1000 resultados para NORMATIVA INTERNACIONAL
Resumo:
El sector inmobiliario de las PYMES objeto del presente estudio, es un sector que en los últimos nueve años se ha consolidado, brindando nuevas oportunidades de inversión. La implementación de las NIIF en las PYMES ecuatorianas genera importantes impactos en la presentación de la información financiera, en temas tributarios, informáticos y en el capital humano, el análisis de los mismos es el tema central de este trabajo. La metodología de esta investigación está caracterizada por ser exploratoria y explicativa, se trabaja con la información vigente, que presenta anualmente la Superintendencia de Compañías. En el capítulo I se analiza la implementación de las NIIF en las PYMES ecuatorianas y se presenta la situación actual de las PYMES del sector inmobiliario, en el Capítulo II se presenta el análisis de las NIIF más importantes para las PYMES del sector inmobiliario, en el capítulo III se realiza el estudio de los impactos que genera la aplicación de las NIIF en las PYMES ecuatorianas del sector inmobiliario mediante la encuesta a los profesionales involucrados y el análisis financiero de la información de una muestra del sector y para finalizar en el capítulo IV se emiten conclusiones y recomendaciones de los desafíos y oportunidades que brinda la aplicación de las NIIF para la Pyme ecuatoriana en el sector inmobiliario.
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En la actualidad, las Sociedades en el Ecuador elaboran sus Estados Financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF´s);esta normativa no siempre coincide con la aplicación de la legislación tributaria. Es por eso que el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) ha emitido la Norma Internacional de Contabilidad NIC No. 12 “Impuesto a las Ganancias”, con lo cual se pretende mostrar los efectos de estas diferencias en la preparación de los Estados Financieros y lo que se busca es reconocer el gasto por “Impuesto a las Ganancias” en el período en el que se registran los ingresos y gastos, independientemente al valor que se tenga que tributar al Fisco en el mismo período, por la aplicación de la normativa tributaria. En el Ecuador la Superintendencia de Compañías mediante resolución N. 06QICI004 del 21 de agosto del 2006, publicada en Registro Oficial N. 348 del 4 de septiembre del mismo año ordena la adopción de las NIIF de aplicación obligatoria por parte de las compañías y entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías.Motivo por el cual la presente investigación intenta explicar de manera detallada cuáles son las implicaciones contables y tributarias de la aplicación o adopción de la Norma Internacional de Contabilidad No. 12 “Impuesto a las Ganancias” en el Ecuador para lo cual me basaré en la elaboración de casos prácticos.
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La solvencia para la industria bancaria está medida en función del ratio que relaciona al capital regulatorio con los activos ponderados por riesgo, ésta es una medida que sirve para tener una apreciación de cuan respaldada se encuentra una institución bancaria para hacer frente a los riesgos que está expuesta por la propia inherencia del negocio. Es en este contexto que se vuelve importante el cálculo del ratio de solvencia para los bancos privados del Ecuador y el cambio o afectación que éste sufre como producto de considerar el valor por la exposición al riesgo operativo y que se considera como un requerimiento de capital. El ratio de solvencia está en función del Índice de Basilea, y, el valor de exposición al riesgo operativo está calculado por uno de los métodos que se menciona en el documento Acuerdo de Capitales o Basilea II. El presente estudio partió de comprobar que en el Ecuador es factible aplicar por parte de las entidades bancarias uno de los métodos de medición para riesgo operativo, considerando que en algunos países de Latinoamérica y en España ya lo aplican. Adicionalmente, se presenta una alternativa de aplicación en el ratio de solvencia del valor calculado para el riesgo operativo, para suavizar su resultado.
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En el presente trabajo de investigación me propongo estudiar la aplicación directa de la Constitución, siendo, esta última, norma fundamental de cualquier Estado y bajo el entendido de que la misma es un instrumento jurídico vinculante a todos los órganos y autoridades del Estado y miembros de la sociedad en su conjunto. Esto es consecuencia directa del supuesto de que la Constitución se impone como norma jurídica, lo cual trae consigo un conjunto de efectos como la posibilidad de que las normas constitucionales puedan ser aplicadas de forma directa, en tanto que se descarta la exigencia de mediación de leyes para que produzca efectos jurídicos; posibilita también el rechazo de normas inconstitucionales por medio de la tutela judicial y, por último, permite configurar la Constitución como el marco de interpretación y aplicación de leyes, actos públicos y privados. Esto determina que las normas constitucionales puedan ser aplicadas directamente para la resolución de conflictos jurídicos. Este tema adquiere especial connotación en los contextos de Bolivia y Ecuador, donde entraron en vigencia nuevas Constituciones Políticas del Estado, en 2009 y 2008, respectivamente. Si se pone atención a los diversos tipos de garantías que envuelven a las mismas, es posible resaltar el especial resguardo que adquiere el principio de supremacía constitucional, que define a la Constitución como norma suprema y declara que todos están sometidos a sus disposiciones. La aplicación directa de la Constitución se realiza a través de la exigencia hacia todos en el cumplimiento de la misma, además al declarar que los derechos reconocidos son directamente aplicables y que las normas constitucionales se deben aplicar de forma preferente en caso de conflictos o colisión de normas.
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La convergencia hacia las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF, rescata el análisis técnico contable – financiero que permite una mejor toma de decisiones de los usuarios interesados en el conjunto de estados financieros. El presente estudio implica el tratamiento de la norma “NIIF para las PYMES”, sección 11, referente a los instrumentos financieros básicos y sección 35 transición por primera vez a esta NIIF, cuya finalidad es la de determinar el impacto de su aplicación en el periodo de transición en las compañías medianas de la provincia de Pichincha, actividad económica “G” comercio al por mayor y menor. El capítulo primero del marco conceptual, explica quiénes son consideradas como pequeñas y medianas empresas, según el Consejo de Normas Internacionales (IASB), la estructuración de la norma en mención, así como la normativa emitida por la Superintendencia de Compañías y Valores para su aplicación. Como parte del segundo capítulo se estudia la sección 11, instrumentos financieros básicos de la “NIIF para las PYMES”, en el que se resalta el alcance, reconocimiento y medición de las mismas, su información a revelar y varios casos prácticos relacionados con su medición inicial. En el capítulo tercero se efectúa el análisis a la medición posterior relacionada con el costo amortizado aplicado a las cuentas por pagar, préstamos accionistas y relacionados y el costo menos deterioro para las cuentas por cobrar y por pagar comerciales, de los cuales se recoge varios casos prácticos. Finalmente, se aborda la actividad económica seleccionada para este estudio, su estructuración del patrimonio y el impacto de los ajustes realizados en las entidades que adoptaron por primera vez los estándares de NIIF, instrumentos financieros básicos, de cuyo estudio se obtuvo las conclusiones y recomendaciones finales.
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La invisibilidad de las colectividades diferenciadas, hizo de los indígenas víctimas de discriminación. El Estado ecuatoriano los consideró meros ciudadanos, y a sus territorios zonas de expansión poblacional y explotación de yacimientos petroleros, que por más de cuatro décadas gravita en el desarrollo nacional. La organización y movilización de los pueblos indígenas, así como la protección en la normativa internacional, confluye en el reconocimiento de sus derechos colectivos, entre ellos la consulta previa sobre explotación de recursos no renovables, y medidas legislativas o administrativas que puedan afectarlos. Más como las actividades extractivas y desarrollistas excluyentes, en nombre del interés mayoritario, no tienen límites y se ejecutan sin el consentimiento; la consulta previa, de gran legitimación social y que debe cumplirse sin restricciones bajo estándares internacionales, no pasa de la retórica; su omisión vulnera otros derechos fundamentales de los sujetos, y así la confrontación persiste. En este escenario, al que se suman los proyectos de minería en gran escala, se legitima la tutela judicial efectiva de la consulta previa en el régimen de la plurinacionalidad y del sumak kawsay. Pero para ello requerimos regularla sin restricciones, desde la perspectiva procesal, sin violar la reserva de ley, con la participación de sus sujetos, y además defenderla con acciones procesales concretas. Así la justicia que ha definido líneas para su implementación ante falta de configuración legal, está en el centro de la controversia, y llamada a protegerla con fallos ponderados en función de los demás derechos amenazados por su omisión.
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En este artículo me enfoco en analizar el tratamiento que el Subcomité de Prevención de la Tortura de la Organización de Naciones Unidas ha dado en sus informes de visitas públicos a los riesgos específicos de sufrir malos tratos y tortura en el caso de mujeres privadas de la libertad utilizando aportes de metodologías feministas para el análisis de género del derecho. Para el efecto he estudiado las normas internacionales más pertinentes para el mandato de visitas que cumple el Subcomité en contraste con los hallazgos y recomendaciones realizados por este órgano de tratado en la visita a 11 Estados parte de los cinco continentes. Finalmente he ubicado los límites y aportes encontrados con relación a la prevención de la tortura y los malos tratos en mujeres privadas de la libertad y he propuesto algunos elementos a tener en cuenta para la inclusión de un enfoque de género en la labor de visitas del Subcomité.
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El Programa Andino de Derechos Humanos publica a continuación la sentencia emitida por un Juez de Tránsito en la que se determina la reparación integral para los familiares de una persona muerta a causa de un accidente de tránsito. Constituye un precedente importante en especial por la aplicación de estándares internacionales sobre la reparación integral de derechos humanos en cumplimiento con la normativa internacional.
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Esta tesis está concentrada en analizar elementos fundamentales que deben pervivir en un país con coexistencia diversa, es así que la interculturalidad, la plurinacionalidad, la autonomía y sobre todo la identidad cultural son elementos que deben estar presentes en la refundación de un Estado diverso. Entonces, la construcción del concepto de interculturalidad, en lugar de acudir a una práctica uninacional de corte hegemónico, debe sustentarse sobre un quehacer de respeto hacia las diferencias, como proceso para la autodeterminación en su concepción más profunda –no teórica únicamente–, nos propone potenciar un ejercicio serio de respeto mutuo y no a órdenes de la política estatal, acudiendo a reflexiones descontextualizadas de tinte universal. Actualmente, la propia globalización trabaja sobre elementos diferentes, pero a manera de asimilación acentuando un contexto multiculturalista, argumentando tolerancia y solidaridad, pero en realidad actúa como una fuerza conservadora, que sostiene el mismo orden colonialista nutriéndose de esquemas propios de la cultura occidental. Dado este contexto es que la interculturalidad surge como propuesta de diálogo directo y un descentramiento de la racionalidad monocultural-occidental, potenciando una razón ínter-discursiva. Por eso considero en primer lugar una genealogía de la noción de interculturalidad, recogiendo, los procesos de lucha desde los movimientos indígenas y los movimientos sociales, hasta llegar a posiciones teóricas, que critican prácticas interculturales desde la institucionalización y otros enfoques que la defienden como propuesta de diálogo. Luego observo la noción de interculturalidad adoptada tanto por los waodani así como por el Estado, acogiendo su propia dirección, respondiendo a su trayectoria y posicionamiento. Una segunda parte se centra en la explicación de la normativa internacional, nacional y local, como decidora de fundar derechos basados en las prácticas consuetudinarias de nacionalidades indígenas, sobre todo aquellas que impliquen territorio, para no afectar formas de vida. La tesis cierra con un análisis que aborda, el resultado de prácticas sistemáticas de violencia, la irrupción en la autonomía, en la preservación de la identidad y la subsunción formal de los sujetos waodani en el posicionamiento de políticas públicas, apoyadas en mantener el eje administrativo del Estado-nación, como única forma de desarrollo basado en los ejes del Plan Nacional del Buen Vivir.
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Las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF´S se basan en los estándares de registro, valuación presentación y revelación de cada una de las transacciones que afectan los Estados Financieros. Las Normas NIIFS, incluyen el estudio de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), dentro de estas consta la NIC No. 12, conocida en nuestro país como Impuesto a la Renta, y a nivel internacional como Impuesto a las Ganancias. En el Ecuador por los años 2004, se realiza el informe sobre la observancia de los Códigos y Normas (ROSC), el mismo que fue elaborado por un equipo del Banco Mundial, donde se recomienda dar inicio a la aplicación de normas y para lo cual las empresas públicas y privadas deben prepararse. La NIC 12, Impuesto a las Ganancias, es una norma internacional contable, que apoya específicamente en la interpretación fiscal y armonización contable mediante el reconocimiento de un gasto fiscal, un activo y/o un pasivo por impuestos diferidos. La disposición legal en Ecuador es emitida por la Superintendencia de Compañías, según Registro Oficial 348 del 4 de Septiembre del 2006, donde se manifiesta la obligatoriedad de la adopción NIIF, mientras que el Servicio de Rentas Internas, según Registro Oficial 718 del 6 de Junio del 2012 ( Resol: NAC12-0009), pone en tela de duda la aplicación de la NIC 12, sobre todo en la aplicación de los activos por impuesto diferidos, al no permitir reversar gastos no deducibles hasta Diciembre del 2014, sin embargo el Ejecutivo promulga una ley nominada: “ Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal” publicada en el Registro Oficial No. 407 del 31 de Diciembre del 2014, misma que rige desde Enero 2015, esta ley reformatoria abarca esencialmente la posibilidad de reconocer impuesto diferidos, lo que permite de alguna manera armonizar la NIC 12.
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La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a través de la Resolución No. 06.Q.ICI-004 de 21 de agosto de 2006, adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” y dispuso su aplicación obligatoria por parte de las entidades sujetas a su control y vigilancia de la Superintendencia, en este sentido estableció un cronograma de implementación de dichas normas mediante Resolución 08.G.DSC.010 de 20 de noviembre de 2008, en la que se establecieron tres grupos de aplicación a partir del año 2010, 2011 y 2012. Con estas disposiciones, a partir del año 2012 absolutamente todas las compañías sujetas al control por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, debieron registrar sus estados financieros bajo las referidas normas contables, las cuales permiten obtener información financiera transparente y uniforme, que sirve para la toma de decisiones a los usuarios de esos estados financieros. Un rubro importante que se presenta en los estados financieros, sin duda son la propiedad, planta y equipo, cuyo tratamiento contable se encuentra en las NIC 16 y NIC 36, esta última en cuanto al reconocimiento del deterioro, mientras que tributariamente, la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, establecen el cumplimiento de ciertas condiciones para que las depreciaciones de esa propiedad, planta y equipo, sea deducibles a efectos del Impuesto a la Renta. En este sentido tanto la norma contable (Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros) como la norma tributaria (Servicio de Rentas Internas), con el pasar del tiempo confluyen hacia tratamientos contables y tributarios que permiten a las compañías una mejor conciliación entre las mismas, como es el caso del Reglamento a la Ley orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención de Fraude Fiscal, publicado en el R.O. No. 407 de 31 de diciembre de 2014, que permite el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos en ciertos casos y condiciones, que de acuerdo a la norma contable deben registrarse.
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El desarrollo de la presente tesis, se encuentra relacionado con el análisis de los mecanismos administrativos de control implementados en la legislación ecuatoriana, para detener el delito de lavado de activos. Se busca determinar si estos mecanismos son adecuados y suficientes para hacerle frente a este delito; haciendo énfasis en la prevención más que en la sanción. Se intenta, a su vez, identificar cuáles son los mejores mecanismos para el control eficiente del delito de blanqueo de capitales. En esta investigación, se aplicaron los métodos lógico deductivo y dialéctico; y, como herramienta la encuesta. El capítulo primero hace referencia al origen del lavado de activos y sus generalidades, así como, el orden económico social como bien jurídico tutelado. El capítulo segundo investiga sobre el control administrativo respecto a la normativa internacional en materia de lavado de activos. Se analiza las recomendaciones emitidas por la Organización de Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos, el Grupo de Acción Financiera sobre Lavado de Dinero, y otras relacionadas a convenciones y acuerdos que han sido dictados sobre este tema. En el capítulo tercero se examinan los mecanismos de control que se encuentran implementados en el sistema financiero ecuatoriano, para combatir el mencionado delito. El capítulo cuarto analiza los mecanismos de control administrativo, implementados en la legislación Ecuatoriana para prevenirlo, revisando el ordenamiento jurídico administrativo y las distintas disposiciones legales que se han emitido para el efecto, así como su aplicación. En conclusión, el delito de lavado de activos constituye un grave problema a nivel mundial, ya que puede llegar a desequilibrar la economía de un estado; al que hay que detener implementando mecanismos administrativos de prevención. El aporte significativo de esta investigación se circunscribe en la recomendación de implementar, de forma efectiva, un sistema de prevención basado en mecanismos de control.
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El presente trabajo analiza los Activos y Pasivos Diferidos por concepto de Impuesto a la Renta, aceptados por la Ley de Régimen Tributario Interno y aplicable en el año 2015. El propósito del análisis del Impuesto a la Renta Diferido, aplicando el Método del Pasivo basado en el Balance, es prescribir el tratamiento contable, comparando los activos y pasivos financieros con los activos y pasivos tributarios, para establecer las diferencias. La norma financiera establece la distinción entre partidas corrientes y no corrientes sobre los activos y pasivos, además del reconocimiento de las afectaciones sobre el valor de los libros. También aborda como los estados financieros suministran información útil acerca de la situación financiera, rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una entidad u organización para la toma de decisiones. Finalmente, se puede destacar que la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera en el país constituye un avance en la homologación del lenguaje contable a nivel mundial, gracias a ello, su aplicación en las organizaciones permite expresar de manera estandarizada las transacciones económicas y financieras.
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The current research come from need to analyze possibilities to materialize human dignity principle during freedom curtail penalties fullfilment, abreast finding that internal and international regulations dictate this is the way to be tread by Brazilian penitentiary system, however, verily, indignity, assistance missing, overcrownding, crime, in the end, barbarie reigns. The work will analyze two strands in order to effective the mentioned principle: the state responsability optics, such in internal scope, as internationally, abreast historical omission in satisfy Constitution, international treaties and laws; and also indicating penal execution alternative methods adoption as a way, bringing to fore a case study - called "apaqueano" method. With such desideratum will bring, first of all, considerations about consolidation process of human dignity principle, its concept and essential content. Furthermore, will address historical and philosophical evolution of freedom curtail penalties. As it follows, will be done an approach about constitutional and underconstitutional legislation that disciplines penalties fullfiling in Brazil, analyzing their main aspects, emphasizing the possibility to charge Brazilian state for disregarding mentioned standards. Next, will also be started a critical analyzis about international regulations, which forbids diminishing or cruel penalties or treatments, approaching human rights international treaties and conventions ratified by Braziland their incorporation and effectiveness in local Law, emphasizing monitoring forms and country international charging possibility for disregarding international regulations. Lastly, will advance to the real possibility to materialize human dignity principle in penalties fullfiling, based in a case study verification - the APAC (Associação de Proteção e Assistência aos Condenados) called method, analyzing the various theories about penalties grounding, with emphasis in their ressocializing function, as well as traditional penitentiary systems, and the theory adopted by vernacular order, in desideratum to contribute to improve national penitentiary system chaotic situation
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Incluye Bibliografía