975 resultados para Hartmann, Max, 1876-1962.


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Este libro recupera los desarrollos en materia de responsabilidad del Estado realizados por la Corte Suprema Federal colombiana en los años posteriores a la Guerra Civil de 1876 1877, el gobierno intentó suavizar los efectos de los daños patrimoniales sufridos por los particulares a causa de las claras violaciones al derecho de propiedad efectuadas por combatientes.La estructura metodológica del texto está divida en dos partes: una histórica y otra jurídica. En la primera, compuesta por los dos capítulos iniciales, se presenta un análisis histórico de la Guerra de los Curas, incluyendo los acontecimientos concretos que fueron analizados por la Corte; y en la segunda, conformada por el tercer capítulo, se presenta un estudio marcadamente jurídico de la teoría de la Responsabilidad Extracontractual Patrimonial del Estado, desarrolladas en los años posteriores a la guerra bajo la vigencia de la Constitución liberal de 1863. Finalmente, se debe resaltar que en el periodo abordado existió una jurisprudencia uniforme y coherente sobre los hechos por los cuales el Estado colombiano estaba obligado a responder, en situación de guerra, a quienes fueran víctimas de los abusos causados por la confrontación; sin importar si fue el ejército o la guerrilla quienes hubieran ocasionado el daño.

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Este texto comienza con un ensayo autobiográfico que explora los retos y beneficios de lo que implica ser un académico marxista en este tiempo. A este ensayo le sigue una discusión sobre varios temas del análisis de clase, con particular énfasis en dos temas: las clases y la desigualdad, y la relación entre clase y poder. La segunda sección aborda el tema del socialismo como posible futuro del capitalismo. Su autor procura clarificar el estatus conceptual del socialismo y discute las razones por las que ciertas reformas, tales como los subsidios básicos universales, en últimas no podrían realizarse por completo sin la introducción de alguna forma de socialismo. Preguntas a la desigualdad concluye con un examen del problema general del marxismo, en tanto que tradición radical de la teoría social. Allí se discuten tres temas en particular: los principios fundamentales del marxismo analítico como estrategia para reconstruir el marxismo como teoría social científica; la relación entre el marxismo y el feminismo como teorías sociales emancipadoras y las perspectivas del marxismo tras el colapso de los regímenes comunistas.

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Guía para la visita de la sala veintidós del Museo de Arte Moderno de Cataluña. Esta sala trata contenidos sobre la vida de Julio González; pintor, orfebrero, pero como su escultor su nombre ha pasado a ocupar un lugar destacado en el panorama artístico internacional, por su contribución a la escultura del siglo XX. Mediante un mapa, esta guía orienta al visitante por los distintos espacios de la sala.

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Conocer cómo se llega a la formulación de los artículos correspondientes a lo educativo en las Constituciones de 1869 y 1876, dos momentos bien distintos en su contenido político, aunque cercanos en el tiempo. Las Constituciones de 1869 y 1876. El estudio de las Constituciones se centra en tres ejes elegidos por las profundas interconexiones que guardan: libertad individual, religiosa y de enseñanza. El método de análisis es el de pedagogía comparada, esquema progresivo de Bereday, dividido en tres partes: la primera, que describe las sesiones parlamentarias previas a los textos; la segunda, la yuxtaposición, ofrece una visión de conjunto de los artículos constitucionales y sus apartados diversos; y la tercera, la comparación simultánea de los artículos de ambas Constituciones. Diarios de Sesiones de las Cortes Legislativas de 1869 y 1876. Investigación histórica. Método comparativo: análisis descriptivo. La Constitución de 1869 significa grandes logros en el campo de la educación en general, mediante la introducción de un artículo dedicado a la educación, que no lo habían tenido las Constituciones españolas desde 1812, y también en el campo de la libertad de enseñanza, cuya formulación alcanza las más altas cotas de libertad hasta ese momento. La Constitución de 1876, significó en lo educativo un freno a los logros alcanzados por la anterior, pero define un sistema de política educativa que con algunas alteraciones y breves paréntesis, como la Segunda República, llega hasta nuestros días.

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Se hace referencia a la literatura realista, en cuanto a lo real, como la vida misma, y a la manera en la que nos hace percibir la Historia. Se examina la figura de Max Aub como figura relevante del género literario realista.

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Este manual de software incluye la distribución MAX: Madrid_Linux, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Está basada en Debian GNU/Linux con Knopipix 3.3 y personalizada en tres tipos de versiones, DVD-Live, CD-LIVE y la versión instalada en el disco duro..

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Es la versión en DVD de MAX, Madrid Linux , un sistema operativo con aplicaciones de código abierto desarrollado y distribuido por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. La versión 1.2. incorpora aquellas aplicaciones necesarias para impartir los contenidos de informática incorporados en los currícula de la enseñanza no universitaria y aquellas aplicaciones educativas y entornos de desarrollo que permitan, al profesorado no especialista, la utilización, elaboración y distribución de contenidos educativos en formato digital..

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Es la versión en cd-rom de MAX, Madrid Linux , un sistema operativo con aplicaciones de código abierto desarrollado y distribuido por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. La versión 1.2. incorpora aquellas aplicaciones necesarias para impartir los contenidos de Informática incorporados en los currícula de la enseñanza no universitaria y aquellas aplicaciones educativas y entornos de desarrollo que permitan, al profesorado no especialista, la utilización, elaboración y distribución de contenidos educativos en formato digital..

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Resumen tomado del autor. Resumen en castellano e inglés. Incluye un anexo con las principales referencias histórico-legales

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Estudiar la libertad de enseñanza en la España de Franco. Libertad de enseñanza entendida como el derecho de los particulares e instituciones no estatales a crear Centros de enseñanza, y más concretamente, Centros de enseñanza superior o Universidades. Consta de seis capítulos: 1.- Es introductorio y en él se presentan datos correspondientes a la trayectoria histórica en política universitaria desde el siglo XIX (a partir de la Constitución de 1812) hasta aproximadamente el primer tercio del siglo XX (incluida la II República española), al hilo de los intentos y logros legislativos más significativos. En ellas se reflejan las ideas educativas que quisieron aplicar los diferentes grupos dirigentes o susceptibles de serlo, a través de la configuración de un específico sistema educativo. 2.- Se contemplan las modificaciones que se produjeron en España durante los primeros años del franquismo, por actuación del Ministerio de Educación Nacional, para contribuir a la transformación de la vida del país, a través de reformas en el Bachillerato, en las altas instituciones científicas dedicadas principalmente a la investigación y en la Universidad. 3.- Está dedicado a considerar las sugerencias, propuestas y opiniones de determinadas instituciones de católicos (que de una u otra forma se dedican a la docencia), en relación con la anunciada reforma de la Universidad española, fundamentalmente las que hacen una referencia más directa a la libertad de enseñanza de la Iglesia en materia universitaria. 4.- Se centra en el proceso legislativo que precede a la promulgación de la Ley de Ordenación de la Universidad española de 1943 y en el estudio particular de los factores implicados en el reconocimiento de Centros universitarios no estatales. 5.- Considera la evolución cronológica del tema de la creación y reconocimiento de Centros de enseñanza superior no estatales en España, desde 1944 hasta los años finales del Ministerio de Joaquín Ruiz Giménez. 6.- La primera parte trata de la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 1957, cuya promulgación supone la ruptura del monopolio estatal en la enseñanza técnica superior. La segunda parte del capítulo se refiere más específicamente a los aspectos que rodean la firma del Convenio entre el Estado Español y la Santa Sede, en 1962, que regula las condiciones para el reconocimiento civil de los estudios no eclesiásticos realizados en las Universidades de la Iglesia. 1.- En los años de Gobierno de Franco no se ha encontrado ninguna opinión destacada que cuestione el cometido de la Universidad como formadora de las minorías dirigentes. 2.- En el nuevo Estado surgido del golpe del 18 de julio la preocupación por la reforma de la Universidad es temprana (Proyecto de 1939 que regula las Universidades del Estado, Anteproyecto de Ley de Organización de las Universidades Nacionales de 1941, la Ley de Ordenación de la Universidad de 1943_). 3.- Con respecto a la reforma de la Universidad en los primeros años del franquismo deber señalarse que tanto las instituciones de católicos (reclaman el derecho de la Iglesia a crear Universidades), como algunos falangistas (también católicos, pero pertenecientes a instituciones oficiales), afirman que el liberalismo es el causante de los males de la Universidad española. 4.- En general, al reclamar la libertad de enseñanza se piensa en el derecho de creación de Centros docentes independientes de los del Estado. 5.- La firma del Concordato de 1953 supone el reconocimiento por el Estado español de los derechos de la Iglesia en todos los niveles de la enseñanza. 6.- Con la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 20 de julio de 1957 se asiste a un punto de inflexión en el tema de la libertad de enseñanza. Dos avances significativos: El derecho a la existencia de Escuelas de Enseñanza Técnica de Grado Superior no estatales y el establecimiento de un examen global ante un Tribunal mixto para esas Enseñanzas Técnicas no estatales. 7.- El régimen de Franco, al reconocer los derechos docentes de la Iglesia hace posible que se haga realidad la libertad de creación de Universidades no estatales.

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Analizar la continuidad de la filosofía de Sanz del Río en la práctica educativa de la Institución Libre de Enseñanza. La posible discontinuidad apoyaría la tesis mantenida en el estudio de que la educación no es un derivado operativo de la Filosofía sino que más bien surge desde la praxis como práctica racional. La filosofía de Sanz del Río y la educación en la ILE. El método empleado intenta conducir la investigación a través de 3 planos: I. Histórico, contextualizando el papel del autor en la difusión de la filosofía krausista en España. II. Filosófico, identificando los principios fundamentales de la filosofía de Sanz del Río y los ideales pedagógicos institucionistas. III. Pedagógico, analizando el proceso instructivo de la ILE en la práctica diaria, para responder a la cuestión de hasta qué punto la educación de la ILE nació como aplicación inmediata de los postulados krausistas difundidos por Sanz del Río. Bibliografía general y específica sobre el tema. Obras de Sanz del Río y Boletín Oficial de la ILE. El krausismo que se difundió en España era una interpretación adaptada a las necesidades nacionales en base a una selección práctica de las obras de Krause, que condujo a diferencias conceptuales en los discípulos de Sanz del Río, produciéndose una ruptura con el krausismo de 'escuela' y la adopción de posturas más militantes. La relación krausismo-pedagogía de la ILE debe interpretarse en un sentido histórico, como inspirador pero no conformador de la práctica. Existen diferencias notables entre Sanz del Río y la educación en la ILE en el concepto mismo de educación, y el desarrollo que la ILE hizo de algunos principios krausistas remite a fuentes distintas como son los métodos de la nueva pedagogía y los postulados de la 'nueva escuela'. La educación en la ILE no nació como aplicación inmediata de los postulados krausistas difundidos por Sanz del Río. En ella no se dió un cerrado espíritu de escuela idealista, sino que la teoría surgió de la realidad. La anhelada armonía como fin de la educación surgiría desde la riqueza de lo real y no desde el absolutismo de la razón en su proceso mecánico.

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Resumen tomado de la publicación

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En la cub. además: Materiales de historia de la filosofía

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Max se prepara un sandwich con varias capas de alimentos: pan moreno, queso, tomate, pimiento verde, jamón, brotes y lechuga.

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Max se prepara un sandwich con varias capas de alimentos: pan moreno, queso, tomate, pimiento verde, jamón, brotes y lechuga.