988 resultados para 6299 Otras Especialidades artísticas (Especificar)


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Número extraordinario 2006, con el título: PISA. Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos. Resumen basado en el de la publicación

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Resumen basado en el de la publicación. Monográfico con el título 'Violencia de género y relaciones de poder: implicaciones para la educación'

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Resumen tomado del autor. Monográfico con el título: De inmigrantes a minorías: temas y problemas de la multiculturalidad. Texto completo sólo disponible en el CD anexo o en la versión en línea

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Repaso de la evolución del arte sinfónico italiano desde sus comienzos en la música religiosa hasta mediados del siglo XX, con mención de especial de los grandes compositores de música litúrgica y profana, tanto clásicos como modernos, y sus obras más destacadas. A lo largo de la Historia se alternan épocas de gran esplendor en el arte dramático, con otras en las que predomina el gusto por la obras sínfonicas, pero es ya en el s. XX cuando el interés de las grandes casas editoriales, junto con la tarea propagandística de las instituciones artísticas, como el Augusteo de Roma, y la labor de difusión de los célebres directores de orquesta se catapulta la moderna producción sinfónica italiana en el ámbito internacional. Por tanto, para propulsar la sinfonía española de forma análoga a la italiana basta con seguir el ejemplo de promoción, difusión y apoyo a los compositores españoles.

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Breve exposición de tres aspectos a tener en cuenta en la reforma universitaria española de la posguerra: el ingreso en la universidad, la enseñanza universitaria de la mujer y el régimen autonómico en la formación de planes de estudio. Sobre el primer punto se propone un examen de la propia universidad para admitir a los alumnos que considere, ante la ineficacia del examen de reválida para este efecto. En cuanto a enseñanza universitaria de la mujer, se plantea la limitación de la formación de las jóvenes españolas únicamente a ciertas especialidades propiamente femeninas, para evitar su masculinización, formación que debería llevarse a cabo fuera del ámbito universitario, en Institutos Femeninos de Enseñanza Superior expresamente creados para ellas. Respecto a los planes de estudio, se formula la conveniencia de que en todas las facultades existieran un grupo de asignaturas obligatorias y otro de libre elección, entre las que se podrían incluir disciplinas relacionadas con las de otras facultades, incluso impartirse en esas otras facultades.

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En los museos se necesita personal especializado para potenciar su desarrollo y difusión. Con este fin se creó la Escuela del Prado, para preparar tanto a directores de instituciones artísticas como para formar personal especialmente preparado para las funciones de regencia en los museos artísticos. La función más importante es la de ser intérpretes entre el artista y el público, para que exista un diálogo cultural, pero aún falta preparación y orientación en este aspecto, sobre todo por la incompetencia de la crítica de arte periodística y por la incomprensiva oquedad de la crítica de arte historicista. Pretende dar con este escrito unas nociones de cómo debería ser la crítica del arte, para lo que establece tres posibilidades de crítica de arte, una determinaciones geográficas o sociológicas, otras arquitectónicas y otra de los significados, y una vez vistas las variedades de significados pasa a revisar la crítica de Van Dyck, su elegancia como categoría estética, y termina con una revisión del caso del Greco.

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Se presenta una investigación cuyo objetivo es aplicar los conocimientos y procedimientos pedagógicos empleados en otros ambientes docentes a la enseñanza profesional de la Música, con el fin de mejorar en la eficacia. Para ello, se escoge al alumnado de la academia salmantina Centro de Estudios Musicales. Se considera la motivación como una variable principal activa y un tratamiento en sí mismo. Y se confirma que el sistema o método de establecer cierta competitividad entre grupos del mismo aula es eficaz en la enseñanza de la Teoría de la Música.

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Trata de la presencia de la cultura árabe en la España cristiana que dio como resultado la fusión de ambos mundos. Los musulmanes aportaron innovaciones artísticas y arquitectónicas que enriquecieron el románico español. Se hace un repaso al panorama arquitectónico del norte de España, las influencias mozárabes en lo asturiano que fusionaron las fórmulas modernas con las tradicionales.

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Nace en el occidente europeo como un orden educativo diferenciado de la educación popular o de base, para los hijos de la clases noble, alta burguesía y burguesía naciente en los siglos XVI y XVII, de base humanística y teórica, reducido número de alumnos en relación al total de población escolar de la edad correspondiente, entendida como una preparación para la universidad, que es el modelo en el que esta se constituye en el Occidente europeo del siglo XIX con el auge de la burguesía urbana. Pero desde un principio existían dos direcciones contrapuestas sobre lo que debe ser la nueva enseñanza secundaria, según la diferente concepción que se tuviera del papel o función de la nueva clase burguesa a la que dicha enseñanza se amoldaba e iba dirigida. Frente a una enseñanza secundaria humanístico-teórica concebida por sus usuarios se anteponía con otra que ligada a una concepción de la nueva clase burguesa como grupo que ha de transformar y dominar el mundo y la naturaleza, pone el acento en los aspectos científico-naturales, incluso a veces con una clara orientación técnico-profesional. Esta segunda corriente afloraría trastocando el orden de la educación secundaria tradicional clásica, ya en el siglo XX cuando los hechos y el crecimiento de los alumnos invalide todo el planteamiento con que tal nivel de enseñanza se había consolidado en el siglo XIX. En España hubo intentos, pero era un conjunto disperso y no oficial, faltaba un organismo que realizase un intento oficial con fondos públicos. La figura que condensa todos estos esfuerzos es Gil de Zárate con su plan de estudios de 1845 y se implantaría en la década moderada (1843-185499. Esta nueva enseñanza secundaria se consolidará definitivamente con sus rasgos tradicionales y con un proceso similar al europeo que perdurará en los años centrales del siglo XIX. Las características son : Enseñanza preparatoria para la universidad; orientación humanística-clásica. Las lenguas antiguas serán siempre el fundamento de la literatura y de los buenos estudios; la enseñanza secundaria como distintivo u ornamento social de las clases acomodadas. En definitiva, se produce la crisis del bachillerato tradicional en el siglo XX al entrar en la escena política la clase obrera. A la enseñanza secundaria de masas se le exige actualmente una triple función: preparar para los estudios universitarios, proporcionar una mano de obra cualificada de nivel medio, satisfacer la creciente demanda de tales cualificaciones por el mercado de trabajo, e impartir una cultura general (en la que cada vez más importantes las ciencias sociales y humanas y las científico-tecnológicas) al nivel más elevado posible. En el siglo XX se respondió constituyendo ramas paralelas con unas y otras denominaciones que respondían a cada una de las necesidades por separado, a base de centros diferentes con programas distintos. Pero finalmente se ha optado por un solo y único sistema de escuela-media, en cuyo seno se establece la diferenciación a niveles distintos según los países, con un programa crucial, pero de acuerdo con el binomio uniformación-diferenciación y la necesaria adecuación de los programas de estudio a los intereses, valores y preferencias de la mayoría de alumnos que entran en la enseñanza secundaria. Con mayor atención a las lenguas extranjeras, carácter práctico y a las ciencias sociales y humanas. El latín no es obligatorio. Introducción como opción de enseñanzas técnico-profesionales. Desarrollo de la educación física y crecimiento del número de experiencias artísticas.

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Esta denominación aparece formalmente con la ley de 1938 y queda condenada a desaparecer en el Libro Blanco, elaborado treinta años después, aunque es ahora cuando está realmente llegando a su término al introducirse el nuevo bachillerato, instituido por la Ley General de Educación de 1970. A lo largo de este periodo, 1935-45 principio y años setenta fin mismo, se produce un proceso muy amplio de transformación social, económica y política en el cual la reforma educativa ocupa un papel preponderante Primera ley de 1938, conviene señalar que era sólo el comienzo de una reforma que pretendía abarcar todos los grados y especialidades de la enseñanza; y que la enseñanza media aparecía como un género del cual el bachillerato universitario sólo constituía una especie. La ley se limitaba a reforma este bachillerato, basándose en la primacía de lo espiritual, tradición y modernidad, elitismo mitigado y formación de la personalidad como principios filosóficos; separación de las funciones docente y examinadora, libertad de enseñanza (más bien en el sentido de libertad de empresa docente), supresión de la enseñanza libre, aproximación del grado de bachiller a la universidad, examen de Estado al término de los estudios, etcétera, como principios jurídicos; cultura clásica y humanística como instrumento formativo con firme base religiosa y patriótica como principios pedagógicos. Los efectos de la ley de 1938 fueron la recuperación y expansión de la enseñanza privada o no estatal, gran impulso y desarrollo de la formación clásica e indiferenciación de los colegios de la Iglesia respecto de los privados. Se suprimía la enseñanza libre. Duró quince años. Se acabó desgastando. En 1950 una nueva enseñanza para una sociedad nueva, ya que España había cambiado y deseo de un nivel de vida distinto, menos diferenciado. Convicción de que más años de estudio proporcionarían más medios de situarse en la vida; extensión de hecho, aunque todavía insuficiente de la posibilidad de seguir estudiando en los niveles no gratuitos con becas y otras ayudas del Estado; esa concienciación demandaba más educación y en 1953 Ley de Ordenación de la Enseñanza Media; las dos primeras finalidades que se le asignaban era el perfeccionamiento técnico de la enseñanza y el servicio a los valores de España. Esta ley frente a la de 1938 no articula un plan de estudios, sino que admite y da entrada a la pluralidad de planes, sobre una base común de división en dos grados: elemental y superior; el primero de cuatro años y el segundo, de dos cursos a los que se añadía un curso pre-universitario, posterior a la obtención del título de bachiller superior; y sobre una base también de materias comunes y optativas, destacando dos ramas en el grado superior: ciencias y letras; el acceso a los estudios superiores a través de unas pruebas de madurez. Efectos, difusión creciente hasta la masificación del grado de bachiller elemental. La última etapa, (1953-1958) supone una democratización y unificación en cuanto a su ruptura definitiva de su carácter minoritario y unificación de los estudios de ese ciclo. En adelante, ese primer ciclo (bachillerato elemental) constaría de cuatro curso (ley de 1953) y sería único para todos los alumno, lo que implicaba la desaparición del bachillerato laboral. Para terminar si comparamos ambas leyes: la de 1938 rompe con la etapa anterior en lo ideológico y en lo jurídico, pero desarrolla y consuma las tendencias pedagógicas anteriores y, la de 1953 se mantiene en la línea ideológica y jurídica de la ley de 1938, a la que intenta perfeccionar, rompiendo con ella en los fines y estructura de la enseñanza y abre las puertas a una organización flexible de los planes de estudios, a una participación , mínima de padres en la gestión de la enseñanza media.

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Esta denominación aparece formalmente con la ley de 1938 y queda condenada a desaparecer en el Libro Blanco, elaborado treinta años después, aunque es ahora cuando está realmente llegando a su término al introducirse el nuevo bachillerato, instituido por la Ley General de Educación de 1970. A lo largo de este periodo, 1935-45 principio y años setenta fin mismo, se produce un proceso muy amplio de transformación social, económica y política en el cual la reforma educativa ocupa un papel preponderante Primera ley de 1938, conviene señalar que era sólo el comienzo de una reforma que pretendía abarcar todos los grados y especialidades de la enseñanza; y que la enseñanza media aparecía como un género del cual el bachillerato universitario sólo constituía una especie. La ley se limitaba a reforma este bachillerato, basándose en la primacía de lo espiritual, tradición y modernidad, elitismo mitigado y formación de la personalidad como principios filosóficos; separación de las funciones docente y examinadora, libertad de enseñanza (más bien en el sentido de libertad de empresa docente), supresión de la enseñanza libre, aproximación del grado de bachiller a la universidad, examen de Estado al término de los estudios, etcétera, como principios jurídicos; cultura clásica y humanística como instrumento formativo con firme base religiosa y patriótica como principios pedagógicos. Los efectos de la ley de 1938 fueron la recuperación y expansión de la enseñanza privada o no estatal, gran impulso y desarrollo de la formación clásica e indiferenciación de los colegios de la Iglesia respecto de los privados. Se suprimía la enseñanza libre. Duró quince años. Se acabó desgastando. En 1950 una nueva enseñanza para una sociedad nueva, ya que España había cambiado y deseo de un nivel de vida distinto, menos diferenciado. Convicción de que más años de estudio proporcionarían más medios de situarse en la vida; extensión de hecho, aunque todavía insuficiente de la posibilidad de seguir estudiando en los niveles no gratuitos con becas y otras ayudas del Estado; esa concienciación demandaba más educación y en 1953 Ley de Ordenación de la Enseñanza Media; las dos primeras finalidades que se le asignaban era el perfeccionamiento técnico de la enseñanza y el servicio a los valores de España. Esta ley frente a la de 1938 no articula un plan de estudios, sino que admite y da entrada a la pluralidad de planes, sobre una base común de división en dos grados: elemental y superior; el primero de cuatro años y el segundo, de dos cursos a los que se añadía un curso pre-universitario, posterior a la obtención del título de bachiller superior; y sobre una base también de materias comunes y optativas, destacando dos ramas en el grado superior: ciencias y letras; el acceso a los estudios superiores a través de unas pruebas de madurez. Efectos, difusión creciente hasta la masificación del grado de bachiller elemental. La última etapa, (1953-1958) supone una democratización y unificación en cuanto a su ruptura definitiva de su carácter minoritario y unificación de los estudios de ese ciclo. En adelante, ese primer ciclo (bachillerato elemental) constaría de cuatro curso (ley de 1953) y sería único para todos los alumno, lo que implicaba la desaparición del bachillerato laboral. Para terminar si comparamos ambas leyes: la de 1938 rompe con la etapa anterior en lo ideológico y en lo jurídico, pero desarrolla y consuma las tendencias pedagógicas anteriores y, la de 1953 se mantiene en la línea ideológica y jurídica de la ley de 1938, a la que intenta perfeccionar, rompiendo con ella en los fines y estructura de la enseñanza y abre las puertas a una organización flexible de los planes de estudios, a una participación , mínima de padres en la gestión de la enseñanza media.

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Tomando como referente los distintos documentos legales que contemplan la regulación y el desarrollo del currículum para las enseñanzas de régimen especial, en concreto, de arte dramático, se ofrece una panorámica general respecto a los estudios de arte dramático, sus características y sus posibilidades de implantación en Galacia. Se realiza una propuesta para cuatro especialidades: interpretación, dirección, dramaturgia y escenografía, considerando necesaria la creación de una escuela superior de arte dramático en Galacia, y se apuesta por la plena integración de las escuelas superiores de arte dramático en la unversidad.

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Contiene una reproducción de dos documentos originales de Juan Ramón Jiménez

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Se estudia la problemática de la existencia de varias lenguas oficiales en España. Esto se denomina Cooficialidad educativa, y se sustenta en el artículo tercero de la Constitución Española de 1978 y en el desarrollo de los Estatutos de Autonomía. El bilingüismo de algunas zonas es un hecho histórico. Lo nuevo, es el reconocimiento de tal hecho cultural y, por consiguiente, el problema de enfocarlo y resolverlo de acuerdo con loa principios de nuestra ley Suprema. De esta forma se profundiza sobre los principios que regulan el idioma castellano o español en la Constitución. El primer párrafo del artículo tercero de la Constitución de 1978 afirma: el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Tras el español, llega el turno a las autonomías políticas y las áreas lingüísticas. El párrafo segundo del artículo tercero de la Constitución de 1978 declara: Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas comunidades autónomas de acuerdo con sus Estatutos. Por último se hace mención a los problemas de la norma y la difusión. Las lenguas vernáculas habladas en las Comunidades Autónomas presentan problemas de diversa entidad en cuanto a la fijación de sus respectivas normas de corrección idiomática. Como elemento final se reflexiona sobre la cooficialidad lingüística y la política educativa. Se trata de uno de los aspectos más conflictivos. Por ello se fijan las bases fundamentales desde las que es posible abordar con seriedad una política educativa que, respetando el marco jurídico establecido por la Constitución y los Estatutos, pretenda formar a los españoles para el ejercicio de la libertad en la solidaridad.

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Resumen tomado de la publicaci??n