704 resultados para DERECHO INTERNACIONAL - INVESTIGACIONES


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Teniendo en cuenta que la reparación es un derecho con características particulares, especialmente para la infancia y la adolescencia, la presente investigación revisa los alcances del enfoque diferencial de edad en esta política en Colombia. Para cumplir este objetivo se realizó un análisis de la legislación internacional, legislación nacional actual y como un caso tipo, el Decreto de Reparación Individual Administrativa (Decreto 1290 de 2008). De esta forma, se ubica respecto a la reparación desde una visión subjetivista de los derechos humanos, entendiéndola no solo como una obligación del Estado sino como un derecho en sí mismo, y por lo tanto en este marco, revalora el enfoque diferencial de edad como un reto de la política concibiéndolo como la intencionalidad de la sociedad y el Estado de consolidar legislaciones y prácticas sociales sensibles a las subjetividades, necesidades y demandas de los niños, las niñas y los adolescentes como respuesta al principio de igualdad para incluirles como ciudadanos y superar la hegemonía del discurso adultocéntrico. De este modo, se constituye como aporte para las instituciones que tienen el deber de incluir el derecho a la reparación integral de la infancia y la adolescencia en la formulación y ejecución de la política pública y contribuye para que los niños, niñas y adolescentes sean visibilizados de manera efectiva en los mecanismos y procedimientos diseñados para tal fin en Colombia.

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La liberalización del comercio de bienes es un medio que establece la CAN para alcanzar sus objetivos de integración aún más ambiciosos, para lo cual ha estructurado un sistema supranacional con un órgano de tipo jurisdiccional independiente que solucione las controversias que surjan del Acuerdo. En la OMC su mecanismo de solución de diferencias se compone de elementos propios de la investigación internacional y de la conciliación, así como de ciertos procedimientos contenciosos. En ambos casos, la liberalización comercial tiene semejanzas, como su fin último de mejorar el nivel de vida de la población, y diferencias como el tipo de normativa que sustenta cada caso: Derecho Comunitario o Derecho Internacional. Ese marco institucional y normativo en el que se encuentra cada mecanismo analizado, permite que se haga un acercamiento de los objetivos de cada uno, que en definitiva se circunscriben a que la normativa que los respalda sea cumplida y de este modo se puedan alcanzar los objetivos del Acuerdo. Por ello, en el presente estudio se hace un análisis detallado y novedoso sobre aspectos puntuales de cada mecanismo, como su estructura, conformación, financiamiento, los legitimados para intervenir ante ellos, los procedimientos y plazos establecidos —que incluyen recuadros ilustrativos sobre el tiempo que debería tomar una controversia—, los tipos de decisiones que adopta cada órgano, los recursos que procede ante cada decisión, su fuerza vinculante y exigibilidad. Tras breves pero claras reflexiones sobre la necesidad de que una norma sea efectiva para que pueda ser eficaz, y sólo de este modo sea posible valorar su eficiencia, se llega a afirmar que no será por un excelente o mal mecanismo de solución de controversias que las normas sobre libre comercio serán reconocidas por los Estados parte, y por ende se cumplan sus objetivos. Sobre esa base se realiza un estudio detenido de la estadística que reflejan las causas tramitadas ante el TJCA y el OSD, a fin de valorar el nivel de actividad de cada uno, los tiempos promedios que tarda cada mecanismo en resolver las causas, y lo eficiente o no de cada etapa en que se lleva a cabo el procedimiento para solucionar la diferencia. También se analizan los costos promedios para acudir ante cada mecanismo, la relación porcentual entre los aportes de los países y su grado de intervención, para demostrar, por ejemplo, que habría más eficiencia si los países que contribuyen con financiarlos actúan de buena fe frente a la normativa correspondiente. También se valora la calidad e importancia de las decisiones y pronunciamientos emitidos por el TJCA y el OSD, a fin de medir sus costos políticos y sociales. De este modo podemos extraer criterios que miran al fiel cumplimiento de la norma como única solución a los conflictos que se presentan, y otros que buscan restablecer la reciprocidad de intereses potencialmente afectada ante lo cual sólo caben acuerdos políticos. Ello permite concluir que si la liberalización comercial viene a ser un elemento para alcanzar un grado de integración que trascienda el libre flujo de bienes entre dos o más países, es oportuno adoptar un auténtico mecanismo de tipo jurisdiccional de solución de controversias. Si el acuerdo comercial no persigue ese tipo de integración, se deberían prever mecanismos de solución de controversias que busquen alcanzar cierta equidad entre lo preceptuado en la norma y las necesidades comerciales del momento y caso concretos.

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Este artículo analiza la supremacía de la Constitución, en el escenario boliviano, frente al resto de las normas que integran el ordenamiento jurídico. Se estudia de manera particular a los tratados internacionales –en particular aquellos que forman parte del Derecho Internacional de los Derechos Humanos– en relación al debate sobre su jerarquía en el ordenamiento jurídico boliviano y, en particular, frente a la Constitución. Finalmente, se precisa la jerarquía que le corresponde a las normas propias de los pueblos indígenas, originarios y campesinos en el ordenamiento jurídico boliviano.

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El Fondo Noruego del Petróleo es un fondo constituido para salvaguardar los ingresos de la explotación de los recursos naturales no renovables para las futuras generaciones. Es utilizado como un Fondo de macro estabilización, y sus recursos son manejados de forma tal, que no afectan la economía interna. Este Fondo en la actualidad es un ejemplo mundial de eficiencia, transparencia y de políticas inteligentes, sobretodo para las economías productoras de petróleo que dependen enteramente del mismo y de los vaivenes de la economía mundial. En esta tesis haremos un estudio del FONDO, sus políticas y gerencia; veremos en que invierte para asegurar bajo riesgo y altas ganancias. Asimismo acompañaremos la investigación con las políticas utilizadas para el manejo de los recursos del FONDO las cuales han probado ser exitosas. En Venezuela como país petrolero mono productor, es necesario un mecanismo que salvaguarde los ingresos para el futuro, y que transforme los actuales en un beneficio verdadero para la población. Brevemente analizaremos la realidad venezolana como campo fértil para la adaptación del FONDO y veremos los beneficios que puede traer este al país. Considero esta investigación un gran aporte, ya que poco a poco el petróleo se esta agotando, la dependencia de este en el mundo es cada vez menor y nuestros lideres por años han demostrado incapacidad en el manejo de estos recursos.

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El presente trabajo pretende ser una guía de orientación para el enriquecimiento de la ciencia jurídica, dirigido hacia la instrumentalización de una ley de economía solidaria, tomando en cuenta que el Preámbulo y el Art. 242 de nuestra Constitución la enuncian como un principio que rige la economía social de mercado; y, la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios por parte de la Iniciativa Privada como un principio modernizador de la esfera estatal; de tal manera que se constituya en un posible instrumento eficaz de desarrollo económico y social que conlleve a la solución de los problemas de la sociedad ecuatoriana. Dividimos la investigación en cuatro capítulos: En el Capítulo I se analizan los derechos y los principios económicos constitucionales que rigen a los países integrantes de la Comunidad Andina de Naciones, principalmente: el derecho a la propiedad privada y su función social, el derecho a la libre competencia, el derecho a la libertad de empresa, y el principio de la solidaridad económica. Los objetivos de la economía social de mercado contemplados en las constituciones andinas. En el Capítulo II se realiza un estudio sobre los orígenes remotos y próximos de la economía solidaria, así como los fundamentos del cooperativismo a nivel nacional e internacional. En el Capítulo III se establece un marco conceptual referencial sobre la necesidad de instrumentalizar una ley de economía solidaria, estableciendo su objeto, principios, fines y organización. Por otro lado, se describen los parámetros para la creación de un fondo de fomento y de una Superintendencia de economía solidaria. Finalmente, en el Capítulo IV arribamos al establecimiento de conclusiones y recomendaciones.

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El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo central evaluar con base en el estudio de la doctrina, el derecho comparado, y los pronunciamientos de órganos competentes, el avance de la materia de competencia desleal en las legislaciones internas de los países miembros de la CAN. De manera especial, se buscó determinar la situación de la legislación ecuatoriana, y proponer pautas para la instauración de un régimen integrado y eficiente de protección contra prácticas desleales de mercado. Los asuntos específicos de competencia desleal vinculados con el comercio exterior, como el dumping y las subvenciones, no fueron parte de este trabajo, ya que presentan particularidades que requieren un tratamiento independiente. Para alcanzar los objetivos propuestos, el contenido de esta investigación se distribuyó de la siguiente manera: El Capítulo I se concentró en aspectos introductorios, con el fin de establecer el sustento teórico con base en el cual se desarrollaría el trabajo. El análisis empezó por la revisión de las disposiciones relevantes para la materia que integran la Constitución económica dentro de los países que conforman la Comunidad Andina de Naciones -CAN-. Posteriormente, se arribó a una definición personal sobre competencia desleal, previo el estudio de referentes doctrinarios y legales, y se analizó el tema de la cláusula general. Finalmente, se establecieron los puntos de conexión entre la disciplina que estudia la competencia desleal y otras ramas jurídicas. El Capítulo II, se refirió concretamente al tratamiento que de los actos típicos de competencia desleal se hace en las legislaciones internas de los países de la CAN, con el objetivo de determinar las fortalezas y debilidades de las disposiciones sobre el tema. La tipología revisada fue la siguiente: actos de confusión; actos de engaño; actos de descrédito; actos de sustracción y explotación de secretos; actos de explotación de la reputación ajena; actos de imitación; actos de comparación; actos de desorganización; violación de normas; y, otros, como las ventas agresivas. El Capítulo III estudia las acciones franqueadas por ley para la defensa contra los actos de competencia desleal. Para el efecto, se analizaron las acciones civiles, administrativas y penales. En el desarrollo de este análisis, se trataron temas como pretensiones admisibles, legitimación activa; diligencias preliminares; y, medidas cautelares. Finalmente, el Capítulo IV contiene una sistematización de las conclusiones y recomendaciones obtenidas en cada uno de los capítulos precedentes. Por otro lado, se ha incorporado una sección de Anexos, contentiva de cuadros comparativos de las disposiciones legales de los países de la subregión con relación a cada uno de los temas estudiados.

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La presente tesis se ocupa del análisis de la normativa vigente en el Ecuador sobre la Firma Electrónica y su régimen de aplicación. Con el objeto de determinar la problemática actual en la estructura de la normativa en el tratamiento de la Firma Electrónica y, si se encuentra acorde con la normativa internacional. En esta investigación se analiza la Firma Electrónica, teniendo como referencia la firma digital; se examina también la criptografía, rama de las matemáticas, que utilizando fórmulas o algoritmos transforma mensajes ininteligibles a su forma original, siendo la criptografía asimétrica la empleada para crear firmas digitales a través de la utilización de claves. Para su funcionamiento la Firma Electrónica necesita la utilización de los denominados certificados de Firma Electrónica, y la intervención de una tercera parte de confianza o conocida como entidad de certificación. Finalmente tenemos el estudio de los organismos encargados de la promoción, difusión de los servicios electrónicos, de regulación y control de las entidades de certificación. Lo anteriormente expresado se desarrolla en tres capítulos. El capítulo primero sobre La Firma Electrónica. El capítulo segundo que trata sobre el certificado de Firma Electrónica y entidades de certificación de información. El capítulo tercero relativo a los organismos como el COMEXI, CONATEL y la Superintendencia de Telecomunicaciones.

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Dentro de las tendencias actuales de cambio e innovación, el Ecuador debe lograr los mejores acuerdos dentro de las negociaciones y el comercio internacional. Con el propósito de entrar en un proceso modernizador y disminuir los problemas de la aduana del país se concesionó a las empresas verificadoras la verificación y el aforo físico en la importación de mercancías. Empresas que debían implementar guías de control trayendo el orden y la eficiencia a la aduana nacional. A los diez años de ésta concesión, diversos criterios cuestionan la eficiencia de su servicio, por lo que nos preguntamos si aún es necesario contar con el servicio de estas empresas, o si el Estado es el indicado para tomar las riendas de este trabajo. Luego de realizar consultas, encuestas y entrevistas a actores relacionados al servicio de las verificadoras y analizar los resultados del servicio de estas empresas en otros países de la región, se reafirma la opción de que el Estado termine el contrato con las verificadoras. Se propone crear una institución autónoma de derecho público, que ponga tarifas reducidas, que incremente las arcas fiscales, que implemente nuevas tecnologías, que ofrezca servicios de calidad, tarifas equitativas, celeridad, eficiencia y la participación de profesionales capacitados. Esperamos que en base al estudio realizado, el gobierno considere la creación de la Dirección Nacional de Aforo (DNA).

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El interés sobre la propiedad privada de bienes intangibles se relacionó, inicialmente, con la industria metalmecánica, electrónica y química; en la actualidad, se lo asocia, además, con la industria biotecnológica. La evolución en la investigación de la biotecnología exigió al derecho un reconocimiento por el esfuerzo y tiempo empleado, mediante una patente de invención. De esta manera, poco a poco, se ha ido introduciendo la posibilidad de patentar invenciones que contengan materia viva en el tema de propiedad industrial. En el ámbito internacional, con la firma del Convenio de la Unión de París (1883), se marcó la primera intención de los países de unificar la norma referida a la propiedad industrial. En 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), se obligó, a todos los Estados miembros de la OMC, a modificar sus normas internas y otorgar las protecciones mínimas en función de los ADPIC. De esta manera, se abrió la posibilidad de considerar la patentabilidad de la materia viva en el ordenamiento internacional. La línea divisora, que considera la patentabilidad o no, ya no recae en la distinción entre materia viva y materia no viva. Hoy en día, el derecho se haya sumido en una gran perplejidad ante la posibilidad de patentar productos de origen natural e incluso organismos vivos. Para tal efecto, ha mantenido los requisitos de patentabilidad y ha diferenciado lo que corresponde a materia viva existente en la naturaleza de lo que se define como materia aislada o producto obtenido por un procedimiento tecnológico. Abierta la posibilidad de patentar seres vivos, los países desarrollados comenzaron a sentar jurisprudencia en este sentido. Al mismo tiempo, los países en desarrollo cuestionaron y crearon una polémica en relación a estos derechos intelectuales, porque vieron afectados sus intereses y, de esta manera, limitarían las pretensiones de una protección más amplia respecto al tiempo y la materia patentable: actual tendencia de los países desarrollados. Situación que se analiza en esta tesis dentro del marco normativo actual de la Comunidad Andina.

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Los propósitos y contenidos de esta investigación son concretamente analizar las causas que justifican la necesidad de protección jurídica al consumidor, la visión, evolución y ubicación de este derecho, los medios de protección jurídica al consumidor en el Ecuador, con una breve referencia a los mismos en la Comunidad Andina. Adicionalmente esta investigación trata de establecer lineamientos generales para la implementación de un sistema de arbitraje de consumo en Ecuador. Si bien los medios para el alcanzar justicia en materia de defensa del consumidor son muy variados, e implican -entre varios temas- la adopción de políticas generales como la educación e información al consumidor1, prevención de litigios, sistemas de resolución judiciales y extrajudiciales, etc. esta investigación se centra en la estructura procesal de estos últimos, establecidos en la vigente Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, y del arbitraje, regulado en la Ley de Arbitraje y Mediación2, sin omitir una necesaria definición del Derecho material, estudiado breve e introductoriamente en el primer capítulo, en el que además se analiza las razones de una protección jurídica al consumidor y usuario, la evolución conceptual y definición de este novel derecho. Si bien la investigación pretende analizar desde una perspectiva jurídica un derecho específico, también intenta no abstraerse de realidades sociales y económicas que demandan una intervención más participativa y democrática de la sociedad en la construcción de la justicia. En el capítulo II se realiza una evaluación de los medios procesales de protección al consumidor en el Ecuador y la protección constitucional del consumidor básicamente. Por lo señalado, el trabajo se enmarca en el Derecho sustantivo-procesal de defensa del consumidor, sin prescindir de definiciones básicas y generales. Finalmente, este trabajo busca exponer e incentivar la necesidad de profundizar en el estudio, crítica y perfeccionamiento del tema en nuestra realidad jurídica, comparándola con la de otros países de la Comunidad Andina, (Bolivia, Colombia, Perú y Venezuela). Ya en el ámbito europeo, tomaremos al arbitraje de consumo español como ejemplo exitoso, demostración y justificación de la hipótesis del presente trabajo, y el caso argentino, como experiencia en Latinoamérica.

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El principal objetivo de esta investigación es la recomendación de un acuerdo comercial entre la República Dominicana y Haití con el interés de disminuir el comercio ilícito que durante años persiste en ambas naciones e impulsar el crecimiento y fortalecimiento de sus relaciones comerciales. Para llevar a cabo estos objetivos, hemos analizado el régimen comercial actual de los dos países, con el fin de demostrar el gran potencial que representa el mercado haitiano para la República Dominicana; no sólo por la cercanía geográfica que le permite el menor costo en las relaciones comerciales sino por la demanda de productos dominicanos que requiere Haití para cubrir el déficit económico de su población. Cabe destacar que se examinan ampliamente los principales problemas de la República Dominicana que impiden fortalecer el intercambio comercial con el vecino país de Haití, como son los atavismos políticos del pasado y la inmigración ilegal haitiana. Prejuicios históricos que no han permito reconocer que ambos países son un sólo y único espacio económico y sobre el cual no se ha intentado nunca un acuerdo comercial. También se hizo necesario analizar el contexto político-actual de la República Dominicana y Haití, con el objetivo de demostrar que las nuevas posiciones políticas son las que marcan una nueva era de acercamiento comercial entre estos dos países, propicia para llevar a cabo nuestra propuesta “la suscripción de un acuerdo comercial”.

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La presente tesis tiene como propósito analizar el tema del bilateralismo surgido en América Latina a partir de los años ochenta, pero especialmente el de los noventa, para lo cual, se ofrece información teórica general sobre la integración, su clasificación, enfoques, entre otros datos que nos ayudan a posicionarnos mejor en este ámbito. Además, la finalidad es analizar como y porqué surgen estos acuerdos, los mismos que han generado consecuencias en el ámbito jurídico en lo relacionado a dentro de qué rama del Derecho se lo ubica, si en el derecho Internacional o en el Derecho Comunitario, en lo que tiene que ver con la solución de controversias o responsabilidad internacional de los Estados. La suscripción de acuerdos bilaterales es vista en referencia a la integración subregional, dentro de lo cual se analiza la diversidad de normas que surgen lo que puede llegar a crear dificultades de aplicación o de cumplimiento, frente a todo ello, luego se hace referencia a la soberanía o derecho que tienen los Estados para suscribir acuerdos internacionales. Todo lo anotado, en vinculación con sus efectos en la Comunidad Andina de Naciones.

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El Capítulo 1 referente a Nociones Generales de Propiedad Intelectual y de Empresa, es un extracto de las formas de protección de los programas de ordenador, en especial de los derechos de autor. Se pone real énfasis al desarrollo de la ciencia y la tecnología en este capítulo ya que constituye un pilar fundamental para que el desarrollo de la protección legal de software se dé. El Capítulo II recoge información sobre legislación tanto en el ámbito nacional como internacional. En el presente capítulo se hace un análisis general de la legislación, de los procedimientos legales utilizados en el Ecuador, englobando, además, nuevas formas internacionales de aplicación para la protección de software que no consta en la Ley ecuatoriana y que representan una novedad para el contexto nacional. Siguiendo el orden, el Capítulo III, con título Programas de Ordenador en el Ecuador, hace referencia a la creación del software en pasos sistemáticos a seguir. El procedimiento para crear un programa de ordenador, debe realizárselo según ciertos parámetros que serán la guía para obtener un resultado. Los Mecanismos alternativos de Protección de los Programas de Ordenador en el Ecuador, contenidos en el Capítulo IV, son fundamentales en este mundo de constante cambio ya que a falta de una protección completa por el efecto legal, los empresarios y creadores de software han intentado por cuenta propia dotarse de mecanismos que les permitan tener un control más cerrado y efectivo del software que ellos producen, con el objeto de impedir la piratería y pérdidas por efecto de ella. En función de determinar los costos para la creación de software se ha analizado de manera general, en el Capítulo V, lo que puede costar realizar un determinado programa (aplicación) y del efecto que este produce en el contexto global (PNB). Por último, el Capítulo VI, constituye un estudio de los efectos de la globalización en el campo del software. Es inquietante conocer los efectos que ella, la globalización, puede conllevar en una economía pequeña como la nuestra, la influencia de organismos poderosos y de los posibles cambios en el ámbito legal y tecnológico que pueden darse, tanto nacional como internacionalmente. Puede que esta situación sea preocupante en un futuro, dependiendo del ambiente y su desarrollo.