999 resultados para DERECHO A LA SALUD - COLOMBIA
Resumo:
La Ley 715 de 2001 cambió las implicaciones asociadas a la certificación en el sector de la salud en Colombia. Desde su implementación, los municipios certificados pueden ejecutar los recursos adicionales, derivados de su certificación, solo en la atención de la población pobre no asegurada (subsidios de oferta). Anteriormente podían invertirse también en salud pública y en el régimen subsidiado. En este documento se evalúan los efectos de la implementación de la Ley 715 sobre la cobertura del régimen subsidiado,entre 1998 y 2010, haciendo uso de la metodología diferencia en diferencias.Los resultados indican que si bien entre 2002 y 2004 la reforma no tuvo ningún efecto significativo, los municipios certificados incrementaron su cobertura paulatinamente desde 2005 con respecto a los municipios no certificados.
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"La patria sudafricana que nos acoge en Ciudad del Cabo demostró en la lucha victoriosa contra el régimen del apartheid que los pueblos pueden derrotar los imperios, y la injusticia extrema que los sustenta. Inspirados en ese ejemplo histórico de coraje y fuerza, acudimos a esta asamblea para hacer visible ante el mundo que somos capaces de rebelarnos; que la energía solidaria y creatividad que emana de nuestras comunidades y culturas es el mejor antídoto contra la irracionalidad y ceguera de esa minoría poderosa que obstaculiza la construcción de un mundo centrado en la vida, en la vigencia solidaria del bien común y en la multiplicación de modos de vivir saludables y bio-seguros."
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Los derechos humanos han significado una lucha histórica de las mujeres por alcanzar un lugar en la sociedad. El derecho a la salud de las mujeres ha sido reconocido a nivel nacional e internacional como un derecho humano fundamental, esencial para el desarrollo de otros derechos y garantizado desde el principio de igualdad y no discriminación. Sin embargo, al referirse a la salud de las mujeres trabajadoras sexuales se ha evidenciado que existen grandes esfuerzos por alcanzar su garantía, protección y respeto, aunque aún existen importantes desafíos por cumplir. El trabajo sexual ha sido muy cuestionado por los distintos feminismos y más aún por la sociedad androcéntrica, machista y patriarcal en la que vivimos, por lo que resulta complicado alcanzar el pleno goce de los derechos de este grupo social. En particular el derecho a la salud de las trabajadoras sexuales ha sido reconocido y garantizado en función de la salud de los clientes y no de ellas. Históricamente, las mujeres que ejercen el trabajo sexual no han sido consideradas como sujetos de derechos sino como objeto de regulación de los Estados. Por lo tanto, sus derechos han sido invisibilizados y en muchos casos anulados. El Estado ecuatoriano ha logrado implementar políticas respecto de la salud (sexual y reproductiva) de las mujeres trabajadoras sexuales. Sin embargo, es necesario generar una política integral que considere la promoción de los derechos, la prevención de las ITS y VIH/SIDA así como, la restitución de los derechos de las trabajadoras sexuales.
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Incluye Bibliografía
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Incluye Bibliografía
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http://www.ms.gba.gov.ar/ssps/Residencias/biblio_12/pdf%20Comun/ley_26529_salud_publica.pdf
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Presentado en el II Congreso Latinoamericano Jurídico sobre Derechos Reproductivos, 28-30 nov. 2011, San José, CR
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La transformación de los servicios de salud en Colombia desde la década de los años noventa con la expedición de la ley 100 y sus posteriores desarrollos ha estado acompañada por diversos dispositivos jurídicos que han permitido su desarrollo y construcción del derecho a la salud. Sin embargo, ¿cuál ha sido el papel de estos mecanismos jurídicos? A partir del análisis de las diversas reformas a la ley 100 de 1993, el litigio en salud, y las complejas dinámicas alrededor del sistema de salud se argumenta que las formas jurídicas han devenido en formas útiles a la acumulación capitalista en salud, y que articulan la acumulación por desposesión en el momento posneoliberal que se desarrolla en Colombia.
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Durante las dos últimas décadas, en Colombia, se han trasplantado al Consejo de Estado Colombiano las discusiones jurídicas existentes en Italia y Francia, respecto de la delimitación de la naturaleza y los criterios de indemnización de los daños derivados de lesiones corporales. Fue así como en 1993 se introdujo de manera errónea la categoría de perjuicio fisiológico del Derecho francés, asimilándolo al concepto de perjuicio de agrado (igualmente francés), aun cuando en dicho ordenamiento se obedece a cuestiones diferentes. Este concepto luego fue suprimido por el de daño a la vida de relación en el año 2000, y este a su vez fue suprimido por el de alteración a las condiciones de existencia en el año 2007. Por último, y esta vez en consonancia con las discusiones del Derecho italiano, Colombia acogió en el año 2010 la categoría del daño biológico o daño a la salud.
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Este es un estudio sobre la garantía y aplicabilidad de los derechos humanos de las poblaciones indígenas colombianas durante los primeros cuatro años de mandato de la administración Santos. La investigación busca explicar la manera en que las adversas condiciones socio económicas que caracterizan el desarrollo de las poblaciones indígenas, denotan la incapacidad del Estado Social de Derecho para garantizar la protección y aplicabilidad de los derechos fundamentales de estas comunidades. Las disposiciones constitucionales han tenido un desarrollo truncado debido a las escasas medidas proferidas por diferentes gobiernos frente a las necesidades de estos grupos en particular. En razón de lo anterior, el estudio se inscribe dentro del marco teórico referente al neo constitucionalismo debido al alto valor explicativo que ofrecen los postulados de Gustavo Zagrebelsky y Luigi Ferrajoli en relación al fenómeno que se pretende analizar. Se concluye que frente a la persistencia de los factores que afectan el desarrollo de las poblaciones indígenas, el reconocimiento constitucional debe ser complementado por una efectiva normatividad que asegure la aplicabilidad de los derechos fundamentales por parte de las administraciones políticas: no debe existir un desfase entre las nociones de principio y la ley.
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La guía es bilingüe español-árabe
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Uno de los grandes problemas que se presentan en la relación laboral, son los diferentes riesgos a los que se encuentran expuestos los trabajadores en su puesto de trabajo y a su vez la necesidad que tienen las empresas en obtener utilidades y ser más competitivas en una economía globalizada, lo cual hace muy complejo determinar la perdurabilidad de las mismas y la posibilidad de contar con trabajadores en condiciones saludables. Con el presente trabajo se busca identificar la percepción que los empleadores Colombianos tienen sobre la salud ocupacional en Colombia, para lo cual se realizó una encuesta tipo likert, a más de sesenta representantes de diferentes empresas de todos los sectores de la economía, con los resultados obtenidos y previo análisis de la información, se pretende proponer algunas sugerencias que contribuyan al mejoramiento permanentemente de las condiciones de salud en el trabajo.