943 resultados para Historiae sui temporis
Resumo:
En medio de una dinámica de cambios y redefiniciones política, económicas y sociales de tipo global, un localismo representado por los conocimiento que poseen comunidades indígenas y locales ubicadas al interior de los Estados nacionales, representa el tipo de conflictos que deben ser resueltos por la sociedad política actual, esto es, un conflicto que para su resolución, depende no solo de las políticas que se adopten al interior de los Estados, sino que involucran las definiciones que se den tanto en el ámbito local como en el ámbito internacional. Los pueblos indígenas demandan el reconocimiento de derechos de los conocimientos que han acumulado y que generan como fruto de su sistema de vida comunitario y consideran que despojan las grandes corporaciones internacionales en su afán ilegítimo e ilegal de acceso y uso de la biodiversidad, de los recursos genéticos y de los conocimientos asociados a ellos. El sistema legal internacional, regional y nacional ha venido estableciendo normas y procedimientos para regular este conflicto, sin embargo, no resultan suficientes debido a la asimetría de poder entre unos y otros, a la falta de eficacia de algunos instrumentos legales y al escaso desarrollo de la legislación secundaria para regular realidades específicas. En este contexto, la ubicación de mecanismos y procedimientos específicos de protección de conocimientos colectivos así como la identificación de contenidos para el desarrollo de un sistema sui generis de protección de tales derechos contribuirá a encontrar salidas favorables a la integridad de la biodiversidad y a los derechos de los pueblos indígenas.
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A finales del siglo XX, 1999, Kosovo, hasta entonces provincia de Serbia, se transforma en un Protectorado de las Naciones Unidas como acto, tal vez no final, pero si culminante del proceso de disolución de la Federación Yugoslava, que fundada en 1945 por Josip Broz, Tito, ha visto la separación de cuatro de las seis repúblicas federadas en la década de los noventa (Eslovenia, Croacia, Macedonia, Bosnia-Herzegovina) quedando reducida a Serbia y Montenegro. A la fecha, Serbia tenía dos provincias autónomas, Kosovo y la Voivodina. El mandato de la ONU sobre Kosovo implica para Serbia la pérdida de la provincia, cuna de la iglesia ortodoxa yugoslava y emblema del nacionalismo serbio. Pero el conflicto de Kosovo no es reciente, él se inicia en la Baja Edad Media. El presente trabajo pretende aproximarse a la comprensión de este elemento puntual del proceso histórico mundial contemporáneo: Kosovo (en lo específico, Serbia como referente inmediato, Yugoslavia en lo general y la región de los Balcanes como referente mayor) en la perspectiva del ejercicio actual de consolidación de un poder mundial unipolar, cuya concreción más evidente en lo geoestratégico, es la OTAN. La región de los Balcanes, Yugoslavia, el conflicto de Kosovo más puntualmente, es en consecuencia, el objeto, el elemento de estudio de esta tesis; la configuración actual del poder, el nuevo orden mundial unipolar, su horizonte de intelección. Y es que ambos procesos, las guerras de secesión de la pasada década en Yugoslavia, por un lado, y por otro, la instauración de un poder global, planetario, están vinculados, en su núcleo, por un acontecimiento previo de colosal importancia: el desmantelamiento de la URSS, la proclamación de Rusia como Estado independiente de la hasta entonces Unión Soviética al comienzo de esa década, el consiguiente fin de la Guerra Fría, igual que el fin del alineamiento bipolar de las naciones en la escena internacional. Y si el tema a considerar se entrecruza, apenas planteado, con instancias complejas: la llamada comunidad internacional, el mercado, la red global de información, aquello nos muestra la no casual imbricación, la interdependencia de actores y acciones en el escenario contemporáneo; implica que aproximarse a la trama de Kosovo es acercarse al mismo tiempo al entramado entero mundial, a fuerzas y voluntades, a relaciones activas, históricas, estructurales, que configuran –bajo la atenta mirada del poder- el sentido de la sociedad humana en su historia como presente. Y lo dicho de modo precedente determina también el asumir una hipótesis, que parece tener un correlato plausible en los hechos, aunque no sea la única que pueda plantearse como 6 explicativa de los mismos. En términos generales dicha hipótesis se apoya en el teorizar de Noam Chomsky y afirma que: el proceso de disolución de la República Federal Yugoslava, la secuela de guerra provocada por esa diáspora, es la manifestación inequívoca y fehaciente de un nuevo orden mundial unipolar detentado, en lo básico, por Washington. Es decir, que la consolidación de EE.UU. como potencia hegemónica, en lo económico, político y militar, ha dado paso a una forma de Estado mundial sui géneris que reclama para sí la supremacía en el nuevo orden internacional. El cometido, por tanto, será intentar demostrar que la hipótesis es válida, que funciona en independencia y correlación con otras hipótesis posibles, que su poder explicativo no es inferior a aquellas y que más allá de su aparente reduccionismo –lo unipolar contrapuesto a lo multipolar- tal reduccionismo, de haberlo, no es sino el correlato de la acelerada concentración del poder mundial en la esfera del poder norteamericano.
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El presente documento recoge los resultados del estudio realizado sobre la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, mejor conocida como la Carta Andina de Derechos Humanos, firmada por los Presidentes de los Estados Miembro de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) el 26 de julio de 2002 en la ciudad de Guayaquil, Ecuador, en el marco de la Segunda Reunión de Presidentes Suramericanos. Examinaremos aquí el proceso de elaboración de este instrumento tan sui generis, así como su contenido según lo cual identificaremos su naturaleza, finalidad, características, aportes, límites, contradicciones, vacíos y potencialidades. La naturaleza de esta investigación, nos ha llevado a ubicar en el contexto de la integración subregional andina el discurso de los derechos humanos y los antecedentes históricos que han permitido su elaboración, así como los vínculos que la misma Comunidad ha establecido entre democracia, derechos humanos y desarrollo. Todo esto lo hemos hecho con la finalidad de responder a la pregunta central de nuestra investigación ¿Cuáles son los aportes de la Carta Andina de Derechos Humanos, para la promoción y defensa de los Derechos Humanos en el ámbito de la Comunidad Andina?
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El presente estudio denominado “Naturaleza Jurídica del Encargo Fiduciario en la Legislación Ecuatoriana” recoge en primer lugar una breve reseña del origen de la figura, tanto a nivel mundial como en los países latinoamericanos y por supuesto de manera especial en Ecuador. Una vez señalados los antecedentes históricos de la figura y su evolución en el ordenamiento jurídico, haremos un análisis de sus características y regulación en la Ley de Mercado de Valores, lo cual nos permitirá diferenciarla de otras instituciones jurídicas que en principio parecerían similares. Los elementos antes señalados nos permitirán determinar la naturaleza jurídica del encargo fiduciario y en base a esto señalar sus fortalezas, limitaciones e incluso realizar las respectivas consideraciones y críticas sobre la utilidad y regulación de la figura. El propósito de este trabajo es precisamente desarrollar y analizar una figura que poco ha sido explorada y discutida, dejada de lado en muchas ocasiones por el fideicomiso mercantil, razón por la cual hemos decidido centrarnos en la misma. Figura que para algunos constituye una institución sui generis, un híbrido o una mezcla de varias instituciones legales; esto es lo que pretendemos concluir.
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El presente trabajo establece los fundamentos sobre los cuales gira el precedente constitucional. Estudia sus características esenciales, cuestiona el tratamiento que esta institución jurídica ha recibido en la jurisprudencia desde 2008, año en que se aprobó la actual Constitución de la República; expone las contradicciones en que ha incurrido la Corte Constitucional en torno a este tema; señala, como muestra, la existencia de varios precedentes, así como el respeto y seguimiento de otros, pese a la limitación que representa el “etiquetamiento” que ha implantado la actual Corte Constitucional. La naturaleza vinculante del precedente se manifiesta en la obligatoriedad de tomar en cuenta decisiones pasadas al decidir casos presentes. En ello radica la igualdad en la aplicación de derecho como superación de la igualdad “ante la ley”. Y en este sentido se distingue qué es lo vinculante de una sentencia o sentencias, la razón o razones específicas que llevaron a tomar determinada decisión. Se critican las bases sobre las cuales la Corte Constitucional construyó una sui generis concepción del aspecto vinculante de la jurisprudencia cuando se trata de procesos de garantías constitucionales. Al cuestionar la interpretación del cuándo y el cómo es vinculante una sentencia se recurre a los criterios que la misma Corte utilizó en forma contradictoria. Enseguida se evidencia la variación o alejamiento de criterios que supone la nueva decisión con respecto a la decisión pasada. Además, se señala pese a que la característica vinculante de la jurisprudencia ha sido limitada por la Corte Constitucional a una sola sentencia que ha sido etiquetada como “vinculante” en materia de garantías constitucionales, existen otras que son, por naturaleza, vinculantes y que, en este trabajo reciben el nombre de “escenarios base”. También, se muestra una línea de precedentes constantes en las resoluciones del antiguo Tribunal Constitucional.
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Esta tesis trata acerca de los diversos mecanismos de protección de las bases de datos que se encuentran contemplados en las legislaciones de los países de diversos sitios del mundo. Procuramos detallar las virtudes y falencias de cada uno de dichos mecanismos y al mismo tiempo analizamos la conveniencia o inconveniencia de que se apruebe una legislación internacional homogénea que regule este tema. Para ello se recogen diversas opiniones y el contenido de las legislaciones. Las opiniones a las que se hace referencia corresponden a tratadistas de derecho, a personas involucradas en el campo de la ciencia o de la educación, científicos o catedráticos y a criterios expresados por instituciones tanto públicas como privadas. El contenido de esta tesis gira en torno a establecer la conveniencia de que los diversos países cuenten con un sistema de doble protección de las bases de datos, a través del derecho de autor o a través del mecanismo denominado de protección sui generis. O por el contrario a establecer si es mejor que se aplique sólo uno de estos mecanismos, el de derecho de autor, como ha sido tradicional, sumado a otros mecanismo de protección como el contractual o el de competencia desleal.
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This paper analyzes the People’s Republic of China economic and political ascendance in the 21st century, focusing on the evolution of its sui géneris economic development model and its significance for the relationship between China and the developing countries of the peripheral ‘Global South.’ The objective of this article is to analyze the relationship between China and Latin America in the 21st century, characterizing it as a new Center-periphery global power network based on trade and investment, which is often referred to as the ‘Asian Consensus’. The article will give special attention to the Brazilian case.
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El presente trabajo tiene como objeto, el identificar la naturaleza jurídica de los aranceles registrales conforme a los elementos, características y campo aplicativo; en otras palabras, su naturaleza nomen iuris. Por ello abordo inicialmente el campo de las prestaciones patrimoniales impuestas, pues se constituye en la base jurídica del nacimiento de toda exacción particular en favor del ente prestador de un servicio público; por tanto, estableciendo como elementos inherentes a este tipo de prestaciones: reserva de ley y coactividad. A pesar de esto, su control en cuanto a naturaleza y clasificación en muchos casos se ha visto imposible, ya que las características que componen su naturaleza la ubican en una figura sui generis, siendo tal el caso el arancel registral, enfoque jurídico que se debía a su concepción privatista. La naturaleza del arancel registral conforme lo establece la actual Constitución de la República del Ecuador cambio; abandona su elemento privatista e incorporó todos sus elementos al sector público, sujetándose de forma absoluta a las reglas derecho público; ámbito que permitió al constituyente orientar los ingresos económicos obtenidos por un lado para el financiamiento del servicio prestado y por otro, su remanente ingresará al presupuesto de la municipalidad a la que pertenece y a la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, organismo perteneciente al Ejecutivo. Cambio circunstancial que enfoca al arancel registral con una visión diferente y por tanto con una posible naturaleza tributaria como no tributaria.
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The doctrine of joint criminal enterprise is in disarray. Despite repeated judicial scrutiny at the highest level, the doctrine's scope, proper doctrinal basis and function in relation to other modes of complicity remain uncertain. This article examines the doctrine's elements and underlying principles. It argues that while joint criminal enterprise is largely used to make individuals liable for offences committed by their associates in excess of the common criminal purpose, its proper function is to police the limits of associate liability and thus to exculpate rather than inculpate. The doctrine governs not only instances of accessorial liability; it also applies where the parties involved are joint principal offenders. As this puts into question the prevalent view that joint criminal enterprise is a form of secondary participation that results in accessorial liability, the article concludes that it is best seen as a doctrine sui generis.
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This article examines the role that translation may have played in the development of medieval vernacular literature. It analyses an extract of an early 13th-c. translation into a hybrid French-Occitan vernacular of an 8th-c. historical text, the 'Liber Historiae Francorum'. The translation coincides with the adoption of narrative prose both in Old French and in Occitan literature, which reflects a growing interest in historical writings. The second half of the article compares the anecdote with the narrative structures and content of one of the troubadour 'vidas' and 'razos' - biographical texts in prose that emerged in the same period and regions as this translation. The article concludes by suggesting that the new vernacular genre shares narrative features with the early medieval Latin text that are preserved in its translation.
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Consequences of role taking: the ”I”, the ”me” and individuality This paper analyzes the tendency of taking the ”I” and the ”me” in G. H. Meads theory of role taking as two separate, qualitatively different parts of human personality, the ”I” being of individual origin, the ”me” of social. In the original Meadian sense role taking gives rise to both the ”I” and the ”me”. They are dialectically united rather than dualistically separated aspects. They refer to the joint functional power of the subject, finding itself as an object, mediated by the Other. As a consequence, the link between body and the social world becomes theoretically more stringent, as the body is given its place as a cognitive social object among others, this by contrast to interpretations where the body is left as an object mainly outside the human social experience and as a source of agency sui generis, a conception which is in opposition to Meads. The stress on the ”I”-phase, as related to body and concrete action in combination with its direct relation to the ”me”-phase, actualizes Mead as a forerunner in modern biologic/neurologic research on human perceptual, motivational and intentional capacity.Swedish Mead interpreters are critically analyzed. Interpretations of Charon, Giddens, Joas and Habermas are partly scrutinized. The author defines the conceptual pair in terms of activity, subjectivity, temporal relativity and distance.
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No que se concerne á criação do Tribunal Penal Internacional pelo Estatuto de Roma, menciona os seus principais antecedentes políticos e jurídicos como por exemplo, o fim da guerra fria, a globalização e a interdependência, fatores que contribuíram para que a comunidade internacional criasse, em pouco tempo, os tribunais crimonais ah hoc, por meio de decisões do Conselho de Segurança das Nações Unidas.Destaca também, como principais aspectos desse Estatuto, considerando o caráter sui generis e excepcional do TPI:o principio da complementaridade e a definição dos crimes, comparando o Estatuto a um código criminal internacional.Analisa em quais condições se processa o estabelecimento da Jurisdição desse Tribunal e além disso, elucida que a cooperação internacional e assistência judiciária dos Estados são elementos essenciais para o bom funcionamento do TPI.Esse regime estipula a obrigação geral dos Estados- parte de cooperar plenamente com o Tribunal.Assegurando que as legislações nacionais estipulem figuras processuais compat´veis com as formas de cooperação previstas no Estatuto.Não há intervenção em assuntos internos, tendo aplicação somente aos crimes cometidos após a entrada em vigor dos Estatutos.A criação do TPI atenderá a necessidade da ordem plítica e jurídica internacional no seu sentido mais amplo e contribuirá para o desenvolvimento do Direito Internacional
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O principal objetivo deste trabalho é apresentar um balanço das discussões acadêmicas e das iniciativas legislativas, que tentam aprimorar a proteção das manifestações artísticas culturais, integrantes do patrimônio cultural imaterial. Nesse debate, a propriedade intelectual, organizada juridicamente para assegurar direitos imateriais das obras artísticas e das invenções do gênio humano, tem tido papel fundamental para contribuir, como fonte, na construção de uma regra sui generis que venha assegurar a preservação do patrimônio cultural imaterial. A dissertação tem por finalidade encontrar os elos e indicar que o patrimônio cultural imaterial é um bem fundamental para garantia da identidade cultural brasileira, e ao ser reconhecida e protegida contribui para assegurar a soberania nacional no mundo globalizado.