976 resultados para Plan Director Urbano, Municipalidad de San José


Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

El Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, fue ideado con la finalidad de cumplir con la insoslayable labor de promover y proteger los derechos de la persona humana en el continente americano, en el marco de los instrumentos internacionales especializados suscritos y ratificados a tal efecto. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (La Corte), como órgano principal del Sistema Interamericano, tiene a su cargo la misión de determinar la responsabilidad internacional de los Estados partes del Pacto de San José, en materia de violación de derechos humanos, pero más allá de eso tiene la importantísima labor de disponer reparaciones justas y adecuadas para las víctimas de tales violaciones. Cuando las víctimas son comunidades indígenas, surgen grandes dilemas relacionados con la aplicación de los principios y preceptos sobre los cuales se cimienta la doctrina internacional de los derechos humanos, y en consecuencia con las bases mismas del Sistema Interamericano, con sus pretensiones de universalidad, frente a las especiales características culturales e identitarias de los pueblos originarios. Estos dilemas se extienden a la fase de reparaciones en la Corte que, una vez que ha determinado la responsabilidad del Estado por incumplimiento de sus obligaciones convencionales, dispondrá una reparación en virtud de los daños sufridos por las víctimas; de lo anterior surgen varias interrogantes ¿Cómo puede aplicar la Corte un enfoque de diversidad en las reparaciones a comunidades indígenas? ¿Al aplicar un enfoque de diversidad a los casos de comunidades indígenas, estaría legitimando la Corte la doctrina del relativismo cultural? ¿La aplicación de criterios de diversidad permite que la Corte disponga reparaciones justas y adecuadas? Estas interrogantes, y el debate que suponen, guiarán el análisis que desarrollaré en las líneas siguientes, en las que la diversidad, los pueblos indígenas y el desarrollo del Sistema Interamericano, en cuanto a las reparaciones, constituyen ideas centrales.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Presenta las reseñas de los siguientes libros: Robert Cooter y Thomas Ulen, DERECHO Y ECONOMÍA, México, Fondo de Cultura Económica, 2002, segunda reimpresión, 686 pp. -- Robert Cooter, Ugo Mattei, Pier Giuseppe Monateri, Roberto Pardolesi, Thomas Ulen, Il. MERCATO DELLE REGOLE, ANALISI ECONÓMICA DEL DIRITTO CIVILE, Bologna, II Mulino, 2001, 488 pp. -- Diego Valadés, PROBLEMAS CONSTITUCIONALES DEL ESTADO DE DERECHO, Buenos Aires, Astrea, 2004, segunda edición, 157 pp. -- Instituto Interamericano de Derechos Humanos / Centro para la Justicia y el Derecho Internacional, Los DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES: FORTALECIENDO SU PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN INTERNACIONAL, San José, IIDH, 2004, 203 pp. -- Carlo Guamieri y Patrizia Pederzoli, LOS JUECES y LA POLÍTICA. PODER JUDICIAL y DEMOCRACIA, trad. Miguel Ángel Ruis de Azua, Madrid, Taurus, 1999, 209 pp.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Desde una perspectiva que pone énfasis en el logro de resultados y sus obstáculos, este artículo analiza la evolución del proceso del ALCA. Para ello, Bouzas y Svarzman dividen el análisis en cuatro momentos: l. Desde la Primera Cumbre Presidencial (Miami, 1994) hasta la segunda (Santiago, 1998).2. El período que se inicia y termina entre las reuniones ministeriales de San José y Toronto. 3. Desde la reunión de Toronto hasta el encuentro ministerial de Buenos Aires y la Tercera Cumbre Presidencial de Quebec. 4. Y un último momento que empezó en Quebec y que se cerrará con la culminación de las negociaciones en el año 2005.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Venezuela desde la década de 1960 cuando se iniciaban los gobiernos democráticos, el de Pacto de Punto Fijo, ha tenido una política exterior muy activa, en un principio se basó en promover como modelo político la democracia representativa en América Latina, a través de la OEA, con el uso del petróleo como una herramienta de esta política exterior, igualmente realizó contactos con países productores de petróleo para formar la Organización de Países Exportadores de petróleo (OPEP), la formación de programas de cooperación como fue el acuerdo de San José en el cual entre México y Venezuela se comprometían a vender petróleo con precios preferenciales a países de Centroamérica y El Caribe. El país se ha considerado como andino, amazónico, caribeño y occidental. Es por ellos que en los 1970’s el país fue activo en cuanto a las relaciones con los países del tercer mundo en grupos como los No Alineados, en los 80 y 90, este perfil bajó; pero a partir de 1999 con la llegada de Chávez al poder se da el desplazamiento de los actores que habían estado presentes en el escenario político desde 1959, la política exterior venezolana continuó siendo activista con el petróleo como su mecanismo de promoción, sólo que ahora es la democracia participativa, y mantiene varios esquemas de cooperación energética y solidaridad como Petrocaribe con varios países de Centroamérica y el Caribe, siendo esta región la mayor receptora de ayuda en energía que otorga Venezuela. Hasta ahora la ayuda consta solo de proveer crudo y derivados, muchos de los proyectos que anuncia el gobierno venezolano a través de Petrocaribe están por concretarse aún; de igual manera Nicaragua y Cuba son los mayores beneficiarios de la ayuda venezolana.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Este trabajo investiga sobre la ejecución de las sentencias dictadas en contra del Ecuador por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, configurado como un mecanismo supletorio al que se recurre si los órganos, instituciones y poderes de un Estado no cumplen su función de garantizar la vigencia de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), cuya jurisdicción es reconocida por el Ecuador. Se estudia los contenidos de la tutela judicial efectiva entre los cuales se encuentra la ejecución de la sentencia y los obstáculos que se presentan en el momento de ejecutar la sentencia, buscando de esta manera responder la siguiente pregunta ¿Qué mecanismos procesales existen para obligar al Estado a cumplir las sentencias? De esta manera se busca conocer si la falta de ejecución de la sentencia total o parcial constituye vulneración al derecho de tutela judicial efectiva por parte del Estado ecuatoriano, afectando nuevamente a las víctimas o sus familiares, ya que al no ejecutarse la sentencia tampoco se procede a la reparación integral.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador: