999 resultados para Derecho romano-Enseñanza


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Reflexión sobre la transmisión del conocimiento en los vídeos, documentales, cursos y conferencias que el Grup de Recerca i d'Estudis Sociojurídics lleva a cabo desde los años 90 del siglo XX. Los puntos básicos de su trabajo son: 1 Estudio sobre una determinada realidad social; 2 Etnografía, contacto directo con personas, situaciones, problemas; 3 Elaboración del guión; 4 Fases de preproducción, producción y post-producción; 5 Uso de del documento por parte del colectivo afectado o del público más general; 6 Obtención de datos del feedback.

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Estudiar la libertad de enseñanza en la España de Franco. Libertad de enseñanza entendida como el derecho de los particulares e instituciones no estatales a crear Centros de enseñanza, y más concretamente, Centros de enseñanza superior o Universidades. Consta de seis capítulos: 1.- Es introductorio y en él se presentan datos correspondientes a la trayectoria histórica en política universitaria desde el siglo XIX (a partir de la Constitución de 1812) hasta aproximadamente el primer tercio del siglo XX (incluida la II República española), al hilo de los intentos y logros legislativos más significativos. En ellas se reflejan las ideas educativas que quisieron aplicar los diferentes grupos dirigentes o susceptibles de serlo, a través de la configuración de un específico sistema educativo. 2.- Se contemplan las modificaciones que se produjeron en España durante los primeros años del franquismo, por actuación del Ministerio de Educación Nacional, para contribuir a la transformación de la vida del país, a través de reformas en el Bachillerato, en las altas instituciones científicas dedicadas principalmente a la investigación y en la Universidad. 3.- Está dedicado a considerar las sugerencias, propuestas y opiniones de determinadas instituciones de católicos (que de una u otra forma se dedican a la docencia), en relación con la anunciada reforma de la Universidad española, fundamentalmente las que hacen una referencia más directa a la libertad de enseñanza de la Iglesia en materia universitaria. 4.- Se centra en el proceso legislativo que precede a la promulgación de la Ley de Ordenación de la Universidad española de 1943 y en el estudio particular de los factores implicados en el reconocimiento de Centros universitarios no estatales. 5.- Considera la evolución cronológica del tema de la creación y reconocimiento de Centros de enseñanza superior no estatales en España, desde 1944 hasta los años finales del Ministerio de Joaquín Ruiz Giménez. 6.- La primera parte trata de la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 1957, cuya promulgación supone la ruptura del monopolio estatal en la enseñanza técnica superior. La segunda parte del capítulo se refiere más específicamente a los aspectos que rodean la firma del Convenio entre el Estado Español y la Santa Sede, en 1962, que regula las condiciones para el reconocimiento civil de los estudios no eclesiásticos realizados en las Universidades de la Iglesia. 1.- En los años de Gobierno de Franco no se ha encontrado ninguna opinión destacada que cuestione el cometido de la Universidad como formadora de las minorías dirigentes. 2.- En el nuevo Estado surgido del golpe del 18 de julio la preocupación por la reforma de la Universidad es temprana (Proyecto de 1939 que regula las Universidades del Estado, Anteproyecto de Ley de Organización de las Universidades Nacionales de 1941, la Ley de Ordenación de la Universidad de 1943_). 3.- Con respecto a la reforma de la Universidad en los primeros años del franquismo deber señalarse que tanto las instituciones de católicos (reclaman el derecho de la Iglesia a crear Universidades), como algunos falangistas (también católicos, pero pertenecientes a instituciones oficiales), afirman que el liberalismo es el causante de los males de la Universidad española. 4.- En general, al reclamar la libertad de enseñanza se piensa en el derecho de creación de Centros docentes independientes de los del Estado. 5.- La firma del Concordato de 1953 supone el reconocimiento por el Estado español de los derechos de la Iglesia en todos los niveles de la enseñanza. 6.- Con la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 20 de julio de 1957 se asiste a un punto de inflexión en el tema de la libertad de enseñanza. Dos avances significativos: El derecho a la existencia de Escuelas de Enseñanza Técnica de Grado Superior no estatales y el establecimiento de un examen global ante un Tribunal mixto para esas Enseñanzas Técnicas no estatales. 7.- El régimen de Franco, al reconocer los derechos docentes de la Iglesia hace posible que se haga realidad la libertad de creación de Universidades no estatales.

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Fundamentar teóricamente el derecho de los padres a la educación de sus hijos y desarrollar las implicaciones pedagógicas, jurídicas y socio-políticas del modelo de política educativa que de este planteamiento se desprenden. A partir de la concepción de los padres como agentes educativos primarios y principales a quienes compete el derecho natural inalienable de la educación de sus hijos, y utilizando, como marco interpretativo de la naturaleza humana y de la sociedad, la filosofía clásica de Platón, Aristóteles, San Agustín y, especialmente, Santo Tomás de Aquino, se plantea la educación como una tendencia al perfeccionamiento para lograr la virtud y la libertad, profundizando en la responsabilidad y el deber de los padres de responder a esta exigencia. Como consecuencia de estos principios, se analiza el derecho a educar del Estado y su incidencia en la orientación de una política educativa que reconozca un papel primordial a la iniciativa de los padres y que asuma la justificación y práctica de la empresa privada como marco socio-económico de las escuelas de iniciativa social, incidiendo, por tanto, en el debate sobre el contenido intelectual, orientación ética, neutralidad y pluralismo interno de la escuela. Se mantiene la vigencia práctica del modelo de escuela con ideario propio que, frente a la escuela neutra, educa en valores permanentes y del esquema socio-político que propugna, frente a la escuela pluralista, el pluralismo de escuela. El derecho de los padres a educar aparece en la perspectiva de la libertad responsable y adquiere una dimensión social activa.

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La exigencia de la calidad e innovación docente en razón del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) es una realidad presente. Las estrategias, proyectos y planes de las universidades españolas están imbuídos en el proceso de Bolonia, así como los criterios de evaluación del profesorado premian la formación, investigación y participación en la mejora de la calidad de la enseñanza. Por lo que interesa a los responsables de derecho constitucional se está adecuando a este proceso de mejora, innovación y calidad docente.

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Obra que tiene por objetivo la enseñanza de los derechos humanos como vía para la consolidación del régimen democrático. El trabajo se estructura en: una primera parte que recoge la reflexión teórica sobre el estado democrático y los derechos humanos; una segundo apartado sobre el contenido y los fines de la educación y los derechos humanos en España y en el ámbito internacional (sitema europeo, sistema interamericano, sistema africano y la liga de los Estados Árabes) y, un tercer y último apartado sobre algunas experiencias de derecho comparado: Estados Unidos, Italia y Alemania.

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Incluye glosario. En cubierta: 'Experimental'. Módulo de Auxiliar de Administración y Gestión

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Unidad didáctica realizada por el CPR de Gijón, Oviedo, continuación de los materiales relacionados con la 'Grecia clásica', para el desarrollo en el aula de los dos ciclos de Secundaria y del nuevo Bachillerato LOGSE. Los objetivos didácticos, entre otros, son: 1) Identificar el marco geográfico y cronológico de Roma. 2) Comprender los fundamentos del arte romano. 3) Relacionar la influencia y aportaciones del arte griego al romano. 4) Distinguir los aspectos técnicos básicos de la arquitectura romana. 5) Valorar la importancia de la ciudad para el arte romano. 6) Identificar y analizar los distintos tipos de edificios de la arquitectura romana. 7) Conocer las características y finalidades de la escultura romana. 8) Valorar y apreciar obras de arte romano como Patrimonio de la Humanidad y contribuir a su conservación. Estos materiales pueden aplicarse a: 1) Área de Ciencias Sociales del primer ciclo de la ESO. 2) Optativa para segundo ciclo de la ESO: Cultura Clásica. 3) Asignatura Historia del Arte, segundo curso de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales y segundo curso del Bachillerato Artístico.

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Contiene: Semana de las niñas y los niños del mundo : una propuesta de trabajo globalizado para la enseñanza primaria y para el primer ciclo de la secundaria obligatoria (12-14 años) : guía didáctica - El derecho a ser niño, paz para la infancia, ya - Beto quiere crecer : alimentación y salud - La escuela de Beto : educación y desarrollo - El barrio de Beto : los niños de la calle - Semana de las niñas y los niños del mundo : actividades de solidaridad y cooperación para todo el centro - Intermón : (dossier) - Mozambique : el país de Beto y sus amigos (vídeo) - También quieren ser niños y niñas (vídeo). El proyecto también incluye una unidad didáctica para el primer ciclo de la ESO, titulada 'La infancia en el mundo : trabajadores de 10 años'

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Se presenta una recopilación de materiales, en torno al tema del calendario romano, para su aplicación en la asignatura Cultura Clásica de ESO o Bachillerato. Se establecen los objetivos de la unidad, los conceptos, procedimientos y actitudes y los criterios de evaluación. La unidad se estructura en 18 actividades de enseñanza-aprendizaje en las que se analiza el calendario romano, los meses del año, los días y las transformaciones sucedidas durante la época romana. Se aportan indicaciones y recomendaciones para un desarrollo más amplio de la unidad, una relación de términos empleados y el guión 'La semana ¿ciclo vital?' para un audiovisual o dramatización.