809 resultados para Etnografía de la justicia


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La parte medular de esta tesis es el estudio de la legitimación en los procesos judiciales y constitucionales que se promueven para la defensa de los derechos colectivos. La legitimación ordinaria es una cualidad derivada de la relación de titularidad del derecho subjetivo o de la obligación, que permite a una persona formular una pretención o contradecirla, en un caso concreto. Las teorías sobre esta materia se dividen en una de corte clásico, según la cual la legitimación nace de la titularidad real de la relación sustancial, y otras de corte moderno, según las cuales existe legitimación, con sólo afirmar esa titularidad, aunque a fin del proceso se establezca que ella no existía. El optar por una o por otra, influye en el tipo de resolución que debe adoptar el juez, sobre todo frente a la falta de legitimación. Respecto de los derechos colectivos, estudiamos los aspectos necesarios para comprender que su presencia ha motivado el aparecimiento de nuevos conceptos procesales o su modificación, entre ellos, el de la legitimación, cuyo ejercicio da origen a un proceso colectivo. Finalmente estudiamos en detalle la legitimación para la tutela de los derechos colectivos. Nos referimos a que ha sido necesario ampliar la noción clásica del concepto para permitir un real acceso a la justicia, en pos de la tutela de esos derechos, sin que, para tener legitimación, haga falta hacer una afirmación de titularidad o invocar una afectación directa. Analizamos quiénes serían los legitimados, con especial referencia a nuestro país, ilustrando los temas con casos resueltos, tanto por la justicia ordinaria como por la justicia constitucional.

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Vivimos en una sociedad de consumo por excelencia, en las que las leyes de mercado funcionan medianamente; En el Ecuador por no existir una Ley de Competencia que permitiría al mercado por si mismo regular la cantidad, los precios así como la calidad de los productos, se han consolidado prácticas atentatorias del libre mercado por parte de las empresas, permitiéndose un margen de acción sin control a los proveedores en desmedro de los derechos del consumidor. Esta tesis pretende mostrar la problemática del ejercicio de los derechos del consumidor en el Ecuador, o dicho de otra manera, la reparación de los derechos violados a los consumidores por parte de los proveedores, traducido como el acceso a la justicia de los consumidores. Tomaremos como punto de estudio el procedimiento para juzgamiento y sanción de las infracciones, como una de las formas de reparación de los derechos de los consumidores; estudiaremos tres casos prácticos sobre la base de juicios por infracción a la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor; analizaremos cómo el procedimiento actual no permite un pleno acceso a la justicia de los consumidores y por consiguiente la reparación de sus derechos, impidiendo el ejercicio de los derechos de los consumidores en nuestro país, que a pesar de contar con una ley adecuada que contiene parámetros y principios internacionales de defensa del consumidor, ésta se queda al final en letra muerta. Luego propondremos cambios a la 5 actual Ley Orgánica del Consumidor, que a nuestro juicio mejorarán el sistema de reparación de los derechos de los consumidores.

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La presente investigación tiene como propósito principal el determinar de forma fehaciente si la Acción de Amparo hoy denominada Acción de Protección es o no mal utilizada por parte de los sujetos que han planteado la antes prenombrada acción como medida de protección o amparo a la vulneración de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y que estos actos u omisiones se hayan derivado de cualquier autoridad pública no judicial o cuando existan políticas públicas que nieguen o restrinjan el goce de los derechos reconocidos en la Constitución. Uno de los problemas más recurrentes que existe dentro del tema planteado es que, quienes han utilizado la acción de amparo como medio de reparación frente a la vulneración de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, primero han optado por esta vía, la cual sin lugar a dudas se encuentra estipulada tanto en la anterior Constitución en su artículo 95, como en la actual Constitución en su artículo 88 lo cual permite a cualquier ciudadano en uso de sus Derechos Constitucionales accionar el órgano jurisdiccional competente y ejercer la correspondiente acción en pos de la protección de sus derechos. Más sucede que la legislación ecuatoriana en lo que tiene que ver con la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, así como a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, estipulan dentro de su normativa los lineamientos y procedimientos que se deben ejecutar, cuando se haya omitido o actuado de forma arbitraria por parte de una autoridad pública. En el presente trabajo realizaré un análisis de casos en los cuales se podrá demostrar que, quienes utilizaron la Acción de Amparo hoy denominada Acción de Protección no observaron en primer lugar los procedimientos administrativos que la Ley a previsto para estos casos y que luego de no ser aceptada la Acción de Amparo optaron por presentar la 4 Acción Contencioso Administrativa o también conocida como Recurso Subjetivo de plena Jurisdicción. A mi entender y luego del estudio propuesto debo señalar que la mala aplicación de esta acción, a lo único que ha llevado es a congestionar el sistema judicial, porque en todos los casos analizados luego de haberse planteado la acción de amparo se continuó con la interposición de la correspondiente acción administrativa. Dentro del trabajo se recurre a un estudio entre otras fuentes de las normas contenidas en la Constitución ecuatoriana codificada en 1998, así como de la nueva Constitución del 2008, en donde realizamos un estudio crítico a cerca de la aplicación del amparo en los actos administrativos. Entre los principales temas abordados en la presente tesis, podemos sintetizar los siguientes títulos, en donde abordaremos: El Amparo en el Ecuador; La Justicia Constitucional en el Ecuador; El Amparo y el Acto ilegítimo; en el cual lo que queremos enfatizar es la forma en la cual se ha llevado esta institución jurídica en el Ecuador. En su segundo capítulo trataremos de relacionar de forma jurídica al Amparo y su aplicabilidad dentro de los procedimientos administrativos puntualizando al amparo y la supremacía Constitucional, la utilización del Amparo en los Actos Administrativos, destacando también la aplicabilidad del amparo dentro de los Actos Administrativos, enfatizando justamente en el mal uso que se le da a esta institución jurídica en nuestro ordenamiento jurídico interno. Terminaremos el presente trabajo con un análisis de casos reales en los cuales se han establecido las dos acciones dentro de un mismo caso y en donde demostraremos que existe una mala aplicación de esta acción.

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El presente trabajo se realizó con el objeto de invest1igar si en el sector de Telecomunicaciones en el Ecuador, procede recurrir a la Mediación y al Arbitraje, como mecanismos alternativos para la solución de controversias, y determinar si en esta materia, seguimos acudiendo a la Justicia Ordinaria, que ha sufrido una profunda crisis, que entre otras causas, por la sobrecarga procesal, por la litigiosidad, han hecho que la Justicia se convierta en un trámite lento y engorroso. La presencia del Arbitraje y la Mediación como mecanismos alternativos para la solución de controversias en el ámbito comercial, tanto nacional como internacional en el que sin duda se encuentran las telecomunicaciones, en la actualidad ha cobrado gran importancia, ya que la agilidad con la que se mueven los negocios y la misma globalización han estrechado las relaciones entre individuos y Estados, acortando distancias. Por lo que cada vez se ha visto incrementado el sistema arbitral para resolver conflictos jurídicos que surgen de las relaciones comerciales, ya sea a nivel nacional como en el resto de países andinos y en general a nivel mundial, y encontrar en el Arbitraje el andamiaje legal apropiado para que este sistema sea ágil y oportuno, sobre todo en la fase inicial, es decir en la Mediación, se pueden llegar a acuerdos satisfactorios para las dos partes. Se partió de los conceptos de Arbitraje y Mediación, la consagración en la Constitución de la República del Ecuador y el estudio de las diferentes corrientes que demuestran su existencia legal, se confirmó que es un proceso jurídico convencional y oneroso, tramitado, desarrollado y resuelto por particulares, que surge a partir de la suscripción de contrato, en el cual debe constar una cláusula arbitral, en la que las partes de común acuerdo establecen que en caso de controversia actual o futura, ésta debe ser sometida al conocimiento de un tercero llamado árbitro. Se estableció que el Arbitraje y la Mediación son los mecanismos idóneos para la solución de controversias en el sector de las Telecomunicaciones, pero que a pesar de sus características, por ser de reciente aplicación, no se tiene la suficiente experiencia en el país. De igual manera que, a pesar de ser la Ley de Arbitraje y Mediación ecuatoriana, un cuerpo legal nuevo que contiene artículos innovadores, le falta definición en la ejecución, lo que no ha permitido que los laudos arbitrales en el país tengan la efectividad deseada, puesto que no son de ejecución inmediata y necesariamente se debe recurrir a la justicia ordinaria que es en donde más tropiezos se ha encontrado.

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El propósito de este trabajo es entender cómo debe aplicarse la seguridad jurídica en la ejecución de los contratos de concesión otorgados a las operadoras de servicios de telefonía para no afectar a características ontológicas del derecho como el ius variandi y a otros valores jurídicos, debido a que considero existe una propensión a interpretar este valor “seguridad jurídica” como sinónimo de inmovilidad del Derecho, lo cual puede afectar otros valores como la justicia y el bien común, los que más bien deben realizarse en virtud de una eficiente aplicación de la seguridad jurídica. Para conseguir este propósito en los cuatro capítulos que conforman el presente documento, se identificará las corrientes de pensamiento que estudian los valores jurídicos y dentro de ellos la seguridad jurídica, se determinará la naturaleza de los contratos de concesión para la prestación de servicios de telefonía en el Ecuador; se establecerá los efectos del quiebre de la seguridad jurídica en la ejecución de un contrato de concesión; y se estudiará la Confianza Legítima como principio que surge ligado a la materialización de la seguridad jurídica en un Estado Social de Derecho o Constitucional de Derechos, como el modelo actual del Ecuador. El trabajo de investigación se apoya en fuentes documentales provenientes de la doctrina, la jurisprudencia y el ordenamiento jurídico histórico y vigente.

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El estudio tiene como propósitos relacionar la participación ciudadana como marco general y la consulta previa como uno de sus manifestaciones puntuales que ponen en ejercicio el derecho de participación, el de la información disponible, permite la exigibilidad de los derechos ambientales por parte de la ciudadanía, veedora del cuidado del ambiente, patrimonio e interés público; estudiar algunos elementos para la comprensión del alcance de la normativa legal, constitucional y la contenida en instrumentos internacionales, que resaltan el rol de la participación directa del pueblo en el proceso de adopción de decisiones públicas que afecten al entorno y cuyo fin es el respeto al derecho colectivo a vivir en un ambiente ecológico y equilibrado; adicionalmente contribuir u orientar una adecuada normativa que recoja los criterios y mecanismos de la participación ciudadana y consulta previa a ser adoptados por las autoridades que integran el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, coordinados por el Ministerio del Ambiente, a fin dar cuenta con el mandato constitucional referido a la consulta en materia ambiental, y salvaguardar la seguridad jurídica y la gobernabilidad de la gestión publica en este campo. En este sentido mi reflexión aborda en el primer capitulo temas sobre el medio ambiente, los factores causantes del deterioro ambiental, y el cuidado del medio ambiente como una obligación de todos y todas. En el segundo capitulo enfoca el significado de la democracia, la participación ciudadana como ejercicio democrático, el ejercicio de este derecho contenido en instrumentos internacionales, y el alcance de la participación ciudadana y la consulta previa en la Constitución y más normativa interna. En el tercer capitulo aborda el carácter de la consulta previa, analizaré cual es su propósito, quienes deben ser consultados, cuando procede la consulta previa, su procedimiento, la construcción de la decisión y su obligatoriedad y la vigilancia ciudadana. El análisis de este trabajo ha sido realizado desde una visión sociológico-jurídica, que equivale a que la interpretación y aplicación de la norma no puede realizarse por la simple vía del mero razonamiento deductivo, sino que es preciso una comprensión apropiada de las distintas realidades y necesidades sociales, que respondan a contextos económicos, políticos, culturales, costumbres y convicciones e inspirada en principios como la justicia, la equidad y el bienestar colectivo y social.

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La regulación jurídica es contradictoria respecto de la validez de la jurisprudencia como fuente del derecho. Sin embargo, los cambios constitucionales que se vienen dando desde las reformas de 1992 y 1996, y la Constitución de 1998, abren la posibilidad de la construcción, a través del diseño legislativo o judicial, de lo que se ha denominado “precedente constitucional”. En este trabajo se busca explicar la naturaleza de este precedente respecto de las sentencias de amparo constitucional; evidenciar los modelos de regulación y determinar dentro de cuál está o debería estar el caso ecuatoriano; determinar cuáles son los fines que se buscan con su aplicación a los casos concretos. Las grandes líneas de abordaje de este trabajo son la interpretación constitucional, el análisis de la jurisprudencia y las legislaciones comparadas, y el nuevo rol que los jueces tienen como creadores de derecho. El objeto principal de este estudio será el análisis de la problemática del precedente constitucional para dar respuesta a las siguientes preguntas: ¿cómo se aplica el precedente de manera general y cómo debe aplicárselo a las sentencias de amparo constitucional?; y, ¿cómo esta aplicación puede fortalecer la justicia constitucional y al Tribunal Constitucional como intérprete supremo de la Constitución? En definitiva, esta obra retoma la cuestión discutida entre Kelsen y Schmit: quién debe ser el defensor de la Constitución?, Pregunta reformulada frente a la nueva realidad constitucional: “¿Quién debe ser el intérprete supremo de la Constitución?: el precedente constitucional en la acción de amparo en el Ecuador.”

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Trata de la justicia como un derecho, se enfoca en la crisis de la justicia ecuatoriana, analizando la relación entre justicia y el nuevo marco constitucional del 2008, su adecuación, la normativa secundaria a la misma y los proyectos de ley presentados. analiza la institucionalidad que se establece a partir de la nueva Carta Magna. Análiza las políticas públicas de justicia desarrolladas en el año 2009, tomando como referentes: el Plan Nacional de Desarrollo, los programas institucionales específicos, el presupuesto y algunos de los ejes del proceso de modernización de la justicia. Detalla los ejes del proceso de modernización y la independencia judicial. Da a conocer los casos de sentencias por violaciones a los derechos humanos en el 2009.

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La demanda que promueven pobladores y comunidades indígenas contra la empresa Chevrón (antes Texaco) es uno de los más importantes casos de judicialización por temas de contaminación ambiental y afectación a los derechos humanos. El juicio se inició en 1993, ante tribunales de EEUU y fue dirigida contra la empresa Chevron (antes Texaco) por los daños humanos y ambientales que generó la explotación petrolera en la Amazonía ecuatoriana. En el 2003, el caso pasó a ventilarse ante juzgados nacionales. Pese a que han transcurrido más de 6 años, este proceso permanece sin sentencia. Su retardo ha obedecido a un proceso constante de dilación, intimización y politización promovido por la empresa Chevron – Texaco. El principal reto que se tiene es lograr que en el 2010 la justicia ecuatoriana, libre de presiones y ateniéndose a la prueba del proceso, dicte sentencia.

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La deuda como una obligación moral contraída por un deudor y ofertada por un acreedor está sujeta a las condiciones originariamente pactadas y a la vertiginosa dinámica del mercado financiero internacional. Según esta perspectiva, el capítulo I desarrolla aquellos conceptos claves que conforme al derecho público permitan a los poderes del Estado determinar el carácter lícito o ilícito de la deuda externa. A lo largo del capítulo II la experiencia del caso ecuatoriano se entremezcla entre la visión jurídica y el análisis económico de la deuda externa pública a partir de 1994 hasta el 2006. Los mecanismos financieros implementados para extinguir las obligaciones y transformar la deuda comercial en títulos valor en los noventa dieron un tratamiento diferenciado al capital y a los intereses, con la finalidad de influir sobre la capacidad de pago del país. Sin embargo, la declaración de una moratoria unilateral se hizo presente en 1999 en medio de la más profunda crisis financiera del Ecuador. Fortaleciendo así la idea de que el endeudamiento de un Estado no era cuestión de liquidez sino de solvencia. La renegociación de la deuda por los Bonos Global se produce en medio de condicionamientos favorables para los acreedores. De ahí que en este tramo han surgido las principales causales de ilegitimidad de la actual deuda. En el sentido más amplio de la legitimidad de la deuda pública externa es tratado en el capítulo III. El destino real de los créditos otorgados se confronta con el fin social de los mismos. La ciudadanía en la mayoría de los casos desconoce el real origen de la deuda pública e ignoran el contexto de su legítimo otorgamiento. Pese a ello su pago se ha convertido en una obligación ineludible en el escenario de sus relaciones internacionales y de los acuerdos alcanzados sobre derechos fundamentales. Para finalizar, el manejo de los recursos públicos es analizado con un claro ejemplo: La ejecución del proyecto de riego Carrizal - Chone adjudicada a la constructora Norberto Odebrecht y expulsada el 23 de septiembre del 2008. ¿Cómo proceder? Para ello se propone, en el capítulo IV, a la auditoría pública de la deuda externa como un instrumento facultativo de los poderes públicos que se afianza en el derecho nacional. Se realiza una propuesta metodológica integral entre lo económico y lo jurídico que permita develar una base moral y legítima de los acrecentados pasivos históricos de un estado. Unas breves conclusiones cierran el análisis de aquello que no se adecua con la ley o lo legítimo; y de aquello que no se adecua con la moral, los derechos humanos, la equidad y la justicia, es decir lo ilegítimo de una deuda externa pública.

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El funcionamiento del sistema de administración de justicia en lo que concierne a justicia penal ha sido objeto de duras críticas y reproches acerca de su reducida capacidad para garantizar adecuadamente los derechos y garantías de las personas que están reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por la República Argentina. En efecto, durante el año 2007 el Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina (OIP), ha podido constatar que, en general, no ha mejorado el acceso a la justicia de los sectores más vulnerables de la sociedad Argentina, y que, además, persisten serias deficiencias en los institutos de detención, las que unidas al incremento de la población carcelaria, comprometen severamente las condiciones y calidad de vida de los internos sin que esto contribuya en nada a los propósitos de la prevención general y especial del delito.

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Mucho se ha discutido si el Derecho es una herramienta de dominación o de transformación social, si por lo mismo es un medio de emancipación o de sujeción. En mi criterio el Derecho puede presentar ambas caras además con diversos matices. Para ilustrar esta afirmación en esta ponencia me centraré en el análisis comparativo de dos sentencias que de manera directa o indirecta abordan el tema del aborto en sede de la Justicia Constitucional de Ecuador y Colombia. Previo a desarrollar este punto considero adecuado realizar una introducción que aborde las principales semejanzas y diferencias en la trayectoria de la Corte Constitucional de Colombia (CCC) y del Tribunal Constitucional del Ecuador (TCE).

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El feminismo desde sus diversas vertientes ha aportado elementos clave al debate sobre derechos colectivos, derechos culturales y derechos humanos de las mujeres. En este trabajo recojo algunas de estas contribuciones poniendo en evidencia los puntos de contraste y tensión. Enfatizo en el caso ecuatoriano, analizando la normativa constitucional sobre justicia indígena en permanente contraste con los testimonios dederes indígenas que dan cuenta de sus luchas por exigir una real protección de sus derechos en dicha jurisdicción. Propongo ciertas condiciones básicas para alcanzar una relación de interculturalidad entre ambos sistemas de justicia, sin perder de vista que la desprotección a las mujeres indígenas contra la violencia se expresa tanto en la justicia estatal como en la justicia indígena lo que implica un grave déficit para un Estado constitucional de derechos, plurinacional e intercultural.

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La crisis económica en la que se debate el planeta y de la cual el Ecuador no esta exento, ha originado una mayor conflictividad social y consecuentemente jurídica. La perdida de fuentes de empleo, es el común denominador en todas las sociedades del mundo y más en países poco desarrollados como el nuestro, lo que de hecho origina conflictos laborables, mismos que ameritan un tratamiento y una solución adecuada y principalmente rápida por parte de los administradores de la justicia. Para tal efecto, y en virtud de la trascendencia económica social que conlleva, se hace necesario que el proceso judicial utilizado para resolver la conflictividad laboral, sea el más idóneo, el más práctico, el más rápido, sin que esto signifique dejar de lado los principios y preceptos que rigen a esta materia. Por lo anotado, se hace necesario dar un tratamiento específico al proceso laboral, mismo que en el Ecuador a partir del 2003 en que se produjo la reforma, es de carácter oral, a fin de identificar sus falencias y proponer soluciones.

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Respecto a la valoración de la prueba, en nuestro sistema de justicia, se establece en el Art. 115 del Código de Procedimiento Civil que: “La prueba deberá ser apreciada en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, sin perjuicio de las solemnidades prescritas en la ley sustantiva para la existencia o validez de ciertos actos. El juez tendrá obligación de expresar en su resolución la valoración de todas las pruebas producidas.” Con este artículo nuestro legislador establece que la prueba debe ser valorada por el Juez con estricto sentido de la lógica y de la razón, de conformidad con los principios de la sana crítica, mismos que deberán estar integrados por las reglas de la lógica y la experiencia de los jueces. En nuestra legislación no se impone al juez el resultado de la valoración de la prueba, pero sí le impone el camino, el medio concreto, el método de valoración y éste no es otro que el de la razón y la lógica como elementos de todo juicio, es así que la Constitución Política de nuestro país, para controlar que efectivamente el Juez exponga su valoración de la prueba, y exponga sus fundamentos de hecho y derecho presentados en el proceso, estable en su Art. 76 numeral 7, literal L que: Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas y principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se consideraran nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados.” Con la motivación se pretende que las personas encargadas de la administración de la justicia demuestren que la decisión tomada en determinada causa, es legal y racionalmente justificada sobre la base de aquellos elementos que la fundamentan.