955 resultados para Poder Legislativo
Resumo:
Discorre sobre a importância e natureza da separação dos poderes. Comenta sobre a diferença entre Poder Executivo e Poder Legislativo e também sobre as numerosas funções do Congresso.
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Dissertação (mestrado)—Universidade de Brasília, Faculdade de Direito, Programa de Pós-Graduação em Direito, 2016.
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En vista de la necesidad de conocer a fondo el Principio de Especialidad Presupuestaria contemplado en el Art.131 inciso 8o de la Constitución de la República de El Salvador, que es un derivado del principio de legalidad cuyo objeto a su nacimiento es el de ejercer el control sobre la creación aprobación y ejecución del gasto público. Conforme a la disposición antes mencionada consiste en que los gastos que en el presupuesto se consignan no debe aprobarse en forma global, es decir que el gasto público debe someterse a las restricciones que la Ley establece. La Ley Orgánica de Presupuestos desarrolla el precepto constitucional definiendo el Art. 3 literal C, así: "Asignaciones son las autorizaciones concedidas por el poder legislativo para que puedan emplearse los dineros públicos en la satisfacción de las necesidades del Estado dentro de un ejercicio. Dichas autorizaciones señalan el límite máximo que puede gastarse y su finalidad." En base a las sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional con referencia 9-2014, 15-2011-38-2011, 1-2010-27-2010-28-2010, en las que declara la inconstitucionalidad sobre las denominada "Partida Gasto Imprevisto", "Partida Secreta" y "Transferencia de Fondos"; aclarando que en esta última se refiere a la que se ejercía en las distintas ramas del Estado. Que la declaración de inconstitucionalidad fueron emitidas con base a lo que establece el Artículo 131 ordinal 8 de la Constitución de la República de El Salvador y serán analizadas para su respectiva interpretación, pues no ha sido desarrollado a profundidad las características de dicho principio, del que surge el cumplimiento de la Ley del Presupuesto para cada año fiscal.
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Esta monografía busca analizar la figura de la soberanía estatal en el marco del Régimen Internacional de DDHH a través del caso de derogación de Leyes de Amnistía en Perú por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Así, se pretende identificar la afectación de la soberanía del Estado peruano como consecuencia de la declaración de incompatibilidad y carencia de efectos jurídicos de las leyes de amnistía por parte de la Corte Interamericana, en la sentencia Barrios Altos c. Perú. En ese sentido, estudiando el concepto de soberanía estatal, en particular en la rama del poder legislativo, y su relación con las instituciones internacionales de carácter interestatal como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, podremos señalar cómo las decisiones de la Corte limitan el poder soberano de los Estados.
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Las enfermedades huérfanas en Colombia, se definen como aquellas crónicamente debilitantes, que amenazan la vida, de baja prevalencia (menor 1/5000) y alta complejidad. Se estima que a nivel mundial existen entre 6000 a 8000 enfermedades raras diferentes(1). Varios países a nivel mundial individual o colectivamente, en los últimos años han creado políticas e incentivos para la investigación y protección de los pacientes con enfermedades raras. Sin embargo, a pesar del creciente número de publicaciones; la información sobre su etiología, fisiología, historia natural y datos epidemiológicos persiste escasa o ausente. Los registros de pacientes, son una valiosa herramienta para la caracterización de las enfermedades, su manejo y desenlaces con o sin tratamiento. Permiten mejorar políticas de salud pública y cuidado del paciente, contribuyendo a mejorar desenlaces sociales, económicos y de calidad de vida. En Colombia, bajo el decreto 1954 de 2012 y las resoluciones 3681 de 2013 y 0430 de 2013 se creó el fundamento legal para la creación de un registro nacional de enfermedades huérfanas. El presente estudio busca determinar la caracterización socio-demográfica y la prevalencia de las enfermedades huérfanas en Colombia en el periodo 2013. Métodos: Se realizó un estudio observacional de corte transversal de fuente secundaria sobre pacientes con enfermedades huérfanas en el territorio nacional; basándose en el registro nacional de enfermedades huérfanas obtenido por el Ministerio de Salud y Protección Social en el periodo 2013 bajo la normativa del decreto 1954 de 2012 y las resoluciones 3681 de 2013 y 0430 de 2013. Las bases de datos obtenidas fueron re-categorizadas en Excel versión 15.17 para la extracción de datos y su análisis estadístico posterior, fue realizado en el paquete estadístico para las ciencias sociales (SPSS v.20, Chicago, IL). Resultados: Se encontraron un total de 13173 pacientes con enfermedades huérfanas para el 2013. De estos, el 53.96% (7132) eran de género femenino y el 46.03% (6083) masculino; la mediana de la edad fue de 28 años con un rango inter-cuartil de 39 años, el 9% de los pacientes presentaron discapacidad. El registro contenía un total de 653 enfermedades huérfanas; el 34% del total de las enfermedades listadas en nuestro país (2). Las patologías más frecuentes fueron el Déficit Congénito del Factor VIII, Miastenia Grave, Enfermedad de Von Willebrand, Estatura Baja por Anomalía de Hormona de Crecimiento y Displasia Broncopulmonar. Discusión: Se estimó que aproximadamente 3.3 millones de colombianos debían tener una enfermedad huérfana para el 2013. El registro nacional logró recolectar datos de 13173 (0.4%). Este bajo número de pacientes, marca un importante sub-registro que se debe al uso de los códigos CIE-10, desconocimiento del personal de salud frente a las enfermedades huérfanas y clasificación errónea de los pacientes. Se encontraron un total de 653 enfermedades, un 34% de las enfermedades reportadas en el listado nacional de enfermedades huérfanas (2) y un 7% del total de enfermedades reportadas en ORPHANET para el periodo 2013 (3). Conclusiones: La recolección de datos y la sensibilización sobre las enfermedades huérfanas al personal de salud, es una estrategia de vital importancia para el diagnóstico temprano, medidas específicas de control e intervenciones de los pacientes. El identificar apropiadamente a los pacientes con este tipo de patologías, permite su ingreso en el registro y por ende mejora el sub-registro de datos. Sin embargo, cabe aclarar que el panorama ideal sería, el uso de un sistema de recolección diferente al CIE-10 y que abarque en mayor medida la totalidad de las enfermedades huérfanas.
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Increasingly, social areas traditionally reserved for only a portion of the population have been open to participation by a variety of subjects. The political domain is exemplary in this regard. For a variety of reasons, positions of both the legislature as the Executive have been busy not only for individuals from urban cultures where there is a predominance of practices and literacy events, but also of rural cultures where these practices and events are not so frequent - or even that between. Using theoretical and methodological assumptions of Sociolinguistics, specifically the so-called Ethnography of Communication approach, is analyzed in this article, the communicative competence of the heterogeneous group of councilors of the Municipality of São Domingos - BA, focusing on their varying skills stylistic. It also notes it is the relationship between the socio-cultural characteristics of political leaders and their linguistic performance in the Ordinary Session, a communication event that requires a high degree of stylistic monitoring.
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Trata da Convenção Internacional sobre a Proteção dos Direitos de Todos os Trabalhadores Migrantes e dos Membros das suas Famílias que foi adotada por consenso pela Assembleia Geral das Nações Unidas pela Resolução 45/158, em 18 de dezembro de 1990.
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A Medida Provisória (MP) brasileira é um dos instrumentos legislativos mais poderosos nas mãos do Presidente da República para alterar unilateralmente o status quo. Apesar de o judiciário ter reconhecido a competência dos governadores para instituir e adotar a MP, esta existe apenas em seis estados. O artigo procura explicar a não adoção deste instrumento legislativo pela maioria dos estados. Enfatiza-se a escassa ou marginal relevância que é dada à MP pelo governador nos seis casos que a adotaram. Defende-se, aqui, que os governadores, diferentemente dos presidentes, não necessitam de mais um instrumento legislativo ou da ampliação da delegação de prerrogativas legislativas para garantir sua agenda frente a seus respectivos legislativos, já que com ou sem poder de decreto estadual os governadores controlariam a já limitada agenda decisória nos estados.
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El presente trabajo analiza las relaciones entre poder ejecutivo y legislativo en los sistemas presidenciales, concentrándose específicamente en los casos de los primeros gobiernos de Álvaro Uribe Vélez en Colombia [2002-2006] y de Carlos Saúl Menem en Argentina [1989-1995]. Lo hace desde de una perspectiva analítica denominada neomadisoniana. Ubicada bajo el paraguas del neoinstitucionalismo, ésta utiliza como punto de partida el pensamiento de los padres fundadores de la democracia americana, particularmente el de James Madison, concentrándose en el estudio de como los arreglos institucionales constriñen el comportamiento de los actores a través del establecimiento de incentivos mediante los que se distribuyen distintos recursos de poder, proporcionando, además, una estructura estable, aunque no necesariamente eficiente, para la interacción humana. De este modo, el enfoque posee un particular interés por el análisis de la organización de los gobiernos, ya sea en términos de jerarquía o de transacciones entre actores instituciones [poderes ejecutivo y legislativo] que, de acuerdo al caso, gozan de distintos niveles de simetría y, consecuentemente, de capacidad de impactar sobre el proceso de toma de decisiones. Dentro de este marco, se intentarán identificar en el análisis de los casos patrones de regularidad y diferencia en relación a las características asumidas en el proceso de separación de poderes y el efecto que ejercen sobre él los poderes constitucionales y partidarios de los presidentes.
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Conferência proferida na abertura da IV Conferência do Instituto dos Advogados Brasileiros, no Rio de Janeiro, em 21.08.91.