936 resultados para Poder legislativo, responsabilidade, Brasil


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En este trabajo se analiza la dinámica política que acompañó a la denominada 'Segunda Privatización de YPF' desde la sanción de la ley que autorizó la venta de las acciones en manos del Estado hasta la compra de YPF S.A. por Repsol a mediados de 1999. Se presentan brevemente los antecedentes de la política petrolera hasta 1995 y se reconstruye a partir de fuentes periodísticas y parlamentarias el proceso político que culminó en la venta de YPF S.A., identificando a los diferentes actores en juego. Luego se realiza un análisis que traza de manera hipotética líneas teóricas acerca de las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo por un lado y entre el Estado y otros grupos sociales domésticos y externos por otro. En el primer caso se considera necesario tener en cuenta los recursos que posee el Ejecutivo, el grado de disciplina partidaria del oficialismo, el grado de poder relativo de la oposición y la forma en que ambos visualizan el costo político de sus acciones. En el segundo caso se considera que una perspectiva analítica que mantenga un énfasis en la autonomía del Estado es la más adecuada para llevar adelante el análisis. En el caso de la venta de YPF S.A. se observa que el estado mantiene la iniciativa, sin embargo, su amplio margen de maniobra pudo deberse en parte a cambios operados en los grupos económicos que operaban en el sector petrolero. Finalmente, todo el análisis se enmarca en un nivel más general que tiene que ver con el funcionamiento del modelo económico en su conjunto y con las posibilidades de acción que se presentan sin que el mismo se vea afectado seriamente

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En este trabajo se analiza la dinámica política que acompañó a la denominada 'Segunda Privatización de YPF' desde la sanción de la ley que autorizó la venta de las acciones en manos del Estado hasta la compra de YPF S.A. por Repsol a mediados de 1999. Se presentan brevemente los antecedentes de la política petrolera hasta 1995 y se reconstruye a partir de fuentes periodísticas y parlamentarias el proceso político que culminó en la venta de YPF S.A., identificando a los diferentes actores en juego. Luego se realiza un análisis que traza de manera hipotética líneas teóricas acerca de las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo por un lado y entre el Estado y otros grupos sociales domésticos y externos por otro. En el primer caso se considera necesario tener en cuenta los recursos que posee el Ejecutivo, el grado de disciplina partidaria del oficialismo, el grado de poder relativo de la oposición y la forma en que ambos visualizan el costo político de sus acciones. En el segundo caso se considera que una perspectiva analítica que mantenga un énfasis en la autonomía del Estado es la más adecuada para llevar adelante el análisis. En el caso de la venta de YPF S.A. se observa que el estado mantiene la iniciativa, sin embargo, su amplio margen de maniobra pudo deberse en parte a cambios operados en los grupos económicos que operaban en el sector petrolero. Finalmente, todo el análisis se enmarca en un nivel más general que tiene que ver con el funcionamiento del modelo económico en su conjunto y con las posibilidades de acción que se presentan sin que el mismo se vea afectado seriamente

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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.

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En este trabajo se analiza la dinámica política que acompañó a la denominada 'Segunda Privatización de YPF' desde la sanción de la ley que autorizó la venta de las acciones en manos del Estado hasta la compra de YPF S.A. por Repsol a mediados de 1999. Se presentan brevemente los antecedentes de la política petrolera hasta 1995 y se reconstruye a partir de fuentes periodísticas y parlamentarias el proceso político que culminó en la venta de YPF S.A., identificando a los diferentes actores en juego. Luego se realiza un análisis que traza de manera hipotética líneas teóricas acerca de las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo por un lado y entre el Estado y otros grupos sociales domésticos y externos por otro. En el primer caso se considera necesario tener en cuenta los recursos que posee el Ejecutivo, el grado de disciplina partidaria del oficialismo, el grado de poder relativo de la oposición y la forma en que ambos visualizan el costo político de sus acciones. En el segundo caso se considera que una perspectiva analítica que mantenga un énfasis en la autonomía del Estado es la más adecuada para llevar adelante el análisis. En el caso de la venta de YPF S.A. se observa que el estado mantiene la iniciativa, sin embargo, su amplio margen de maniobra pudo deberse en parte a cambios operados en los grupos económicos que operaban en el sector petrolero. Finalmente, todo el análisis se enmarca en un nivel más general que tiene que ver con el funcionamiento del modelo económico en su conjunto y con las posibilidades de acción que se presentan sin que el mismo se vea afectado seriamente

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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.

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Inclui notas explicativas e bibliográficas.

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Nos Estados republicanos modernos, o sistema de freios e contrapesos é um dos modelos institucionais responsável por assegurar o equilíbrio entre os Poderes e prevenir abusos por parte dos governantes. Dois questionamentos podem ser encontrados na literatura brasileira sobre o tema e fundamentam esta Dissertação: um geral sobre o suposto poder excessivo que o nosso sistema político confere ao Poder Executivo e outro, específico, de que nesse contexto, o veto teria um papel central na supremacia do presidente da república sobre o Congresso Nacional no âmbito do processo legislativo. Partindo dessas premissas, a pesquisa avalia se essas características estão condizentes com as expectativas e o desenho institucional proposto para o Estado brasileiro pela Assembleia Nacional Constituinte ANC de 1987. Com base nos anais da ANC e em referências históricas, conclui-se que, ao menos no tocante ao instituto do veto presidencial, o modelo de preponderância do Poder Executivo observado no processo legislativo decorreu de uma opção deliberada e reafirmada pela elite política em 1988, quando da promulgação da Constituição.

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The laws of each year are published in 2 parts, entitle "Atos do poder legislativo" and "Atos do poder exectutivo" respectively.

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Tesis de la Universidad Central (Madrid), Facultad de Derecho, leída el 06-02-1860.

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El presente tomo es una recopilación de una serie de leyes y se dividen en: la Constitución, Leyes Constitutivas y Ley De Extranjería Reformada, Asamblea Nacional, Ministerio General, Ramo de Relaciones Exteriores, Ramo de Justicia, Ramo de Instrucción Pública, Ramo de Beneficencia

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En vista de la necesidad de conocer a fondo el Principio de Especialidad Presupuestaria contemplado en el Art.131 inciso 8o de la Constitución de la República de El Salvador, que es un derivado del principio de legalidad cuyo objeto a su nacimiento es el de ejercer el control sobre la creación aprobación y ejecución del gasto público. Conforme a la disposición antes mencionada consiste en que los gastos que en el presupuesto se consignan no debe aprobarse en forma global, es decir que el gasto público debe someterse a las restricciones que la Ley establece. La Ley Orgánica de Presupuestos desarrolla el precepto constitucional definiendo el Art. 3 literal C, así: "Asignaciones son las autorizaciones concedidas por el poder legislativo para que puedan emplearse los dineros públicos en la satisfacción de las necesidades del Estado dentro de un ejercicio. Dichas autorizaciones señalan el límite máximo que puede gastarse y su finalidad." En base a las sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional con referencia 9-2014, 15-2011-38-2011, 1-2010-27-2010-28-2010, en las que declara la inconstitucionalidad sobre las denominada "Partida Gasto Imprevisto", "Partida Secreta" y "Transferencia de Fondos"; aclarando que en esta última se refiere a la que se ejercía en las distintas ramas del Estado. Que la declaración de inconstitucionalidad fueron emitidas con base a lo que establece el Artículo 131 ordinal 8 de la Constitución de la República de El Salvador y serán analizadas para su respectiva interpretación, pues no ha sido desarrollado a profundidad las características de dicho principio, del que surge el cumplimiento de la Ley del Presupuesto para cada año fiscal.

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Esta monografía busca analizar la figura de la soberanía estatal en el marco del Régimen Internacional de DDHH a través del caso de derogación de Leyes de Amnistía en Perú por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Así, se pretende identificar la afectación de la soberanía del Estado peruano como consecuencia de la declaración de incompatibilidad y carencia de efectos jurídicos de las leyes de amnistía por parte de la Corte Interamericana, en la sentencia Barrios Altos c. Perú. En ese sentido, estudiando el concepto de soberanía estatal, en particular en la rama del poder legislativo, y su relación con las instituciones internacionales de carácter interestatal como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, podremos señalar cómo las decisiones de la Corte limitan el poder soberano de los Estados.

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Las enfermedades huérfanas en Colombia, se definen como aquellas crónicamente debilitantes, que amenazan la vida, de baja prevalencia (menor 1/5000) y alta complejidad. Se estima que a nivel mundial existen entre 6000 a 8000 enfermedades raras diferentes(1). Varios países a nivel mundial individual o colectivamente, en los últimos años han creado políticas e incentivos para la investigación y protección de los pacientes con enfermedades raras. Sin embargo, a pesar del creciente número de publicaciones; la información sobre su etiología, fisiología, historia natural y datos epidemiológicos persiste escasa o ausente. Los registros de pacientes, son una valiosa herramienta para la caracterización de las enfermedades, su manejo y desenlaces con o sin tratamiento. Permiten mejorar políticas de salud pública y cuidado del paciente, contribuyendo a mejorar desenlaces sociales, económicos y de calidad de vida. En Colombia, bajo el decreto 1954 de 2012 y las resoluciones 3681 de 2013 y 0430 de 2013 se creó el fundamento legal para la creación de un registro nacional de enfermedades huérfanas. El presente estudio busca determinar la caracterización socio-demográfica y la prevalencia de las enfermedades huérfanas en Colombia en el periodo 2013. Métodos: Se realizó un estudio observacional de corte transversal de fuente secundaria sobre pacientes con enfermedades huérfanas en el territorio nacional; basándose en el registro nacional de enfermedades huérfanas obtenido por el Ministerio de Salud y Protección Social en el periodo 2013 bajo la normativa del decreto 1954 de 2012 y las resoluciones 3681 de 2013 y 0430 de 2013. Las bases de datos obtenidas fueron re-categorizadas en Excel versión 15.17 para la extracción de datos y su análisis estadístico posterior, fue realizado en el paquete estadístico para las ciencias sociales (SPSS v.20, Chicago, IL). Resultados: Se encontraron un total de 13173 pacientes con enfermedades huérfanas para el 2013. De estos, el 53.96% (7132) eran de género femenino y el 46.03% (6083) masculino; la mediana de la edad fue de 28 años con un rango inter-cuartil de 39 años, el 9% de los pacientes presentaron discapacidad. El registro contenía un total de 653 enfermedades huérfanas; el 34% del total de las enfermedades listadas en nuestro país (2). Las patologías más frecuentes fueron el Déficit Congénito del Factor VIII, Miastenia Grave, Enfermedad de Von Willebrand, Estatura Baja por Anomalía de Hormona de Crecimiento y Displasia Broncopulmonar. Discusión: Se estimó que aproximadamente 3.3 millones de colombianos debían tener una enfermedad huérfana para el 2013. El registro nacional logró recolectar datos de 13173 (0.4%). Este bajo número de pacientes, marca un importante sub-registro que se debe al uso de los códigos CIE-10, desconocimiento del personal de salud frente a las enfermedades huérfanas y clasificación errónea de los pacientes. Se encontraron un total de 653 enfermedades, un 34% de las enfermedades reportadas en el listado nacional de enfermedades huérfanas (2) y un 7% del total de enfermedades reportadas en ORPHANET para el periodo 2013 (3). Conclusiones: La recolección de datos y la sensibilización sobre las enfermedades huérfanas al personal de salud, es una estrategia de vital importancia para el diagnóstico temprano, medidas específicas de control e intervenciones de los pacientes. El identificar apropiadamente a los pacientes con este tipo de patologías, permite su ingreso en el registro y por ende mejora el sub-registro de datos. Sin embargo, cabe aclarar que el panorama ideal sería, el uso de un sistema de recolección diferente al CIE-10 y que abarque en mayor medida la totalidad de las enfermedades huérfanas.