741 resultados para Derechos humanos -- Legislación -- Colombia
Resumo:
El texto hace un análisis y evaluación parcial de los resultados del componente de Lucha contra las Drogas Ilícitas del Plan Colombia, por lo que ve tanto los aspectos positivos como negativos, plasmados en el período 2002-2010.
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Analiza la Cooperación Sueca para el Desarrollo en Colombia a partir de la ejecución de proyectos en el area de desarrollo y paz, realizados por la Defensoría del Pueblo en apoyo con la Agencia Sueca para el Desarrollo Internacional.
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La investigación tiene por objetivo en primer lugar hacer una revisión teórica del concepto de sociedad civil a fin de entablar una reflexión del papel de actores sociales en procesos de reclamación de derechos humanos, consolidación y recuperación de la democracia, emancipación de la ciudadanía y construcción de mecanismos para lograr la paz. En segundo lugar, el texto presenta un diagnóstico de la participación de la sociedad civil en el proceso de paz que se llevó a cabo entre las Farc- Ep y el gobierno nacional bajo el mandato de Andrés Pastrana (1998-2002), para así, plantear un esbozo de alternativas para afrontar el conflicto desde la solución política negociada.
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Lineamientos para una reglamentación de la flora medicinal Tres décadas después de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) avalara el uso de las plantas medicinales en los sistemas nacionales de salud, Colombia aún no cuenta con una legislación que le permita proteger y aprovechar su flora medicinal en beneficio de la población. Para subsanar este vacío, el Grupo de Estudios en Sistemas Tradicionales de Salud de la Facultad de Medicina (GESTS) y el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario decidieron analizar los avances legislativos desarrollados en todo el mundo, con el fin de sentar las bases de una reglamentación nacional que estimule el cultivo, aprovechamiento sostenible y uso terapéutico de las plantas y sus productos derivados.(...) Esta iniciativa cobra mayor importancia ante el incremento de reglamentaciones locales relacionadas con las medicinas herbáceas (...) . Mientras en 1995 sólo 42 de los 193 países miembros de la OMS tenían normas relacionadas con la medicina basada en hierbas, para el 2005 una encuesta realizada en 140 países mostró que en 92 de ellos ya se había reglamentado el uso de plantas medicinales. Se ha extendido tanto el uso de éstas plantas que el mercado mundial de medicinas elaboradas con hierbas basadas en el conocimiento tradicional supera los 60.000 millones de dólares(...)(cerca de la mitad del PIB de Colombia). Ésto se traduce, además, en una preocupación permanente sobre su tráfico y comercio inadecuado (...) , ante el inminente riesgo de extinción biológica de algunas especies, como lo advierten varios estudios de la OMS (...) (...) (*) . Ahora bien, aunque la propuesta de los investigadores podría sentar los lineamientos básicos para un proyecto de ley, la reglamentación no puede convertirse en un punto de llegada, ya que sin importar lo que diga la legislación, la gente seguirá haciendo uso –con viejas o nuevas maneras– de las plantas medicinales. Por tanto, el grupo interdisciplinario de investigadores, propone un marco conceptual que permita entender el universo de la botánica médica, estableciendo las fronteras de su estudio y precisando los lenguajes utilizados por la medicina moderna y la medicina tradicional.
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La trata de personas es un delito que ha tomado fuerza fuerza en los últimos alis alrdedor del mundo. Las diferentes víctimas son sometidas a toda clase de flagelos como lo son la explotación laboral, el trabajo forzoso y el tráfico ilegar de órganos, entre otras. Debido a este crudo panorama, autoridades de los países se han dado a la tarea de fortalecer convenios, crear nuevas letes y generar nuevos programas para contrarrestar el delito. Colombia hace parte de este abanico de naciones que tiene tipificado en delito en su legilslación, pero ¿cómo es la dinámica judicial de los procesos de trata de personas? Para resolver esta pregunta, un grupo de investigadores de la Universidad del Rosario, desarrolló un completo estudio que permitió observar cuáles mecanismos necesitan ser mejorados y cómo se puede lograr.
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En este documento se pretende mostrar de manera sucinta el estado en que se encuentra la justicia de transición en Colombia, precisar el contenido y los alcances del núcleo normativo de dicha justicia, y la manera como se ha construido y desarrollado en Colombia un marco jurídico que permita eventualmente la restitución de la convivencia pacífica en el país, así como la satisfacción, en la mayor medida posible, de los derechos de las victimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. El texto es preferentemente reconstructivo, analítico y prospectivo. En este sentido, se evalúan los momentos del proceso de transición durante las tres últimas administraciones presidenciales, examinando de modo especifico los elementos normativos y de aplicación en cada uno de estos momentos. Finalmente, se hace un balance desde las cifras consolidadas para el año 2010 y se identifican los aspectos principales del que puede ser el desarrollo posterior.
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El esquema de protección de derechos es un elemento esencial en el ordenamiento jurídico de las naciones organizadas bajo la modalidad de Estado Social de Derecho, y en ese sentido, la implementación de las garantías a los derechos de las minorías existentes en la Nación. Colombia no es la excepción dentro del modelo señalado; en la Constitución Política de 1991 se plantea una amplia gama de derechos y garantías, haciendo un especial reconocimiento a la existencia del pluriculturalismo y el multilingüismo propio de una Nación marcada por la presencia de diferentes grupos étnicos que han determinado su legado histórico y cultural. Así las cosas, surge un escenario de interrelación entre los derechos de las minorías y los del resto de la colectividad, a partir del cual se pueden establecer elementos de armonía y correspondencia, así como también evidenciar posibles conflictos derivados del choque de intereses de una y otra parte. Para el caso de la presente investigación, se ha decidido centrar el estudio en una etnia específica respecto de la cual se han detectado una serie de problemas los cuales permiten efectuar un análisis detallado y con ello evidenciar los objetivos pretendidos. En ese sentido, el grupo étnico escogido es el raizal, residente en las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. El eje central de investigación apunta a plantear que el reconocimiento constitucional que se le ha dado a la comunidad raizal no tiene, ni los alcances, ni las implicaciones que debería tener en los escenarios legislativo, jurídico y político, pues la entidad y relevancia que se la ha otorgado a la mencionada etnia no cumple con el verdadero objeto de pluriculturalidad con que se pretende catalogar a nuestra Nación. El discurso étnico por medio del cual los grupos buscan autodeterminarse, manifestar el esplendor de su cultura y demostrar la existencia de una memoria histórica colectiva, no ha sido considerado en su totalidad como es el caso de la etnia estudiada, pues elementos indispensables de su legado, de su historia y de su presente se han visto ignorados o readaptados a otros escenarios con discursos diferentes, con intereses disímiles y con enfoques diversos, generando una alteración del verdadero pluriculturalismo en el sentido estricto de la palabra. En ese orden de ideas, el estado de las cosas y de los derechos ha llevado a situaciones en las cuales el discurso ha tomado un enfoque distinto del carácter étnico que ha de caracterizarlo, tornándose en un discurso político marcado por la presencia de múltiples opiniones al interior de la misma etnia, pero que a su turno evidencia la necesidad de dar una revisión a las condiciones en que jurídica, social y culturalmente está reconocida dicha etnia y con ello demostrar que el panorama no se agota en una simple denominación constitucional o legal, sino que ha de acompañarse con la práctica política y legislativa justa que demuestre una real existencia de la minoría en el entorno social y jurídico de la Nación. La etnia raizal ha padecido un impacto cultural inmedible desde el momento de la abierta inmigración de continentales al Archipiélago, generándose con ello un sentimiento de marginación frente a las otras etnias y en general, frente el resto de la colectividad. Para el cumplimiento de los objetivos de la presente investigación, se utilizó la metodología de búsqueda en fuentes secundarias, con un especial énfasis en el análisis legislativo y la revisión jurisprudencial, orientado a la obtención de parámetros de guía para la determinación de aspectos relevantes, así como también al poder efectuar comparaciones con miras a obtener conclusiones. Así las cosas, la investigación se complementó con un trabajo de campo en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, territorio de la comunidad raizal, el cual se desarrollo a través de la modalidad de entrevistas semiestructuradas aplicadas a diferentes miembros de la etnia, procurando incluir personas de diferente tipo, esto es, algunas que ocupan cargos públicos, otras que se desempeñan como líderes activistas y otras del común.
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El objetivo de este trabajo de grado es describir una disputa política por el significado del concepto de explotación en el marco de la redacción del “Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños”, en el cual se define aquello que se entiende por trata de personas. La construcción de este concepto excluye e invisibiliza otros tipos de explotación comunes en el sistema de producción capitalista contemporánea que pertenecen al universo de violencia objetiva sistémica a través del énfasis en la explotación sexual que hace parte de la violencia subjetiva.
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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.
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La energía eléctrica y los bienes o activos eléctricos (de acuerdo con la definición técnica) con que se lleva a cabo su prestación, goza de una particular regulación y normatividad, explicables por la importancia capital de este servicio público, sumado al diseño institucional traído por la constitución de 1991, lo que la hace especialmente compleja, dinámica y abierta a precisiones. Es ese sentido, se parte de un entendimiento inicial de todos los activos que conforman una red de generación, transmisión y distribución eléctrica, para de esa forma comenzar a esbozar el régimen jurídico de los mismos, dependiendo de su posición dentro de la cadena de suministro eléctrico. Una vez concluido este acercamiento, se abordan los principales problemas previsibles desde una perspectiva puramente académica, como por ejemplo el relacionado con el alcance de los conceptos de la CREG y su valor normativo, la presunta inembargabilidad de los bienes destinados a la prestación de servicios públicos en cabeza de comunidades organizadas y el problema de la propiedad de particulares sobre activos conformantes de la red de suministro eléctrico y la salida normativa a ese conflicto (pues no debe olvidarse que los propietarios de activos de uso general, de acuerdo con la CREG, deben ser prestadores de servicios públicos domiciliarios) de modo tal que se respeten los derechos de propiedad. De cada uno de estos interrogantes surgen soluciones que lejos de zanjar las discusiones al respecto, buscan abrir el debate sobre un tema de tan capital importancia.
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Este trabajo busca realizar una aproximación general a los conceptos de salud, prestación pública del servicio de salud y de derechos fundamentales. Es especialmente necesario estudiar a profundidad lo expuesto legal, jurisprudencial y doctrinalmente sobre el Derecho a la Salud; sus principios, elementos y alcance, los cuales son en sí mismo el fundamento de la prestación de los servicios de salud. A su vez, se revisará lo relativo a la responsabilidad del Estado en la prestación de servicios de salud, teniendo en cuenta que esta responsabilidad es uno de los fines esenciales del Estado consignado en los artículos 2 y 49 de la Constitución Política de Colombia. Así mismo, en virtud del artículo 90 de la Carta Fundamental, el Estado es responsable patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables cau-sados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En tal sentido es importante conocer los escenarios en los cuales las acciones u omisiones de funcionarios y entidades estatales pueden derivar en el incumplimiento de esta obligación. En consecuencia, se analizarán los elementos de la responsabilidad Estatal que se pueden tipificar como causas de incumplimiento en la prestación de los servicios de salud, tales como la falla en el servicio, la falla presunta en el servicio y el daño antijurídico. Es importante recalcar que la responsabilidad del Estado debe ir mucho más allá de la simple doctrina; es necesario que se garantice la aplicación de los recursos y medios para asegurar el cumplimiento, ya que se trata de la preservación de derechos fundamentales y más aún de aquellos relacionados con la preservación de la vida y dignidad de las personas. En tal sentido, se indagarán los compromisos del Estado tales como el deber de regulación y los deberes de inspección, vigilancia y control de los prestadores de servicios de salud. Una vez revisado lo anterior, se discutirán las problemáticas actuales que tienen lugar en la prestación de los servicios de salud y por ende en la garantía del derecho a la salud, con el fin de identificar las situaciones de vulneración de derechos fundamentales del paciente.
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Este trabajo contribuye al análisis de la incidencia del paradigma del Desarrollo Urbano Sostenible en el proceso de toma de decisiones legislativas en Colombia, concentrándose en la discusión y definición de la agenda legislativa sobre asuntos urbanos, durante el periodo 1991-2006.
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Nova et Vetera, ISSN 1692 - 5866, Año 8 No. 5 (Febrero 25 - marzo 03 de 2013)
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Colombia y Ecuador son países que por mucho tiempo no brindaron mayor importancia al tema migratorio y sus políticas enfocadas a dicha materia fueron incipientes y con resultados poco favorables. Desde principios del siglo XXI, el tema migratorio empezó a considerarse como prioridad dentro de las agendas políticas internas de cada Estado y de ahí surge la necesidad de crear políticas migratorias capaces de dar respuesta efectiva a los nuevos flujos migratorios y de proteger a los emigrantes residentes en el exterior por medio de la garantía de sus derechos fundamentales. No obstante, los resultados en la implementación de dichas políticas varío considerablemente entre los dos países debido a la importancia que se le asignó al tema dentro de la agenda política de cada Estado, mientras que en Ecuador la migración es un considerada como una prioridad interna, para Colombia el tema migratorio sigue siendo relegado por otros temas como el conflicto armado y el desplazamiento forzado interno.
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La investigación presentada parte de la definición del derecho a una vivienda digna y cómo este se configura como un derecho social fundamental a lo largo del discurso de los derechos humanos. Posteriormente se aborda la problemática del desplazamiento forzado en Colombia como consecuencia directa de la violencia, estableciendo sus orígenes, su dinámica espacial en el país y sus consecuencias. Se pone en evidencia la masiva movilización de la población rural afectada a las áreas urbanas, identificando las principales necesidades que afrontan por causa del desarraigo al que se ven sometidos. Entre las principales necesidades identificadas está la necesidad de una vivienda digna. Consecutivamente se hace un repaso de las medidas que el Estado colombiano ha desarrollado para suplir esta necesidad, analizando el marco legal diseñado y, en particular, la respuesta dada para cumplir con las directrices impartidas por la Corte Constitucional en la Sentencia T-025 de 2004. Este repaso hace énfasis en el modelo implementado por medio del subsidio a la demanda, mostrando sus falencias. Posteriormente se analiza el nuevo modelo desarrollado por el gobierno nacional, basado en el subsidio mixto de oferta y demanda. Finalmente, el trabajo propone recomendaciones que pueden complementar el modelo actual, mediante la conformación de un triángulo de cooperación entre el Estado, el Sector Privado y la población desplazada. Se enuncian algunas propuestas tendientes a fortalecer el modelo actual del gobierno nacional en temas como el suelo, la financiación, las formas de construcción y el acceso a servicios básicos.