854 resultados para COOPERACION PUBLICO-PRIVADA


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Resumen: La prisión preventiva es la medida cautelar más grave e intensa del proceso penal, en tanto importa la coactiva privación de la libertad personal del imputado. Se trata de un instituto problemático, que plantea un contrapunto particularmente dilemático con la presunción de inocencia. Posee un fundamento constitucional, directamente vinculado con la necesidad de asegurar, en la medida de lo posible, la realización del derecho penal material. Aunque la regla general es que durante el desarrollo del proceso penal el imputado debe permanecer en libertad, no puede negarse la existencia de ciertos supuestos legitimadores de la prisión preventiva. La realidad social y la necesidad de respuestas racionales a los fenómenos de la inseguridad y de la delincuencia violenta han revelado serias fisuras en el paradigma según el cual los únicos supuestos legitimadores son los llamados peligros procesales de fuga o entorpecimiento de la investigación. Surgen así como datos que deben ser también necesariamente tenidos en cuenta para la detención cautelar tanto la especial gravedad del delito cometido y su relación con la preservación del orden público, como la existencia de un peligro de reiteración delictiva constatable. Estos dos últimos presupuestos legitimadores de la prisión preventiva cobran independencia conceptual de los primeramente mencionados. Además, cuando la prisión preventiva se funda en la especial gravedad del delito o en el peligro de reiteración delictiva, se transforma, aunque sin mutar su esencia, en un instrumento más en las políticas de seguridad dirigidas a combatir el fenómeno de la delincuencia.

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Resumen: La definición del gasto público social, a pesar de ser un concepto difundido, no encuentra consenso en la literatura. En este sentido, los países utilizan definiciones operativas y ello imposibilita las comparaciones. Las modalidades de intervención del Estado en la política social, son: a) centralización y descentralización y b) tipos de políticas: universalización y focalización. El problema de la descentralización se ubica en un contexto más amplio que debería solucionarse con cambios sustanciales en la coparticipación federal, avanzando tanto en la descentralización de ingresos como en las responsabilidades de recaudación local. La focalización facilita la universalidad que es la esencia misma de la política social. En la práctica es imposible llegar a la universalidad con instrumentos tradicionales y la focalización es la herramienta útil para llegar a las personas más pobres, que en el largo plazo, deben ser sujetos de carácter universal.

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Contenido: Presentación -- Parte I. Contribuciones especiales con motivo del 35º Aniversario de la Revista: El derecho privado entre dos Bicentenarios : a propósito de los treinta y cinco años de Prudentia Iuris / Gabriel Limodio -- Breviario de la legislación civil (1980-2015) / Marcelo U. Salerno -- La transformación del derecho penal argentino / Guillermo J. Yacobucci -- Tendencias, cambios y desplazamientos en el campo jurídico / Roberto A. Punte -- Derecho administrativo y ética : una visión luego de treinta y cinco años / Pedro Coviello --- Parte II. Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana: ¿Hacia un estado mundial de derecho global? / Daniel A. Herrera -- La persona humana en el Código Civil y Comercial, artículos 17 y 19 : una reflexión filosófica / Héctor Padrón -- "De F.A.I., a M.A.D. : el derecho a la vida en la Corte Suprema de Justicia de la Nación" : workshop del 19 de noviembre de 2015 / Jorge Nicolás Lafferriere -- Parte III. Estudios doctrinales : Hegel y la disolución de la tradición de la ley natural : el apogeo del gnosticismo moderno / Félix A. Lamas -- El aborto en la ley europea : derechos humanos, derechos sociales y la nueva tendencia cultural / Grégor Puppinck -- Hacia una política criminal integradora / Carlos M. Romero Berdullas -- La doctrina del control de convencionalidad : dificultades inherentes y criterios razonables para su aplicabilidad / Juan Alonso Tello Mendoza -- Parte IV. Notas y comentarios : Habla ahora o calla (forzosamente) para siempre : las Convenciones en contra de toda forma de discriminación e intolerancia y su amenaza a la libertad de expresión en los estados americanos / Tomás Henríquez C. -- The art of human rights : enriching the life of the law school through drawings and other visual resources / Santiago Legarre -- Las citas de leyes y otras normas : legislación comparada y nuevo Digesto Jurídico Argentino / Fernando M. Toller -- "Paradiso, Campanelli" y un contrato internacional de maternidad subrogada ante el TSribunal Europeo de Derechos Humanos / Julieta Monteroni -- Parte V. Documentos -- Recensiones

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Resumen: Existe una realidad que supera todo, que es la internacionalización de las relaciones jurídicas y el derecho legislado en un país no es ni puede ser autosuficiente para resolver los litigios que se presentan y es allí donde como necesidad sociológica aparece el derecho procesal internacional, como parte integrante del derecho internacional privado. La cooperación jurisdiccional de primer grado es comprensiva de un marco amplio en el plano convencional, que resulta en general adecuado en sus ratificaciones para la República, que a su vez posee regulación interna. La concepción del orden público será más flexible en la cooperación jurisdiccional internacional y no integra el orden público la cosa juzgada en el país, ni la litispendencia, elementos que han de evaluarse al momento del reconocimiento. Este primer grado de cooperación abarca en sentido amplio las distintas vías de comunicación entre las que principalmente se encuentran las comunicaciones de mero trámite, la obtención de pruebas en el extranjero y la información del derecho extranjero. Como vía de comunicación, en su finalidad, el exhorto busca la realización de la justicia. El control de la competencia judicial internacional en los exhortos internacionales como requisito de la obligatoriedad para el juez requerido, es eliminado en las modernas tendencias, limitándose a la compatibilidad de él con el orden público del juez requerido. En este rumbo deberían orientarse las futuras reformas de la legislación interna en la materia.

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Cabe reseñar el camino llevado por la formación del denominado principio de autodeterminación de los pueblos, y analizar sus alcances en su tensa relación con otros principios, como los de integridad territorial de los Estados y la prohibición del uso de la fuerza en las relaciones internacionales.

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Resumen: El uso jurídico como método de resolución de los conflictos de normas en el Derecho Internacional Privado reclama al Derecho Público extranjero con la única limitante del orden público aplicado a posteriori y como conjunto de principios. Si asumimos el problema de la adaptación de la norma desde el uso jurídico, puede hablarse de una teoría del “envío pleno” al derecho extranjero y a partir de allí todo el ordenamiento extranjero debe ser tenido en cuenta y no solo el Derecho Civil o una parte de él. Se debe rescatar la concepción sistémica del Derecho en un mundo jurídico donde la distinción clásica entre el Derecho Público y el Derecho Privado ha perdido su sentido y vigencia.

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Contenido: Editorial – Algunas cuestiones sobre el derecho subjetivo / Héctor H. Hernández – Derecho Natural y Ley Natural / Daniel Alejandro Herrera – La historia del derecho romano en Digesto 1, 2, 2 / Alfredo Grieco y Bavio – Matrimonio y divorcio en la Roma primitiva / Rodolfo Jorge De Lorenzi – De la naturaleza del edicto del pretor / Edmundo J. Carbone – La seducción publicitaria subliminal, nuevo vicio del consentimiento contractual / Luis Carlos Consiglieri – Contratos de renta : la renta vitalicia frente a la jubilación privada / Juan Abel Díaz – Instituto de filosofía del derecho y derecho natural, Rosario (memoria de cinco años de actividad) – Ciencias políticas: Las disciplinas políticas / José María Medrano – Condiciones para la persistencia del sistema democrático / Francisco Arias Pelerano – Reflexiones sobre geopolítica y soberanía territorial / Jorge A. Fraga – El V Centenario del descubrimiento de América y los primeros nacionalistas / Elena Piñeiro de Salaverry – Documentos -- Recensiones

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Introducción: El presente tiene como objetivo abordar, lo que denominaremos, la “tensión social” existente en los microcréditos. El estudio comparativo con legislaciones de otros países (Delfiner, Gómez, Perón, 2009), las regulaciones a nivel local (Delfiner, Pailhé y Perón, 2006), la situación del sector en la Argentina (PNUD, 2005), las IMF (Instituciones Micro Financieras) y las dificultades del sector (Larrea, Curat, Adúriz, Font Guido, 2010), la articulación público-privada (Montes de Oca, 2011), entre otros, nos han servido de base para poder abordar la problemática. En este primer trabajo y como avance de investigación, se trata de dilucidar y reflexionar sobre esta “tensión social”: los públicos más vulnerables soportan tasas de interés más elevadas. Es decir trataremos de describir y explicar esta aparente contradicción: Si el microcrédito intenta ayudar a combatir la pobreza ¿Por qué la tasa que pagan los prestatarios son elevadas? El presente análisis se centra en la realidad Argentina del año 2014...

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En el año 2004, se monitoreó la caída de hojarasca de un sistema agro- forestal con G. sepium y C. arabica . El estudio se llevo a cabo en una finca privada del municipio de San Marcos, departamento de Carazo (Nicaragua). El estudio se estableció bajo tres manejos de sombra: con sombra y fertilización, (PCF), con sombra y sin fertilización (PSF) y cafetal a pleno sol (PS). Se establecieron ocho trampas metálicas por tipo de manejo y se recolectó el material capturado para su cuantifica- ción por componente vegetal. Se determinó el peso total de la materia seca y se analizaron las muestras determinándose los contenidos de N, P y K. Los resultados indican que el componente café, tanto en la parcela fertilizada (PCF) como en la no fertilizada (PSF) contribuyó con 58.3 y 60.2 % del contenido de hojarasca respectivamente, con respecto al total de residuos producidos. En la parcela a pleno sol la contribución del cafeto aumenta hasta un 83.9 %. Sin embargo, los aportes de N y K en la parcela a pleno sol fueron mayores que en la parcela fertilizada y en la parcela sin fertilización, producto de la mayor producción de hojarasca en este sistema.

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La Constitución Nacional tiene, como ley fundamental, una dimensión externa que conforma lineamientos sustantivos en materia de derecho y de relaciones internacionales. En este trabajo se intentará plantear algunos de los temas puntuales que emergen de la Constitución en materia de derecho internacional público y los enlaces con el ordenamiento jus internacionalista. Estos son básicamente dos: la recepción del derecho internacional general y del derecho convencional. La reforma de 1994 ha modificado algunos de estos vínculos, apartándose de la Constitución madre que es la de los Estados Unidos, tanto en el texto como en la interpretación; e introduciendo algunas complicaciones, en mi opinión, innecesariamente...

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"El empleo en la Argentina se enfrenta en 2014 a una recesión y destrucción de puestos de trabajo del sector privado. En tanto, el sector público actúa como amortiguador del proceso, con creación de empleo en los tres niveles de gobierno. Con todo, el desempleo total crece de la mano de la caída en la actividad económica. ¿Es neutral el proceso de reemplazo de empleo privado por nuevos puestos de trabajo en el sector público?..."

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El asesinato de Rosana Galliano fue uno de los casos policiales más resonantes de los últimos años en Argentina. Su cobertura en el diario Clarín es una muestra de que en la posmodernidad se desdibujan los límites entre “prensa seria” y prensa sensacionalista. La invasión de la vida privada de la víctima introduce los códigos de la novela sentimental y conduce a una lógica en la que cualquier acusación es publicada: todos hablan de la única que ya no puede hablar. Así, la cobertura oscila entre culpabilizar a la víctima y condenar sin juicio previo al sospechoso: el periodismo se vuelve fiscal y juez.