1000 resultados para Justicia alternativa


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Este artículo asume que uno de los problemas contemporáneos más acuciantes es la enorme dificultad de relacionarnos con la diferencia, cualquiera que esta sea, y de construir formas de convivencia que superen las visiones dominantes basadas en las jerarquizaciones. el derecho no es ajeno a esta interpelación. En cada sentencia encontramos una disputa para dar sentido y significado a los derechos que están en juego en el caso concreto, tal disputa está ligada a las creencias, ideologías, formas de entender el mundo de quienes juzgan. es así que en este estudio analizo sentencias emitidas por las cortes constitucionales de ecuador y Colombia, para ensayar contestaciones a la interrogante: ¿Cómo responde la justicia constitucional ecuatoriana y colombiana en los casos que afronta la diferencia?

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El aporte que realiza el presente estudio radica en proponer la Programación Neurolingüística como un instrumento alternativo útil incorporado en la entrevista de selección de personal en Servicios Petroleros del Ecuador. La incorporación de la PNL en el proceso de selección facilitará obtener mejores resultados ya que el uso de la PNL mejora la calidad de comunicación tanto verbal como no verbal permitiendo la selección del personal idóneo, considerando adicionalmente de las competencias personales un medio de corroboración de la información obtenida durante el proceso de selección. Para el desarrollo de este estudio se revisó a profundidad los postulados de la Programación Neurolingüística, así como también los fundamentos teóricos de diferentes autores referentes a los procesos de selección de personal haciendo énfasis en la entrevista de selección. El diseño y modelo de la entrevista de selección de personal para el caso de Servicios Petroleros se desarrolló considerando las bases teóricas ya estudiadas, con el soporte y guía del personal de Recursos Humanos de la compañía, de esta manera asegurar el efectivo diseño y aplicación del modelo. Este estudio concluirá con los resultados obtenidos de la aplicación del modelo diseñado y las recomendaciones resultantes de la investigación.

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El presente artículo analiza a la luz del principio favor arbitri o favor arbitralis, pronunciamientos relevantes de la justicia estatal ecuatoriana en los tres últimos años, sin perjuicio de realizar conexiones con decisiones judiciales anteriores, cuando así sea pertinente. El objetivo final consiste en aportar insumos para la evaluación de los aproximadamente catorce años de vigencia de la Ley de Arbitraje y Mediación en el país (LAM).

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A través del presente escrito pretendemos realizar una explicación somera acerca de las decisiones jurisprudenciales emanadas del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA), con ocasión de las solicitudes de interpretación prejudicial presentadas en torno a algunos artículos de la Decisión 388 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, referida a la armonización del impuesto sobre el valor agregado en la Comunidad. Con tal objeto, en primer término, anotamos algunos rasgos de la siempre problemática realidad que envuelve a los procesos de integración entre estados; luego explicamos un conjunto de cuestiones inherentes a los procesos de armonización legislativa necesarios en el ámbito de las integraciones supranacionales; seguidamente, revisamos los aspectos más trascendentes del proceso de armonización del impuesto sobre al valor agregado en la Comunidad Andina, así como los avances en la emanación de normas comunitarias sobre la materia; continuamos con la referencia y análisis crítico de varios contenidos problemáticos encontrados en sentencias de interpretación prejudicial sobre la Decisión 388, antes citada. Al concluir, hacemos constar algunos comentarios sobre la temática examinada.

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El énfasis en la justiciabilidad de los derechos de los ciudadanos es una característica central del nuevo constitucionalismo latinoamericano y particularmente de Ecuador con su nueva Constitución de 2008. Este texto busca problematizar el asunto de la legitimidad de los sistemas de justicia constitucional en relación con la efectividad de los derechos. Se busca primeramente, examinar teóricamente el papel de la Acción de Protección (AP) como garantía jurisdiccional principal en el marco del reforzado sistema de justicia constitucional ecuatoriano actual. Luego, mediante una revisión de ciertas evidencias empíricas, se explora en qué medida la AP puede devenir en una forma de legitimación de la justicia constitucional al convertirse en un mecanismo de poder ciudadano y de vinculación entre el juez constitucional y la ciudadanía, cuando es implementada de forma efectiva.

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La Educación Intercultural Bilingüe en el Ecuador ha tratado de desarrollar su propio sistema educativo a lo largo de los 23 años de su existencia. Así, ha elaborado el Modelo del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe (MOSEIB), ampliado posteriormente en el Rediseño Curricular para la Nacionalidad Kichwa de la Sierra. En este último documento consta de manera muy detallada la malla curricular que se debe emplear para aplicar el modelo en el aula. Sin embargo, los docentes encuentran dificultades para aplicarla en su trabajo cotidiano, por razones de índole psicolingüística y sociolingüística que no analizaremos en este trabajo. En la presente tesis se hace una crítica de la manera en la que se emplea la malla curricular de EIB en el Colegio San Juan de Ilumán de la provincia de Imbabura, explicando el porqué de su falta de correspondencia entre lo que propone y lo que en realidad hacen los docentes en su trabajo diario. Esta problemática se deja únicamente planteada, ya que su solución contempla una variedad de aspectos complejos que no es posible analizar en el corto espacio asignado a esta elaboración. Por ello, solamente se hace una propuesta de malla curricular que sea más factible de ejecutar por los docentes y que se enmarque en los principios de la EIB y la cosmovisión del pueblo kichwa de la provincia de Imbabura, a partir de criterios interculturales que permitan el desarrollo de la cultura indígena en el contexto de la sociedad ecuatoriana. La propuesta se presenta mediante la exposición detallada de los componentes de las mallas curriculares, así como a través de reflexiones de carácter teórico, metodológico y vivencial que tratan de proporcionar un enfoque crítico del funcionamiento de la EIB en términos generales, ya que este tipo de pensamiento contribuye a la identificación de los propios errores para corregirlos y avanzar hacia las metas trazadas en sus inicios. Lo propuesto en este trabajo es una sugerencia para que los docentes reflexionen sobre la problemática planteada y traten de encauzar la Educación Intercultural Bilingüe por el camino de un verdadero fortalecimiento de las culturas ancestrales ecuatorianas. Finalmente, las conclusiones nos invitan a realizar un ejercicio de autocrítica, con el fin de que la unidad en la diversidad no sea solamente un enunciado, y contribuya a la construcción del mushuk runa kay de una nueva era para la educación de nuestro país.

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En este estudio se explica la forma como se relacionan los factores económicos y extraeconómicos que se encuentran detrás de un proceso asociativo empresarial, enfocado al sector de las pequeñas y medianas industrias –PYMI–. Este ejercicio de relacionamiento se hizo con el objetivo de proponer las directrices claves que debería considerar un modelo de asociatividad dirigido al fortalecimiento de las PYMI. Una vez obtenidas estas directrices, consideramos que, a partir de esta investigación, se contribuye a la construcción de aquel conocimiento teórico que se ha venido generando durante algunos años sobre la problemática de la asociatividad empresarial. Para llegar a establecer las relaciones entre factores económicos y extraeconómicos antes mencionadas, se llevó a cabo una investigación que combinó, en los diferentes momentos del proceso investigativo, la captura y análisis de datos, tanto de carácter cualitativo como cuantitativo. El principal hallazgo de este estudio se enfoca en concluir que a la hora de lograr un fortalecimiento efectivo del sector empresarial a través de prácticas asociativas, específicamente el de las pequeñas y medianas empresas, se debe trabajar en el accionar “equilibrado”, tanto de factores económicos como extraeconómicos.

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Partiendo de algunas apreciaciones acerca del impacto del neoliberalismo en la subjetividad poblacional, aboga por el reconocimientos de los referentes de lo humano para la formulación de políticas alternativas. Enfatiza en la necesidad de mejorar la eficacia de la izquierda en base a la aproximación entre el hacer y el pensar, entre lo inmediato. y lo promisorio y utópico. Critica los excesos y, distorsiones, del historicismo especulativo apartado de la experiencia y sentir populares. Bosqueja propuestas de política referidas al trabajo, el consumo, la cultura, la organización, la solidaridad, la conciencia, la libertad, la afectividad. Finalmente, revisa la cuestión del poder y la democracia, despojándolos de su visión reduccionista.

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El trabajo que se expone contiene cuatro capítulos y conclusiones finales. En el primer capítulo se aborda la educación popular desde su concepción teórica, incluyendo sus principios políticos-pedagógicos y el enfoque metodológico. Este capítulo contiene todo lo relacionado al fundamento de la educación popular que se propone sea utilizado para educar en materia de derechos humanos. El segundo capítulo presenta la aplicación del debate teórico al contexto de Puerto Rico, en lo relacionado a educación popular, derechos humanos y educación en derechos humanos. En este capítulo se establece la relación directa entre los conceptos y se profundiza en la propuesta de aplicar el fundamento de la educación popular a la educación en derechos humanos. En el tercer capítulo se presentan y analizan los resultados de un proceso de consulta que pretendió auscultar entre grupos, organizaciones e instituciones sociales no gubernamentales, la posibilidad de utilizar como fundamento la educación popular para educar en derechos humanos. Ya en el cuarto y último capítulo, se identifican las posibles implicaciones que pudiera representar para Puerto Rico, la elaboración de un plan nacional de educación en derechos humanos.

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El objetivo del documento es analizar el concepto y estrategias oficiales del Buen Vivir a través del filtro de las principales definiciones de ideología (de Marx y Engels, Lenin, Lukács, Gramsci Manheim, Freud, Marcuse, Althusser, Lacan y Žižek) con el fin de contrastar el discurso del Buen Vivir (recogido en la Constitución de la República de 2008, los Planes Nacionales para el Buen Vivir 2009-13 y 2013-17, y en la publicística y discursos oficiales mantenidos sobre el tema por parte de las máximas autoridades políticas del Ecuador) con la orientación y resultados de las políticas públicas diseñadas e implementadas supuestamente para alcanzarlo. El trabajo contiene dos hipótesis. La principal es que el concepto de Buen Vivir, a la vez que recupera un conjunto de principios y aspiraciones propios de la tradición multicultural del Ecuador, incorpora una buena parte de las definiciones de ideología (como falsa conciencia, programa movilizador, utopía-ilusión-fantasía, discurso hegemónico) y, por tanto, asume un significado ideológico análogo al que los defensores del Buen Vivir achacan al desarrollo económico. La segunda hipótesis, subordinada a la anterior, es que el concepto de Buen Vivir, en su dimensión ideológica plural, es funcional a un modelo económico primario exportador (antitético a los principios del Buen Vivir) y se ha utilizado para consolidar el apoyo a la verdadera utopía desarrollista y modernizadora de los gobiernos de Rafael Correa: un proceso de desarrollo basado en la staple theory, que debe culminar en una diversificación de la estructura productiva del país por ahora inédita.

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La justicia transicional es implementada en sociedades donde se han producido graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, las experiencias internacionales de superación de conflictos armados o de dictaduras evidencian la aplicación de algunos postulados de la justicia transicional, justamente a partir de estas prácticas surgen elementos aplicables al caso del conflicto armado colombiano. Las leyes de amnistía se convierten en un instrumento de la justicia transicional, que aplicando lo aprendido en otros países puede contribuir en la consecución de la verdad, la justicia, la reparación, las garantías de no repetición, la paz y la reconciliación de la sociedad colombiana, no siendo la unigénita herramienta jurídica a implementar en un proceso de transición. Esto coloca de presente la necesidad de utilizar simultáneamente diversos instrumentos en el marco de la justicia transicional, que como en el caso colombiano, pueden contribuir en la superación del conflicto armado y en las etapas posteriores a la desmovilización de los grupos alzados en armas, logrando que sea un proceso integral hacia la paz.

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El presente trabajo revisa las características del recurso de casación desde su origen hasta su concepción actual dentro del nuevo marco constitucional, sus finalidades actuales y procedencia, su implantación en América y las adaptaciones a las diferentes realidades en países como España, Chile, Venezuela y Colombia, para cuyo efecto se realiza un ejercicio de derecho comparado comentando los principales sistemas de cada ordenamiento. Se analiza el reenvío, las particularidades de esta institución y los casos en que procede. Se revisa la jurisprudencia de la Sala Especializada de lo Fiscal de la ex Corte Suprema de Justicia y la forma en la cual ha aplicado el reenvío, analizando si sobre dicho accionar existe o no fundamento. Se revisa la posición de la Corte Constitucional ecuatoriana respecto del recurso de casación, analizando la posibilidad de que la Corte de Casación revise o no los hechos y, si actualmente el recurso se ha desvirtuado, o en su defecto esta posibilidad es viable con la finalidad de verificar la tutela judicial efectiva. En las conclusiones se intentará dilucidar el rol actual de la casación en un Estado constitucional de derechos, su nueva visión, delimitando su ámbito de control en relación con la obligatoriedad de motivación de los fallos, a través de la revisión por parte de la Corte de la correcta aplicación de reglas de la lógica en la valoración de los medios probatorios.

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La justicia transicional implica transformaciones radicales de un orden social y político, bien sea por el paso de un régimen dictatorial a uno democrático, bien por la finalización de un conflicto interno armado y la consecución de la paz. Este trabajo pretende aportar en el debate sobre la efectividad de leyes que apelan a la justicia transicional para el restablecimiento de los derechos de las víctimas en medio de contextos conflictivos, de re victimización, e impunidad. De esta manera, en este trabajo se realizan reflexiones conceptuales de la justicia transicional, así como los estándares en términos de verdad, justicia y reparación inherentes a ella; se hace una aproximación crítica al proceso adelantado en Colombia a través de la Ley 975 de 2005 que apela a la justicia transicional para la desmovilización de grupos paramilitares. Así mismo, se realiza un análisis de tipo estructural del paramilitarismo en Colombia, haciendo énfasis en el accionar del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia (en adelante AUC) en el sur occidente colombiano a partir de la voces de sus víctimas; finalmente se profundiza en aquellos mecanismos jurídicos y políticos que benefician la impunidad presentes en la Ley 975 de 2005 a partir de dos casos emblemáticos.

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Desarrollar un balance crítico del impacto del Convenio 169 de la OIT y sus repercusiones en el ámbito del pluralismo jurídico y la justicia comunitaria en América Latina constituye un desafío complejo. Durante buena parte del siglo XX, muchos países ni siquiera reconocían que a lo interno de sus territorios existían pueblos indígenas u originarios. La huella y la herida colonial simplemente estaban vigentes. La época en que se aprueba el Convenio 169 de la OIT coincide con el auge neoliberal y el multiculturalismo en la región, pero también con la emergencia a la escena política de un vigoroso movimiento indígena. ¿Ha cambiado la situación de los pueblos indígenas desde entonces hasta ahora? ¿Se han reconocido su condición de pueblos y culturas diferenciadas, y junto con ello, de sus instituciones, autoridades y prácticas de administración de justicia? ¿Ha sido suficiente impulsar cambios en el campo jurídico para afectar una matriz colonial de poder que excluye, invisibiliza y controla al mismo tiempo? Sin duda respuestas a fondo a estas y otras interrogantes rebasan por completo los alcances del presente texto. Apenas se pretende desarrollar un primer esbozo de la situación, a manera de un balance urgente. Hay algunos trabajos y estudios (algunos de ellos citados) que muestran de manera más específica el camino recorrido. La interrogante central que anima estas líneas gira en torno a, ¿cuáles son los principales avances y dificultades existentes en torno a la justicia comunitaria y el pluralismo jurídico a raíz de la ratificación y vigencia del Convenio 1609 de la OIT en algunos países de América Latina? Para responder a esta pregunta, el texto presenta una panorámica y retrospectiva, y está organizado en cinco ítems centrales: a) situación de los pueblos indígenas antes de la aprobación del Convenio 169 de 1989; b) los (principales) efectos y repercusiones generadas por la aprobación del Convenio 169 en el ámbito de la justicia comunitaria; c) las reformas constitucionales y legales, especialmente en relación al pluralismo jurídico y la justicia comunitaria; d) un repaso de algunas de la agenda de políticas públicas en torno a tema; y finalmente e) la situación de las mujeres indígenas y la justicia comunitaria.