1000 resultados para PROTECCIÓN
Resumo:
Este estudio pretende evaluar un programa de Prevención Universal de las drogodependencias en el ámbito educativo a través de los cambios que produce en los diferentes factores de riesgo y protección seleccionados. La intensidad de la exposición al programa y la realización de talleres de refuerzo también han sido objetivo de la evaluación. La valoración se ha realizado en todas las etapas educativas: Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria, teniéndose en cuenta el sexo y el curso. Metodología: La muestra está compuesta por 3.454 estudiantes de la Comunidad de Madrid. 250 estudiantes de Educación Infantil, 849 estudiantes de 1º y 2º Ciclo de Primaria, 520 estudiantes de 3º Ciclo de Primaria y 1.835 estudiantes de ESO. Se elaboraron 4 instrumentos de medida de factores de riesgo y protección: Preval_PP1 para Educación Infantil y Preval_PP2 para el 1º y 2º Ciclo de Primaria, ambos son informes a rellenar por el profesorado. El Preval_PP3 para el 3º Ciclo de Primaria y el Preval_PP4 para la ESO en forma de autoinforme a rellenar por el alumnado. A través de las bases de datos evaluamos la cantidad de años que cada centro ha participado en el programa preventivo así como el número de estudiantes que ha participado en talleres de refuerzo. Mediante un diseño cuasi-experimental con medida pre-test y post-test se realizan ANOVAs de medidas repetidas teniendo en cuenta el sexo y el curso para evaluar los cambios en los factores de riesgo y protección y comparar los centros de alta y baja exposición así como comparar al alumnado que realiza talleres de refuerzo con los que no los realizan...
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La participación de las personas y las comunidades que viven en lugares inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial (o que se ven directamente afectadas por la inscripción) en la toma de decisiones respecto a su identificación, protección y gestión, es uno de los principales retos que debe afrontar la Convención de Patrimonio Mundial para alcanzar su anhelada credibilidad. Esta participación real y activa, exigible en todos los tipos de bienes culturales y naturales (independientemente de su categoría de protección), es especialmente necesaria en el caso de los pertenecientes al Patrimonio agrario. En primer lugar porque la gestión de los sitios y paisajes agrarios debe respetar las técnicas de manejo tradicionales y basarse en los derechos y conocimientos de las comunidades locales, imprescindibles para asegurar la supervivencia e integridad de sus valores tangibles e intangibles. Y en segundo lugar porque la continuidadv de estos espacios depende íntegramente de las actividades – y por lo tanto de las personas- que les han dado forma y sin las cuales se convertirían en lugares inertes y faltos de sustancia y autenticidad. Partiendo de estas premisas,este estudio analiza y compara los principios de la Carta de Baeza sobre el Patrimonio agrario y los planes de gestión de los bienes agrarios inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial para identificar ejemplos de buenas prácticas en la materia y proponer estrategias que mejoren el reconocimiento y la participación de los agricultores, ganaderos y silvicultores en su protección, manejo y promoción.
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Durante los últimos años, y con mayor énfasis en el último lustro, la Organización de Naciones Unidas ha mostrado gran preocupación por la situación de las víctimas de la Guerra Civil española y la posterior represión franquista, recomendando al Estado español modificaciones legislativas y profundos cambios institucionales orientados a una mejor protección y reconocimiento de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de este colectivo, así como políticas dirigidas a la no repetición de los acontecimientos represivos. Paralelamente, las víctimas y organizaciones de la sociedad civil, haciendo efectiva la membresía del Estado español en el Consejo de Europa, han acudido en ocho ocasiones ante la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en reclamo de estos mismos derechos, sin que hasta la fecha este tribunal haya considerado que cuenta con jurisdicción para pronunciarse al respecto.
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Fil: Ibarbia, Milagros. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Fil: Ibarbia, Milagros. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Fil: Ibarbia, Milagros. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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En virtud del art. 3.1 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, cuando los menores tengan suficiente madurez deberán consentir por sí mismos las intromisiones en sus derechos al honor, intimidad y propia imagen. Sin embargo, atendiendo al art. 4 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, cuando la intromisión tenga lugar en un medio de comunicación seguirá siendo ilegítima, aun consentida por un menor maduro, si se considera contraria a su honor e intereses, debiendo intervenir en su defensa el Ministerio Fiscal. Esta regulación plantea diversas cuestiones relacionadas con la protección de los derechos al honor, intimidad y propia imagen del menor con suficiente madurez —en particular, sobre la función del fiscal como garante de estos derechos y el papel que se otorga al consentimiento del menor— que son objeto de estudio del presente trabajo.
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Programa de doctorado: Nuevas perspectivas en la Ciencia Jurídica
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Adolfo Jiménez Fernández ha tenido un papel decisivo en el diseño de la protección social en Europa e Iberoamérica, al haber participado en hitos tan relevantes como la Ley de Medidas Urgentes para la Racionalización de la Estructura y de la Acción Protectora de la Seguridad Social (Ley 26/1985), la reforma de la estructura financiera y de la Seguridad Social de 1989, o la configuración del Pacto de Toledo (1995) o del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social (2007). El libro que aquí se presenta es un homenaje a su trayectoria profesional en este terreno. A lo largo de sus 22 capítulos, especialistas de diversos ámbitos repasan la configuración y la historia reciente de las políticas sociales en general y del sistema de Seguridad Social en particular.
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El objetivo de la presente investigación es argumentar una acción pública que permita el control constitucional de las omisiones legislativas absolutas. Para lograr dicha finalidad se investigara el desarrollo jurisprudencial que ha tenido la omisión legislativa absoluta en Colombia, se establecerán las razones jurídicas mediante las cuales la Corte Constitucional Colombiana se ha declarado incompetente para conocer de las acciones de inconstitucionalidad por omisión legislativa absoluta, se indagara el desarrollo jurídico que ha tenido la omisión legislativa absoluta en el derecho comparado y por último se determinaran los fundamentos jurídicos que posibiliten la existencia de la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa absoluta en el ordenamiento jurídico colombiano.
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Tesis (Ingeniero (a) Eléctrico).--Universidad de La Salle. Facultad de Ingeniería. Programa de Ingeniería Eléctrica, 2014