992 resultados para Derecho politico


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Son bien conocidas las tensiones entre juristas y economistas en torno a la exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Mientras para los economistas más ortodoxos los derechos sociales son simples declaraciones, para los juristas más progresistas los derechos sociales, al igual que los derechos civiles y políticos, son plenamente exigibles a través de mecanismos judiciales y no judiciales. En el ámbito de estos últimos mecanismos, especial lugar ocupan las políticas públicas. Conforme con este marco, este ensayo llama la atención sobre la necesidad de que las políticas educativas se diseñen e implementen con fundamento en el contenido del derecho a la educación y las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado colombiano en la materia. El ensayo se estructura en tres acápites: (i) presenta algunas reflexiones que ponen en evidencia la distancia entre la política educativa y el derecho a la educación; (ii) sintetiza el contenido fundamental del derecho a la educación y las obligaciones del Estado; y (iii) presenta un conjunto de indicadores a partir de los cuales se puede valorar el éxito de las políticas en lo que se refiere al respeto, protección y realización del derecho a la educación. 

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 La potestad sancionadora, en cabeza de la Administración, ha sido reconocida como una de las competencias de gestión de la que es titular la autoridad administrativa. Pues, de nada serviría que la Administración ostentara una facultad para imponer una obligación o regular una conducta, en aras de alcanzar el bienestar general, y no lo fuera para imponer sanciones por su incumplimiento. Sin embargo, esta situación no significa que las diversas autoridades administrativas tengan carta blanca para ejercer el ius puniendi a su antojo y de este modo ejerzan de forma discrecional o arbitraria esta potestad. Por el contrario, la Administración debe estar a los criterios de adecuación y graduación previstos en la norma o, en caso de no existir estos, a su sentido de justicia, que debe propender por una medida proporcional a los hechos ocurridos.  

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El objetivo del trabajo es obtener evidencias a favor del carácter cuantitativo de la especialización hemisférica en procesamiento lingüístico. Nos planteamos estudiar diferencias hemisféricas en capacidad de acceso al léxico. Para ello utilizamos una tarea de decisión léxica: decidir si el estímulo presentado es o no palabra, esto es, comparar la secuencia de letras presentada con las unidades que forman el léxico. Estudio normativo: Participaron 310 sujetos, de los cuales 144 eran varones y 166 mujeres; todos eran estudiantes universitarios, con edades comprendidas entre los 18 y los 46 años. Estudio experimental: Participaron 127 sujetos, 62 varones y 65 mujeres, la media de edad era de 22,1 años. Se realizó en primer lugar un estudio normativo en el que una muestra amplia de sujetos evaluó el grado en que una palabra evocaba una imagen. El conjunto de nombres fue seleccinado previamente a partir de un diccionario de frecuencias del castellano. En el estudio experimental se utilizó un diseño factorial 2x2x3x2, con el tiempo de reacción y el índice de errores como variables dependientes. De las variables independientes, tres fueron factores intergrupo con los siguientes niveles: sexo (varón, mujer), clase sintáctica (nombres, verbos), imaginabilidad (alta imagen, media imagen y baja imagen), y un factor intragrupo, campo visual (campo visual derecho, campo visual izquierdo). Hubo otro factor, utilizado sólo con la clase sintáctica nombres: frecuencia silábica posicional (baja, alta). Las variables controladas fueron: secuencia de estímulos, preferencia manual, lateralización de estímulos, tiempo de exposición, efecto atencional, emisión de la respuesta, efecto de la práctica, local. Estudio normativo: Del 'Frequency Dictionary of Spanish Words' se seleccionaron 540 nombres y 227 verbos. Estudio experimental: Para la selección de los sujetos: test de lateralidad; para la fase experimental: 240 estímulos verbales, de ellos, la mitad eran palabras y la otra mitad pseudopalabras; para la presentación de los estímulos: ordenador personal; para la medida de las variables dependientes: teclado del ordenador; hoja de instrucciones. 1. La asimetría cerebral de los hemisferios cerebrales es un fenómeno de carácter relativo/cuantitativo, de forma que no existe una superioridad absoluta del hemisferio izquierdo para el procesamiento verbal; 2. La participación del hemisferio derecho en el procesamiento de material verbal puede ponerse de manifiesto mediante tareas de decisición léxica; 3. La capacidad de acceso al léxico por parte del hemisferio derecho está modulada por la clase sintáctica y por el grado de imagen de las palabras, al menos cuando la frecuencia léxica es alta o moderada; 4. El efecto de los factores imagen y clase sintáctica está, a su vez, modulado por el sexo de los sujetos; 5. En el caso de los varones, el hemisferio derecho tiene capacidades para realizar decisiones léxicas con nombres de alta o moderada imaginabilidad. También tiene acceso al léxico para el caso de verbos de alta imagen; 6. En el caso de las mujeres, el hemisferio derecho tiene capacidades para realizar decisiones léxicas con nombres de baja imaginabilidad y verbos de alta imagen.

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Estudiar las capacidades lingüísticas del hemisferio derecho con sujetos neurológicamente normales y procedimientos visuales. Investigación I: 189 sujetos, 127 varones y 62 mujeres. Investigación II: 48 sujetos, 24 varones y 24 mujeres. Investigación III: 32 estudiantes universitarios, 16 varones y 16 mujeres. Investigación IV: 48 sujetos, 24 varones y 24 mujeres. Investigación I: estudio normativo; Investigación II: diseño factorial 2x3x2x3, con TR, y el índice de errores, como variables dependientes. Los dos factores inter fueron el sexo y el grupo relativo a la imagen de la categoría palabras, alta, media o baja. Los dos factores intragrupo fueron el campo visual y la categoría o tipo de estímulo: palabras, pseudopalabras, no-palabras. Las variables controladas fueron: secuencia de estímulos, efecto atencional, emisión de respuestas, tiempo de exposición, lateralización del estímulo, lateralidad. Investigación III: diseño factorial 2x2x2x2 con dos factores intergrupo, sexo y modalidad de presentación y dos factores intragrupo: campo visual y tipo de juicio. Como variables dependientes se utilizó el TR y el IE. Las variables controladas fueron las mísmas que en la anterior investigación; además de la imagen, alta imagen, y tipicidad de los estímulos. Investigación IV: diseño factorial 2x3x2x2. Las variables dependientes: Tiempo de reacción y el índice de errores. Dos factores inter: sexo y modalidad de presentación. Los factores intragrupo fueron: campo visual y tipo de juicio. Las variables controladas fueron las mismas que en las investigaciones anteriores. En todos los casos se empleó una presentación unilateral. En las investigaciones III y IV el primer elemento lateralizado y el segundo central. Investigación II: a) en la categoría palabras, no hay diferencias entre los campos visuales, cuando se trata de nombres de uso frecuente y de alta imagen. Las palabras abstractas, sólo son procesadas por el hemisferio izquierdo; b) los resultados en la categoría pseudopalabras se observa ventajas en el hemisferio derecho; c) en la categoría no-palabras, no hay diferencias entre los campos visuales; d) se observa una mayor lateralización en los varones. Investigación III: existe superioridad del hemisferio derecho. En la realización de los juicios de pertenencia categorial. El hemisferio derecho es capaz de realizar categorizaciones, siempre que no sea de tipo verbal. Investigación IV: se comprueba la superioridad del hemisferio izquierdo en la realización de juicios de semejanza categorial. Hay diferencias entre los tipos de juicios. Aventajando los juicios afirmativos para la detección de las diferencias hemisféricas, así como la existencia de patrones diferentes de asimetría cerebral según el sexo con una mayor lateralización en los varones. En las variables de medida empleadas, los TR aparecen como menos sensibles que los índices de errores. En esta investigación se apoya la hipótesis cuantitativa de la diferenciación hemisférica.

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El derecho a la ciudad como derecho colectivo se presenta jurídicamente desde tres facetas necesarias: (a) el usufructo equitativo de lo que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes, (b) el mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad y (c) el goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos. Este es un derecho del cual son titulares los ciudadanos ampliamente considerados, y del cual es responsable, en concreto, la autoridad pública de la ciudad; sin embargo, dada su naturaleza compleja, se hace necesario un sistema de corresponsabilidades para hacerlo efectivo.

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Este articulo se basa en una investigacion etnografica realizada en el barrio Diana Turbay de Bogotá. Su objetivo es analizar cietos aspectos que favorecieron la conformacion de este barrio de origen ilegal, la organización de sus habitantes en su lucha diaria por conseguir unas mejores condicones de vida y la dinamica de cambio de sus relaciones sociales como parte del proceso de integracion del barrio a la ciudad.

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… Los medios buscan la verdad y la exponen, pero para llegar a ésta última instancia deben cumplic con una condición: tienen que reservarse la fuente. El publicar un testimonio o denuncia sin la referencia explícita a la fuente es un recursdo típico dentro de la teoría de la comunicación, se trata de las fuentes o declaraciones off the record.

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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.

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El estudio pretende establecer los lineamientos establecidos por la Corte Constitucional, los fallos y conceptos de la Procuraduría, la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y la doctrina entre otros, frente a la ilicitud sustancial, como derrotero para endilgar la responsabilida disciplinaria.

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La modificación a la Constitución Política de Colombia, que agregó el criterio de sostenibilidad fiscal, que tendrá que ser aplicado en todas las actuaciones del Estado, se implementó como forma de aplacar el gasto del Estado con miras a lograr dos objetivos que son: el de mantener el estado de la deuda pública a topes manejables, es decir, reducir la deuda y poder tener una estabilidad macroeconómica; según el gobierno nacional con estos dos pilares se asegurará un clima estable para la inversión extranjera en el territorio nacional augurando un auge económico sostenido y el bienestar general de los nacionales a futuro. En la presente monografía se realiza un análisis juicioso de dicho criterio, sus motivaciones económicas, la forma de su aprobación en el congreso de la república y el papel del Estado colombiano en la formulación del acto legislativo, así como las consecuencias que se suscitan en este una vez aprobado el criterio de sostenibilidad fiscal. En el transcurso de la monografía se podrá entender que es el criterio de sostenibilidad fiscal consecuencia de un proceso de globalización económica y una medida que inserta a la economía colombiana en esa tendencia mundial de libre flujo de bienes, capitales y servicios, que ha demostrado sólo beneficiar a grandes emporios económicos, multinacionales, transnacionales y sectores productivos de países potencias en detrimento de sectores económicos de los otros países, se concluye así que el criterio de sostenibilidad fiscal no es una buena decisión e implica un cambio fundamental del modelo de Estado que hace colapsar la economía nacional y de paso se da un golpe de gracia al cumplimiento de derechos fundamentales.

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En esta investigación se estudian los conflictos nacidos en la progresiva definición de las formas jurídicas y de saber que acompañaron el re-asentamiento de instituciones y grupos de poder después de la ruptura política con España. Este análisis se conduce mediante un estudio de caso, la historia de un sacerdote ilustrado que emprendió en 1835 una querella contra la enseñanza del materialismo y el ateísmo prevista en la reclasificación republicana de saberes. La Revolución del cura Botero se desarrolló en la Villa de la Candelaria y constituye un ejemplo histórico de un tipo de resistencia local a la derogación y suplantación de las viejas formas de producción jurídica y de ordenación social. El caso Botero sirve como pre-texto para estudiar una respuesta local a la iniciativa centralista de abrogación de una cultura material por la entrada en vigor de un modelo de ordenación formal de orientación legicéntrica y liberal, ilustra un tipo localizado de resistencia a la implantación del modelo republicano en Colombia. Mediante un caso y un exhaustivo ejercicio de reconstrucción documental se recrea un problema central de la cultura jurídica revolucionaria: la disputa por las fuentes del derecho, la verdad y el saber en el “tránsito” a la “modernidad jurídica”. En ella se propone un modo de hacer historia del derecho a partir de casos concretos, historia local y documentos no oficiales como forma de reivindicación pedagógica de los pequeños objetos, aquellos que ponen a prueba el funcionamiento real de mecanismos hegemónicos.

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Este proyecto responde a un momento histórico de gran importancia, que por supuesto no pudo ser más oportuno. Colombia celebra en el año 2006 los quince años de la promulgación de su Constitución Política, y los cambios de trascendentales surgidos a partir de su aplicación has sido prolíficos, Particularmente, el tema ambiental ha sobresalido dentro de las grandes transformaciones del país, y por ello no en vano hoy se afirma que tenemos una verdades Constitución ecológica. De igual forma, la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario conmemora los die años de la creación de la especialización en Derecho Ambiental, y tal coincidencia histórica fue una motivación adicional para proponer la realización de un análisis de la evolución normativa surtida para proponer la realización de un análisis de la evolución normativa surtida en este decenio, una evaluación de la gestión ambiental colombiana y de sus distintos impactos en una sociedad que cuenta hoy en día con herramientas constitucionales legales para la defensa de sus derechos e interese colectivos. La Universidad del Rosario ha sido parte de esta evolución, desarrollando un rol activo con el cual se han abierto espacios de discusión y de proposición de alternativas, herramientas y experiencias en pro de la protección integral de la diversidad étnica, cultural y natural de la Nación colombiana. Así, se ha constituido como facilitadora del proceso de la formación de los nuevos actores y ha tenido gran posicionamiento en procesos de participación y de estructuración de proyectos institucionales ambientales.