1000 resultados para VIOLACION DE LOS DERECHOS HUMANOS - LIBERIA - 2002-2003


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Monogr??fico con el t??tulo: "Formaci??n de profesores. Perspectivas de Brasil, Colombia, Espa??a y Portugal"

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El fenómeno de la migración, como movimiento o flujo de la población, ha existido siempre y nunca dejará de existir, por la heterogeneidad de causas que la producen: económicas, sociales, políticas, desastres naturales, etc. El incremento es notorio en países europeos como España, y es creciente el número de inmigrantes proveniente de la Región Andina.

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A partir del año 1986, Venezuela se adhiere al Protocolo sobre el Estatuto de Refugiados de 1967, y lo publica en la Gaceta Oficial de la República Nº 33.503, de fecha 2 de julio de 1986, por lo cual, las normas sobre refugio consagradas en dicho instrumento y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951(1), adquieren plena vigencia en nuestro ordenamiento jurídico desde 1986, con obligación para el Estado de adoptar la terminología y mecanismos internos necesarios para la aplicación de las normas consagradas en dicho instrumento. En este sentido, el camino de protección de los derechos de los refugiados en Venezuela a transitado desde un espacio meramente normativo, de reconocimiento de derechos contenidos en Convenios del Derecho Internacional de los Refugiados (2), lo que ha supuesto, la regulación constitucional (3), pasando por la vigente ley orgánica interna (4) y el recientemente promulgado reglamento general en la materia (5), todo lo cual, integra actualmente el marco normativo interno de protección de refugiados (as), en Venezuela, hasta llegar a la situación actual en la que nos encontramos con la instalación formal del órgano administrativo designado para el estudio y tramitación de las solicitudes de refugio, denominado "Comisión Nacional para los Refugiados"

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En la República del Paraguay el sistema penitenciario soporta graves deficiencias, y antes que cumplir con el objetivo de reinsertar a la sociedad a las personas infractoras, va perfeccionándose una verdadera escuela de la delincuencia. Los organismos encargados del sistema son teóricamente los correctos, pero la función que realizan no se ajusta a las necesidades reales de las cárceles en nuestro país. Es necesario tomar en cuenta que los adolescentes infractores precisan tener un lugar respetable dentro de la sociedad, donde se puedan desempeñar honradamente para no volver a delinquir. Trataré de demostrar los límites en relación a los mecanismos de protección por parte del Estado Paraguayo para fomentar la reinserción social de los adolescentes infractores en el país y los factores que llevan a dicho grupo a reincidir en prácticas delictivas cuando recuperan la libertad. Investigaré si efectivamente el Estado Paraguayo está cumpliendo con las normativas o lineamientos internacionales referentes a la reinserción de adolescentes infractores. Considero que será fundamental determinar la importancia que tiene la reinserción de estos adolescentes, en el sentido de que, en un futuro inmediato o mediato, formarán parte de la sociedad en la que vivimos, donde deberán interactuar socialmente, ejerciendo sus derechos de ciudadanos, para lo cual deberán estar preparados a fin de que ejerzan una participación responsable y comprometida en los distintos aspectos de la vida comunitaria; por lo cual, considero que deben tener una nueva oportunidad de adaptación, para que logren ser ciudadanos comprometidos con la sociedad a la que pertenecen.

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El concepto tradicional de políticas públicas las define como “programas de acción de una autoridad pública o el resultado de la actividad de una autoridad investida de poder público” o como las acciones y omisiones del Estado, que pretenden interpretar las demandas de la sociedad e incidir en la vida de los ciudadanos. Partiendo de ahí, proponemos como concepto de las políticas públicas con enfoque de derechos humanos (ddhh) a la articulación racional de acciones y omisiones del Estado, y sus resultados, basadas en: las obligaciones contraídas voluntariamente por los Estados a través de distintos instrumentos de ddhh y la definición participativa de los principales problemas y necesidades por parte de la población; así como en su participación en el diseño, monitoreo y evaluación. El presente trabajo es una propuesta para la conceptualización y abordaje de los indicadores de ddhh como herramientas de las políticas públicas con enfoque de ddhh.

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Informe elaborado por el Foro de la Niñez. Presentado ante el Comité de Naciones Unidas sobre Derechos del Niño. Autores: Teresa Carbonel y Rubén Zavala. Analiza el período 2003-2008. Septiembre 2009. Texto completo: ‹http://foronna.org/index.php?option=com_docman&task=cat_ view&gid=18&Itemid=35›.

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El sistema democrático venezolano, se debilitó aceleradamente durante los últimos años del siglo XX. Las esperanzas de reforma y renovación del sistema se orientaron hacia la gestión del Presidente Hugo Chávez, quien alcanzó el poder en las elecciones de 1999, y prometió eliminar los privilegios de las elites políticas tradicionales y ampliar la participación política y económica de los sectores menos favorecidos de la sociedad venezolana. Poner en práctica el proyecto político bolivariano significó la apertura de una brecha entre aquellos que apoyaban la ideología y el liderazgo de Chávez y quienes sentían que la promulgación de leyes que podían lesionar su libertad y propiedad vulneraba los derechos y libertades consagrados en la Constitución nacional. La polarización de los grupos llegó a su punto máximo con el enfrentamiento violento y la interrupción del orden constitucional ocurridos en abril de 2002. Esta situación impulsó la respuesta de la Organización de Estados Americanos (OEA) que siguiendo lo estipulado en la Carta Democrática Interamericana ofreció su colaboración para hallar una salida a la crisis política existente a través de la figura de mediación. La OEA asumió la mediación con una doble visión: como una forma de resolver pacíficamente el conflicto venezolano y al mismo tiempo como una herramienta de promoción democrática en el país. Por esta razón la investigación tiene como propósito describir y analizar el funcionamiento de la mediación y revelar de qué manera dicho proceso le permitió a la OEA desarrollar simultáneamente su agenda de promoción democrática. De la misma forma se expone la conflictividad que conllevó fusionar ambos procesos, las consecuencias para Venezuela de la simultaneidad de visiones y se plantean algunas implicaciones del caso venezolano para el sistema hemisférico.

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