, de los enunciados condicionales contrafactuales. Más recientemente, además, han enfatizado que tales significados exceden los alcances de la semántica veritativa y la gramática "normativa", proponiendo un abordaje pragmático y cognitivo de las emisiones condicionales contrafácticas para dar cuenta de dicha complejidad. En efecto, uno de los programas de investigación que ha aportado un marco teórico y metodológico más desarrollado para el estudio de estas construcciones, en el ámbito de la lingüística cognitiva, es el que iniciaran Turner y Fauconnier a mediados de los ochenta en torno al concepto de "fusión o integración conceptual". El presente trabajo consiste en una exploración de las emisiones condicionales contrafácticas en textos de especialidad propios del derecho -ámbito discursivo considerado por numerosos autores como una variedad profesional del lenguaje- adoptando dicha perspectiva teórica. En la construcción del corpus, hemos tenido en cuenta que los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina representan "la última palabra" en los procesos judiciales iniciados en el territorio nacional, y que, por lo tanto, se caracterizan por un proceso de revisión, negociación y reelaboración -hasta su versión definitiva- que deja un margen sumamente estrecho para el "discurso no planificado". Siguiendo la perspectiva cognitiva que encuentra en los enunciados contrafácticos determinados "mundos posibles" que se construyen a través del discurso, proponemos un análisis en torno a (1) los actores del proceso judicial, (2) las acciones, (3) las relaciones de implicación y (4) los "espacios mentales" que los enunciadores de los fallos proyectan en dichos mundos alternativos. En la medida que este trabajo constituye el primer avance de nuestro proyecto de tesis doctoral, nos posicionamos en un nivel de investigación exploratorio descriptivo y, en consecuencia, adoptamos una estrategia metodológica de tipo cualitativo
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Chiefly correspondence between the Corte suprema of Bolivia and the Ministerio de justicia y fomento.
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Mode of access: Internet.
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Los agentes de corte y chancillerías surgieron de las mestas locales medievales y pasaron a formar parte de la Cabaña Real a principios del siglo xvi. Fueron el resultado de la mayor actividad procesal en los diferentes tribunales y de la creciente conflictividad en el campo. El oficio no tenía las funciones bien definidas porque se vio arrastrado por las disfunciones institucionales y la oposición de las chancillerías. Los Borbones se dieron cuenta de la importancia del cargo en la recuperación de la mesta y en el desarrollo de la trashumancia y elaboraron un detallado plan para desacreditarlo, suprimir el empleo de Granada, restarle atribuciones y sólo adjudicarles asuntos internos y sin relevancia. Paulatinamente fue sustituido en sus facultades y comisiones por el procurador general de corte.
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El VI seminario Internacional de derecho constitucional denominado, "La Corte Constitucional y la reforma a la justicia", tuvo lugar los días 7 Y 8 de mayo de 2007 en la Universidad de Medellín. Como es costumbre, dicho encuentro sirvió para discutir el tema de actualidad, en este caso, el proyecto de reforma a la justicia, con expertos de diferentes temas y de disimiles latitudes. De relevante se puede considerar dicho encuentro por cuanto se discutía en aquel momento en el Congreso de la República el proyecto de ley estatutaria 023/06 Senado y 286/07 Cámara. "Por medio de la cual se reforma la Ley 270 de 1996 Estatutaria de la Administración de Justicia". Como bien es sabido por todos, este proyecto buscaba reformar el estatuto que regula el aparato judicial colombiano, para modernizarlo y, en cierta forma, para mejorar su funcionamiento.
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Este estudio Se desarrolló en el periodo de julio a diciembre de 1990 en el Centro de Investigación Zootecnia “La Polvosa” de la UCA (Universidad Centroamericana), situada en el km 23 112 de la carretera nueva a León, depto. de Managua. El centro se ubica a una elevación de 40 msnrn a 1 2 grados 12 minutos, Latitud norte y 86 grados 22 minutos, longitud oeste registra temperaturas promedio anuales de 32 grados centígrados los y unos 8OO mm de precipitación media por año, por lo cual, es posible calificar su zona agroecológica como de trópico seco se evaluó la respuesta en términos de valor nutritivo del pasto Pangola (Digitaria decumbens Stent.) vr. Transvala, utilizándose un diseño experimental en bloques completos al azar (BCA) con arreglo factorial, se estudió el efecto de dos factores (Niveles de fertilizantes-edades de cortes) con cuatro repeticiones, formándose un total de 16 tratamientos El ensayo contó con un área experimental total de 357.75 mt2 para la toma de muestras, se empleó el método del metro cuadrado realizándose en las parcelas un muestreo sin reemplazo para cada frecuencia en estudio. Previo al momento experimental, se efectúo una poda de control procediéndose después a aplicar de una sola vez los respectivos niveles de fertizante. El estudio estadístico contempló el uso del análisis de varianza (ANDEVA), se hizo una separción de medias por Tukey, y se midió la influencia porcentual (Individual y asociada) de 4 niveles de fertilizante (0, 50,100 y150 kg urea (46%N2) / mz) y 4 edades de corte (15, 30.. 45y 60 días), sobre nueve variables o componentes bromatológicos (MS, PB,FC, ELN, EE, EB (Kcal/ 100g), Cz, Ca y P). Todos los componentes bromatológicos evaluados excepto el EE.. presentaron una variación significativa (P<0.05), bajo el efecto de los factores en estudio. Los niveles de fertilizante influyeron ios valores de mayor mérito con la dosis •150 kg urea / rnz, observando la PB.. 9.76% ;el ELN, 56.54 y la EB,190.97 Kcal ,' 100 g. En tanto que los 50 kg1mz mostraron !os mayores índices en FC (28.88), EE (2.75) y Cz. (11.:39) las parcelas no fertilizadas brindaron los porcentajes más altos de MS (23.78) y Ca (0.60),y el nivel 100 kg/ mz El mejor en P (0.39) y el más bajo en FC (26.61). A su vez con O kg / mz_. Observaron sus níveles minimos la PB (6.91), el ELN (53.58). el valor energético (175.45 Kcal/ 100 g) y el P (O.28), y con 100 kg/ mz los menores en MS y Cz (25.08 y 10.38 respectivamente), a. los 150kg/mz el EE (2.29) y el Ca (0.49), rindieron sus índices más bajos. En cuanto a la frecuencia de corte, la edad 15 días presentó los máximos contenidos en PH (11.95), ELN (56.45),EB (202.40 Kcal/ 100g), EE (2.65) y el mínimo en FC (27.09). Observando el corte a los 60 días, las mayores proporciones en MS (30.91) Cz (12.43) )'Ca (0.58),en tanto que con 30 y 45 días se dieron los más altos valores de P (0.34) FC (28.55) respectivamente los índices más bajos de PB (6.48),ELN (52.63), Ca (0.47)y P (0.30), se obtuvieron a los 45 días de madurez mientras que la MS (22.88) y la Cz (9.56),alcanzaron sus valores más pequeños con 15 días de corte a los 60 días, la EB (175. 42 Kcal ./ 100g) y el EE (2.20) respondieron con sus por cientos más bajos. Para los tratamientos resultantes de la combinación de un nivel de fertilizante y una edad de corte, la interacción 50 kg/mz-60 días reportó el mayor contenido en MS (32.72), sobresaliendo el tratamiento 150 kg / mz-15 días al presentar los valores más altos en EB (214.39 Kcal/100g), PB (14.30) y ELN (59.02), aunque la combinación 50 kg/mz-30 días brindó igual valor en ELN y el máximo en Cz (13.10) con aplicaciones de 100 kg/mz y frecuencia de 15 días se obtuvieron los menores índices en FC (24.82) y Cz (9.37). Consiguiéndose en O kg / mz-15 días el valor más alto en Ca (0.76) y el menor en P (0.22), observando la MS su índice más bajo (18.37) con el tratamiento 100 kg / mz-15 días. Finalmente, en las interacciones que incluyen la frecuencia 45 días, se encontró que las parcelas no fertilizadas presentaron los menores contenidos en PB (5.02), ELN (48.95) y EB (165.44 Kcal/ 1oo g). en cambio al aplicar 100 kg /rnz, se obtuvieron (para la misma interacción) los valores más bajos en EE (1.72), Ca (0.43) y el mayor en P (0.44),en tanto los niveles 50 y 150 kg / mz influyeron los índices más altos en EE (3.85) y FC (30.75) respectivamente.
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Resumen: Análisis crítico de algunos aspectos del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictado en la causa “F., A. s/ medida autosatisfactiva”, en el que el Tribunal convalida el aborto practicado dos años atrás en la Provincia de Chubut y exhorta a las a las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a implementar y hacer operativos protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos que denomina como “no punibles” y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual; y, dirigiéndose al Poder Judicial nacional y a los poderes judiciales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, les requirió a abstenerse de judicializar el acceso a los abortos no punibles “previstos legalmente”.
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Nesta tese analisamos o desenvolvimento institucional do Alto Tribunal de forma comparativa. Observaremos, tanto na Argentina e no Brasil, a trajetória de ambos os Tribunais Superiores desde a sua criação até o restabelecimento da democracia (1853-1985). Em particular, analisamos as características das mudanças e os tempos em que essas ocorreram. Examinaremos os meios utilizados e os objetivos dessas alterações nos Altos Tribunais. Cada caso tem suas particularidades, mas há semelhanças importantes nos dois casos. Os meios e os objetivos das alterações serão observados concomitantemente com os tempos em que elas tenderam a ocorrer. Assim, observando o passado e a trajetória do Tribunal Superior, aprofundaremos a compreensão da instituição no presente.
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Durante el mes de octubre del año 2005, en la sede del ilustre Colegio de Abogados de Madrid, y con ocasión de las jornadas fiscalía y abogacía ante la justicia internacional, se reunieron expertos provenientes de diversos lugares del mundo, quienes cumplen diferentes roles al interior de la justicia penal nacional en cada uno de los estados de los que provienen, así como miembros de la Corte Penal Internacional, con el fin de disertar sobre diversos temas relacionados con la justicia penal internacional. Este libro recoge las memorias del congreso “Fiscalía y abogacía ante la justicia internacional”, así como un prologo elaborado por el decano de la Facultad de Jurisprudencia, doctor Alejandro Venegas Franco, en compañía del director adjunto de la oficina del Banco Interamericano de Desarrollo en Europa, doctor Fernando Carrillo Flórez, y un epilogo del doctor Francisco José Sintura Vadela, Director del Área de Derecho Penal de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario. La importancia de la Corte Penal Internacional en el mundo contemporáneo, así como la claridad y profundidad conceptual de los escritos recogidos en este texto, lo convierten en un documento obligatorio de consulta para los interesados en este novedoso instrumento de la justicia universal.
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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.
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La constitución territorial del Estado colombiano, la regionalización, la descentralización y la autonomía territorial fueron objeto de estudio y de reflexión académica y jurídica por parte de los Magistrados de la Corte Constitucional y de sus invitados nacionales e internacionales en el marco del VIII Conversatorio de la Jurisdicción Constitucional Una mirada a las regiones, que se llevó a cabo en la ciudad de Barranquilla entre el 29 y el 31 de agosto de 2012. Con esta obra los compiladores y editores presentan a la comunidad jurídica y académica las contribuciones tanto de los Magistrados del alto tribunal como de los invitados nacionales e internacionales que integraron la nómina del evento. La estructura del libro se divide en cuatro partes. La primera, dedicada a la mirada comparada de la organización territorial, presenta la descripción, explicación y lectura crítica de dos modelos federales y de dos modelos regionales o autonómicos. En la segunda parte se reagrupan en su totalidad los aportes realizados por los Magistrados de la Corte Constitucional. Por ello, las palabras clave para identificar esta sección están relacionadas con los términos de territorio y de justicia constitucional. En la tercera parte, se analiza la organización territorial del Estado colombiano mediante un recorrido de sus antecedentes históricos y su configuración constitucional y normativa. Finalmente, y como parte del reconocimiento del pluralismo y la diversidad declarados en la Constitución, la cuarta parte del libro recoge los aportes de algunos de los líderes indígenas y afrocolombianos más representativos del país. Así mismo, desde una perspectiva comparada se estudia el desarrollo que le ha otorgado Estados Unidos a los conceptos de diversidad, derechos, territorio y jurisdicción indígena.
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1. Hace 25 años, en 1985, un hombre exigió que cesara el fuego. El llamado fue desoído. Esa vida fue acallada en medio de una pira fatal a la vista de todos los colombianos, atónitos y silenciosos. El gesto de Alfonso Reyes Echandía mal podría ser visto como el acto por demás comprensible y humano de una víctima sacudida por el miedo; es, en realidad, una demanda ética cuya grandeza aún debe ser valorada y ponderada por nuestro país. 2. “Que cese el fuego” no es simplemente el pedido de detener una desproporcionada operación militar desatada en respuesta al demencial ataque de un movimiento guerrillero que provocó el Holocausto del Palacio de Justicia, sino la exigencia de pensar una forma distinta de resolver los desacuerdos entre colombianos; un llamado al rechazo a la violencia; una exhortación al diálogo y al respeto irrestricto de la vida humana por sobre consideraciones estratégicas. Sabemos que el llamado de Reyes Echandía no recibió ni siquiera el mínimo reconocimiento de una respuesta. 3. El 6 y el 7 de noviembre de 1985, Colombia renunció a la palabra y dejó que las armas, en su feroz e irracional intercambio, reemplazaran el Estado de derecho y los valores ciudadanos esenciales. 4. Como ayer, Colombia sigue hoy debatiéndose entre el pedido moral de cesar el fuego y la lógica implacable de las armas, en una dicotomía que los clásicos padres del derecho ya habían identificado con sobriedad. ¿Es cierto que cuando habla la espada, la ley calla? ¿Estamos forzados a ignorar la voz de nuestros hermanos que exigen diálogo, inteligencia y compasión? ¿La ley y nuestro derecho a vivir en paz no son más que rehenes de la violencia? 5. Las secuelas de la violencia en el Palacio de Justicia persisten un cuarto de siglo después de su ocurrencia, y muchos de los interrogantes surgidos durante esas 28 trágicas horas aún subsisten. Colombia se debate entre quienes consideran que éste es un capítulo cerrado de la historia del país, quienes no aceptan una reflexión acerca de las dimensiones y responsabilidades de lo ocurrido entonces, quienes desconocen lo sucedido y quienes aún esperan una respuesta de la justicia frente a lo acaecido. 6. Simultánea y paradójicamente, ningún hecho como la toma armada y sangrienta del Palacio de Justicia por parte del Movimiento 19 de Abril (M-19) y la exorbitante operación de respuesta de las Fuerzas Armadas del Estado colombiano ha generado y sigue generando tan profundas divisiones en el país, actitudes beligerantes de negación de lo sucedido, evasivas, unilaterales; verdades a medias que no admiten espacio para la discusión civilizada. Hoy al igual que en 1985, cuando el llamado a que cesara el fuego hecho por el entonces Presidente de la Corte Suprema de Justicia fue sistemáticamente desatendido, se hacen imperiosos el diálogo, la reconciliación y el perdón.